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RESOLUCIÓN 2614 DE 2011
(junio 2)
Diario Oficial No. 48.094 de 8 de junio de 2011
INSTITUTO NACIONAL DE VÍAS
Por medio de la cual se delegan unas funciones.
EL DIRECTOR GENERAL DEL INSTITUTO NACIONAL DE VÍAS,
en uso de las facultades legales y estatutarias, en especial las que le confiere la Ley 80 de 1993, el artículo 9o de la Ley 489 de 1998, el Decreto número 2056 de 24 de julio de 2003, artículo 7o, y
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con los artículos 9o de la Ley 489 de 1998, 11 y 12 de la Ley 80 de 1993 y 7o del Decreto 2056 de 2003, el Director General del Invías tiene la competencia y/o facultad para delegar la actividad propia de su gestión y la ordenación del gasto del Instituto.
Que con el fin de optimizar el cumplimiento de los principios que rigen la función pública y la gestión administrativa, se hace necesario delegar en las Secretarías Generales Técnica y Administrativa, Direcciones Territoriales, así como en las Oficinas Asesoras, Oficina de Control Interno, Grupo Plan 2.500, Oficina de Atención y Prevención de Emergencias, Gerencia de Grandes Proyectos, y Subdirecciones del Instituto Nacional de Vías, competencias en desarrollo del objeto de la Entidad.
En mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
DELEGACIÓN DE FUNCIONES EN MATERIA CONTRACTUAL.
ARTÍCULO 1o. <Artículo derogado por el artículo 13 de la Resolución 780 de 2014>
ARTÍCULO 2o. <Artículo derogado por el artículo 13 de la Resolución 780 de 2014>
ARTÍCULO 3o. <Artículo derogado por el artículo 13 de la Resolución 780 de 2014>
ARTÍCULO 4o. <Artículo derogado por el artículo 13 de la Resolución 780 de 2014>
ARTÍCULO 5o. <Artículo derogado por el artículo 13 de la Resolución 780 de 2014>
ARTÍCULO 6o. <Artículo derogado por el artículo 13 de la Resolución 780 de 2014>
ARTÍCULO 7o. <Artículo derogado por el artículo 13 de la Resolución 780 de 2014>
DISPOSICIONES GENERALES.
ARTÍCULO 8o. Corresponderá a los Secretarios Generales, Directores Territoriales, Subdirectores y demás Jefes de Unidad Ejecutora, Jefes de Oficina Asesora, Jefe de la Oficina de Prevención y Atención de Emergencias, Jefe de la Oficina de Control Interno y Asesores Coordinadores del Grupo Plan 2500 y el Grupo Gerencia de Grandes Proyectos, realizar las siguientes funciones en lo de su competencia:
1. Dar respuesta a los derechos de petición y solicitudes en general relacionadas con las actividades o funciones de su competencia.
2. Autorizar las comisiones de servicio y reconocer y ordenar el pago de viáticos y gastos de viaje a los servidores públicos a su cargo.
3. Conceder cuando medie justa causa, hasta tres (3) días de permiso remunerado a los servidores públicos a su cargo, informando de ello a la Subdirección Administrativa.
4. Autenticar las copias de los documentos que reposen en sus archivos.
5. Publicar en los medios que la ley disponga, los actos administrativos, convenios y demás contratos que se encuentren bajo su ejecución.
ARTÍCULO 9o. Delegar en el Secretario General Administrativo, además de las funciones contempladas en la presente resolución, las siguientes:
1. Reconocer y ordenar el pago de las comisiones de servicio al Director General, Subdirectores Administrativo y Financiero, y las demás áreas de su competencia.
2. Dar posesión a los funcionarios del Nivel Directivo y Asesor de la Entidad.
3. Ordenar el aplazamiento, la interrupción, la suspensión, la compensación y la prescripción de las vacaciones a la Subdirectora Administrativa, de acuerdo con las necesidades del servicio y la disponibilidad presupuestal.
4. Efectuar, previo visto bueno del jefe inmediato, las reubicaciones del personal del Instituto Nacional de Vías teniendo en cuenta los planes, programas y las necesidades de servicio de la entidad, sin que ello implique modificación en el nivel salarial.
5. Evaluar y aprobar las propuestas de modificaciones, traslados, y en general los ajustes del presupuesto de funcionamiento y proyectos de inversión a cargo de la Subdirección Administrativa, en coordinación con la Oficina Asesora de Planeación.
