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LEY 12 DE 1907

(30 de abril)

Diario Oficial 12942 de mayo 7 de 1907

<NOTA: Esta norma no incluye análisis de vigencia>

Por la cual se conceden varias pensiones de jubilación y se reforma la Ley 29 de 1905

Resumen de Notas de Vigencia

LA ASAMBLEA NACIONAL CONSTITUYENTE Y LEGISLATIVA

DECRETA:

ARTÍCULO 1. En atención a los meritorios servicios prestados a la República durante muchos años por los señores Rafael Ramírez Castro, Ángel María Gómez Mas y Cesar C. Guzmán, concédeseles una pensión vitalicia igual al ultimo sueldo de que hayan disfrutado.

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ARTÍCULO 2. Concédese en los mismos términos una pensión de jubilación al señor Enrique M. Maldonado, invalidado en servicio del Gobierno, y al doctor Antonio García Franco, antiguo servidor público.

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ARTÍCULO 3. Los individuos que hayan desempeñado el puesto de Magistrados de la Corte Suprema o de Tribunal Superiores de Justicia durante un periodo de más de quince años y que alcancen á una edad de sesenta y cinco años, se retiraran de sus puestos con derecho a una pensión de cien pesos mensuales. De parecida gracia disfrutaran los Jueces Superiores y de Circuito, pero con una asignación de cincuenta pesos.

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ARTÍCULO 4. <Artículo derogado por el artículo 10 de la Ley 80 de 1916.>

Notas de Vigencia
Legislación Anterior
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ARTÍCULO 5. El goce de pensión es incompatible con el de sueldo como empleado público. En consecuencia, el pensionado que obtenga un empleo podrá optar por á su voluntad por una de las dos cosas, pero en ningún caso puede recibir dos sueldos del Tesoro público simultáneamente.

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ARTÍCULO 6. Queda así reformada la Ley 29 de 1905.

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ARTÍCULO 7. Esta ley comenzará á regir desde su publicación.

Dada en Bogotá, á veintinueve de abril de mil novecientos siete.

El Presidente,

GERARDO ARRUBLA,

Pode Ejecutivo Bogotá, Abril 30 de 1907

Publíquese y ejecútese

R. REYES

El Ministro de Hacienda y Tesoro,

TOBÍAS VALENZUELA

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Disposiciones analizadas por Avance Jurídico Casa Editorial Ltda.©
"Normograma - Colpensiones - Administradora Colombiana de Pensiones"
ISSN [2256-1633 (En linea)]
Última actualización: 5 de febrero de 2021 - Diario Oficial No. 51567 - Enero 24 de 2021

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