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RESOLUCIÓN 1515 DE 2012

(agosto 31)

Diario Oficial No. 48.555 de 16 de septiembre de 2012

MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE

Por la cual se modifica la Resolución número 0766 del 04 de junio de 2012.

EL MINISTRO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE,

en ejercicio de sus facultades constituciones y legales, en especial de las conferidas en el artículo 208 de la Constitución Política, el literal g) del artículo 61 de la Ley 489 de 1998 y el artículo 28 del Decreto número 2772 de 2005, y

CONSIDERANDO:

Que el literal c) del artículo 15 de la Ley 909 del 23 de septiembre del 2004, establece que serán funciones específicas de las Unidades de Personal, elaborar los manuales de funciones y requisitos, de conformidad con las normas vigentes;

Que el artículo 28 del Decreto número 2772 de 2005 dispone que los organismos y entidades del orden nacional expedirán el Manual Específico de Funciones y Requisitos, describiendo las funciones que correspondan a los empleos de la planta de personal y determinando los requisitos exigidos para su ejercicio. Asimismo, la norma señala que la adopción, adición, modificación o actualización del manual específico se efectuará mediante resolución interna del jefe del organismo respectivo, de acuerdo con el manual general;

Que mediante la Resolución número 766 del 4 de junio de 2012, se estableció el Manual Específico de Funciones y de Competencias Laborales para los empleos de la planta de personal del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, establecida mediante Decreto número 3575 de septiembre 27 de 2011;

Que se requiere modificar la ficha del empleo de Asesor, Código 1020, Grado 09, de la planta global del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, Oficina de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones enunciadas en la Resolución número 766 del 4 de junio de 2012, páginas 304 a 307, en razón a que por error involuntario, la ficha no contuvo los cambios que fueron propuestos por la Oficina respectiva;

Que se requiere modificar el perfil profesional contenido en el empleo de Asesor, Código 1020, Grado 09, de la planta global del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, Oficina de Planeación enunciadas en la Resolución número 766 del 04 de Junio de 2012, páginas 234, 235 y 236, motivado a que se trata de una vacante que hace parte de la Oferta Pública de Empleos de Carrera Administrativa y en cumplimiento de las Circulares Conjuntas Procuraduría General de la Nación – Comisión Nacional del Servicio Civil números 004 de 2011 y 74 de 2009;

Que se requiere adicionar a los perfiles del empleo de Técnico Administrativo, Código 3124, Grado 18 y 17 de la planta global del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, enunciados en la Resolución número 766 del 4 de junio de 2012, páginas 133, 134, 135, 215, 216, 260, 261, 649, 650, 651, 679, 680, 681 las tecnologías de “Gestión Ambiental y de Servicios Públicos, Economía e Ingeniería de Sistemas”, debido a que son congruentes con el propósito principal del empleo y las competencias de los empleos;

Que se requiere modificar el perfil del empleo de Profesional Especializado, Código 2028, Grado 17, de la planta global del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, Dirección de Asuntos Marinos, Costeros y Recursos Acuáticos enunciados en la Resolución número 766 del 4 de junio de 2012, páginas 414 a 416, por la profesión de “Derecho” inscrita en el Sistema Nacional de Información de la Educación Superior de acuerdo con su propósito principal, las funciones a desarrollar y las competencias requeridas;

Que se requiere agregar la equivalencia del perfil del empleo de Asesor, Código 1020, Grado 12, de la planta global del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, Dirección de Gestión Integral del Recurso Hídrico enunciado en la Resolución número 766 del 4 de junio de 2012, páginas 427 a 429, motivado por la eliminación de la equivalencia del requisito de estudio consistente en “Título de Posgrado en la Modalidad de Especialización en áreas relacionadas con las funciones del empleo”, por “2 años de experiencia profesional, siempre que se acredite el título profesional”, como se estipula en el artículo 26 de Decreto número 2772 del 2005;

Que en igual sentido, se requiere adicionar la profesión de “Ingeniería Agrícola” al perfil del empleo de Asesor, Código 1020, Grado 12, de la planta global del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, Dirección Gestión Integral del Recurso Hídrico enunciado en la Resolución número 766 del 4 de junio de 2012, páginas 427 y 429, debido a que es congruente con el propósito principal y las competencias requeridas;

Que se requiere adicionar la profesión de Biología al perfil del empleo de Profesional Especializado, Código 2028, Grado 14, de la planta global del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, Dirección de Bosques, Biodiversidad y Servicios Ecosistémicos, Grupo Despacho, enunciado en la Resolución número 766 del 4 de junio de 2012, página 338, dado que resulta congruente con el propósito principal del empleo y las funciones contenidas en el mismo;

Que se requiere adicionar la profesión de “Arquitectura” a los perfiles de los empleos de Profesional Especializado, Código 2028, Grado 24, Grado 19 y Grado 17, de la planta global del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, Dirección General de Ordenamiento Ambiental Territorial y Coordinación del Sistema Nacional Ambiental – SINA, del grupo de Ordenamiento Ambiental, enunciados en la Resolución número 766 del 4 de junio de 2012, de la página 91 a 112, así como a los empleos de Profesional Especializado, Código 2028, Grado 24 y Grado 17, de la planta global del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, Dirección General de Ordenamiento Ambiental Territorial y Coordinación del Sistema Nacional Ambiental – SINA, del Grupo de Gestión Integral del Riesgo, enunciados en la Resolución número 766 del 4 de junio de 2012, de la página 64 a 81 motivado a que la profesión es congruente con los propósitos principales y las competencias requeridas y que por error no fueron incluidas;

Que se requiere modificar las profesiones contenidas en el perfil del empleo de Profesional Especializado, Código 2028, Grado 17, de la planta global del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, Dirección de Asuntos Marinos, Costeros y Recursos Acuáticos enunciados en la Resolución número 766 del 4 de junio de 2012, páginas 418 a 420, en el sentido de fijar las siguientes: “Sociología, Psicología, Antropología, Administración Ambiental, Administración de Recursos Costeros y Marinos, Trabajo Social, Licenciatura en Educación, Licenciatura en Pedagogía, Licenciatura en Ciencias Básicas, Licenciatura en Filosofía y Humanidades o Licenciatura en Ciencias Sociales”, las cuales resultan congruentes con el propósito principal y las competencias requeridas para el ejercicio del empleo;

En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. Modificar el contenido de la ficha correspondiente al empleo de Asesor, Código 1020, Grado 09, de la planta global del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, Oficina de Tecnologías de la Información y la Comunicación enunciadas en la Resolución número 0766 del 2012, de acuerdo con lo expuesto en la parte motiva, la cual quedará así:

I. IDENTIFICACIÓN

Nivel:Asesor
Denominación del Empleo:Asesor
Código:1020
Grado:09
Número de cargos:1
Dependencia:Donde se ubique el empleo
Cargo del Jefe Inmediato:Quien ejerza la supervisión inmediata

OFICINA DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LA COMUNICACIÓN

II. PROPÓSITO PRINCIPAL

Asesorar y orientar a la Oficina de Tecnologías de la Información y la Comunicación en la formulación de políticas, planes, proyectos, procesos y procedimientos relacionados con la gestión de la información y las tecnologías de la información y las comunicaciones, así como la gestión de conocimiento de la entidad y del sector de ambiente y desarrollo sostenible.

III. DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES ESENCIALES

1. Asesorar en el desarrollo y uso de las TIC para su uso interno y externo, dentro del marco de los estándares y lineamientos dictados por el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones y las entidades encargadas de su regulación.

2. Proponer políticas, lineamientos y estándares relacionados con el uso, desarrollo y aprovechamiento de las TIC al interior del Ministerio y en el sector, teniendo en cuenta la normativa vigente.

3. Participar en la elaboración del plan institucional y del plan estratégico sectorial en materia de tecnologías de la información y las comunicaciones.

4. Asesorar en la planeación e implementación de las estrategias y las iniciativas emanadas del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones y de las demás entidades competentes, teniendo como base los lineamientos dados por el gobierno nacional y el marco normativo vigente.

5. Asesorar las labores que permitan lograr la colaboración con las diferentes entidades del Estado, especialmente con las del sector, para intercambiar información y conocimiento, con el propósito de facilitar la entrega de servicios en línea a ciudadanos, empresas y a otras entidades.

6. Recomendar la adquisición y disposición de herramientas tecnológicas que faciliten la gestión de la información y del conocimiento del Ministerio.

7. Asesorar la elaboración y actualización de la política de seguridad que garantice la protección de la información, los datos personales y los activos de información con que cuenta el Ministerio.

8. Asesorar las labores de mejoramiento en materia de procesos del Sistema de Gestión de Calidad del Ministerio soportados en tecnologías de información y comunicaciones.

9. Asesorar en el diseño, ajuste o adquisición de tecnologías de punta que den soporte a los procesos de producción de información estatal en el Ministerio y en las entidades del Sector.

10. Las demás que le sean asignadas por la autoridad competente, de acuerdo con el área de desempeño.

IV. CRITERIOS DE DESEMPEÑO

1. Las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones se desarrollan para su uso interno y externo, dentro del marco de los estándares y lineamientos dictados por el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones y las entidades encargadas de su regulación.

2. Las políticas, lineamientos y estándares relacionados con el uso, desarrollo y aprovechamiento de las TIC al interior del Ministerio y en el sector, se proponen teniendo en cuenta la normativa vigente.

3. El plan institucional y del plan estratégico sectorial en materia de tecnologías de la información y las comunicaciones se elabora, de acuerdo a los lineamientos del sector y a la normatividad vigente.

4. Las estrategias e iniciativas emanadas del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones y de las demás entidades competentes, se planean e implementan teniendo como base los lineamientos dados por el gobierno nacional y el marco normativo vigente.

5. La información y conocimiento se intercambia con las diferentes entidades del Estado y del sector con el propósito de facilitar la entrega de servicios en línea a ciudadanos, empresas y a otras entidades.

6. Las herramientas tecnológicas que facilitan la gestión de la información y del conocimiento del Ministerio se adquieren y disponen, de acuerdo a los lineamientos del sector y a la normatividad vigente.

7. La política de seguridad se elabora y actualiza para garantizar la protección de la información, los datos personales y los activos de información con que cuenta el Ministerio.

8. Los procesos del Sistema de Gestión de Calidad del Ministerio soportados en tecnologías de información y comunicaciones, se mejoran de acuerdo a los lineamientos del sector y a la normatividad vigente.

9. Las tecnologías de punta que den soporte a los procesos de producción de información estatal en el Ministerio y en las entidades del Sector, se diseñan, ajustan o adquieren de acuerdo a los lineamientos del sector y a la normatividad vigente.

10. Las demás funciones asignadas y correspondientes a la naturaleza de la dependencia, se cumplen de acuerdo a los lineamientos del sector y la normatividad vigente

V. RANGO O CAMPO DE APLICACIÓN

Categoría. Tipo de entidades.

Clases. Entidades públicas de nivel nacional.

Clases. Verbal, telefónica, virtual (chat, e-mail, teleconferencia, foro virtual).

Categoría. Información.

Clases. Escrita, digital, verbal, presencial.

VI. CONOCIMIENTOS BÁSICOS O ESENCIALES

1. Estructura del Estado.

2. Políticas Ambientales.

3. Políticas de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones.

4. Esquemas de organización y coordinación estratégica.

5. Metodologías y formulación de proyectos y planes

VII. EVIDENCIAS

De desempeño:

Registro de la observación de las competencias comportamentales, aplicadas en el desempeño de la función correspondiente.

Registro de la observación del cumplimiento de los criterios de desempeño.

De producto:

Informes, conceptos técnicos, propuestas, planes de acción.

VIII. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA

ESTUDIOEXPERIENCIA
Título profesional en Ingeniería de sistemas, Ingeniería de sistemas de información, Ingeniería de sistemas e informática, Ingeniería de sistemas y computación, Ingeniería de sistemas y telecomunicaciones, Ingeniería de sistemas y telemática, Ingeniería de software, Ingeniería de software y comunicaciones, Ingeniería de telecomunicaciones.

Título de posgrado en modalidad de especialización en áreas relacionadas con las funciones del empleo.

Tarjeta profesional en los casos exigidos por la ley.
Veintiséis (26) meses de experiencia profesional relacionada.

IX. ALTERNATIVA

ESTUDIOEXPERIENCIA
Título profesional en Ingeniería de sistemas, Ingeniería de sistemas de información, Ingeniería de sistemas e informática, Ingeniería de sistemas y computación, Ingeniería de sistemas y telecomunicaciones, Ingeniería de sistemas y telemática, Ingeniería de software, Ingeniería de software y comunicaciones, Ingeniería de telecomunicaciones.

Tarjeta profesional en los casos exigidos por la ley.
Cincuenta (50) meses de experiencia profesional relacionada.
Ir al inicio

ARTÍCULO 2o. Modificar los perfiles profesionales del empleo de Asesor, Código 1020, Grado 09, de la planta global del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, Oficina de Planeación enunciadas en la Resolución número 766 del 4 de junio de 2012, de acuerdo con lo expuesto en la parte motiva, los cuales quedarán así:

I. IDENTIFICACIÓN

Nivel:Asesor
Denominación del Empleo:Asesor
Código:1020
Grado:09
Número de cargos:1
Dependencia:Donde se ubique el empleo
Cargo del jefe Inmediato:Quien ejerza la supervisión inmediata

OFICINA ASESORA DE PLANEACIÓN - GRUPO DE GESTIÓN DE PRESUPUESTO DE INVERSIÓN Y BANCA

II. PROPÓSITO PRINCIPAL

Asesorar desde el punto de vista técnico en los procesos de formulación, programación, ejecución y seguimiento de operaciones de crédito público de libre destinación y de destinación especifica, con la Banca Multilateral, en las áreas de medio ambiente, vivienda, agua potable y saneamiento básico, de acuerdo con las estrategias de apoyo acordadas entre el Gobierno Nacional y la Banca Multilateral.

III. DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES ESENCIALES

1. Asistir técnicamente en el desarrollo de los procesos correspondientes a la etapa de preparación de operaciones de crédito externo en las áreas de medio ambiente, vivienda, agua potable y saneamiento básico, incluyendo la gestión para la obtención de las autorizaciones internas de ley requeridas para la celebración de empréstitos externos.

2. Participar en los procesos de negociación con el fin de contribuir en la gestión de las operaciones de crédito público con la Banca Multilateral en las áreas de medio ambiente, vivienda, agua potable y saneamiento básico en coordinación con el Ministerio de Hacienda y Crédito Público y el Departamento Nacional de Planeación.

