DECRETO 0144 DE 2026
(febrero 9)
Diario Oficial No. 53.394 de 10 de febrero de 2026
PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA
Por el cual se ordena la publicación del Proyecto de Acto Legislativo número 213 de 2025 Cámara, 12 de 2025 Senado, "por medio del cual se modifica el artículo 48 de la Constitución Política y se reconoce la mesada catorce para los y las docentes nacionales, nacionalizados y territoriales" (Primera Vuelta).
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,
en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 375 de la Constitución Política y,
CONSIDERANDO:
Que el día 11 de agosto de 2025 se presentó ante la Secretaría General de la Cámara de Representantes el Proyecto de Acto Legislativo, por medio del cual se modifica el artículo 48 de la Constitución Política y se reconoce la mesada catorce para los y las docentes nacionales, nacionalizados y territoriales, el cual fue radicado con el número 213 de 2025 Cámara, con todos los requisitos constitucionales y legales con el fin de iniciar su trámite legislativo constitucional; proyecto de Acto Legislativo que fue repartido a la Comisión Primera Constitucional Permanente de la Cámara de Representantes y enviado a la Imprenta Nacional con el fin de que fuera publicado en la Gaceta del Congreso, tal como se indica en constancia de la Cámara de Representantes del 11 de agosto de 2025.
Que el Proyecto de Acto Legislativo número 213 de 2025 Cámara, por medio del cual se modifica el artículo 48 de la Constitución Política y se reconoce la mesada catorce para los y las docentes nacionales, nacionalizados y territoriales, fue publicado en la Gaceta del Congreso - Cámara de Representantes número 1375 del 13 de agosto de 2025.
Que el día 20 de agosto de 2025 la Mesa Directiva de la Comisión Primera Constitucional Permanente de la Cámara de Representantes, mediante el Acta número 04 designa como ponentes a los Representantes Jorge Alejandro Ocampo Giraldo, Karyme Adriana Cotes Martínez, Gersel Luis Pérez Altamiranda, Orlando Castillo Advíncula, Duvalier Sánchez Arango, Miguel Abraham Polo Polo, Juan Daniel Peñuela Calvache, Marelen Castillo Torres, Luis Alberto Albán Urbano y Ana Paola García Soto, fijando un término de ocho (8) días para rendir el correspondiente informe, tal como se indica en la constancia de la Secretaría de la Comisión Primera Constitucional de la Cámara de Representantes del 20 de agosto de 2025.
Que el día 26 de agosto de 2025, la Secretaría de la Comisión Primera Constitucional Permanente de la Cámara de Representantes recibe informe de ponencia para primer debate por la totalidad de los ponentes del proyecto de acto legislativo: Jorge Alejandro Ocampo Giraldo, Karyme Adriana Cotes Martínez, Gersel Luis Pérez Altamiranda, Orlando Castillo Advíncula, Duvalier Sánchez Arango, Miguel Abraham Polo Polo, Juan Daniel Peñuela Calvache, Marelen Castillo Torres, Luis Alberto Albán Urbano y Ana Paola García Soto, y se envía a Leyes de Senado para su publicación en la Gaceta del Congreso número 1520 del 27 de agosto de 2025.
Que el día 27 de agosto de 2025, según consta en Acta número 07 de la misma fecha, la Secretaría anunció el Proyecto de Acto Legislativo número 213 de 2025 Cámara, por medio del cual se modifica el artículo 48 de la Constitución Política y se reconoce la mesada catorce para los y las docentes nacionales, nacionalizados y territoriales.
