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RESOLUCIÓN 337 DE 2011
(octubre 27)
Diario Oficial No. 48.274 de 5 de diciembre de 2011
CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN
Por la cual se prorroga el plazo para el reporte de la información financiera, económica, social y ambiental a través del Sistema Consolidador de Hacienda de Información Pública -CHIP y publicación de los Estados Contables para el corte a junio 30, igualmente levantar restricciones en el Sistema CHIP para que permita el ingreso de saldos contrarios a su naturaleza y del no reporte del Formulario de Operaciones Recíprocas, además incluir códigos contables en el actualizador de formularios para algunas entidades contables públicas que hacen parte del ámbito de aplicación del Sistema Integrado de Información Financiera SIIF-Nación.
EL CONTADOR GENERAL DE LA NACIÓN,
en uso de sus atribuciones Constitucionales y legales, en especial de las que le confiere el literal c) y g) del artículo 3o de la Ley 298 de 1996 y los numerales 3 y 8 del artículo 4o del Decreto 143 de 2004, y
CONSIDERANDO
Que la Resolución 248 del 6 de julio de 2007, modificada por la Resolución 375 del 17 de septiembre de 2007, establece la información a reportar, los requisitos y los plazos de envío a la Contaduría General de la Nación, por parte de las entidades sujetas al ámbito de aplicación del Régimen de Contabilidad Pública;
Que el Régimen de Contabilidad Pública en el Capítulo II señala el Procedimiento para la estructuración y presentación de los estados contables básicos, indicando en el numeral 7o que: El representante legal debe garantizar la publicación de los estados contables básicos certificados, junto con la declaración de la certificación, en las dependencias de las respectivas entidades, en un lugar visible y público. Cuando sean dictaminados, deben ir acompañados del respectivo dictamen del revisor fiscal. Lo anterior, sin perjuicio de que las entidades contables públicas, de acuerdo con las disposiciones legales, deban publicar mensualmente estados contables intermedios, que para este efecto se trata del balance general y el estado de actividad financiera, económica, social y ambiental.
Que el literal d), del artículo 6o del Decreto 2789 de 2004 establece que la información registrada en el Sistema Integrado de Información Financiera – SIIF- Nación es fuente válida para la generación de información contable básica y la obtención de los informes y estados contables requeridos por la Contaduría General de la Nación;
Que para efectos de esta resolución, las entidades contables públicas que conforman el SIIF Nación son aquellas que corresponden a la Administración Central y los Establecimientos Públicos de Orden Nacional, exceptuando a las Corporaciones Autónomas Regionales, las Empresas Industriales y Comerciales del Estado del Orden Nacional y las Empresas Sociales del Estado; Que los procesos de reconstrucción de la información contable y trazas contables, de los diferentes negocios de ingresos, recaudos, obligación y pagos en el SIIF Nación se han tomado mayor tiempo de lo esperado, impidiendo conocer toda la información financiera de la ejecución presupuestal con impacto contable para las entidades contables públicas. Tal es el caso del formulario CGN2005_002_ Operaciones Recíprocas, arrojado por el sistema SIIF, que no presentó información real en el momento de la generación de dicho informe.
Que a 31 de octubre, se presentaron situaciones de origen técnico, de parametrización, de levantamiento de restricciones y transmisiones fuera de línea, que impidieron la transmisión a través del CHIP para algunas entidades.
Que la Contaduría General de la Nación, en la Resolución 284 del 12 de septiembre de 2011 resolvió:
“Artículo 1o. Prorrogar el plazo de presentación de la Información Financiera, Económica Social y Ambiental a través del CHIP, indicado en la Resolución 375 de 2007, de las entidades contables públicas que hacen porte del ámbito de aplicación del Sistema Integrado de Información Financiera - SIIF Nación, para los siguientes cortes:
-- Para el corte a marzo 31 de 2011, hasta el día treinta (30) de septiembre de 2011 -- Para el corte a junio 30 de 2011, hasta el día treinta y uno (31) de octubre de 2011, y -- Para el corte a septiembre 30 de 2011, hasta el día treinta (30) de noviembre de 2011.”; e igualmente estableció:
“Artículo 2o. Prorrogar el plazo, a las Entidades Contables Públicas que hacen parte del ámbito de aplicación del Sistema Integrado de Información Financiera - SIIF Nación, para que publiquen los estados contables correspondientes a los meses de enero, febrero, marzo, abril, mayo, junio, julio, agosto y septiembre de 2011 de la siguiente manera:
-- Para la publicación de los estados contables de los meses de enero, febrero y marzo, hasta el día treinta (30) de septiembre de 2011.