3. Coordinar con las diferentes instancias del Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial y con las instituciones involucradas, asesorar la programación presupuestal para la ejecución adecuada de los programas financiados con crédito externo.

4. Asesorar en el proceso de seguimiento a los programas con la Banca Multilateral que se relacionan con medio ambiente, vivienda, agua potable y saneamiento básico, con el fin de asegurar el cumplimiento de los procedimientos acordados con la Banca y cláusulas contractuales respectivas.

5. Tramitar ante la Banca Multilateral las no-objeciones y autorizaciones con el fin de gestionar los procesos de contratación y adquisiciones de bienes obras o servicios con cargo a los diferentes componentes de los Programas de medio ambiente, vivienda, agua potable y saneamiento básico financiados con recursos de la Banca Multilateral.

6. Apoyar la consolidación de los Planes Operativos Anuales de los programas de crédito con la Banca Multilateral con el fin de establecer la programación para cada una de las vigencias de ejecución del crédito, efectuar su seguimiento y monitoreo.

7. Apoyar a las diferentes instancias del Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial y las instituciones involucradas, con el fin de preparar y presentar los informes técnicos, financieros y contables requeridos por la Banca Multilateral.

8. Apoyar a las diferentes instancias del Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial y las instituciones involucradas, con el fin de realizar el seguimiento de los programas con la Banca Multilateral promoviendo el cumplimiento de procedimientos operativos y cláusulas contractuales.

9. Participar en forma activa, en el desarrollo, mantenimiento y mejora del Sistema de Gestión de Calidad, en el modelo estándar de control interno y en los demás sistemas de gestión, aplicando principios de autocontrol necesarios para el cumplimiento de la misión institucional.

10. Aplicar, en relación con las funciones a su cargo, la política de información y gestión del conocimiento del Ministerio.

11. Implementar metodologías de análisis de riesgos y diseño de controles en relación con las funciones a su cargo.

12. Aplicar prácticas y sistemas de seguimiento y evaluación, que permitan la medición de la gestión institucional de acuerdo con la planeación de la entidad, en relación con las funciones a su cargo.

13. Las demás que le sean asignadas por la autoridad competente, de acuerdo con el área de desempeño.

IV. CRITERIOS DE DESEMPEÑO

1. Los Programas financiados con recursos de crédito formulados responden a las necesidades institucionales en materia de financiación de inversiones en las áreas de medio ambiente.

2. Los Programas de reforma de política derivados de las operaciones de crédito de libre destinación responden a las necesidades de ajustes y mejoramiento de las institucionales políticas y regulaciones en medio ambiente del país.

3. Los informes de seguimiento a la ejecución de los Programas financiados con recursos de la Banca Multilateral permiten constara el cumplimiento de las metas acordadas para los Programas en ejecución.

4. Los estudios e investigaciones relacionados con los procesos de preparación y negociación de operaciones de crédito con la Banca Multilateral aportan al desarrollo de los planes, programas y políticas del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible.

V. RANGO O CAMPO DE APLICACIÓN

Categoría. Tipo de entidades.

Clases. Entidades públicas de nivel nacional, territorial o cualquier oficina en representación del Estado.

Categoría. Comunicaciones utilizadas

Clases. Verbal, telefónica, virtual (chat, e-mail, teleconferencia, foro virtual).

Categoría. Información

Clases. Escrita, digital, verbal, presencial.

VI. CONOCIMIENTOS BÁSICOS O ESENCIALES

Formulación y seguimiento de políticas, planes y/o programas en materia de medio ambiente.

Planes, programas, políticas y normas en las áreas de medio ambiente.

Formulación, ejecución y/o seguimiento de Programas financiados con recursos de la Banca Multilateral.

Técnicas de evaluación, análisis estadístico y econométrico.

VII. EVIDENCIAS

De desempeño:

Cumplimiento de los indicadores y del plan de acción.

De producto:

Estrategia Financiera del Ministerio, Contratos de crédito con la banca multilateral, Convenios de cooperación técnica financiera no reembolsable o de recuperación contingente con organismos de cooperación, asistencia y ayuda internacionales, Programas de empréstito y convenios de cooperación no reembolsable, informe de terminación de proyecto de los contratos de empréstito y acuerdos de cooperación.

VIII. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA

ESTUDIOEXPERIENCIA
Título Profesional en Título Profesional en Ingeniería, Economía o Finanzas.

Título de posgrado en modalidad de especialización en áreas relacionadas con las funciones del empleo.

Tarjeta profesional en los casos exigidos por la ley.
Veintiséis (26) meses de experiencia profesional relacionada.

IX. ALTERNATIVA

ESTUDIOEXPERIENCIA
Título profesional en Título Profesional en Ingeniería, Economía o Finanzas.

Tarjeta profesional en los casos exigidos por la ley.
Cincuenta (50) meses de experiencia profesional relacionada.
Ir al inicio

ARTÍCULO 3o. Adicionar a los perfiles del empleo de Técnico Administrativo, Código 3124, Grado 18 y 17 de la planta global del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, enunciados en la Resolución número 766 del 4 de junio de 2012, páginas 133, 134, 135, 215, 216, 260, 261, 649, 650, 651, 679, 680, 681, las Tecnologías de “Gestión Ambiental y de Servicios Públicos, Economía e Ingeniería de Sistemas”, debido a que son congruentes con el propósito principal del empleo y las competencias de los empleos.

I. IDENTIFICACIÓN

Nivel:Técnico
Denominación del Empleo:Técnico Administrativo
Código:3124
Grado:18
Número de cargos:Uno (1)
Dependencia:Donde se ubique el empleo
Cargo del jefe Inmediato:Quien ejerza la supervisión inmediata

II. PROPÓSITO PRINCIPAL

Apoyar al seguimiento, desarrollo y ejecución de las actividades establecidas en el Plan de Acción de la dependencia y demás instrumentos de seguimiento.

III. DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES ESENCIALES

1. Apoyar en la comprensión y la ejecución de los procesos técnicos e instrumentales del Despacho del Viceministro y sugerir las alternativas de tratamiento y generación de nuevas estrategias con el fin de fortalecer el Sistema de Gestión de Calidad.

2. Diseñar, desarrollar y aplicar sistemas de información que le permitan al despacho contar una base de datos actualizados para prestar un mejor servicio de atención a los usuarios internos y externos.

3. Apoyar en la preparación de informes en relación con temas del Despacho con el fin de hacer más eficiente la logística interna del área.

4. Elaborar documentos en procesadores de texto, cuadros en hojas de cálculo presentaciones en software relacionado y manejar aplicativos de Internet para facilitar la consulta de normas.

5. Brindar asistencia técnica de acuerdo con instrucciones recibidas, y comprobar la eficacia de los métodos y procedimientos utilizados en el desarrollo de planes y programas, con el fin desarrollar nuevas estrategias de mejoramiento continuo.

6. Hacer seguimiento permanente a la base de datos concerniente a temas ambientales con el fin de otorgar.

7. Apoyar en la coordinación de la participación del Ministerio en los Consejos Ambientales Regionales.

8. Las demás que le sean asignadas por la autoridad competente, de acuerdo con el área de desempeño.

IV. CRITERIOS DE DESEMPEÑO

1. La información es incorporada en los sistemas de gestión de la institución para determinar los avances en la ejecución de los mismos, de acuerdo con los requisitos y lineamientos específicos.

2. La información es actualizada con los reportes de ejecución del seguimiento al cumplimiento físico y presupuestal para determinar los avances en la gestión de la dirección, en concordancia a las metas establecidas.

3. El plan de acción es implementado para el cumplimiento de las metas y objetivos de la Dirección, de conformidad con sus funciones misionales establecidas en la ley.

4. El plan de acción es actualizado para determinar el seguimiento y avances a las metas propuestas de conformidad con lo establecido en la legislación.

5. Los informes de seguimiento son efectuados para determinar la gestión y cumplimiento de metas de conformidad con los lineamientos establecidos por la entidad.

6. Los reportes de seguimiento son elaborados para determinar el cumplimiento físico y presupuestal de la Dirección en concordancia a las metas establecidas.

7. Los documentos derivados de la gestión del talento humano, sistema integrado de gestión, planeación, control interno, gestión contractual y demás procedimientos administrativos son entregados oportunamente y con las características de calidad esperadas.

8. Las demás funciones asignadas por la autoridad competente se cumplen de acuerdo con el área de desempeño.

V. RANGO O CAMPO DE APLICACIÓN

Tipo de entidades: Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, Comisión de Ordenamiento Territorial, Sistema Nacional de Prevención y Atención de Desastres, Ministerio de Salud y Protección Social, Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural.

Usuarios: Usuarios internos y externos del Ministerio.

Herramientas: Manejo de ofimática y equipos de cómputo.

Insumos: Políticas Nacionales de población, normas y regulaciones ambientales de asentamientos humanos y expansión urbana y de colonización, Política de Ordenamiento Ambiental, Estatuto de Zonificación.

Condicionantes: Recursos provenientes del Presupuesto General de la Nación, Plan Nacional de Desarrollo.

Comunicaciones utilizadas: Verbal, telefónica, virtual (chat, e-mail, teleconferencia, foro virtual)

Información: Escrita, digital, verbal, presencial.

VI. CONOCIMIENTOS BÁSICOS O ESENCIALES

1. Normatividad Ambiental.

2. Atención al usuario.

3. Manejo de archivos.

VII. EVIDENCIAS

De desempeño: Registro de la observación de las competencias comportamentales, aplicadas en el desempeño de la función correspondiente y registro de la observación del cumplimiento de los criterios de desempeño.

De producto: Documentos temáticos y de gestión

De conocimiento: Aplicación de conocimientos básicos esenciales del 1 al 3.

VIII. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA

ESTUDIOEXPERIENCIA
Título de formación tecnológica con especialización en Administración de Empresas, Administración Pública, Contabilidad o en Contaduría, en Ingeniería Ambiental, Ingeniería Forestal, Ciencia Política, Ingeniería de Sistemas, Administración Pública, Economía, Comercio Exterior, Administración Ambiental, Administración Ambiental y de los Recursos Naturales o Administración y Gestión Ambiental, Gestión Ambiental y de Servicios Públicos, Ingeniería de Sistemas, Administración del Medio Ambiente, Gobierno y Relaciones Internacionales, Ingeniería Catastral y Geodesia, Ingeniería Industrial, Biología, Ecología, Sociología, Ingeniería Civil, Ingeniera Ambiental, Ingeniería Sanitaria, Ingeniería Agrónoma, Ingeniería Geográfica, Ingeniería Recursos Naturales, Hidrología, Ingeniería de Recursos Hídricos, Ingeniería Hidrológica, Ingeniería Física, Administración de Empresas, o Finanzas, Ingeniería del Medio Ambiente o Ingeniería de Desarrollo Ambiental, Ingeniería Topográfica, Ingeniería de Minas, Ingeniería Agrícola, Ingeniería Agroecológica, Administración Ambiental y de Servicios Públicos, Gestión Ambiental y de Servicios Públicos, Ingeniería Agroindustrial, Geología o Geociencias.Tres (3) meses de experiencia relacionada o laboral.

IX. ALTERNATIVA

ESTUDIOEXPERIENCIA
Terminación o aprobación del pensum académico de educación superior en Administración de Empresas, Administración Pública, Contabilidad o en Contaduría, en Ingeniería Ambiental, Ingeniería Forestal, Ciencia Política, Ingeniería de Sistemas, Administración Pública, Economía, Comercio Exterior, Administración Ambiental, Administración Ambiental y de los Recursos Naturales o Administración y Gestión Ambiental, Administración del Medio Ambiente, Economía, Derecho, Gobierno y Relaciones Internacionales, Psicología, Ingeniería Catastral y Geodesia, Ingeniería Industrial, Biología, Ecología, Sociología, Ingeniería Civil, Ingeniera Ambiental, Ingeniería Sanitaria, Ingeniería Agrónoma, Ingeniería Geográfica, Ingeniería Recursos Naturales, Hidrología, Ingeniería de Recursos Hídricos, Ingeniería Hidrológica, Ingeniería Física, Administración de Empresas, o Finanzas, Ingeniería del Medio Ambiente o Ingeniería de Desarrollo Ambiental, Ingeniería Topográfica, Ingeniería de Minas, Ingeniería Agrícola, Ingeniería Agroecológica, Administración Ambiental y de Servicios Públicos, Gestión Ambiental y de Servicios Públicos, Ingeniería de Sistemas, Ingeniería Agroindustrial, Geología o Geociencias.Tres (3) meses de experiencia relacionada o laboral.

Un (1) año de educación superior por un (1) año de experiencia y viceversa, o por seis (6) meses de experiencia relacionada y curso específico de mínimo sesenta (60) horas de duración y viceversa, siempre y cuando se acredite diploma de bachiller para ambos casos.

I. IDENTIFICACIÓN

Nivel:Técnico
Denominación del Empleo:Técnico Administrativo
Código:3124
Grado:18
Número de cargos:Uno (1)
Dependencia:Donde se ubique el empleo
Cargo del jefe Inmediato:Quien ejerza la supervisión inmediata

ÁREA: PLANEACIÓN, PRESUPUESTO Y FONDOS

II. PROPÓSITO PRINCIPAL

Brindar apoyo técnico para la ejecución de los proyectos y actividades de la dependencia de acuerdo con la normatividad vigente e instrucciones del jefe inmediato.

III. DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES ESENCIALES

1. Apoyar en la comprensión y la ejecución de los procesos técnicos e instrumentales de la Oficina Asesora de Planeación y sugerir las alternativas de tratamiento y generación de nuevas estrategias con el fin de fortalecer el Sistema de Gestión de Calidad.

2. Desarrollar y aplicar sistemas de información que le permitan a la Oficina Asesora de Planeación contar una base de datos actualizados para prestar un mejor servicio de atención a los usuarios internos y externos.

3. Apoyar en la preparación de informes en relación con temas de la Oficina Asesora de Planeación con el fin de hacer más eficiente la logística interna del área.

4. Elaborar documentos en procesadores de texto, cuadros en hojas de cálculo presentaciones en software relacionado y manejar aplicativos de Internet para facilitar la consulta de los temas de la competencia de la Oficina Asesora de Planeación.

5. Brindar asistencia técnica de acuerdo con instrucciones recibidas, y comprobar la eficacia de los métodos y procedimientos utilizados en el desarrollo de planes y programas, con el fin desarrollar nuevas estrategias de mejoramiento continuo.