En sesión del 2 de septiembre de 2025, la Secretaría da lectura a la proposición positiva con la que termina el informe de ponencia, abierta y cerrada su discusión y sometida a votación nominal fue aprobado. Así mismo, por Secretaría se da lectura al título del proyecto, por medio del cual se modifica el artículo 48 de la Constitución Política y se reconoce la mesada catorce para los y las docentes nacionales, nacionalizados y territoriales, al igual que preguntados los miembros de la Comisión Primera de la Cámara de Representantes si quieren que este proyecto de reforma constitucional se convierta en Acto Legislativo, es aprobado mediante votación nominal. La Presidencia designa como ponentes para segundo debate a los Senadores H. R. Jorge Alejandro Ocampo Giraldo, Karyme Adriana Cotes Martínez, Gersel Luis Pérez Altamiranda, Orlando Castillo Advíncula, Miguel Abraham Polo Polo, Marelen Castillo Torres, Ana Paola García Soto, Duvalier Sánchez Arango, Juan Daniel Peñuela Calvache, Luis Alberto Albán Urbano. El texto del Proyecto de Acto Legislativo fue aprobado por la Comisión Primera de la Cámara de Representantes todo lo cual consta en el Acta número 08 del 2 de septiembre de 2025 y fue publicado en la Gaceta del Congreso número 1693 del 15 de septiembre de 2025.
Que el 9 de septiembre de 2025 la Secretaría de la Comisión Primera Constitucional Permanente de la Cámara de Representantes recibe ponencia para segundo debate del Proyecto de Acto Legislativo número 213 de 2025 Cámara, por medio del cual se modifica el artículo 48 de la Constitución Política y se reconoce la mesada catorce para los y las docentes nacionales, nacionalizados y territoriales y previa autorización de la Presidencia y Secretaría de la Comisión, se envía a la Sección de Leyes para su respectiva publicación en la Gaceta del Congreso número 1693 del 15 de septiembre de 2025.
Que en sesión plenaria de la Cámara de Representantes del 21 de octubre de 2025, fue aprobado en Segundo Debate el Texto Definitivo sin modificaciones del Proyecto de Acto Legislativo número 213 de 2025 Cámara, por medio del cual se modifica el artículo 48 de la Constitución Política y se reconoce la mesada catorce para los y las docentes nacionales, nacionalizados y territoriales y la manifestación de la plenaria para que esta iniciativa continúe su trámite en el Senado de la República tal como consta en el Acta número 280 del 21 de octubre de 2025, y publicado en la Gaceta del Congreso número 2045 del 29 de octubre de 2025, previo anuncio en sesión plenaria del día 15 de octubre de 2025, según consta en Acta número 279 de la misma fecha, según se indica en la Sustanciación Ponencia Segundo Debate y Texto Definitivo suscrita por el Secretario General de la Cámara de Representantes.
Que con oficio de fecha 22 de octubre de 2025, el Secretario General de la Cámara de Representantes remite al señor Presidente del Senado de la República el expediente del Proyecto de Acto Legislativo número 213 de 2025 Cámara, 12 de 2025 Senado, por medio del cual se modifica el artículo 48 de la Constitución Política y se reconoce la mesada catorce para los y las docentes nacionales, nacionalizados y territoriales.
De conformidad con el Artículo 43 numeral 5 de la Ley 5 de 1992 (Reglamento del Congreso), pasa al despacho del Presidente del Senado de la República el Proyecto de Acto Legislativo número 213 de 2025 Cámara, 12 de 2025 Senado, por medio del cual se modifica el artículo 48 de la Constitución Política y se reconoce la mesada catorce para los y las docentes nacionales, nacionalizados y territoriales, y se envía a la Comisión Primera Constitucional Permanente del Senado de la República, con el fin de ser estudiado en primer debate. Una vez cumplidas las anotaciones de rigor se envía a la Imprenta Nacional para su publicación, de conformidad con el Artículo 144 de la Ley 5 de 1992.
Que el 29 de octubre de 2025, la Secretaría de la Comisión Primera del Senado de la República recibe el Proyecto de Acto Legislativo número 213 de 2025 Cámara, 12 de 2025 Senado, por medio del cual se modifica el artículo 48 de la Constitución Política y se reconoce la mesada catorce para los y las docentes nacionales, nacionalizados y territoriales y da traslado a la Mesa Directiva de la Comisión para su respectivo reparto y designación de ponentes, según constancia secretarial de la Comisión Primera Constitucional del Senado de la República de fecha 29 de octubre de 2025.
