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RESOLUCION 02024 DE 2004

(mayo 31)

Diario Oficial No. 45.567, de 2 de junio de 2004

AERONÁUTICA CIVIL

<NOTA DE VIGENCIA: Resolución derogada por el artículo 84 de la Resolución 1357 de 2017>

Por la cual se crea el Grupo de Investigaciones y Sanciones a las Infracciones Técnicas.

Resumen de Notas de Vigencia
Jurisprudencia Vigencia

EL DIRECTOR GENERAL,

en ejercicio de las facultades legales que le confiere el artículo 9o, numeral 14, del Decreto 260 de 2004, y

CONSIDERANDO:

Que conforme al numeral 5o del artículo 28 Decreto 260 de 2004, a la Secretaría de Seguridad Aérea, le corresponde investigar y sancionar a las personas, empresas o entidades que realicen actividades aeronáuticas que incumplan los Reglamentos Aeronáuticos de Colombia y disposiciones vigentes;

Que para el cumplimiento de dichas funciones se hace necesario la creación de un Grupo de Investigaciones y Sanciones a las Infracciones Técnicas dependiente de la Secretaría de Seguridad Aérea;

Que en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. <Resolución derogada por el artículo 84 de la Resolución 1357 de 2017> Crear el Grupo de Investigaciones y Sanciones a las Infracciones Técnicas, dependiente de la Secretaría de Seguridad Aérea, que cumplirá las siguientes funciones a través de los abogados designados:

1o. Adelantar las investigaciones de carácter técnico a las personas naturales o jurídicas relacionadas con el sector aeronáutico, por incumplimiento y violación de las normas, reglamentos y procedimientos establecidos sobre control operacional y de aeronavegabilidad que ejerce la Secretaría de Seguridad Aérea, desarrollando el procedimiento creado para el efecto.

2o. Proyectar los fallos sancionatorios o absolutorios que resulten de las investigaciones adelantadas por incumplimiento y violación de las normas, regla mentos y procedimientos establecidos sobre control operacional y de aeronavegabilidad que ejerce la Secretaría de Seguridad Aérea, desarrollando el procedimiento creado para el efecto.

3o. Proyectar los recursos de reposición y apelación, cuando corresponda.

4o. Apoyar a las diferentes dependencias de la Secretaria de Seguridad Aérea, en la atención a los requerimientos de los órganos de control y demás autoridades.

5o. Apoyar a las diferentes dependencias de la Secretaría de Seguridad Aérea, en la atención a los derechos de petición.

6o. Colaborarle a la Oficina Asesora Jurídica, en la atención de las acciones judiciales en aquellos aspectos inherentes a la Secretaría de Seguridad Aérea.

7o. Estudiar y proyectar modificaciones al RAC, en lo correspondiente a la Secretaría de Seguridad Aérea.

8o. Capacitar a los inspectores de operaciones y aeronavegabilidad en los procedimientos de flagrancia.

9o. Implementar los procedimientos mediante formatos de flagrancia e instructivo para los inspectores quienes cumplen funciones de sustanciadores en dichos procesos.

10. Las demás funciones que le sean asignadas por el Secretario de Seguridad Aérea y que correspondan a la naturaleza del Grupo.

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ARTÍCULO 2o. <Resolución derogada por el artículo 84 de la Resolución 1357 de 2017> El Jefe de Grupo de Investigaciones y Sanciones a las Infracciones Técnicas, devengará la prima de dirección de que trata el artículo 14 del Decreto 248 de 1994, a partir del momento en que exista disponibilidad presupuestal certificada, sin retroactividad.

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ARTÍCULO 3o. <Resolución derogada por el artículo 84 de la Resolución 1357 de 2017> Envíase copia de la presente providencia a la Dirección de Talento Humano, para efectos del reconocimiento de la prima de dirección, previa certificación de la respectiva disponibilidad presupuestal.

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ARTÍCULO 4o. <Resolución derogada por el artículo 84 de la Resolución 1357 de 2017> La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dada en Bogotá, D. C., a 31 de mayo de 2004.

El Director General,

JUAN CARLOS VÉLEZ URIBE.

El Secretario General,

JAIRO ENRIQUE VÁSQUEZ CARDONA

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"Normograma - Colpensiones - Administradora Colombiana de Pensiones"
ISSN [2256-1633 (En linea)]
Última actualización: 31 de agosto de 2019

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