6. Hacer seguimiento permanente a las bases de datos concerniente a los temas de los diferentes grupos de trabajo de la Oficina Asesora de Planeación con el fin de otorgar información oportuna y de calidad.

7. Apoyar en la coordinación de la participación de la Oficina Asesora de Planeación en los eventos y actividades inherentes a sus funciones.

8. Atender personal y telefónicamente a las personas y entidades que requieren de los servicios de la Oficina Asesora de Planeación con el fin de apoyar la atención al usuario.

9. Apoyar en el desarrollo e implementación del Sistema de Gestión de Calidad, el modelo estándar de control interno y en los demás sistemas de gestión para el cumplimiento de la misión institucional.

10. Elaborar el plan de acción, definir la metodología de trabajo para la planificación y evaluación de las acciones de su competencia, las actividades a desarrollar, el cronograma, los indicadores, metas y los productos a obtener.

11. Elaborar, consolidar y presentar los informes requeridos en los temas de su competencia.

12. Apoyar a las diferentes dependencias del Ministerio con la recopilación y consolidación de la información que se requiera para el cumplimiento de sus funciones en los asuntos de su competencia.

13. Las demás que le sean asignadas por la autoridad competente, de acuerdo con el área de desempeño.

IV. CRITERIOS DE DESEMPEÑO

1. Información actualizada y archivada de acuerdo a las Tablas de Retención Documental sobre el recaudo de cada una de las corporaciones aportantes al Fondo de Compensación Ambiental, así como la información de recursos de las corporaciones beneficiarias.

2. Información actualizada y archivada de acuerdo a las Tablas de Retención Documental sobre los contratos, convenios y demás actos contractuales.

3. La ejecución de los procesos de la Dependencia cuentan con el apoyo técnico de manera oportuna.

V. RANGO O CAMPO DE APLICACIÓN

Categoría. Tipo de entidades.

Clases. Entidades públicas de nivel nacional, territorial o cualquier oficina en representación del Estado.

Categoría. Comunicaciones utilizadas.

Clases. Verbal, telefónica, virtual (chat, e-mail, teleconferencia, foro virtual).

Categoría. Información.

Clases. Escrita, digital, verbal, presencial.

VI. CONOCIMIENTOS BÁSICOS O ESENCIALES

1. Reglamentación del Fondo de Compensación Ambiental.

2. Técnicas de análisis y consolidación financiera.

3. Normas de contratación pública.

4. Administración documental.

5. Conocimientos de la misión de la dependencia y del Ministerio en general.

6. Diseño de presentaciones e informes en herramientas de automatización de oficina.

VII. EVIDENCIAS

De desempeño:

Cumplimiento de los indicadores y del plan de acción.

De producto:

Informes a CAR.

VIII. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA

ESTUDIOEXPERIENCIA
Terminación y aprobación del pénsum académico de educación superior en Recursos Naturales Renovables, Administración de Finanzas y Negocios Internacionales, Administración de Recursos Naturales, Administración de Empresas, Ambiental, Administración Ambiental, Gestión Ambiental, Ingeniería Industrial, Administración de Empresas, Derecho, Ingeniería Agrónoma, Administración pública, Contabilidad o en Contaduría, en Ingeniería Ambiental, Ingeniería Forestal, Ciencia Política, Ingeniería de Sistemas, Administración Pública, Economía, Comercio Exterior, Administración Ambiental y de los Recursos Naturales o Administración y Gestión Ambiental, Administración del Medio Ambiente, Economía, Gobierno y Relaciones Internacionales, Psicología, Ingeniería Catastral y Geodesia, Biología, Ecología, Sociología, Ingeniería Civil, Ingeniera Ambiental, Ingeniería Sanitaria, Ingeniería Agrónoma, Ingeniería Geográfica, Ingeniería Recursos Naturales, Hidrología, Ingeniería de Recursos Hídricos, Ingeniería Hidrológica, Ingeniería Física, Administración de Empresas, o Finanzas, Ingeniería del Medio Ambiente o Ingeniería de Desarrollo Ambiental, Ingeniería Topográfica, Ingeniería de Minas, Ingeniería Agrícola, Ingeniería Agroecológica, Administración Ambiental y de Servicios Públicos, Gestión Ambiental y de Servicios Públicos, Ingeniería Agroindustrial, Geología o Geociencias.Tres (3) meses de experiencia relacionada o laboral.

Un (1) año de educación superior por un (1) año de experiencia y viceversa, o por seis (6) meses de experiencia relacionada y curso específico de mínimo sesenta (60) horas de duración y viceversa, siempre y cuando se acredite diploma de bachiller para ambos casos.

I. IDENTIFICACIÓN

Nivel:Técnico
Denominación del Empleo:Técnico Administrativo
Código:3124
Grado:17
Número de cargos:Uno (1)
Dependencia:Donde se ubique el empleo
Cargo del jefe Inmediato:Quien ejerza la supervisión inmediata

OFICINA ASESORA JURÍDICA

II. PROPÓSITO PRINCIPAL

Administrar y adelantar la base de datos del área y elaborar informes de gestión administrativo para ser más eficiente y eficaz la atención a los diferentes usuarios con la información y orientación conforme a los trámites y procedimientos establecidos.

III. DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES ESENCIALES

1. Llevar el registro y control de la correspondencia que tramita la oficina para mantener actualizada la base de datos.

2. Llevar el registro y control de los documentos y archivos de la oficina con el fin de facilitar el proceso de consulta de información.

3. Recibir, radicar, redactar y organizar la correspondencia para la firma del jefe y distribuirla de acuerdo con sus instrucciones.

4. Elaborar documentos en procesadores de texto, cuadros en hojas de cálculo presentaciones en software relacionado y manejar aplicativos de Internet para facilitar la consulta de normas.

5. Atender personal y telefónicamente al público con el fin de apoyar la atención al usuario.

6. Llevar y mantener al día el archivo y la correspondencia para la consulta de los documentos.

7. Manejar con discreción la información y la correspondencia del jefe de la dependencia.

8. Las demás que le sean asignadas por la autoridad competente, de acuerdo con el área de desempeño.

IV. CRITERIOS DE DESEMPEÑO

1. La ejecución de los procesos internos del área cumplen con los controles de la gestión de calidad.

2. La base de datos actualizada facilita la consulta e información a los diferentes usuarios.

3. Los documentos recibidos se clasifican y radican diariamente con base en el Sistema de Gestión Documental.

4. La correspondencia se distribuye diariamente de acuerdo con los procedimientos establecidos en el Sistema de Gestión Documental.

5. Se elaboran los documentos para la remisión a las dependencias internas y a las Entidades correspondientes.

6. Los documentos evidencia del manejo de la información y la correspondencia del jefe de la dependencia, es realizada con los parámetros de calidad esperados.

7. Los documentos derivados de la gestión evidencian el cumplimiento de la normatividad vigente.

8. Los documentos derivados de la gestión del talento humano, sistema integrado de gestión, planeación, control interno, gestión contractual y demás procedimientos administrativos son entregados oportunamente y con las características de calidad esperadas.

V. RANGO O CAMPO DE APLICACIÓN

Categoría. Tipo de entidades.

Clases. Entidades públicas de nivel nacional.

Entidades Adscritas y Vinculadas al Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible.

Entidades del SINA.

Usuarios Internos y Externos

VI. CONOCIMIENTOS BÁSICOS O ESENCIALES

1. Informática básica.

2. Técnicas de archivo.

3. Clases de documentos.

4. Sistema de Gestión Documental Institucional.

5. Software de archivo.

6. Técnicas secretariales.

7. Sistemas de información.

VII. EVIDENCIAS

De desempeño:

Cumplimiento de los indicadores y del plan de acción, registro de la observación de las competencias comportamentales, aplicadas en el desempeño de la función correspondiente, registro de la observación del cumplimiento de los criterios de desempeño.

De producto:

Expedientes debidamente organizados, bases de datos actualizadas, archivo de la dependencia al día.

VIII. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA

ESTUDIOEXPERIENCIA
Título de formación tecnológica en Administración de sistemas de información y documentación, Sistemas, Informática o sistematización de datos, Administración de finanzas y negocios internacionales, Recursos Naturales Renovables, Administración de Finanzas y Negocios Internacionales, Administración de Recursos Naturales, Administración de Empresas, Ambiental, Administración Ambiental, Gestión Ambiental, Ingeniería Industrial, Administración de Empresas, Ingeniería Agrónoma, Administración pública, Contabilidad o en Contaduría, en Ingeniería Ambiental, Ingeniería Forestal, Ciencia Política, Ingeniería de Sistemas, Administración Pública, Economía, Comercio Exterior, Administración Ambiental y de los Recursos Naturales o Administración y Gestión Ambiental, Administración del Medio Ambiente, Economía, Gobierno y Relaciones Internacionales, Ingeniería Catastral y Geodesia, Biología, Ecología, Sociología, Ingeniería Civil, Ingeniera Ambiental, Ingeniería Sanitaria, Ingeniería Agrónoma, Ingeniería Geográfica, Ingeniería Recursos Naturales, Hidrología, Ingeniería de Recursos Hídricos, Ingeniería Hidrológica, Ingeniería Física, Administración de Empresas, o Finanzas, Ingeniería del Medio Ambiente o Ingeniería de Desarrollo Ambiental, Ingeniería Topográfica, Ingeniería de Minas, Ingeniería Agrícola, Ingeniería Agroecológica, Administración Ambiental y de Servicios Públicos, Gestión Ambiental y de Servicios Públicos, Ingeniería Agroindustrial, Geología o Geociencias.Nueve (9) meses de experiencia relacionada o laboral.

IX. ALTERNATIVA

ESTUDIOEXPERIENCIA
Aprobación de cuatro (4) años de educación superior en Administración de Sistemas de Información y Documentación, Sistemas, Informática o Sistematización de Datos, Administración de Finanzas y Negocios Internacionales, Recursos Naturales Renovables, Administración de Finanzas y Negocios Internacionales, Administración de Recursos Naturales, Administración de Empresas, Administración Ambiental, Gestión Ambiental, Ingeniería Industrial, Administración de Empresas, Derecho, Ingeniería Agrónoma, Administración pública, Contabilidad o en Contaduría, en Ingeniería Ambiental, Ingeniería Forestal, Ciencia Política, Ingeniería de Sistemas, Administración Pública, Economía, Comercio Exterior, Administración Ambiental y de los Recursos Naturales o Administración y Gestión Ambiental, Administración del Medio Ambiente, Economía, Gobierno y Relaciones Internacionales, Psicología, Ingeniería Catastral y Geodesia, Biología, Ecología, Sociología, Ingeniería Civil, Ingeniera Ambiental, Ingeniería Sanitaria, Ingeniería Agrónoma, Ingeniería Geográfica, Ingeniería Recursos Naturales, Hidrología, Ingeniería de Recursos Hídricos, Ingeniería Hidrológica, Ingeniería Física, Administración de Empresas, o Finanzas, Ingeniería del Medio Ambiente o Ingeniería de Desarrollo Ambiental, Ingeniería Topográfica, Ingeniería de Minas, Ingeniería Agrícola, Ingeniería Agroecológica, Administración Ambiental y de Servicios Públicos, Gestión Ambiental y de Servicios Públicos, Ingeniería Agroindustrial, Geología o Geociencias.Seis (6) meses de experiencia relacionada o laboral.

Un (1) año de educación superior por un (1) año de experiencia y viceversa, o por seis (6) meses de experiencia relacionada y curso específico de mínimo sesenta (60) horas de duración y viceversa, siempre y cuando se acredite diploma de bachiller para ambos casos.

I. IDENTIFICACIÓN

Nivel:Técnico
Denominación del Empleo:Técnico Administrativo
Código:3124
Grado:17
Número de cargos:Uno (1)
Dependencia:Donde se ubique el cargo
Cargo del jefe Inmediato:Quien ejerza la supervisión

SUBDIRECCIÓN ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA

II. PROPÓSITO PRINCIPAL

Apoyar los procesos administrativos y presupuestales y la ejecución de los procesos de la dependencia, de acuerdo a los lineamientos del Ministerio y la normatividad vigente

III. DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES ESENCIALES

1. Analizar y elaborar diagnósticos sobre el comportamiento del consumo y pago mensual de los servicios públicos y reportar la información a las entidades de control correspondientes, de acuerdo con los lineamientos de la Subdirección y la normatividad vigente.

2. Proponer sistemas de control a los consumos de los servicios públicos, de acuerdo con los lineamientos de la Subdirección y la normatividad vigente.

3. Administrar y realizar seguimiento a la Caja Menor asignada al grupo de servicios administrativos, de acuerdo con los lineamientos de la Subdirección y la normatividad vigente.

4. Brindar el soporte técnico, diagnosticar y evaluar fallas del software de tarificación y apoyar las labores correspondientes a su mantenimiento.

5. Suministrar el soporte técnico en la definición, instalación y funcionamiento de las plantas telefónicas y equipos de comunicaciones del Ministerio, de acuerdo con los lineamientos de la Subdirección y la normatividad vigente.

6. Colaborar con las tareas de carácter administrativo de la oficina con el fin de dar cumplimiento a los compromisos laborales.

7. Apoyar el seguimiento a los demás contratos de servicios administrativos de acuerdo con los lineamientos de la Subdirección y la normatividad vigente.

8. Las demás que le sean asignadas por la autoridad competente, de acuerdo con el área de desempeño.

IV. CRITERIOS DE DESEMPEÑO

1. Los diagnósticos sobre el comportamiento del consumo y pago mensual de los servicios públicos se analizan y elaboran, de acuerdo con los lineamientos de la Subdirección y la normatividad vigente.

2. La información sobre el comportamiento del consumo y pago mensual de los servicios públicos es reportada a las entidades de control correspondientes, de acuerdo con los lineamientos de la Subdirección y la normatividad vigente.

3. Los sistemas de control a los consumos de los servicios públicos, se proponen de acuerdo con los lineamientos de la Subdirección y la normatividad vigente.

4. El seguimiento a la Caja Menor asignada al grupo de servicios administrativos, se administra y realiza de acuerdo con los lineamientos de la Subdirección y la normatividad vigente.

5. Las fallas de software de tarificación son diagnosticadas, evaluadas y apoyadas técnicamente, de acuerdo con los lineamientos de la Subdirección y la normatividad vigente.

6. Las plantas telefónicas y equipos de comunicaciones se definen, instalan y funcionan de acuerdo con los lineamientos de la Subdirección y la normatividad vigente.

7. Las tareas de carácter administrativo de la oficina se llevan a cabo con el fin de dar cumplimiento a los compromisos laborales.