6. Asignar los recursos del presupuesto de funcionamiento y de los proyectos de inversión a su cargo, a las Direcciones Territoriales, previo proyecto de distribución presentado por el Subdirector Administrativo.
7. Numerar las resoluciones que se profieran por los funcionarios de las dependencias centrales del Instituto Nacional de Vías, en ejercicio de sus funciones,
ARTÍCULO 10. Delegar en el Subdirector Administrativo, además de las funciones contempladas en la presente resolución, las siguientes:
1. Dar posesión a los servidores públicos de la planta central y territoriales del Instituto Nacional de Vías, que no correspondan a los niveles Directivo y Asesor.
2. Ordenar los descuentos por retardos de los servidores públicos de la planta central del Instituto Nacional de Vías en los términos definidos por las normas vigentes sobre la materia.
3. Ordenar gastos y reconocer pagos por los siguientes conceptos:
a) Salarios y prestaciones sociales y reconocimiento de haberes de los servidores públicos del Instituto Nacional de Vías;
b) Obligaciones de carácter laboral reconocidas a exservidores del Instituto;
c) Horas extras, dominicales y feriados del personal de Planta Central del Instituto Nacional de Vías;
d) Ordenar el gasto y reconocer el pago sin límite de cuantía de las demás obligaciones no contempladas expresamente en la presente resolución.
4. Ordenar la salida de elementos devolutivos del almacén con destino a las dependencias del Instituto Nacional de Vías.
5. Ordenar la salida del almacén de los bienes del Instituto, por venta que este efectúe, de libros, cartillas y formularios; baja por remate, por cesión, baja por traspaso o cualquier otro evento que requiere de este procedimiento.
6. Conceder previo visto bueno del respectivo jefe inmediato, las vacaciones de los servidores públicos de las dependencias centrales y Directores Territoriales del Instituto Nacional de Vías.
7. Ordenar el aplazamiento, la interrupción, la suspensión, la compensación y la prescripción de las vacaciones a los servidores públicos de las dependencias centrales y Directores Territoriales del Instituto Nacional de Vías, de acuerdo con las necesidades del servicio y la disponibilidad presupuestal, previo visto bueno del jefe de la respectiva dependencia.
8. Autorizar licencias ordinarias y sus prórrogas, previo visto bueno del jefe de la respectiva dependencia, así como legalizar licencias por enfermedad, maternidad y accidentes de trabajo a los servidores públicos de las dependencias centrales y a los Directores Territoriales.
PARÁGRAFO. Continuarán a cargo del Subdirector Administrativo la delegación y actividades contenidas en la Resolución número 005861 del 21 de noviembre de 2005 y en aquellas que las modifiquen y/o adicionen.
ARTÍCULO 11. <Artículo modificado por el artículo 6 de la Resolución 1326 de 2012. El nuevo texto es el siguiente:> Delegar en el Secretario General Técnico además de las funciones contempladas en la presente resolución, las siguientes:
1. La facultad de reconocer y ordenar el pago de las comisiones de servicio de los Subdirectores Técnicos, Jefe de Oficina de Atención y Prevención de Emergencias, Directores Territoriales y Asesores Coordinadores del Grupo Plan 2500 y Grupo Gerencia de Grandes Proyectos.
2. La facultad de reconocer y ordenar el pago de las comisiones de servicio de Director General, en ausencia del Secretario General Administrativo.
3. La facultad de asignar los recursos de los proyectos de inversión a las Direcciones Territoriales.
PARÁGRAFO. El Secretario General Técnico autorizará comisiones a los Directores Territoriales mediante memorando, con base en la solicitud que previamente se enviará a la citada Secretaría, con la información sobre los desplazamientos que deben realizarse en cumplimiento de las funciones de los Directores Territoriales dentro y fuera del territorio de su jurisdicción. A su vez, los Directores Territoriales, se reconocerán el pago de viáticos anexando la respectiva autorización.
ARTÍCULO 12. <Artículo derogado por el artículo 13 de la Resolución 780 de 2014>
ARTÍCULO 13. Delegar en el Subdirector Financiero, además de las funciones contempladas en la presente resolución, el reconocimiento y ordenación del pago de la deuda interna y externa a cargo del Instituto Nacional de Vías.
PARÁGRAFO. Continuarán a cargo del Subdirector Financiero las delegaciones y actividades contenidas en las Resoluciones números 1281 del 5 de abril de 2004, y 3964 del 3 de septiembre de 2010 y en aquellas que las modifiquen y/o adicionen.
