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DECRETO 341 DE 2005
(febrero 14)
Diario Oficial No. 45.823 de 15 de febrero de 2005
MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO
<NOTA DE VIGENCIA: Decreto 66 de 2003 derogado por el artículo 12.2.1.1.4 del Decreto 2555 de 2010>
Por medio del cual se modifican los artículos 1o y 4o del Decreto 066 de 2003.
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,
en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, y en especial de las conferidas por el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política, el artículo 96 de la Ley 795 de 2003 y el artículo 65 de la Ley 921 de 2004,
DECRETA:
ARTÍCULO 1o. Modifícase el numeral 5 del artículo 1o del Decreto 066 de 2003, el cual quedará así:
"5. Límite de la cobertura. Serán los primeros cuarenta mil (40.000) créditos que se desembolsen entre el 1o de septiembre de 2002 y el 31 de diciembre de 2005 y que de acuerdo con el presente decreto sean Créditos Elegibles".
ARTÍCULO 2o. Modifícase el numeral 1 del artículo 4o del Decreto 066 de 2003, el cual quedará así:
"1. Fecha de desembolso. Los créditos deberán haberse desembolsado entre el 1o de septiembre de 2002 y el 31 de diciembre de 2005".
ARTÍCULO 3o. VIGENCIA Y DEROGATORIAS. El presente decreto rige a partir de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 14 de febrero de 2005.
ÁLVARO URIBE VÉLEZ
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
ALBERTO CARRASQUILLA BARRERA.
La Ministra de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial,
SANDRA SUÁREZ PÉREZ.