8. Los demás contratos de servicios administrativos son apoyados de acuerdo con los lineamientos de la Subdirección y la normatividad vigente.

9. Las demás funciones asignadas por la autoridad competente se cumplen de acuerdo con el área de desempeño.

V. RANGO O CAMPO DE APLICACIÓN

Tipo de entidades: Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, entidades públicas de nivel nacional, territorial o cualquier oficina en representación del Estado, entidades privadas, entidades y escenarios internacionales, organizaciones sin ánimo de lucro.

Usuarios: Usuarios internos y externos del Ministerio.

Herramientas: Manejo de ofimática y equipos de cómputo.

Insumos: Plan Nacional de Desarrollo

Condicionantes: Políticas relacionadas con la prestación de servicios administrativos al interior de las entidades públicas.

Comunicaciones utilizadas: Verbal, telefónica, virtual (chat, e-mail, teleconferencia, foro virtual).

Información: Escrita, digital, verbal, presencial.

VI. CONOCIMIENTOS BÁSICOS O ESENCIALES

1. Procedimientos administrativos.

2. Manejo básico de ofimática.

3. Normas vigentes sobre Gestión Documental.

4. Estructura del Estado.

VII. EVIDENCIAS

De desempeño: Registro de la observación de las competencias comportamentales, aplicadas en el desempeño de la función correspondiente y registro de la observación del cumplimiento de los criterios de desempeño.

De producto: Informes de gestión y ejecución.

VIII. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA

ESTUDIOEXPERIENCIA
Título de Formación Tecnológica en Bibliotecología, Ciencias de la Información y la Documentación, Ciencias de la Información y Bibliotecología, Documentología, Negocios Internacionales, Auxiliar Contable, Sistemas, Diseño y Gestión de Sistemas, Sistemas de Información, Sistematización de Datos, Informática y Telecomunicaciones, Sistemas, Diseño y Gestión de Sistemas, Sistemas de Información, Sistemas y Computación, Sistematización de Datos, Tecnología en Telecomunicaciones, Telecomunicaciones, Electrónica, Electrónica y Comunicaciones, Electrónica Industrial, Eléctrica, Informática, Telemática, Teleinformática, Telecomunicaciones y Redes de Datos, Ingeniería en Telecomunicaciones, Relaciones Internacionales, Economía, Administración Ambiental y Servicios Públicos, Administración de Empresas, Administración de Negocios, Administración de Finanzas y Negocios Internacionales, Administración Financiera, Administración Industrial, Administración Pública, Administración Tributaria, Contabilidad, Contabilidad Financiera, Contaduría, Contaduría Financiera, Contaduría Pública, Contaduría y Finanzas, Finanzas, Finanzas Públicas, Gestión Administrativa, Gestión Administrativa y Financiera, Gestión Comercial, Gestión Comercial y Financiera, Gestión Contable, Gestión Contable y Financiera, Derecho, Gestión Contable y Tributaria, Gestión Empresarial, Gestión Financiera y Tributaria, Gestión Contable, Comercial y Financiera, Contable y Tributaria, Contaduría y Finanzas, Economía en Comercio Exterior, Relaciones Industriales, Gestión Ambiental y de Servicios Públicos, Ingeniería de Sistemas.Nueve (9) meses de experiencia relacionada o laboral.
Titulo de formación tecnológica con especialización.Seis (6) meses de experiencia relacionada o laboral.

IX. ALTERNATIVA

ESTUDIOEXPERIENCIA
Terminación y aprobación de cuatro (4) años de educación superior en Bibliotecología, Ciencias de la información y la Documentación, Ciencias de la Información y Bibliotecología, Documentología, Negocios Internacionales, Auxiliar Contable, Sistemas, Diseño y Gestión de Sistemas, Sistemas de Información, Sistematización de Datos, Informática y Telecomunicaciones, Sistemas, Diseño y Gestión de Sistemas, Sistemas de Información, Sistemas y Computación, Sistematización de Datos, Tecnología en Telecomunicaciones, Telecomunicaciones, Ingeniería de Sistemas, Electrónica, Electrónica y Comunicaciones, Electrónica Industrial, Eléctrica, Informática, Telemática, Teleinformática, Telecomunicaciones y Redes de Datos, Relaciones Internacionales, Economía, Administración Ambiental y Servicios Públicos, Administración de Empresas, Administración de Negocios, Administración de Finanzas y Negocios Internacionales, Administración Financiera, Administración Industrial, Administración Pública, Administración Tributaria, Contabilidad, Contabilidad Financiera, Contaduría, Contaduría Financiera, Contaduría Pública, Contaduría y Finanzas, Finanzas, Finanzas Públicas, Gestión Administrativa, Gestión Administrativa y Financiera, Gestión Comercial, Gestión Comercial y Financiera, Gestión Contable, Gestión Contable y Financiera, Gestión Contable y Tributaria, Gestión Empresarial, Derecho, Gestión Financiera y Tributaria, Gestión Contable, Comercial y Financiera, Contable y Tributaria, Contaduría y Finanzas, Economía en Comercio Exterior, Economía, Relaciones Industriales.Seis (6) meses de experiencia relacionada o laboral.

Un (1) año de educación superior por un (1) año de experiencia y viceversa, o por seis (6) meses de experiencia relacionada y curso específico de mínimo sesenta (60) horas de duración y viceversa, siempre y cuando se acredite diploma de bachiller para ambos casos.

I. IDENTIFICACIÓN

Nivel:Técnico
Denominación del Empleo:Técnico Administrativo
Código:3124
Grado:17
Número de cargos:Uno (1)
Dependencia:Donde se ubique el cargo
Cargo del Jefe Inmediato:Quien ejerza la supervisión inmediata.

SUBDIRECCIÓN ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA

II. PROPÓSITO PRINCIPAL

Desarrollar procesos y procedimientos en labores técnicas en la dependencia con la aplicación de la ciencia y la tecnología del área de desempeño.

III. DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES ESENCIALES

1. Apoyar en la ejecución de los procesos auxiliares e instrumentales y sugerir las alternativas de tratamiento y generación de nuevos procesos.

2. Diseñar, desarrollar y aplicar sistemas de información, clasificación, actualización, manejo y conservación de recursos propios, y manejar la base de datos en relación con las temáticas propias del área.

3. Realizar asistencia técnica, administrativa y operativa, a los procedimientos utilizados en el desarrollo de planes y programas en el área.

4. Presentar informes de carácter técnico y estadístico sobre las actividades desarrolladas.

5. Atender las consultas de los usuarios internos y externos del Ministerio con el fin de brindar una oportuna y eficaz información y orientación sobre los trámites y servicios del Ministerio.

6. Prestar apoyo a todas las dependencias del Ministerio en sus gestiones relacionadas con la atención al ciudadano.

7. Atender y absolver los requerimientos y peticiones que en relación a las funciones del grupo formulen las diferentes dependencias del Ministerio, particulares y demás entidades.

8. Las demás que le sean asignadas por la autoridad competente, de acuerdo con el área de desempeño.

IV. CRITERIOS DE DESEMPEÑO

1. Los procesos auxiliares e instrumentales de la dependencia se ejecutan de acuerdo a los procedimientos establecidos.

2. Los nuevos procesos auxiliares e instrumentales y las alternativas de tratamiento se sugieren y generan de acuerdo a los procedimientos establecidos.

3. Los sistemas de información, clasificación, actualización, manejo y conservación de recursos propios, se diseñan, desarrollan y aplican de acuerdo a los procedimientos establecidos.

4. La base de datos en relación con las temáticas propias del área, se manejan de acuerdo a los procedimientos establecidos.

5. Los procedimientos utilizados en el desarrollo de planes y programas en el área reciben asistencia técnica, administrativa y operativa de acuerdo a los procedimientos establecidos

6. Los informes de carácter técnico y estadístico sobre las actividades desarrolladas se presentan de acuerdo a los procedimientos establecidos.

7. Las consultas de los usuarios internos y externos del Ministerio son atendidas con el fin de brindar una oportuna y eficaz información y orientación sobre los trámites y servicios del Ministerio.

8. Todas las dependencias del Ministerio reciben apoyo en sus gestiones relacionadas con la atención al usuario de acuerdo a los procedimientos establecidos.

9. Los requerimientos y peticiones que en relación a las funciones del grupo formulen las diferentes dependencias del Ministerio, particulares y demás entidades se atienden y absuelven de acuerdo a los procedimientos establecidos.

10. Las demás funciones asignadas por la autoridad competente se cumplen de acuerdo con el área de desempeño.

V. RANGO O CAMPO DE APLICACIÓN

Tipo de entidades: Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, entidades públicas de nivel nacional, territorial o cualquier oficina en representación del Estado.

Usuarios: Funcionarios y usuarios externos del Ministerio.

Herramientas: Manejo de Ofimática, Equipos de Cómputo, Bases de Datos, SIDGMA.

Insumos: Plan Nacional de Desarrollo.

Comunicaciones utilizadas: Verbal, telefónica, virtual (chat, e-mail, teleconferencia, foro virtual).

Información: Escrita, digital, verbal, presencial.

VI. CONOCIMIENTOS BÁSICOS O ESENCIALES

1. Procedimientos administrativos.

2. Manejo de herramientas de computador.

3. Metodologías de Sistema de Gestión Documental.

4. Atención al Ciudadano.

5. Estructura y funciones del Ministerio.

6. Sistemas de Gestión de Calidad

VII. EVIDENCIAS

De desempeño: Cumplimiento de los indicadores y del plan de acción, registro de la observación de las competencias comportamentales, aplicadas en el desempeño de la función correspondiente, registro de la observación del cumplimiento de los criterios de desempeño.

De producto: Informes técnicos, documentos, bases de datos.

Conocimiento: Aplicación de conocimientos básicos esenciales del 1 al 6.

VIII. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA

ESTUDIOEXPERIENCIA
Titulo de formación tecnológica en Bibliotecología, Ciencias de la información y la Documentación, Ciencias de la Información y Bibliotecología, Documentología, Contaduría y Finanzas, Contaduría, Contaduría Financiera, Comercial y Financiera, Contable y Tributaria, Empresarial, Administración, Administración Comercial, Administración Comercial y Financiera, Administración Contable, Tributaria y Financiera, Administración de Empresas, Administración Financiera, Administración Financiera y Comercial, Administración Industrial, Contabilidad, Contabilidad e Impuestos, Contabilidad Financiera, Contabilidad y Costos, Contabilidad y Finanzas, Finanzas, Finanzas Públicas, Finanzas y Auditoría Sistematizada, Finanzas y Negocios Internacionales, Finanzas y Relaciones Internacionales, Finanzas y Sistemas Contables, Gestión Administrativa, Gestión Comercial, Gestión Comercial y Financiera, Gestión Contable y Financiera, Gestión Contable y Tributaria, Gestión de Empresas, Gestión de Negocios, Gestión Empresarial, Gestión Financiera y Tributaria, Gestión Comunicativa y Relaciones Públicas, Gestión Ambiental y de Servicios Públicos, Economía e Ingeniería de Sistemas.Nueve (9) meses de experiencia relacionada o laboral.
Titulo de formación tecnológica con especialización.Seis (6) meses de experiencia relacionada o laboral.

IX. ALTERNATIVA

ESTUDIOEXPERIENCIA
Aprobación de cuatro (4) años de educación superior en Bibliotecología, Ciencias de la información y la Documentación, Ciencias de la Información y Bibliotecología, Documentología, Contaduría y Finanzas, Contaduría, Contaduría Financiera, Comercial y Financiera, Contable y Tributaria, Empresarial, Administración, Administración Comercial, Administración Comercial y Financiera, Administración Contable, Tributaria y Financiera, Administración de Empresas, Administración Financiera, Administración Financiera y Comercial, Administración Industrial, Contabilidad, Contabilidad e Impuestos, Contabilidad Financiera, Contabilidad y Costos, Contabilidad y Finanzas, Finanzas, Finanzas Públicas, Finanzas y Auditoría Sistematizada, Finanzas y Negocios Internacionales, Finanzas y Relaciones Internacionales, Finanzas y Sistemas Contables, Gestión Administrativa, Gestión Comercial, Gestión Comercial y Financiera, Gestión Contable y Financiera, Gestión Contable y Tributaria, Gestión de Empresas, Gestión de Negocios, Gestión Empresarial, Gestión Financiera y Tributaria, Gestión Comunicativa y Relaciones Públicas, Derecho. Seis (6) meses de experiencia relacionada o laboral.

Un (1) año de educación superior por un (1) año de experiencia y viceversa, o por seis (6) meses de experiencia relacionada y curso específico de mínimo sesenta (60) horas de duración y viceversa, siempre y cuando se acredite diploma de bachiller para ambos casos.

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ARTÍCULO 4o. Modificar el perfil profesional del empleo Profesional Especializado, Código 2028, Grado 17, de la planta global del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, Dirección de Asuntos Marinos, Costeros y Recursos Acuáticos contenido en la Resolución número 0766 de 2012, de conformidad con las razones expuestas, el cual quedará así:

I. IDENTIFICACIÓN

Nivel:Profesional
Denominación del Empleo:Profesional Especializado
Código:2028
Grado:17
Número de cargos:Uno (1)
Dependencia:Donde se ubique el empleo
Cargo del Jefe Inmediato:Quien ejerza la supervisión inmediata

DIRECCIÓN DE ASUNTOS MARINOS, COSTEROS Y RECURSOS ACUÁTICOS

II. PROPÓSITO PRINCIPAL

Realizar el asesoramiento jurídico y normativo, evaluar, absolver consultas, emitir conceptos, así como formular propuestas normativas y otros instrumentos legales, para desarrollar el proceso de planificación especial marina y el manejo integrado de las zonas marinas y costeras y sus recursos, en el marco de la Constitución Política, convenios internacionales, política ambiental y la normativa nacional vigente.

III. DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES ESENCIALES

1. Proponer estrategias para identificar los requerimientos de instrumentos legales y normativos, referentes a la planificación espacial marina y al manejo integrado de las zonas marinas y costeras, así como a la protección, conservación y el manejo de los recursos acuáticos, de acuerdo con los preceptos establecidos en la Constitución Política, los convenios internacionales, las políticas ambientales, la normativa nacional vigente y las evaluaciones realizadas.

2. Proponer los lineamientos y directrices legales a tener en cuenta por las autoridades ambientales costeras, para desarrollar la planificación y el manejo costero, de acuerdo con los preceptos establecidos en la Constitución Política, los convenios internacionales, las políticas ambientales y la normativa nacional vigente sobre la materia.

