Derechos de autor reservados - Prohibida su reproducción

Inicio
 
Documento PDF Imprimir

RESOLUCIÓN 16 DE 2012

(febrero 24)

Diario Oficial No. 48.356 de 27 de febrero de 2012

DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES

Por la cual se delegan funciones en materia de administración de personal en la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.

Resumen de Notas de Vigencia

EL DIRECTOR GENERAL DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES,

en ejercicio de sus facultades legales, en especial las conferidas por el artículo 211 de la Constitución Política de Colombia, el artículo 9o de la Ley 489 de 1998 y el artículo 49 del Decreto 4048 del 22 de octubre de 2008, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 75 del Decreto 1072 de 1999, señala que en la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, el Director General es el titular de la facultad de decidir sobre las situaciones administrativas quien podrá delegarla.

Que con fundamento en los principios de eficacia, economía y celeridad consagrados en el artículo 209 de la Constitución Política de Colombia, es pertinente delegar algunas funciones de carácter administrativo en la entidad.

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. Delegar en el Director de Gestión de Recursos y Administración Económica de la DIAN, las siguientes funciones:

1. La ubicación de los empleados públicos entre las diferentes dependencias del Nivel Central, entre el Nivel Central y las Direcciones Seccionales y entre Direcciones Seccionales;

2. <Numeral derogado por el artículo 4 de la Resolución 53 de 2016>

Notas de Vigencia
Legislación Anterior
Ir al inicio

ARTÍCULO 2o. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 24 de febrero de 2012.

El Director General,

JUAN RICARDO ORTEGA LÓPEZ.

Ir al inicio

logoaj
Disposiciones analizadas por Avance Jurídico Casa Editorial Ltda.©
"Normograma - Colpensiones - Administradora Colombiana de Pensiones"
ISSN [2256-1633 (En linea)]
Última actualización: 31 de agosto de 2019

Las notas de vigencia, concordancias, notas del editor, forma de presentación y disposición de la compilación están protegidas por las normas sobre derecho de autor. En relación con estos valores jurídicos agregados, se encuentra prohibido por la normativa vigente su aprovechamiento en publicaciones similares y con fines comerciales, incluidas -pero no únicamente- la copia, adaptación, transformación, reproducción, utilización y divulgación masiva, así como todo otro uso prohibido expresamente por la normativa sobre derechos de autor, que sea contrario a la normativa sobre promoción de la competencia o que requiera autorización expresa y escrita de los autores y/o de los titulares de los derechos de autor. En caso de duda o solicitud de autorización puede comunicarse al teléfono 617-0729 en Bogotá, extensión 101. El ingreso a la página supone la aceptación sobre las normas de uso de la información aquí contenida.