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RESOLUCIÓN 53 DE 2016

(julio 11)

Diario Oficial No. 49.933 de 13 de julio de 2016

DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES

Por la cual se efectúan unas delegaciones en materia de gestión de personal.

Resumen de Notas de Vigencia

EL DIRECTOR GENERAL DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES,

en ejercicio de sus facultades legales, en especial las conferidas por el artículo 211 de la Constitución Política de Colombia, el artículo 9o de la Ley 489 de 1998 y el artículo 49 del Decreto 4048 del 22 de octubre de 2008, y

CONSIDERANDO:

Que el inciso 1o del artículo 209 de la Constitución Política establece la delegación de funciones como uno de los mecanismos para el adecuado ejercicio de la función pública.

Que el artículo 9o de la Ley 489 de 1998 autoriza la delegación de las funciones de los representantes legales de los organismos descentralizados y con autonomía administrativa en los empleados públicos del nivel directivo de la entidad respectiva.

Que la función pública debe ejercerse con base en los principios de celeridad, economía, eficacia y eficiencia, entre otros.

Que mediante Resolución 14 de 2008 se delegaron funciones en materia presupuestal al Director de Gestión de Recursos y Administración Económica, al Subdirector de Gestión de Recursos Financieros y a los Directores Seccionales.

Que en aras de hacer ágil, eficiente y eficaz el funcionamiento de la Entidad, se han identificado oportunidades de mejora para optimizar la gestión de asuntos operativos en materia de gestión de personal.

Por lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. Delegar en el Subdirector de Gestión de Personal de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales el ejercicio de las siguientes funciones:

1. Comisionar al exterior del país a todos los empleados públicos de la Entidad y ordenar el gasto respectivo, previa autorización del Gobierno nacional.

2. <Numeral modificado por el artículo 1 de la Resolución 64 de 2017. El nuevo texto es el siguiente:> Autorizar las comisiones al interior del país de todos los empleados públicos del Nivel Central, así como las de los Directores Seccionales, y ordenar el gasto que se genere con ocasión de las mismas.

Las solicitudes de comisión de servicios, salvo las referentes al Director General, Directores de Gestión y Directores Seccionales, serán presentadas por los Jefes directos. En todo caso, las comisiones de los Directores Seccionales requerirán del previo visto bueno del Director de Gestión de Recursos y Administración Económica.

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3. <Numeral modificado por el artículo 2 de la Resolución 74 de 2016. El nuevo texto es el siguiente:> Autorizar las comisiones de servicios y de capacitación de los empleados públicos de las Direcciones Seccionales, cuando a ello hubiere lugar.

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4. <Numeral modificado por el artículo 1 de la Resolución 64 de 2017. El nuevo texto es el siguiente:> Asignar funciones en caso de vacancia temporal o absoluta de las jefaturas de las Subdirecciones y Coordinaciones del Nivel Central, o ausencia temporal de quien las ejerza.

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PARÁGRAFO. <Parágrafo adicionado por el artículo 1 de la Resolución 74 de 2016. El nuevo texto es el siguiente:> Las comisiones de servicios y de capacitación del Subdirector de Gestión de Personal serán conferidas por el Director de Gestión de Recursos y Administración Económica, facultad que incluye la ordenación del gasto, cuando a ello hubiere lugar.

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ARTÍCULO 2o. Delegar en los Directores Seccionales el ejercicio de las siguientes funciones:

1. <Numeral modificado por el artículo 1 de la Resolución 64 de 2017. El nuevo texto es el siguiente:> Autorizar las comisiones al interior del país de los empleados públicos de su Dirección Seccional y de las Direcciones Seccionales Delegadas que dependan de ellas, y ordenar el gasto que se genere con ocasión de las mismas

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PARÁGRAFO. <Parágrafo modificado por el artículo 3 de la Resolución 74 de 2016. El nuevo texto es el siguiente:> En las Direcciones Seccionales de Impuestos y de Aduanas Nacionales de Barranquilla, Cartagena, Cali, Cúcuta y Medellín, las delegaciones a que se refiere este artículo serán ejercidas por los Directores Seccionales de Aduanas, incluyendo las comisiones de los empleados públicos de las Direcciones Seccionales Delegadas que dependan de las Direcciones Seccionales de Impuestos, cuando la comisión genere el derecho al reconocimiento de gastos de transporte y/o viáticos.

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ARTÍCULO 3o. Comunicar la presente resolución a la Dirección de Gestión de Recursos y Administración Económica, a la Subdirección de Gestión de Recursos Financieros, a la Subdirección de Gestión de Personal y a los Directores Seccionales de Impuestos, de Aduanas, de Grandes Contribuyentes, de Impuestos y de Aduanas y de Impuestos y de Aduanas Delegados.

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ARTÍCULO 4o. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación y deroga los numerales 4 y 5 del artículo 8o, y numeral 12 del artículo 11 de la Resolución 14 del 4 de noviembre de 2008, y el numeral 2 del artículo 1o de la Resolución 16 del 24 de febrero de 2012.

Publíquese, comuníquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 11 de julio de 2016

El Director General,

SANTIAGO ROJAS ARROYO.

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Última actualización: 31 de agosto de 2019

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