3. Establecer acciones para asegurar la base legal de implementación de los convenios internacionales, políticas, planes, programas, estrategias relativas a la planificación y manejo integrado de las zonas marinas y costeras, y de sus recursos, así como el seguimiento y evaluación a su implementación, de conformidad con los compromisos adquiridos por el Estado en los convenios internacionales, en la Política Nacional Ambiental para el Desarrollo Sostenible de los espacios Oceánicos, Zonas Costeras e Insulares de Colombia, otras políticas ambientales y normativa vigente en el marco de las competencias establecidas.

4. Realizar el seguimiento y evaluación a la implementación de las normativas relativas a la planificación y manejo integrado de las zonas marinas y costeras, y de sus recursos, para garantizar su cumplimiento, de conformidad con las competencias legales establecidas.

5. Proponer acciones para reglamentar los usos en las zonas costeras e insulares que tienen un impacto directo y significativo en las aguas costeras, de acuerdo con los Convenios internacionales, la Política Nacional Ambiental para el Desarrollo Sostenible de los espacios oceánicos, Zonas Costeras e Insulares de Colombia y las demás políticas ambientales y la normativa ambiental vigente en la materia.

6. Formular y revisar los proyectos de contratos y convenios que se deban celebrar para desarrollar las funciones de la Dirección de Asuntos Marinos, Costeros y Recursos Acuáticos de acuerdo con los preceptos establecidos por la legislación contractual.

7. Las demás que le sean asignadas por la autoridad competente, de acuerdo con el área de desempeño

IV. CRITERIOS DE DESEMPEÑO

1. Los documentos con las necesidades de las políticas y normativas son elaborados para desarrollar la planificación y manejo integrado de las zonas marinas y costeras, en el marco la Constitución Política, los convenios internacionales, las políticas ambientales y la normativa nacional vigente.

2. Los documentos de justificación técnico jurídica son rendidos para adelantar el proceso de formulación de las políticas o normativas para la planificación espacial marina y el manejo integrado de las zonas marinas y costeras, así como de sus recursos, de acuerdo con la base legal nacional e internacional disponible.

3. Los proyectos normativos que en relación con el ordenamiento ambiental del territorio marino y el manejo integrado de las zonas costeras son realizados para incorporarse al ordenamiento jurídico de la nación y garantizar el cumplimiento de los requerimientos técnico-científicos de acuerdo con la base legal disponible.

4. Las directrices y lineamientos que orientan el ejercicio de las competencias de las autoridades ambientales regionales son establecidos para avanzar en el ordenamiento y manejo integrado de las zonas costeras, de acuerdo con los preceptos legales establecidos en la Constitución Política, la Política Nacional Ambiental para el Desarrollo Sostenible de los Espacios Oceánicos, Zonas costeras e insulares de Colombia, la política Nacional para la Gestión Integral de la Biodiversidad y sus Servicios Ecosistémicos, otras políticas ambientales y la normativa ambiental vigente sobre la materia.

5. Las estrategias son propuestas para orientar el ordenamiento ambiental y el manejo integrado de los espacios marinos, las zonas costeras y los recursos acuáticos, de acuerdo con los preceptos establecidos en los convenios internacionales, políticas y normativa vigente en la materia.

6. Los conceptos técnicos, metodologías, procedimientos y protocolos son elaborados para reglamentar, planificar y coordinar interinstitucionalmente la gestión integral de las zonas marinas y costeras así como de sus recursos, de acuerdo con los preceptos constitucionales y la normativa ambiental vigente en la materia.

7. Los documentos de evaluación y seguimiento a la implementación de las políticas y normativas son realizados para evidenciar el cumplimiento de los compromisos adquiridos por el Estado colombiano en la Constitución Política, los convenios, las políticas ambientales y normativa nacional vigente.

8. Las recomendaciones y propuestas son efectuadas para actualizar la base legal de la planificación y manejo oceánico y costero y sus recursos, de conformidad con las evaluaciones realizadas y los preceptos establecidos en los convenios internacionales, la política ambiental y la normativa nacional vigente sobre la materia.

9. Los conceptos y consultas jurídicas absueltas son rendidos para planificar y coordinar interinstitucionalmente la planificación, manejo de los espacios marinos costeros y sus recursos, de acuerdo con las directrices establecidas en la Constitución Política, el Plan Nacional de Desarrollo, las políticas ambientales, la normativa nacional vigente y las jurisprudencias y doctrinas disponibles sobre la materia.

10. Los documentos derivados de su gestión evidencian el cumplimiento de la normatividad vigente.

11. Los indicadores de gestión muestran avances significativos en los planes y metas propuestos.

12. Los documentos derivados de la gestión del talento humano, sistema integrado de gestión, planeación, control interno, gestión contractual y demás procedimientos administrativos son entregados oportunamente y con las características de calidad esperadas.

V. RANGO O CAMPO DE APLICACIÓN

Entidades Adscritas y Vinculadas al Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible.

Entidades del SINA.

Usuarios Internos y Externos.

Protocolos, convenios, acuerdos, programas y proyectos.

Insumos: Plan Nacional de Desarrollo, Políticas Públicas y Normatividad Vigente.

VI. CONOCIMIENTOS BÁSICOS O ESENCIALES

1. Convenios y protocolos internacionales vigentes.

2. Políticas ambientales relacionadas.

3. Normativa ambiental y sectorial vigente.

VII. EVIDENCIAS

De desempeño:

Cumplimiento de los indicadores y del plan de acción, registro de la observación de las competencias comportamentales, aplicadas en el desempeño de la función correspondiente, registro de la observación del cumplimiento de los criterios de desempeño.

De producto:

Políticas formuladas o actualizadas, planes y programas formulados o actualizados, protocolos, lineamientos y guías técnicas, propuestas normativas, Informes de resultados de procesos de asistencia técnica, plan de acción de la dependencia, acuerdos de gestión, Informe de Rendición de Cuenta Fiscal e informes a los diferentes entes del Estado y del plan de acción.

VIII. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA

ESTUDIOEXPERIENCIA
Título Profesional en Derecho.

Título de posgrado en modalidad de especialización en áreas relacionadas con las funciones del empleo.

Tarjeta profesional en los casos exigidos por la ley
Veintidós (22) meses de experiencia profesional relacionada.

IX. ALTERNATIVA

ESTUDIOEXPERIENCIA
Título Profesional en Derecho.

Tarjeta profesional en los casos exigidos por la ley
Cuarenta y seis (46) meses de experiencia profesional relacionada.
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ARTÍCULO 5o. Modificar, por error de digitación, la equivalencia del perfil del empleo de Asesor, Código 1020, Grado 12, de la planta global del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, Dirección de Gestión Integral del Recurso Hídrico, Grupo Despacho, enunciada en la Resolución número 0766 de 2012 y agregar la profesión de “Ingeniería Agrícola”, de conformidad con las razones expuestas en la parte motiva.

I. IDENTIFICACIÓN

Nivel:Asesor
Denominación del Empleo:Asesor
Código:1020
Grado:12
Número de cargos:Uno (1)
Dependencia:Donde se ubique el empleo
Cargo del Jefe Inmediato:Quien ejerza la supervisión inmediata

DIRECCIÓN GESTIÓN INTEGRAL DEL RECURSO HÍDRICO

II. PROPÓSITO PRINCIPAL

Asesorar la implementación, seguimiento y ajuste de la Política Nacional para la Gestión Integral del Recurso Hídrico y su instrumentación técnica, a fin de que se consideren aspectos de planificación, ordenación, administración, información, cooperación internacional, fortalecimiento institucional, gobernabilidad y demás estrategias para la Gestión Integrada de Recursos Hídricos.

III. DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES ESENCIALES

1. Asesorar los procesos de planificación estratégica y seguimiento, manejo presupuestal, contratación, supervisión contractual, cooperación internacional y trabajo interinstitucional de la Dirección, en articulación con otras dependencias del Ministerio, para fortalecer los procesos de la dependencia, acorde con las normas establecidas.

2. Asesorar a la Dirección de Gestión Integral de Recurso Hídrico en la implementación, seguimiento y ajuste de la Política Nacional para la Gestión Integral de los Recursos Hídricos, acorde con las normas establecidas.

3. Asesorar a la Dirección de Gestión Integral de Recurso Hídrico en el ajuste y seguimiento a los lineamientos, criterios y prioridades para la formulación de los Planes de Ordenación y Manejo de Cuencas Hidrográficas, Planes de Ordenamiento del Recurso Hídrico, Concesiones de Agua, Reglamentación de los Usos del Agua, Permisos de Vertimiento, Reglamentación de Vertimientos y otros instrumentos de planificación, ordenación y manejo ambiental de las cuencas y cuerpos de agua nacionales y binacionales, acorde con las normas establecidas.

4. Responder y proponer en conjunto con el personal de la Dirección de Gestión Integral de Recurso Hídrico estrategias, planes, programas, proyectos para promover el uso eficiente y sostenible del agua superficial, subterránea y marina, de conformidad con las normatividad vigente.

5. Asesorar a la Dirección de Gestión Integral de Recurso Hídrico en el diseño y discusión de las reglamentaciones técnicas necesarias para el establecimiento de parámetros y estándares de calidad de los recursos hídricos y de los cuerpos de agua, incluyendo las aguas superficiales, subterráneas de conformidad con la normatividad vigente.

6. Garantizar la supervisión y seguimiento de convenios y/o contratos ejecutados por la Dirección de Gestión Integral de Recurso Hídrico, siguiendo los lineamientos normativos vigentes.

7. Las demás que le sean asignadas por la autoridad competente, de acuerdo con el área de desempeño.

IV. CRITERIOS DE DESEMPEÑO

1. Los documentos de orientación estratégica del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, son preparados para dar cumplimiento a los procesos establecidos, acorde con las directrices y políticas establecidas.

2. Los documentos evidencia de la planeación y ejecución de las actividades de planeación y ejecución de la Dirección se realizan de manera que responden a las necesidades de los usuarios del recurso hídrico del país, teniendo en cuenta el marco legal.

3. Las políticas, normas y demás instrumentos de gestión para el recurso hídrico son realizadas para el desarrollo sostenible del país y la gestión integrada de recursos hídricos, conforme a las normas vigentes.

4. Los programas de asistencia técnica dirigidos a las autoridades ambientales permiten la transferencia de protocolos, guías y herramientas diseñados son preparados para la adecuada gestión integral del recurso hídrico, acorde con la Política Nacional para la Gestión Integral del Recurso Hídrico y normas vigentes.

5. Los documentos evidencia de los lineamientos, criterios y prioridades definidos son preparados para la formulación de los Planes de Ordenación y Manejo de Cuencas Hidrográficas, Planes de Ordenamiento del Recurso Hídrico, Concesiones de Agua, Reglamentación de los Usos del Agua, Permisos de Vertimiento, Reglamentación de Vertimientos y otros instrumentos de planificación, ordenación y manejo ambiental de las cuencas y cuerpos de agua nacionales y binacionales responden a la implementación de la Política Nacional para la Gestión Integral del Recurso Hídrico, acorde con las normas vigentes.

6. Los documentos evidencia las acciones de implementación del Sistema de Información del Recurso Hídrico, de gestión de la información y de investigación en materia de gestión integral del recurso hídrico orientada por la Dirección, son presentadas para que contribuyan en la implementación de Política Nacional para la Gestión Integral del Recurso Hídrico, de acuerdo con la normatividad ambiental vigente.

7. Las estrategias, programas y proyectos de Cultura del Agua y la promoción de los mecanismos de participación ciudadana en la gestión integral del recurso hídrico son aportadas para que promuevan el cambio de actitudes en el uso del agua y la solución inteligente de los conflictos asociados al uso del agua, conforme a lo establecido en las políticas y normatividad ambiental vigente.

8. Los conceptos sobre los procesos de cooperación internacional asociados al recurso hídrico son elaborados e incorporados de manera que permitan fortalecer la capacidad del sector ambiental del país en materia de Gestión Integral del Recurso Hídrico –GIRH, de acuerdo con los lineamientos de cooperación y negociación internacional del Ministerio y la Política Nacional para la Gestión Integral del Recurso Hídrico.

V. RANGO O CAMPO DE APLICACIÓN

Categoría. Tipo de entidades.

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible.

Entidades Adscritas y Vinculadas al Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible.

Entidades del SINA.

Usuarios Internos y Externos.

Insumos: Plan Nacional de Desarrollo.

VI. CONOCIMIENTOS BÁSICOS O ESENCIALES

1. Conocimientos técnicos en planeación y ordenación del recurso hídrico.

2. Conocimientos técnicos en calidad del agua.

3. Gestión Ambiental y del recurso hídrico.

4. Sistemas de Información.

5. Normatividad Ambiental vigente.

6. Gestión de Proyectos Ambientales.

7. Supervisión e interventoría a Contratos.

VII. EVIDENCIAS

De desempeño:

Cumplimiento de los indicadores y del plan de acción, registro de la observación de las competencias comportamentales, aplicadas en el desempeño de la función correspondiente, registro de la observación del cumplimiento de los criterios de desempeño.

De producto:

Elementos técnicos para la elaboración de la política y regulación en materia de gestión integral del recurso hídrico continental, indicadores de gestión, conceptos técnicos y evaluación de proyectos, participación en comités, mesas de trabajo y reuniones internas y externas, Informes de resultados de procesos de asistencia técnica, Plan de acción de la dependencia, acuerdos de gestión, Informe de Rendición de Cuenta Fiscal e informes a los diferentes entes del Estado.

VIII. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA

ESTUDIOEXPERIENCIA
Título Profesional en Ingeniería Civil, Ingeniería Ambiental, Ingeniería Ambiental y Sanitaria, Ingeniería Sanitaria y ambiental, Derecho, Ingeniería Forestal, Ingeniería de Recursos Hídricos, Ingeniería Agronómica, Ingeniería Geológica, Ingeniería Agrícola o Ingeniería Química.

Título de posgrado en modalidad de especialización en áreas relacionadas con las funciones del empleo.

Tarjeta profesional en los casos exigidos por la ley.
Cuarenta y un (41) meses de experiencia profesional relacionada.

IX. ALTERNATIVA

ESTUDIOEXPERIENCIA
Título Profesional en Ingeniería Civil, Ingeniería Ambiental, Ingeniería Ambiental y Sanitaria, Ingeniería sanitaria y ambiental, Derecho, Ingeniería Forestal, Ingeniería de Recursos Hídricos, Ingeniería Agronómica, Ingeniería Geológica, Ingeniería Agrícola o Ingeniería Química.