ARTÍCULO 14. Delegar en el Subdirector de Apoyo Técnico, además de las funciones contempladas en la presente resolución, las siguientes:
1. Adelantar los trámites y suscribir los actos administrativos para otorgar los permisos de tránsito por la red vial nacional a cargo del Instituto, cuando los vehículos excedan las normas en cuanto a dimensiones o cargas, coordinando lo necesario con el INCO.
2. Adelantar los trámites y suscribir los actos administrativos para otorgar lo relacionado con los permisos para cierre de vías, coordinando lo necesario con el INCO.
3. Adelantar los trámites para otorgar lo relacionado con los permisos para la construcción de accesos, instalación de tuberías, redes de servicios públicos, canalizaciones, obras destinadas a la seguridad vial y traslado de postes de infraestructura a cargo del Instituto y remitir a la Secretaria General Técnica los respectivos actos administrativos para su suscripción.
ARTÍCULO 15. Delegar en los Directores Territoriales además de las funciones contempladas en la presente resolución, las siguientes:
1. Ejercer la representación legal del Instituto Nacional de Vías, en todos los asuntos judiciales, extrajudiciales y administrativos dentro de su jurisdicción y en ejercicio de la misma constituir como mandatarios a los servidores públicos de la Dirección Territorial o abogados externos, de acuerdo con la especialidad del caso; otorgar poderes; notificarse de todas las actuaciones judiciales y administrativas y demás asuntos que se deriven de las mismas.
2. Coordinar con la Subdirección de Medio Ambiente y Gestión Social el apoyo logístico necesario para la realización de las gestiones prediales necesarias para la ejecución de las obras y proyectos de inversión a cargo del Instituto Nacional de Vías.
3. Llevar el registro de la ejecución del presupuesto asignado e informar mensualmente a las Secretarías General Técnica y General Administrativa acerca de la situación o estado de su ejercicio.
4. Dar posesión a los servidores públicos de la respectiva Dirección Territorial.
5. Autorizar licencias ordinarias no remuneradas y sus prórrogas, así como legalizar las licencias por enfermedad, maternidad y accidentes de trabajo, constancias y certificaciones de tiempo de servicio y horas extras a los empleados públicos de la Dirección Territorial.
6. Conceder vacaciones, excepto el pago de las mismas en dinero, y ordenar el aplazamiento, la interrupción, la suspensión y la prescripción de las vacaciones a los servidores públicos de la Dirección Territorial de acuerdo con las necesidades del servicio y la disponibilidad presupuestal.
7. Ordenar gastos y reconocer el pago de horas extras dominicales y feriados de los servidores públicos de la Dirección Territorial.
8. Ordenar descuentos por retardos de los servidores públicos de la Dirección Territorial de conformidad con lo dispuesto en las normas vigentes sobre la materia.
9. Ordenar los gastos de caja menor y autorizar el pago del correspondiente reembolso.
10. Adelantar las gestiones concernientes a la notificación de resoluciones modificatorias, expedición de paz y salvos junto con otros trámites inherentes al Cobro de la Contribución de Valorización Nacional que se relacionan a continuación:
a) Informar a los contribuyentes del cobro de la Contribución de Valorización Nacional;
b) Atender a los contribuyentes en caso de solicitar información sobre el estado de cuenta, así como la entrega de facturación a los contribuyentes, de acuerdo con la información remitida trimestralmente (listados de cuenta) a las Direcciones Territoriales por la Subdirección de Apoyo Técnico del Invías;
c) Atender y orientar a los contribuyentes respecto a los procedimientos necesarios para la reclamación y pago de las contribuciones de valorización;
d) Expedir los paz y salvos, previa verificación con la Subdirección de Apoyo Técnico - Área de Valorización, del ingreso del pago y cancelación total de la contribución de valorización;
e) Notificar las resoluciones modificatorias que por motivo de actualización y/o reclamos de contribuyentes surjan durante el tiempo de cobro;
f) Adelantar actividades de cobro persuasivo a contribuyentes morosos, mediante visitas a predios, envío de comunicaciones al lugar de residencia, llamadas telefónicas, comunicados de prensa, y/o cualquier otro medio oficialmente destinado para tal fin;
g) Apoyar logísticamente a los servidores públicos de planta central y/o contratistas de prestación de servicios cuando se requiera entregar Información e inspeccionar y actualizar en terreno los predios ubicados en las Zonas de Influencia de las Vías a cargo de la respectiva Dirección Territorial;
h) Atender las solicitudes realizadas por los contribuyentes como derechos de petición. Cuando para proferir la respuesta se requiera de conocimiento técnico en la materia, la Subdirección de Apoyo Técnico realizará acompañamiento, para lo cual la respectiva Dirección Territorial deberá remitir lo pertinente dentro de los tres (3) días siguientes al recibo de la petición. En todo caso, una vez obtenida la información, la Dirección Territorial deberá producir la respectiva respuesta;
i) Atender las acciones de tutela, cuando los objetos de estas se fundamenten en violaciones de carácter jurídico y no técnico, la Territorial deberá dar respuesta en los términos consagrados en la ley.