-- Para la publicación de los estados contables de los meses de abril, mayo y junio, hasta el día treinta y uno (31) de octubre de 2011, y -- Para la publicación de los estados contables de los meses de julio, agosto, y septiembre, hasta el día treinta (30) de noviembre de 2011” Que en mérito de lo anteriormente expuesto,
RESUELVE
ARTÍCULO 1o. Prorrogar el plazo de presentación de la Información Financiera, Económica Social y Ambiental a través del CHIP, indicado en la Resolución 375 de 2007, a las siguientes entidades contables públicas, que forman parte del ámbito de aplicación del Sistema Integrado de Información Financiera - SIIF Nación, para el corte de junio 30 de 2011, hasta el día cuatro (4) de noviembre de 2011:
| Nro. | Código | Entidad |
| 1 | 923272087 | AGENCIA NACIONAL DEL ESPECTRO |
| 2 | 13900000 | CÁMARA DE REPRESENTANTES |
| 3 | 828500000 | COMISIÓN REGULADORA DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO BÁSICO |
| 4 | 12400000 | CONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATUR |
| 5 | 21900000 | DEFENSA CIVIL COLOMBIANA |
| 6 | 10800000 | DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCION PÚBLICA |
| 7 | 10400000 | DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO NACIONAL DE ESTADÍSTICA |
| 8 | 923272395 | DEUDA PÚBLICA NACIÓN |
| 9 | 22000000 | ESCUELA SUPERIOR DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA |
| 10 | 13700000 | FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN |
| 11 | 824900000 | FONDO DE BIENESTAR SOCIAL DE CONTRANAL |
| 12 | 71200000 | FONDO DE PREVISIÓN SOCIAL DEL CONGRESO DE LA REPÚBLICA |
| 13 | 829300000 | FONDO NACIONAL AMBIENTAL |
| 14 | 820500000 | FONDO ROTATORIO DE LA REGISTRADURÍA NACIONAL DEL ESTADO CIVIL. |
| 15 | 82600000 | FONDO SOCIAL DE VIVIENDA DE LA REGISTRADURÍA NACIONAL DEL ESTADO CIVIL. |
| 16 | 98100000 | INSTITUTO COLOMBIANO DE DESARROLLO RURAL |
| 17 | 20100000 | INSTITUTO DE CASAS FISCALES DEL EJÉRCITO |
| 18 | 825400000 | INSTITUTO DE HIDROLOGÍA, METEOROLOGÍA Y ESTUDIOS AMBIENTALES. |
| 19 | 25300000 | INSTITUTO GEOGRÁFICO AGUSTIN CODAZZI |
| 20 | 823488000 | INSTITUTO NACIONAL DE FORMACIÓN TÉCNICA PROFESIONAL DE SAN ANDRES Y PROVIDENCIA. |
| 21 | 825544000 | INSTITUTO NACIONAL DE FORMACIÓN TÉCNICA PROFESIONAL DE SAN JUAN DEL CESAR. |
| 22 | 823200000 | INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO Y CARCELARIO |
| 23 | 823600000 | INSTITUTO TÉCNICO CENTRAL DE CARRERAS INTERMEDIAS |
| 24 | 11300000 | MINISTERIO DE EDUCACIÓN NACIONAL |
| 25 | 11500000 | MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO |
| 26 | 96300000 | MINISTERIO DE LA PROTECCIÓN SOCIAL |
| 27 | 11800000 | MINISTERIO DE TRANSPORTE |
| 28 | 12300000 | POLICÍA NACIONAL |
| 29 | 13200000 | REGISTRADURÍA NACIONAL DEL ESTADO CIVIL |
| 30 | 923272394 | TESORO NACIONAL |
| 31 | 920300000 | U.A.E CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN |
| 32 | 923272193 | U.A.E DE GESTIÓN PENSIONAL Y CONTRIBUCIONES PARAFISCALES DE LA PROTECCIÓN SOCIAL |
| 33 | 828400000 | U.A.E DE LA DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES |
| 34 | 81100000 | UNIDAD DE INFORMACIÓN Y ANÁLISIS FINANCIERO |
ARTÍCULO 2o. Prorrogar el plazo, a las siguientes Entidades Contables Públicas que hacen parte del ámbito de aplicación del Sistema Integrado de Información Financiera - SIIF Nación, para que publiquen los estados contables correspondientes a los meses de abril, mayo, junio de 2011=el día siete (7) de noviembre de 2011,
| Nro. | Código | Entidad |
| 1 | 923272087 | AGENCIA NACIONAL DEL ESPECTRO |
| 2 | 13900000 | CÁMARA DE REPRESENTANTES |