Tarjeta profesional en los casos exigidos por la ley.
Sesenta y cinco (65) meses de experiencia profesional relacionada.
Ir al inicio

ARTÍCULO 6o. Adicionar, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva, la profesión de Biología al perfil del empleo de Profesional Especializado, Código 2028, Grado 14, de la planta global del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, Dirección de Bosques, Biodiversidad y Servicios Ecosistémicos, Grupo Despacho, enunciado en la Resolución número 766 del 4 de junio de 2012 en las páginas 338 a 340.

I. IDENTIFICACIÓN

Nivel:Profesional
Denominación del Empleo:Profesional Especializado
Código:2028
Grado:14
Número de cargos:Uno (1)
Dependencia:Donde se ubique el empleo
Cargo del Jefe Inmediato:Quien ejerza la supervisión inmediata

DIRECCION DE BOSQUES, BIODIVERSIDAD Y SERVICIOS ECOSISTÉMICOS

II. PROPÓSITO PRINCIPAL

Adelantar y diseñar los procesos de gestión institucional de la Dirección de Bosques, Biodiversidad y Servicios Ecosistémicos y en el seguimiento a los instrumentos de planificación y para el cumplimiento de las metas y de las funciones a cargo de la Dirección, de acuerdo con la normativa vigente y los lineamientos establecidos por el Ministerio.

III. DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES ESENCIALES

1. Realizar la elaboración e integración de informes de gestión a cargo de la Dirección de Bosques, Biodiversidad y Servicios Ecosistémicos.

2. Consolidar y organizar la información necesaria para la presentación de los diversos informes requeridos por organismos de control u otras dependencias o entidades en relación con el desarrollo de las actividades propias de la Dirección.

3. Diseñar y evaluar los indicadores de gestión para medir el avance de las actividades de implementación del Plan de Acción y de los recursos asignados a la Dirección, de acuerdo con los lineamientos establecidos por el Departamento Nacional de Planeación y por la Oficina de Planeación del Ministerio.

4. Realizar la administración e ingreso de información requerida a los sistemas de información relacionados con la gestión de la Dirección para proporcionar información de apoyo a la toma de decisiones, teniendo en cuenta los procedimientos y procesos de gestión de calidad del Ministerio.

5. Adelantar y garantizar la revisión de diferentes planes estratégicos, programas y proyectos de planificación ambiental, que tengan relación con las funciones propias de la Dirección de Bosques, Biodiversidad y Servicios Ecosistémicos.

6. Las demás que le sean asignadas por la autoridad competente, de acuerdo con el área de desempeño.

IV. CRITERIOS DE DESEMPEÑO

1. Los documentos derivados de la gestión del talento humano, sistema integrado de gestión, planeación, control interno, gestión contractual y demás procedimientos administrativos son entregados oportunamente y con las características de calidad esperadas.

2. Los informes evidencia de la información necesaria para la presentación de los diversos informes requeridos por organismos de control u otras dependencias o entidades en relación con el desarrollo de las actividades propias de la Dirección, son entregas de manera oportuna.

3. Los documentos evidencia del diseño y seguimiento a los indicadores de gestión para medir el avance de las actividades de implementación del Plan de Acción y de los recursos asignados a la Dirección, son realizados de acuerdo con los lineamientos establecidos por el Departamento Nacional de Planeación y por la Oficina de Planeación del Ministerio.

4. Los documentos derivados de la administración e ingreso de información requerida a los sistemas de información relacionados con la gestión de la Dirección para proporcionar información de apoyo a la toma de decisiones, es realizada teniendo en cuenta los procedimientos y procesos de gestión de calidad del Ministerio.

5. Los documentos evidencia de la revisión de diferentes planes estratégicos, programas y proyectos de planificación ambiental, se hace de acuerdo con las funciones propias de la Dirección de Bosques, Biodiversidad y Servicios Ecosistémicos.

6. Las prácticas y sistemas de seguimiento y evaluación, que permitan la medición de la gestión institucional se aplica de acuerdo con la planeación de la entidad y las funciones a cargo.

7. Los documentos derivados de su gestión evidencian el cumplimiento de la normatividad vigente.

8. Los indicadores de gestión muestran avances significativos en los planes y metas propuestas.

9. Los documentos derivados de la gestión del talento humano, sistema integrado de gestión, planeación, control interno, gestión contractual y demás procedimientos administrativos son entregados oportunamente y con las características de calidad esperadas.

V. RANGO O CAMPO DE APLICACIÓN

Categoría. Tipo de entidades.

Clases. Entidades públicas de nivel nacional.

Entidades Adscritas y Vinculadas al Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible.

Entidades del SINA.

Usuarios Internos y Externos.

VI. CONOCIMIENTOS BÁSICOS O ESENCIALES

1. Conocimientos en Políticas y Plan Nacional de Desarrollo.

2. Conocimientos de planeación y gestión.

3. Conocimientos básicos de presupuesto y contratación

4. Conocimientos en sistemas de información.

VII. EVIDENCIAS

De desempeño:

Cumplimiento de los indicadores y del plan de acción

De Producto:

Reportes al SUIPF, Reportes a SPI, reportes A SINAPSIS, SISMEG, Reportes a Tableros de Control, Informes de apoyo a la Gestión de Gobierno, informes financieros y presupuestales, evaluaciones técnicas, planes y atención a solicitudes.

VIII. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA

ESTUDIOEXPERIENCIA
Título Profesional en Economía, Administración Pública, Administración Comercial y de Sistemas, Biología o Ingeniería Industrial.

Título de posgrado en modalidad de especialización en áreas relacionadas con las funciones del empleo.

Tarjeta profesional en los casos exigidos por la ley.
Trece (13) meses de experiencia profesional relacionada.

IX. ALTERNATIVA

ESTUDIOEXPERIENCIA
Título Profesional en Economía, Administración Pública, Administración Comercial y de Sistemas, Biología o Ingeniería Industrial.

Tarjeta profesional en los casos exigidos por la ley.
Treinta y siete (37) meses de experiencia profesional relacionada.
Ir al inicio

ARTÍCULO 7o. Adicionar la profesión de “Arquitectura” a los perfiles de los empleos de Profesional Especializado, Código 2028, Grado 24, Grado 19 y Grado 17 del Grupo de Ordenamiento Ambiental y a los empleos de Profesional Especializado, Código 2028, Grado 24 y Grado 17, del Grupo de Gestión Integral del Riesgo, páginas 64 a 81 de la planta global del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, Dirección General de Ordenamiento Ambiental Territorial y Coordinación del Sistema Nacional Ambiental – SINA, enunciados en la Resolución número 766 del 4 de junio de 2012, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva de este proveído.

GRUPO ORDENAMIENTO AMBIENTAL

I. IDENTIFICACIÓN

Nivel:Profesional
Denominación del Empleo:Profesional Especializado
Código:2028
Grado:24
No. de cargos:Uno (1)
Dependencia:Donde se ubique el empleo
Cargo del Jefe Inmediato:Quien ejerza la supervisión inmediata

DIRECCIÓN GENERAL DE ORDENAMIENTO AMBIENTAL TERRITORIAL Y COORDINACIÓN DEL SISTEMA NACIONAL AMBIENTAL - SINA

II. PROPÓSITO PRINCIPAL

Promover la formulación, diseño, organización y ejecución de planes, programas y proyectos para el ordenamiento ambiental del territorio, de conformidad con la política y la normativa vigente.

III. DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES ESENCIALES

1. Formular propuestas técnicas orientadas al diseño de mecanismos e instrumentos que se requieran, para los procesos de ordenamiento ambiental territorial del orden nacional, regional y local, de acuerdo con las disposiciones legales vigentes y en coordinación con las demás direcciones del ministerio e institutos de investigación.

2. Establecer las directrices técnicas en materia de estructura ecológica principal y determinantes ambientales, para que sean incorporadas en los procesos de planificación y ordenamiento territorial, en coordinación con las demás direcciones del ministerio e institutos de investigación.

3. Evaluar el desarrollo y oportuno cumplimiento de planes, programas y proyectos relacionados con el ordenamiento ambiental del territorio, conforme a los propósitos y objetivos del Plan Nacional de Desarrollo.

4. Promover procesos de capacitación en planeación y gestión del ordenamiento ambiental territorial, para el logro de los objetivos y metas de fortalecimiento institucional, interministerial y sectorial, de conformidad con las políticas y normativa vigentes.

5. Orientar y apoyar la formulación de los instrumentos de planificación y ordenamiento ambiental de las autoridades ambientales en coordinación con las instancias internas requeridas.

6. Las demás que le sean asignadas por la autoridad competente, de acuerdo con el área de desempeño.

IV. CRITERIOS DE DESEMPEÑO

1. Los mecanismos e instrumentos requeridos para los procesos de ordenamiento ambiental territorial del orden nacional, regional y local se diseñan de acuerdo con las disposiciones legales vigentes y en coordinación con las demás direcciones del ministerio e institutos de investigación.

2. Las directrices técnicas en materia de estructura ecológica principal y determinantes ambientales se establecen para que sean incorporadas en los procesos de planificación y ordenamiento territorial, en coordinación con las demás direcciones del ministerio e institutos de investigación.

3. Los planes, programas y proyectos relacionados con el ordenamiento ambiental del territorio se desarrollan y se cumplen oportunamente conforme a los propósitos y objetivos del Plan Nacional de Desarrollo.

4. Los procesos de capacitación en planeación y gestión del ordenamiento ambiental territorial se promueven para lograr los objetivos y metas de fortalecimiento institucional, interministerial y sectorial, de conformidad con las políticas y normativa vigentes.

5. Los procesos de planificación de las autoridades ambientales se coordina en concordancia con los lineamientos dados por el Ministerio y en coordinación con las instancias internas requeridas.

6. Las líneas de investigación y estudios ambientales para la planeación ambiental territorial de los diversos niveles, regiones y sectores, acuerdo con las directrices del Ministro.

7. Los conceptos técnicos y las respuestas a peticionarios se proyectan, respecto de los asuntos técnicos competentes de la Dirección, de conformidad con los reglamentos pertinentes a cada caso.

8. La política y la planificación del ordenamiento ambiental territorial en la formulación, instrumentación, seguimiento y evaluación desde el ámbito de su competencia

9. Los aspectos ambientales para la formulación de las políticas nacionales de población, normas y regulaciones ambientales de asentamientos humanos y expansión urbana y de colonización, se definen en coordinación con las instancias internas y externas competentes

10. Las evaluaciones ambientales estratégicas relacionadas con el desarrollo territorial se adelantan en coordinación las dependencias del Ministerio y entidades competentes.

11. Las entidades territoriales, los esquemas asociativos territoriales, las áreas metropolitanas, las provincias administrativas y de planificación y las regiones de planeación y gestión, reciben asistencia técnica y orientación, en materia de ordenamiento ambiental del territorio.

12. Los planes de ordenamiento territorial de los municipios y distritos se estudian y evalúan en el ámbito de la competencia del Ministerio, de conformidad con el parágrafo 6o del artículo 1o de la Ley 507 de 1999, en coordinación con las demás dependencias del Ministerio y otras entidades competentes.

13. Los conceptos técnicos sobre los planes de ordenamiento territorial de los municipios y distritos, se proyectan en el ámbito de la competencia del Ministerio, de conformidad con el parágrafo 6o del artículo 1o de la Ley 507 de 1999, en coordinación con las demás dependencias del Ministerio y otras entidades competentes.

14. Los estudios e investigaciones para proponer las regulaciones sobre uso del suelo se promueven y realizan en el ámbito de la competencia del Ministerio.

15. Los estudios e investigaciones para elaborar y actualizar el Estatuto de Zonificación de uso adecuado del territorio se promueven y realizan en coordinación con las demás dependencias del Ministerio.

16. Los criterios y metodologías para la implementación de los estudios e investigaciones para elaborar y actualizar el Estatuto de Zonificación de uso adecuado del territorio, se definen en coordinación con las demás dependencias del Ministerio.

17. Los planes y programas que sobre ordenamiento ambiental del territorio que deban incorporarse al proyecto del Plan Nacional de Desarrollo, se formulan, instrumentan y se siguen de acuerdo a la normatividad vigente.

18. Los planes y programas que se presenten para financiación con recursos provenientes del Presupuesto General de la Nación, y otras fuentes de financiación, se formulan, instrumentan y se siguen de acuerdo a la normatividad vigente.

19. Los estudios e investigaciones para proponer las regulaciones, pautas generales, criterios, directrices y orientaciones para la definición de la estructura ecológica principal y su relación con los determinantes ambientales, se promueven y realizan de acuerdo a la normatividad vigente.

20. Las acciones de coordinación para la participación del Ministerio en la Comisión de Ordenamiento Territorial –COT– y en los Consejos Ambientales Regionales son apoyadas de acuerdo a la normatividad vigente.

21. Los criterios y lineamientos para prevenir el riesgo ecológico y los factores que puedan incidir en la ocurrencia de desastres naturales se definen en coordinación con el Sistema Nacional de Prevención y Atención de Desastres y en el marco de la competencia del Ministerio.

22. Los procedimientos e instrumentos requeridos para impartir directrices a las entidades territoriales, sectores económicos y demás agentes productivos, de servicios y del conocimiento, en el manejo de los efectos e impactos ambientales de los desastres naturales, se proponen y se implantan de acuerdo a la normatividad vigente.

23. Los estudios e investigaciones para proponer, en los temas de competencia de la Dirección, los criterios técnicos que deberán considerarse en el proceso de licenciamiento ambiental, se promueve y realizan de acuerdo a la normatividad vigente.

24. Los sistemas de gestión interna del Ministerio se implementan, mantienen y mejoran con los procedimientos descritos y las condiciones de calidad esperada.

25. Las acciones y productos derivados de procesos internos tales como Gestión Humana, Atención al Usuario, Gestión Contractual, Planeación, Agenda Legislativa, entre otros, se implementan, mantienen y mejoran con los procedimientos descritos y las condiciones de calidad esperada.

26. Las demás funciones asignadas por la autoridad competente se cumplen de acuerdo con el área de desempeño.

V. RANGO O CAMPO DE APLICACIÓN

Tipo de entidades: Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, Comisión de Ordenamiento Territorial, Sistema Nacional de Prevención y Atención de Desastres, Ministerio de Salud y Protección Social, Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural.

Usuarios: Usuarios internos y externos del Ministerio.

Herramientas: Manejo de ofimática y equipos de cómputo.

Insumos: Políticas Nacionales de población, normas y regulaciones ambientales de asentamientos humanos y expansión urbana y de colonización, Política de Ordenamiento Ambiental, Estatuto de Zonificación.

