Providencia del Consejo de Estado, Sala Plena, expediente 11001-03-15-000-2009-01328-01(IJ) de 2012
¿Es requisito de procedibilidad la conciliación prejudicial en acción de nulidad y restablecimiento del derecho de carácter laboral para el reajuste de pensión de jubilación? - No, aunque en reiterada jurisprudencia se establece como tal estando de por me dió derechos de carácter laboral, que algunos tienen la condición de irrenunciables e indiscutibles y otros de inciertos y discutibles, en cada caso en particular debe analizarse el pluricitado requisito de procedibilidad, pues el mismo no siempre resulta obligatorio, en este caso, no lo es para el reajuste de pensión de jubilación atendiendo el principio de irrenunciabilidad consagrado en el artículo 53 Constitucional