| 3 | 828500000 | COMISIÓN REGULADORA DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO BÁSICO |
| 4 | 12400000 | CONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATUR |
| 5 | 21900000 | DEFENSA CIVIL COLOMBIANA |
| 6 | 10800000 | DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCION PÚBLICA |
| 7 | 10400000 | DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO NACIONAL DE ESTADÍSTICA |
| 8 | 923272395 | DEUDA PÚBLICA NACIÓN |
| 9 | 22000000 | ESCUELA SUPERIOR DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA |
| 10 | 13700000 | FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN |
| 11 | 824900000 | FONDO DE BIENESTAR SOCIAL DE CONTRANAL |
| 12 | 71200000 | FONDO DE PREVISION SOCIAL DEL CONGRESO DE LA REPÚBLICA |
| 13 | 829300000 | FONDO NACIONAL AMBIENTAL |
| 14 | 820500000 | FONDO ROTATORIO DE LA REGISTRADURÍA NACIONAL DEL ESTADO CIVIL. |
| 15 | 82600000 | FONDO SOCIAL DE VIVIENDA DE LA REGISTRADURÍA NACIONAL DEL ESTADO CIVIL. |
| 16 | 98100000 | INSTITUTO COLOMBIANO DE DESARROLLO RURAL |
| 17 | 20100000 | INSTITUTO DE CASAS FISCALES DEL EJÉRCITO |
| 18 | 825400000 | INSTITUTO DE HIDROLOGÍA, METEOROLOGÍA Y ESTUDIOS AMBIENTALES. |
| 19 | 25300000 | INSTITUTO GEOGRÁFICO AGUSTIN CODAZZI |
| 20 | 823488000 | INSTITUTO NACIONAL DE FORMACIÓN TÉCNICA PROFESIONAL DE SAN ANDRES Y PROVIDENCIA. |
| 21 | 825544000 | INSTITUTO NACIONAL DE FORMACIÓN TÉCNICA PROFESIONAL DE SAN JUAN DEL CESAR. |
| 22 | 823200000 | INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO Y CARCELARIO |
| 23 | 823600000 | INSTITUTO TÉCNICO CENTRAL DE CARRERAS INTERMEDIAS |
| 24 | 11300000 | MINISTERIO DE EDUCACIÓN NACIONAL |
| 25 | 11500000 | MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO |
| 26 | 96300000 | MINISTERIO DE LA PROTECCIÓN SOCIAL |
| 27 | 11800000 | MINISTERIO DE TRANSPORTE |
| 28 | 12300000 | POLICÍA NACIONAL |
| 29 | 13200000 | REGISTRADURÍA NACIONAL DEL ESTADO CIVIL |
| 30 | 923272394 | TESORO NACIONAL |
| 31 | 920300000 | U.A.E CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN |
| 32 | 923272193 | U.A.E DE GESTIÓN PENSIONAL Y CONTRIBUCIONES PARAFISCALES DE LA PROTECCIÓN SOCIAL |
| 33 | 828400000 | U.A.E DE LA DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES |
| 34 | 81100000 | UNIDAD DE INFORMACIÓN Y ANÁLISIS FINANCIERO |
ARTÍCULO 3o. Levantar la restricción de “saldo contrario a su naturaleza” para las siguientes entidades:
| Nro. | Código | Entidad |
| 1 | 22000000 | ESCUELA SUPERIOR DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA |
| 2 | 11300000 | MINISTERIO DE EDUCACIÓN NACIONAL |
ARTÍCULO 4o. Incluir códigos contables en el actualizador de formularios de las siguientes entidades:
| Nro. | Código Entidad | Entidad |
| 1 | 11800000 | MINISTERIO DE TRANSPORTE |
| 2 | 923272105 | ADMINISTRADORA COLOMBIANA DE PENSIONES |
ARTÍCULO 5o. Levantar la marca de restricción, en el momento de la transmisión, para aquellas entidades que presentaron problemas con el formulario CGN2005_002_Operaciones Recíprocas, que se relacionan a continuación:
| Nro. | Código Entidad | Entidad |
| 1 | 828400000 | U.A.E. DE LA DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES |
| 2 | 820500000 | FONDO ROTATORIO DE LA REGISTRADURÍA NACIONAL DEL ESTADO CIVIL |
| 3 | 22000000 | ESCUELA SUPERIOR DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA - ESAP |
| 4 | 96300000 | MINISTERIO DE LA PROTECCIÓN SOCIAL. |
ARTÍCULO 6o. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dada en Bogotá D. C., a 27 de octubre de 2011
El Contador General de la Nación,
PEDRO LUIS BOHÓRQUEZ RAMÍREZ
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