Condicionantes: Recursos provenientes del Presupuesto General de la Nación, Plan Nacional de Desarrollo.

VI. CONOCIMIENTOS BÁSICOS O ESENCIALES

1. Gestión ambiental.

2. Legislación ambiental.

3. Instrumentos de planeación ambiental y territorial.

4. Ordenamiento y manejo de ecosistemas estratégicos, áreas de manejo especial o áreas protegidas.

5. Estudios de impacto ambiental o planes de manejo de proyectos minero – energéticos, infraestructura o productivos.

VII. EVIDENCIAS

De desempeño: Registro de la observación de las competencias comportamentales, aplicadas en el desempeño de la función correspondiente y registro de la observación del cumplimiento de los criterios de desempeño.

De producto: Protocolos, lineamientos, guías técnicas, políticas, planes o programas, propuestas normativas, documentos técnicos y normativos, evaluación técnica de proyectos, actas de participación en instancias directivas, comisiones, comités, mesas, agendas interadministrativas y demás reuniones internas y externas, informes de atención a solicitudes.

VIII. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA

ESTUDIOEXPERIENCIA
Título profesional en Ingeniería Ambiental, Ingeniería Forestal, Ciencia Política, Administración Pública, Administración Ambiental, Administración Ambiental y de los Recursos Naturales o Administración y Gestión Ambiental, Administración del Medio Ambiente, Economía, Derecho, Gobierno y Relaciones Internacionales, Psicología, Ingeniería Catastral y Geodesia, Ingeniería Industrial, Biología, Ecología, Sociología, Ingeniería Civil, Arquitectura, Ingeniera Ambiental, Ingeniería Sanitaria, Ingeniería Agrónoma, Ingeniería Geográfica, Ingeniería Recursos Naturales, Hidrología, Ingeniería de Recursos Hídricos, Ingeniería Hidrológica, Ingeniería Física, Administración de Empresas, o Finanzas, Ingeniería del Medio Ambiente o Ingeniería de Desarrollo Ambiental, Ingeniería Topográfica, Ingeniería de Minas, Ingeniería Agrícola, Ingeniería Agroecológica, Ingeniería Agroindustrial, Geología o Geociencias.

Título de posgrado en modalidad de especialización en áreas relacionadas con las funciones del empleo.

Tarjeta profesional en los casos exigidos por la ley.
Cuarenta y tres meses (43) meses de experiencia profesional relacionada.

IX. ALTERNATIVA

ESTUDIOEXPERIENCIA
Título profesional en Ingeniería Ambiental, Ingeniería Forestal, Ciencia Política, Administración Pública, Administración Ambiental, Administración Ambiental y de los Recursos Naturales o Administración y Gestión Ambiental, Administración del Medio Ambiente, Economía, Derecho, Gobierno y Relaciones Internacionales, Psicología, Ingeniería Catastral y Geodesia, Ingeniería Industrial, Biología, Ecología, Sociología, Ingeniería Civil, Arquitectura, Ingeniera Ambiental, Ingeniería Sanitaria, Ingeniería Agrónoma, Ingeniería Geográfica, Ingeniería Recursos Naturales, Hidrología, Ingeniería de Recursos Hídricos, Ingeniería Hidrológica, Ingeniería Física, Administración de Empresas, o Finanzas, Ingeniería del Medio Ambiente o Ingeniería de Desarrollo Ambiental, Ingeniería Topográfica, Ingeniería de Minas, Ingeniería Agrícola, Ingeniería Agroecológica, Ingeniería Agroindustrial, Geología o Geociencias.

Tarjeta profesional en los casos exigidos por la ley.
Sesenta y siete (67) meses de experiencia profesional relacionada.

I. IDENTIFICACIÓN

Nivel:Profesional
Denominación del Empleo:Profesional Especializado
Código:2028
Grado:19
Número de cargos:Uno (1)
Dependencia:Donde se ubique el empleo
Cargo del Jefe Inmediato:Quien ejerza la supervisión inmediata

DIRECCIÓN GENERAL DE ORDENAMIENTO AMBIENTAL TERRITORIAL Y COORDINACIÓN DEL SISTEMA NACIONAL AMBIENTAL - SINA

II. PROPÓSITO PRINCIPAL

Contribuir y desarrollar criterios y elementos técnicos en el componente biótico (recursos naturales renovables, biodiversidad, áreas protegidas, áreas de manejo especial, áreas de reserva forestal nacional de Ley 2da.), para el ordenamiento ambiental territorial de conformidad con la política y la normativa vigente.

III. DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES ESENCIALES

1. Analizar, desarrollar y aportar los elementos técnicos de carácter biótico (recursos naturales renovables, biodiversidad, áreas protegidas, áreas de manejo especial, áreas de reserva forestal nacional de Ley 2ª, ecosistemas estratégicos), para el desarrollo de políticas, planes, programas o proyectos de ordenamiento ambiental territorial, en el marco de las disposiciones legales vigentes y el Plan Nacional de Desarrollo.

2. Desarrollar documentos técnicos que contribuyan a definir los elementos bióticos que integran la estructura ecológica principal y los determinantes ambientales para el ordenamiento ambiental territorial y que deberán adoptarse de conformidad con lo dispuesto en la política y la normativa vigente.

3. Conceptuar sobre los resultados y productos de los convenios realizados, orientados a formular lineamientos desde el componente biótico (recursos naturales renovables, biodiversidad, áreas protegidas, áreas de manejo especial, áreas de reserva forestal nacional de Ley 2ª, ecosistemas estratégicos), para el ordenamiento ambiental territorial, de conformidad con las disposiciones normativas vigentes.

4. Promover y proponer desde el componente biótico, los procesos y proyectos de planificación y ordenamiento para regiones especiales definidas por el Ministerio o por otras instituciones del Estado, en el marco del Plan Nacional de Desarrollo.

5. Diseñar y ejecutar las capacitaciones dirigidas a las autoridades ambientales, las entidades territoriales y el gremio sectorial, para la incorporación de los determinantes ambientales y los elementos bióticos de la estructura ecológica, en la planeación y los instrumentos de ordenamiento territorial y ambiental, de acuerdo con lo previsto en el Plan Nacional de Desarrollo, las políticas y la normativa vigente.

6. Las demás que le sean asignadas por la autoridad competente, de acuerdo con el área de desempeño.

IV. CRITERIOS DE DESEMPEÑO

1. Los elementos técnicos de carácter biótico (recursos naturales renovables, biodiversidad, áreas protegidas, áreas de manejo especial, áreas de reserva forestal nacional de Ley 2da, ecosistemas estratégicos), se analizan, desarrollan y aportan para el desarrollo de políticas, planes, programas o proyectos de ordenamiento ambiental territorial, en el marco de las disposiciones legales vigentes y el Plan Nacional de Desarrollo.

2. Los documentos técnicos que contribuyen a definir los elementos bióticos que integran la estructura ecológica principal y los determinantes ambientales para el ordenamiento ambiental territorial, se desarrollan de conformidad con lo dispuesto en la política y la normativa vigente

3. Los resultados y productos de los convenios realizados, orientados a formular lineamientos desde el componente biótico (recursos naturales renovables, biodiversidad, áreas protegidas, áreas de manejo especial, áreas de reserva forestal nacional de Ley 2da, ecosistemas estratégicos) para el ordenamiento ambiental territorial, se conceptúan de conformidad con las disposiciones normativas vigentes.

4. Los procesos y proyectos de planificación y ordenamiento para regiones especiales definidas por el Ministerio o por otras instituciones del Estado, se promueven desde el componente biótico en el marco del Plan Nacional de Desarrollo.

5. Las capacitaciones dirigidas a las autoridades ambientales, las entidades territoriales y el gremio sectorial, para la incorporación de los determinantes ambientales y los elementos bióticos de la estructura ecológica, en la planeación y los instrumentos de ordenamiento territorial y ambiental, se diseñan y ejecutan de acuerdo con lo previsto en el Plan Nacional de Desarrollo, las políticas y la normativa vigente.

6. Los procesos de planificación de las autoridades ambientales se coordina en concordancia con los lineamientos dados por el Ministerio y en coordinación con las instancias internas requeridas.

7. Las líneas de investigación y estudios ambientales para la planeación ambiental territorial de los diversos niveles, regiones y sectores, acuerdo con las directrices del Ministro.

8. Los conceptos técnicos y las respuestas a peticionarios se proyectan, respecto de los asuntos técnicos competentes de la Dirección, de conformidad con los reglamentos pertinentes a cada caso.

9. La política y la planificación del ordenamiento ambiental territorial en la formulación, instrumentación, seguimiento y evaluación desde el ámbito de su competencia.

10. Los aspectos ambientales para la formulación de las políticas nacionales de población, normas y regulaciones ambientales de asentamientos humanos y expansión urbana y de colonización, se definen en coordinación con las instancias internas y externas competentes.

11. Las evaluaciones ambientales estratégicas relacionadas con el desarrollo territorial se adelantan en coordinación las dependencias del Ministerio y entidades competentes.

12. Las entidades territoriales, los esquemas asociativos territoriales, las áreas metropolitanas, las provincias administrativas y de planificación y las regiones de planeación y gestión, reciben asistencia técnica y orientación, en materia de ordenamiento ambiental del territorio.

13. Los planes de ordenamiento territorial de los municipios y distritos se estudian y evalúan en el ámbito de la competencia del Ministerio, de conformidad con el parágrafo 6o del artículo 1o de la Ley 507 de 1999, en coordinación con las demás dependencias del Ministerio y otras entidades competentes.

14. Los conceptos técnicos sobre los planes de ordenamiento territorial de los municipios y distritos, se proyectan en el ámbito de la competencia del Ministerio, de conformidad con el parágrafo 6o del artículo 1o de la Ley 507 de 1999, en coordinación con las demás dependencias del Ministerio y otras entidades competentes.

15. Los estudios e investigaciones para proponer las regulaciones sobre uso del suelo se promueven y realizan en el ámbito de la competencia del Ministerio.

16. Los estudios e investigaciones para elaborar y actualizar el Estatuto de Zonificación de uso adecuado del territorio se promueven y realizan en coordinación con las demás dependencias del Ministerio.

17. Los criterios y metodologías para la implementación de los estudios e investigaciones para elaborar y actualizar el Estatuto de Zonificación de uso adecuado del territorio, se definen en coordinación con las demás dependencias del Ministerio.

18. Los planes y programas que sobre ordenamiento ambiental del territorio que deban incorporarse al proyecto del Plan Nacional de Desarrollo, se formulan, instrumentan y se siguen de acuerdo a la normatividad vigente.

19. Los planes y programas que se presenten para financiación con recursos provenientes del Presupuesto General de la Nación, y otras fuentes de financiación, se formulan, instrumentan y se siguen de acuerdo a la normatividad vigente.

20. Los estudios e investigaciones para proponer las regulaciones, pautas generales, criterios, directrices y orientaciones para la definición de la estructura ecológica principal y su relación con los determinantes ambientales, se promueven y realizan de acuerdo a la normatividad vigente.

21. Las acciones de coordinación para la participación del Ministerio en la Comisión de Ordenamiento Territorial COT y en los Consejos Ambientales Regionales son apoyadas de acuerdo a la normatividad vigente.

22. Los criterios y lineamientos para prevenir el riesgo ecológico y los factores que puedan incidir en la ocurrencia de desastres naturales se definen en coordinación con el Sistema Nacional de Prevención y Atención de Desastres y en el marco de la competencia del Ministerio.

23. Los procedimientos e instrumentos requeridos para impartir directrices a las entidades territoriales, sectores económicos y demás agentes productivos, de servicios y del conocimiento, en el manejo de los efectos e impactos ambientales de los desastres naturales, se proponen y se implantan de acuerdo a la normatividad vigente.

24. Los estudios e investigaciones para proponer, en los temas de competencia de la Dirección, los criterios técnicos que deberán considerarse en el proceso de licenciamiento ambiental, se promueve y realizan de acuerdo a la normatividad vigente.

25. Los sistemas de gestión interna del Ministerio se implementan, mantienen y mejoran con los procedimientos descritos y las condiciones de calidad esperada.

26. Las acciones y productos derivados de procesos internos tales como Gestión Humana, Atención al Usuario, Gestión Contractual, Planeación, Agenda Legislativa, entre otros, se implementan, mantienen y mejoran con los procedimientos descritos y las condiciones de calidad esperada.

27. Las demás funciones asignadas por la autoridad competente se cumplen de acuerdo con el área de desempeño.

V. RANGO O CAMPO DE APLICACIÓN

Tipo de entidades: Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, Comisión de Ordenamiento Territorial, Sistema Nacional de Prevención y Atención de Desastres, Ministerio de Salud y Protección Social, Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural.

Usuarios: Usuarios internos y externos del Ministerio.

Herramientas: Manejo de ofimática y equipos de cómputo.

Insumos: Políticas Nacionales de población, normas y regulaciones ambientales de asentamientos humanos y expansión urbana y de colonización, Política de Ordenamiento Ambiental, Estatuto de Zonificación.

Condicionantes: Recursos provenientes del Presupuesto General de la Nación, Plan Nacional de Desarrollo.

VI. CONOCIMIENTOS BÁSICOS O ESENCIALES

1. Gestión ambiental.

2. Legislación ambiental.

3. Ordenamiento y manejo de ecosistemas estratégicos, áreas de manejo especial o áreas protegidas.

4. Planes de manejo de biodiversidad y restauración ecológica.

5. Planes de ordenamiento territorial.

VII. EVIDENCIAS

De desempeño: Registro de la observación de las competencias comportamentales, aplicadas en el desempeño de la función correspondiente y registro de la observación del cumplimiento de los criterios de desempeño.

De producto: Protocolos, lineamientos, guías técnicas, políticas, planes o programas, propuestas normativas, documentos técnicos y normativos, evaluación técnica de proyectos, actas de participación en instancias directivas, comisiones, comités, mesas, agendas interadministrativas y demás reuniones internas y externas, informes de atención a solicitudes.

VIII. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA

ESTUDIOEXPERIENCIA
Título profesional en Ingeniería Ambiental, Ingeniería Forestal, Ciencia Política, Administración Pública, Administración Ambiental, Administración Ambiental y de los Recursos Naturales o Administración y Gestión Ambiental, Administración del Medio Ambiente, Economía, Derecho, Gobierno y Relaciones Internacionales, Psicología, Ingeniería Catastral y Geodesia, Ingeniería Industrial, Biología, Ecología, Sociología, Ingeniería Civil, Arquitectura, Ingeniera Ambiental, Ingeniería Sanitaria, Ingeniería Agrónoma, Ingeniería Geográfica, Ingeniería Recursos Naturales, Hidrología, Ingeniería de Recursos Hídricos, Ingeniería Hidrológica, Ingeniería Física, Administración de Empresas, o Finanzas, Ingeniería del Medio Ambiente o Ingeniería de Desarrollo Ambiental, Ingeniería Topográfica, Ingeniería de Minas, Ingeniería Agrícola, Ingeniería Agroecológica, Ingeniería Agroindustrial, Ingeniería Agronómica, Geología o Geociencias.

