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RESOLUCIÓN 67 DE 2014

(mayo 22)

Diario Oficial No. 49.159 de 22 de mayo de 2014

FONDO NACIONAL DEL AHORRO

Por medio de la cual se adiciona la Resolución 195 de 2013 que reglamenta la delegación del gasto, pago y funciones en el Fondo Nacional del Ahorro.

EL PRESIDENTE DEL FONDO NACIONAL DEL AHORRO “CARLOS LLERAS RESTREPO”,

en uso de sus facultades legales, estatutarias y en especial las otorgadas por el literal h) del artículo 18 del Decreto 1454 de 1998, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 209 de la Constitución Política consagra que “La función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones”.

Que el artículo 211 de la Constitución Política faculta a las autoridades administrativas para delegar en los funcionarios de inferior jerarquía algunas de sus funciones señalando que corresponde a la ley determinar las condiciones para esa finalidad.

Que el Decreto 1454 de 1998, por medio del cual se aprueban los Estatutos del Fondo Nacional del Ahorro, contenidos en el Acuerdo 941 de 1998 expedido por la Junta Directiva, en el artículo 18, literal h) autoriza al Presidente de la entidad para delegar algunas de sus funciones.

Que la Ley 489 de 1998, sobre organización y funcionamiento de las entidades del orden nacional, en el artículo 3o establece que la función administrativa se desarrollará a través de los principios de celeridad, economía, eficacia, eficiencia, responsabilidad y transparencia.

Que mediante Resolución 295 <sic, es 195> de 2013 se reglamenta la delegación del gasto, pago y funciones en el Fondo Nacional del Ahorro.

Que el numeral 6 del artículo 1o de la citada Resolución 295 <sic, es 195> de 2013 establece las delegaciones en cabeza de la División de Cartera, siendo necesario adicionar las mismas con el fin de incluir la posibilidad de que los profesionales de esta dependencia ordenen el pago de que corresponde a los recaudos de cartera de la Titularizadora Colombiana.

Que teniendo en cuenta las anteriores consideraciones,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. Adición del artículo 1o de la Resolución 195 de 2013. Adicionar el numeral 6.1 al numeral 6 del artículo 1o de la Resolución 195 de 2013, así:

6.1. En los profesionales Grado 1, 2 y 3 de la División de Cartera la ordenación del pago correspondiente a los recaudos de cartera de la Titularizadora Colombiana.

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ARTÍCULO 2o. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación y adiciona el numeral 6 del artículo 1o de la Resolución 195 de 2013.

Publíquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 22 de mayo de 2014.

El Presidente,

RICARDO ARIAS MORA.

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ISSN [2256-1633 (En linea)]
Última actualización: 31 de agosto de 2019

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