Que la Mesa Directiva de la Comisión Primera del Senado de la República designó como ponentes a los Representantes: Alejandro Carlos Chacón Camargo-Coordinador, Julio Elías Chagüi Flórez, Carlos Alberto Benavides Mora, María Fernanda Cabal Molina, Jorge Enrique Benedetti Martelo, Juan Carlos García Gómez, Ariel Fernando Ávila Martínez y Julián Gallo Cubillos, fijando un término de quince (15) días para rendir el correspondiente informe, tal como se indica en comunicación del 29 de octubre de 2025, suscrita por la Secretaría de la Comisión Primera Constitucional del Senado de la República y el Acta número MD-10 con misma fecha.
Que el día 29 de octubre de 2025, la Secretaría de la Comisión Primera Constitucional Permanente del Senado de la República recibe ponencia para primer debate del Proyecto de Acto Legislativo número 213 de 2025 Cámara, 12 de 2025 Senado, por medio del cual se modifica el artículo 48 de la Constitución Política y se reconoce la mesada catorce para los y las docentes nacionales, nacionalizados y territoriales, en la cual se propone dar primer debate en primera vuelta y se envía a la Secretaría General para su publicación en la Gaceta del Congreso número 2092 del 5 de noviembre de 2025.
Que el 11 de noviembre de 2025, según consta en el Acta número 15 de la misma fecha, la Secretaría informó que en la próxima sesión se discutiría y votaría el Proyecto de Acto Legislativo número 213 de 2025 Cámara, 12 de 2025 Senado, por medio del cual se modifica el artículo 48 de la Constitución Política y se reconoce la mesada catorce para los y las docentes nacionales, nacionalizados y territoriales.
Que el 18 de noviembre de 2025, según consta en el Acta número 16 de la misma fecha, la Secretaría informó que se habían radicado varios impedimentos y solicitó la lectura a todos los impedimentos.
Que el 19 de noviembre de 2025, según consta en el Acta número 17 de la misma fecha, la Secretaría informó que en la próxima sesión se discutiría y votaría el Proyecto de Acto Legislativo número 213 de 2025 Cámara, 12 de 2025 Senado, por medio del cual se modifica el artículo 48 de la Constitución Política y se reconoce la mesada catorce para los y las docentes nacionales, nacionalizados y territoriales.
Que, en sesión del 25 de noviembre de 2025, según Acta número 18 de la misma fecha, la Secretaría da lectura a la proposición positiva con la que termina el informe de ponencia, abierta y cerrada su discusión y sometida a votación nominal fue aprobado. Así mismo, por Secretaría se da lectura al título del proyecto de Acto Legislativo número 213 de 2025 Cámara, 12 de 2025 Senado, por medio del cual se modifica el artículo 48 de la Constitución Política y se reconoce la mesada catorce para los y las docentes nacionales, nacionalizados y territoriales, y pregunta a los miembros de la Comisión Primera del Senado si quieren que este proyecto de reforma constitucional se convierta en Acto Legislativo. Es aprobado mediante votación nominal. La Presidencia designa como ponentes para segundo debate a los Senadores: Alejandro Carlos Chacón Camargo (Coordinador), Julio Elías Chagüi Flórez, Carlos Alberto Benavides Mora, María Fernanda Cabal Molina, Jorge Enrique Benedetti Martelo, Juan Carlos García Gómez, Ariel Fernando Ávila Martínez y Julián Gallo Cubillos, con ocho (08) días de término para rendir el correspondiente informe. El texto del Proyecto de Acto Legislativo fue aprobado por la Comisión Primera del Senado de la República todo lo cual consta en el Acta número 18 del 25 de noviembre de 2025 y fue publicado en la Gaceta del Congreso número 2299 del 3 de diciembre de 2025.
