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CIRCULAR EXTERNA 38 DE 2010

(octubre 29)

<Fuente: Boletín Ministerio de Hacienda, Capítulo Superintendencia Financiera de Colombia, No. 185 de 29 de octubre de 2010>

SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA

Señores

REPRESENTANTES LEGALES, ADMINISTRADORES, DEFENSORES DEL CLIENTE Y REVISORES FISCALES DE LAS ENTIDADES ADMINISTRADORAS DEL SISTEMA GENERAL DE PENSIONES.

Referencia: Modifica la Circular Externa 061 de 2008 expedida por la   Superintendencia Financiera de Colombia.

Apreciados señores:

Este Despacho, en ejercicio de sus facultades y en especial de la consagrada en el Decreto 3995 de 2008 y teniendo en cuenta que mediante el Decreto 2949 de 2010, se sustituyó el Título 5 del Libro 6 de la Parte 2 del Decreto 2555 de 2010, considera necesario modificar el último inciso de la Circular Externa 061 de 2008 en lo que se refiere a la rentabilidad mensual informada por la Superintendencia Financiera de Colombia que se debe utilizar en el traslado de recursos del Régimen Solidario de Prima Media con Prestación Definida al Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad, el cual quedará así:

Las rentabilidades mensuales divulgadas por la Superintendencia Financiera de Colombia, se calcularán de acuerdo con lo dispuesto para el Fondo Moderado en la Opción A, en los términos del parágrafo 2° del artículo 2.6.5.1.2 del Decreto 2555 de 2010, tomando como período de cálculo el número de días calendario del respectivo mes.

Ahora bien, como quiera que de conformidad con el numeral 2º del artículo 2.6.5.1.10 “Transición” del Decreto 2555 de 2010, la primera verificación de rentabilidad mínima obligatoria para el Fondo Moderado se realizará a partir del 31 de agosto de 2014, hasta dicha fecha las rentabilidades mensuales se calcularán teniendo en cuenta lo establecido en el numeral 2° del artículo 2.6.5.1.2 “Metodología para el cálculo de la Rentabilidad Mínima Obligatoria de los fondos de pensiones obligatorias” del decreto antes mencionado, disminuido en un 35%.

La presente circular rige a partir de la fecha de su publicación.

Cordialmente,

GERARDO HERNÁNDEZ CORREA

Superintendente Financiero de Colombia

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