ARTÍCULO 16. Delegar en el Jefe de la Oficina de Control Interno además de las funciones contempladas en la presente resolución, la asistencia en calidad de veedor con voz pero sin voto, a las audiencias que se realicen en desarrollo de los procesos de selección de contratistas.
ARTÍCULO 17. Delegar en el Jefe de la Oficina Asesora Jurídica además de las funciones contempladas en la presente resolución, las siguientes:
1. Ejercer la representación legal del Instituto Nacional de Vías en todos los asuntos judiciales, extrajudiciales y administrativos de la entidad y, en ejercicio de la misma, asistir como parte a las diligencias que así lo requieran, constituir como mandatarios a los abogados de la Entidad o a través de abogados externos, de acuerdo con la especialidad del caso, para la defensa de los intereses de la entidad, otorgando poderes, notificándose de todas las actuaciones a que haya lugar y de las demás acciones que se deriven de la representación aludida.
2. Suscribir los pactos arbitrales en cualquier modalidad (compromiso o cláusula compromisoria), cuando en el contrato no se haya incluido este mecanismo de solución de controversias, así como modificar las cláusulas compromisorias contenidas en los contratos que celebre el Instituto.
3. Notificar los actos administrativos expedidos por el Instituto, salvo aquellos que sean remitidos a las Direcciones Territoriales para su respectiva notificación.
4. Proyectar para la firma del Director General, los actos administrativos relacionados con reintegro de personal y pensión sanción, de acuerdo con los fallos judiciales de carácter laboral.
5. Definir en coordinación con las dependencias del Instituto, el contenido de los modelos de estudios previos, pliegos de condiciones, contratos y demás documentos necesarios para los procesos de contratación del Instituto, así como adoptar los formatos a que haya lugar en relación con tales documentos.
6. Efectuar los trámites relacionados con la cesión de cuentas de contratistas, en coordinación con la Subdirección Financiera.
7. Numerar, en forma consecutiva todos los contratos que se expidan por la Planta Central del Instituto.
8. Asignar funciones de gestor administrativo, de los contratos de prestación de servicios profesionales que se deban ejecutar en la Oficina Asesora Jurídica del Instituto.
9. Adelantar los trámites necesarios y suscribir la respectiva autorización de pago por concepto de las obligaciones derivadas de sentencias, conciliaciones, honorarios de auxiliares de la justicia, gastos administrativos y en general cualquier gasto derivado de orden judicial o autoridad administrativa con jurisdicción y suscribir el acto administrativo correspondiente.
10. Suscribir el oficio de formulación de cargos para la iniciación de los procesos sancionatorios o de declaratoria de siniestro, presidir la audiencia del afectado o designar un abogado de la Oficina Asesora Jurídica para que la dirija, tomar la decisión que corresponda como fruto de dicha audiencia, expedir y suscribir el acto administrativo correspondiente, excepto en lo que concierne a procedimientos sancionatorios o para la declaratoria de siniestro respecto de los contratos suscritos por los Directores Territoriales, evento en el cual dichas competencias corresponden al Director Territorial respectivo.
ARTÍCULO 18. <Artículo derogado por el artículo 13 de la Resolución 780 de 2014>
ARTÍCULO 19. <Artículo derogado por el artículo 13 de la Resolución 780 de 2014>
ARTÍCULO 20. <Artículo derogado por el artículo 13 de la Resolución 780 de 2014>
ARTÍCULO 21. El presente acto administrativo rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las Resoluciones 3895 de 2003, 3906 de 2007, 7104 de 2009, 610 de 2011, 1336 de 2011 y las demás disposiciones que le sean contrarias.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 2 de junio de 2011.
El Director General,
CARLOS ALBERTO ROSADO ZÚÑIGA.
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