Que el día 3 de diciembre de 2025 la Secretaría de la Comisión Primera Constitucional Permanente del Senado de la República recibe ponencia para segundo debate en primera vuelta del Proyecto de Acto Legislativo número 213 de 2025 Cámara, 12 de 2025 Senado, por medio del cual se modifica el artículo 48 de la Constitución Política y se reconoce la mesada catorce para los y las docentes nacionales, nacionalizados y territoriales, y previa autorización de la Presidencia y Secretaría de la Comisión, se envía a la Sección de Leyes para su respectiva publicación en la Gaceta del Congreso número 2299 del 3 de diciembre de 2025.
Que con oficio de fecha 3 de diciembre de 2025, la Secretaría de la Comisión Primera Constitucional Permanente del Senado de la República, remite al señor Secretario General del Senado de la República con todos sus antecedentes para que siga su curso constitucional y reglamentario el expediente del Proyecto de Acto Legislativo número 213 de 2025 Cámara, 12 de 2025 Senado, por medio del cual se modifica el artículo 48 de la Constitución Política y se reconoce la mesada catorce para los y las docentes nacionales, nacionalizados y territoriales.
Que de conformidad con la Constancia Secretarial del Senado de la República - Sustanciación Segunda Ponencia y Texto Definitivo Ponencia del 10 de diciembre de 2025, en sesión plenaria del Senado de la República del día 10 de diciembre de 2025, fue considerada y aprobada la Proposición con que termina el informe de Ponencia para Segundo Debate, el texto propuesto para Segundo Debate, el título del Proyecto de Acto Legislativo número 213 de 2025 Cámara, 12 de 2025 Senado, por medio del cual se modifica el artículo 48 de la Constitución Política y se reconoce la mesada catorce para los y las docentes nacionales, nacionalizados y territoriales (Primera vuelta) y la manifestación de la Plenaria para que esta iniciativa continúe su trámite en la Cámara de Representantes. Lo anterior, según consta en el Acta número 38 del 10 de diciembre de 2025, previo su anuncio en sesión del día 9 de diciembre de 2025 correspondiente al Acta número 37 de la misma fecha y publicado en la Gaceta del Congreso número 04 del 19 de enero de 2026.
Que el Congreso de la República mediante comunicación del 17 de diciembre de 2025, radicada el día 18 de diciembre de 2025 en la Presidencia de la República, remitió para el trámite pertinente el Acto Legislativo número 213 de 2025 Cámara, 12 de 2025 Senado, por medio del cual se modifica el artículo 48 de la Constitución Política y se reconoce la mesada catorce para los y las docentes nacionales, nacionalizados y territoriales (Primera Vuelta).
Que en mérito de lo expuesto:
DECRETA:
ARTÍCULO 1o. Ordenar la publicación del Texto Definitivo del Proyecto de Acto Legislativo número 213 de 2025 Cámara, por medio del cual se modifica el artículo 48 de la Constitución Política y se reconoce la mesada catorce para los y las docentes nacionales, nacionalizados y territoriales (Primera Vuelta), el cual quedará así:
"ACTO LEGISLATIVO
No.
(PRIMERA VUELTA)
por medio del cual se modifica el artículo 48 de la Constitución Política y se reconoce la mesada catorce para los y las docentes nacionales, nacionalizados y territoriales.
EL CONGRESO DE COLOMBIA
DECRETA:
"ARTÍCULO 1o. Adiciónese un parágrafo al artículo 48 de la Constitución Política, así:
(...)
PARÁGRAFO 4o. Los y las docentes nacionales, nacionalizados y territoriales que se encuentren o llegaren a estar en goce de pensión de jubilación, vejez o invalidez, o sus sobrevivientes, accederán a la mesada catorce de acuerdo al régimen especial y exceptuado del Sistema General de Pensiones del Magisterio de Colombia.
ARTÍCULO 2o. VIGENCIA. El presente Acto Legislativo rige a partir de su promulgación, no tendrá efectos retroactivos y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias".
Publíquese.
Dado en Bogotá, D. C., a 9 de febrero de 2026.
GUSTAVO PETRO URREGO
El Ministro del Interior,
Armando Alberto Benedetti Villaneda.
El Ministro de Educación Nacional,
José Daniel Rojas Medellín.