Título de posgrado en modalidad de especialización en áreas relacionadas con las funciones del empleo.

Tarjeta profesional en los casos exigidos por la ley.
Veintiocho meses (28) meses de experiencia profesional relacionada.

IX. ALTERNATIVA

ESTUDIOEXPERIENCIA
Título profesional en Ingeniería Ambiental, Ingeniería Forestal, Ciencia Política, Administración Pública, Administración Ambiental, Administración Ambiental y de los Recursos Naturales o Administración y Gestión Ambiental, Administración del Medio Ambiente, Economía, Derecho, Gobierno y Relaciones Internacionales, Psicología, Ingeniería Catastral y Geodesia, Ingeniería Industrial, Biología, Ecología, Sociología, Ingeniería Civil, Arquitectura, Ingeniera Ambiental, Ingeniería Sanitaria, Ingeniería Agrónoma, Ingeniería Geográfica, Ingeniería Recursos Naturales, Hidrología, Ingeniería de Recursos Hídricos, Ingeniería Hidrológica, Ingeniería Física, Administración de Empresas, o Finanzas, Ingeniería del Medio Ambiente o Ingeniería de Desarrollo Ambiental, Ingeniería Topográfica, Ingeniería de Minas, Ingeniería Agrícola, Ingeniería Agroecológica, Ingeniería Agroindustrial, Ingeniería Agronómica, Geología o Geociencias.

Tarjeta profesional en los casos exigidos por la ley
Cincuenta y dos (52) meses de experiencia profesional relacionada.

I. IDENTIFICACIÓN

Nivel:Profesional
Denominación del Empleo:Profesional Especializado
Código:2028
Grado:17
Número de cargos:Dos (2)
Dependencia:Donde se ubique el empleo
Cargo del Jefe Inmediato:Quien ejerza la supervisión inmediata

DIRECCIÓN GENERAL DE ORDENAMIENTO AMBIENTAL TERRITORIAL Y COORDINACIÓN DEL SISTEMA NACIONAL AMBIENTAL - SINA

II. PROPÓSITO PRINCIPAL

Aportar elementos técnicos para el componente de instrumentos y procesos de planeación y ordenamiento ambiental territorial, de conformidad con la política y la normativa vigente.

III. DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES ESENCIALES

1. Aportar elementos técnicos de planeación para el desarrollo de políticas, planes, programas o proyectos de ordenamiento ambiental territorial, en el marco de las disposiciones legales vigentes y el Plan Nacional de Desarrollo.

2. Desarrollar documentos técnicos que contribuyan a definir las acciones de planeación y ordenamiento ambiental territorial que deben adoptarse para la articulación de los instrumentos de planeación y ordenamiento territorial, según lo dispuesto en la política y la normativa vigente.

3. Conceptuar sobre los resultados y productos de los convenios realizados, orientados a formular lineamientos de planeación y ordenamiento ambiental territorial, de conformidad con las disposiciones normativas vigentes.

4. Preparar las capacitaciones dirigidas a las autoridades ambientales y los sectores, sobre el componente de planeación y articulación de instrumentos de ordenamiento territorial y ambiental, para el fortalecimiento de las acciones de acompañamiento y seguimiento en ordenamiento ambiental territorial, de acuerdo con lo previsto en el Plan Nacional de Desarrollo, las políticas y la normativa vigente.

5. Las demás que les sean asignadas por autoridad competente, de acuerdo con el área de desempeño.

IV. CRITERIOS DE DESEMPEÑO

1. Las políticas, planes, programas o proyectos de ordenamiento ambiental territorial se desarrollan en el marco de las disposiciones legales vigentes y el Plan Nacional de Desarrollo.

2. Las acciones de planeación y ordenamiento ambiental territorial que deben adoptarse para la articulación de los instrumentos de planeación y ordenamiento territorial se definen según lo dispuesto en la política y la normativa vigente.

3. Los resultados y productos de los convenios realizados, orientados a formular lineamientos de planeación y ordenamiento ambiental territorial se conceptúan de conformidad con las disposiciones normativas vigentes.

4. Las capacitaciones dirigidas a las autoridades ambientales y los sectores, sobre el componente de planeación y articulación de instrumentos de ordenamiento territorial y ambiental se preparan para el fortalecimiento de las acciones de acompañamiento y seguimiento en ordenamiento ambiental territorial, de acuerdo con lo previsto en el Plan Nacional de Desarrollo, las políticas y la normativa vigente.

5. Los procesos y proyectos de planificación de las autoridades ambientales se coordina en concordancia con los lineamientos dados por el Ministerio y en coordinación con las instancias internas requeridas.

6. La coordinación de los instrumentos y procesos de planificación de las autoridades ambientales, se coordina en concordancia con los lineamientos dados por el Ministerio y en coordinación con las instancias internas requeridas.

7. Las líneas de investigación y estudios ambientales para la planeación ambiental territorial de los diversos niveles, regiones y sectores, acuerdo con las directrices del Ministro.

8. Los conceptos técnicos y las respuestas a peticionarios se proyectan, respecto de los asuntos técnicos competentes de la Dirección, de conformidad con los reglamentos pertinentes a cada caso.

9. La política y la planificación del ordenamiento ambiental territorial en la formulación, instrumentación, seguimiento y evaluación desde el ámbito de su competencia.

10. Los aspectos ambientales para la formulación de las políticas nacionales de población, normas y regulaciones ambientales de asentamientos humanos y expansión urbana y de colonización, se definen en coordinación con las instancias internas y externas competentes.

11. Las evaluaciones ambientales estratégicas relacionadas con el desarrollo territorial se adelantan en coordinación las dependencias del Ministerio y entidades competentes.

12. Las entidades territoriales, los esquemas asociativos territoriales, las áreas metropolitanas, las provincias administrativas y de planificación y las regiones de planeación y gestión, reciben asistencia técnica y orientación, en materia de ordenamiento ambiental del territorio.

13. Los planes de ordenamiento territorial de los municipios y distritos se estudian y evalúan en el ámbito de la competencia del Ministerio, de conformidad con el parágrafo 6 del artículo 1o de la Ley 507 de 1999, en coordinación con las demás dependencias del Ministerio y otras entidades competentes.

14. Los conceptos técnicos sobre los planes de ordenamiento territorial de los municipios y distritos, se proyectan en el ámbito de la competencia del Ministerio, de conformidad con el parágrafo 6o del artículo 1o de la Ley 507 de 1999, en coordinación con las demás dependencias del Ministerio y otras entidades competentes.

15. Los estudios e investigaciones para proponer las regulaciones sobre uso del suelo se promueven y realizan en el ámbito de la competencia del Ministerio.

16. Los estudios e investigaciones para elaborar y actualizar el Estatuto de Zonificación de uso adecuado del territorio se promueven y realizan en coordinación con las demás dependencias del Ministerio.

17. Los criterios y metodologías para la implementación de los estudios e investigaciones para elaborar y actualizar el Estatuto de Zonificación de uso adecuado del territorio, se definen en coordinación con las demás dependencias del Ministerio.

18. Los planes y programas que sobre ordenamiento ambiental del territorio que deban incorporarse al proyecto del Plan Nacional de Desarrollo, se formulan, instrumentan y se siguen de acuerdo a la normatividad vigente.

19. Los planes y programas que se presenten para financiación con recursos provenientes del Presupuesto General de la Nación, y otras fuentes de financiación, se formulan, instrumentan y se siguen de acuerdo a la normatividad vigente.

20. Los estudios e investigaciones para proponer las regulaciones, pautas generales, criterios, directrices y orientaciones para la definición de la estructura ecológica principal y su relación con los determinantes ambientales, se promueven y realizan de acuerdo a la normatividad vigente.

21. Las acciones de coordinación para la participación del Ministerio en la Comisión de Ordenamiento Territorial –COT– y en los Consejos Ambientales Regionales son apoyadas de acuerdo a la normatividad vigente.

22. Los criterios y lineamientos para prevenir el riesgo ecológico y los factores que puedan incidir en la ocurrencia de desastres naturales se definen en coordinación con el Sistema Nacional de Prevención y Atención de Desastres y en el marco de la competencia del Ministerio.

23. Los procedimientos e instrumentos requeridos para impartir directrices a las entidades territoriales, sectores económicos y demás agentes productivos, de servicios y del conocimiento, en el manejo de los efectos e impactos ambientales de los desastres naturales, se proponen y se implantan de acuerdo a la normatividad vigente.

24. Los estudios e investigaciones para proponer, en los temas de competencia de la Dirección, los criterios técnicos que deberán considerarse en el proceso de licenciamiento ambiental, se promueve y realizan de acuerdo a la normatividad vigente.

25. Los sistemas de gestión interna del Ministerio se implementan, mantienen y mejoran con los procedimientos descritos y las condiciones de calidad esperada.

26. Las acciones y productos derivados de procesos internos tales como Gestión Humana, Atención al Usuario, Gestión Contractual, Planeación, Agenda Legislativa, entre otros, se implementan, mantienen y mejoran con los procedimientos descritos y las condiciones de calidad esperada.

27. Las demás funciones asignadas por la autoridad competente se cumplen de acuerdo con el área de desempeño

V. RANGO O CAMPO DE APLICACIÓN

Tipo de entidades: Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, Comisión de Ordenamiento Territorial, Sistema Nacional de Prevención y Atención de Desastres, Ministerio de Salud y Protección Social, Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural.

Usuarios: Usuarios internos y externos del Ministerio.

Herramientas: Manejo de ofimática y equipos de cómputo.

Insumos: Políticas Nacionales de población, normas y regulaciones ambientales de asentamientos humanos y expansión urbana y de colonización, Política de Ordenamiento Ambiental, Estatuto de Zonificación.

Condicionantes: Recursos provenientes del Presupuesto General de la Nación, Plan Nacional de Desarrollo.

VI. CONOCIMIENTOS BÁSICOS O ESENCIALES

1. Gestión ambiental.

2. Legislación ambiental.

3. Instrumentos de planeación ambiental y territorial.

4. Ordenamiento y manejo de ecosistemas estratégicos, áreas de manejo especial o áreas protegidas.

VII. EVIDENCIAS

De desempeño: Registro de la observación de las competencias comportamentales, aplicadas en el desempeño de la función correspondiente y registro de la observación del cumplimiento de los criterios de desempeño.

De producto: Protocolos, lineamientos, guías técnicas, políticas, planes o programas, propuestas normativas, documentos técnicos y normativos, evaluación técnica de proyectos, actas de participación en instancias directivas, comisiones, comités, mesas, agendas interadministrativas y demás reuniones internas y externas, informes de atención a solicitudes.

VI. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA

ESTUDIOEXPERIENCIA
Título profesional en Ingeniería Ambiental, Ingeniería Forestal, Ciencia Política, Administración Pública, Administración Ambiental, Administración Ambiental y de los Recursos Naturales o Administración y Gestión Ambiental, Administración del Medio Ambiente, Economía, Derecho, Gobierno y Relaciones Internacionales, Psicología, Ingeniería Catastral y Geodesia, Ingeniería Industrial, Biología, Ecología, Sociología, Ingeniería Civil, Arquitectura, Ingeniera Ambiental, Ingeniería Sanitaria, Ingeniería Agrónoma, Ingeniería Geográfica, Ingeniería Recursos Naturales, Hidrología, Ingeniería de Recursos Hídricos, Ingeniería Hidrológica, Ingeniería Física, Administración de Empresas, o Finanzas, Ingeniería del Medio Ambiente o Ingeniería de Desarrollo Ambiental, Ingeniería Topográfica, Ingeniería de Minas, Ingeniería Agrícola, Ingeniería Agroecológica, Ingeniería Agroindustrial, Geología o Geociencias.

Título de posgrado en modalidad de especialización en áreas relacionadas con las funciones del empleo.

Tarjeta profesional en los casos exigidos por la ley.
Veintidós (22) meses de experiencia profesional relacionada.

IX. ALTERNATIVA

ESTUDIOEXPERIENCIA
Título profesional en Ingeniería Ambiental, Ingeniería Forestal, Ciencia Política, Administración Pública, Administración Ambiental, Administración Ambiental y de los Recursos Naturales o Administración y Gestión Ambiental, Administración del Medio Ambiente, Economía, Derecho, Gobierno y Relaciones Internacionales, Psicología, Ingeniería Catastral y Geodesia, Ingeniería Industrial, Biología, Ecología, Sociología, Ingeniería Civil, Arquitectura, Ingeniera Ambiental, Ingeniería Sanitaria, Ingeniería Agrónoma, Ingeniería Geográfica, Ingeniería Recursos Naturales, Hidrología, Ingeniería de Recursos Hídricos, Ingeniería Hidrológica, Ingeniería Física, Administración de Empresas, o Finanzas, Ingeniería del Medio Ambiente o Ingeniería de Desarrollo Ambiental, Ingeniería Topográfica, Ingeniería de Minas, Ingeniería Agrícola, Ingeniería Agroecológica, Ingeniería Agroindustrial, Geología o Geociencias.

Tarjeta profesional en los casos exigidos por la ley.
Cuarenta y seis (46) meses de experiencia profesional relacionada.

I. IDENTIFICACIÓN

Nivel:Profesional
Denominación del Empleo:Profesional Especializado
Código:2028
Grado:17
Número de cargos:Uno (1)
Dependencia:Donde se ubique el empleo
Cargo del Jefe Inmediato:Quien ejerza la supervisión inmediata

DIRECCIÓN GENERAL DE ORDENAMIENTO AMBIENTAL TERRITORIAL Y COORDINACIÓN DEL SISTEMA NACIONAL AMBIENTAL - SINA

II. PROPÓSITO PRINCIPAL

Aportar elementos técnicos en el componente biótico (recursos naturales renovables, biodiversidad, áreas protegidas, áreas de manejo especial, áreas de reserva forestal nacional de Ley 2da), para el ordenamiento ambiental territorial de conformidad con la política y la normativa vigente.

III. DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES ESENCIALES

1. Aportar elementos técnicos de carácter biótico (recursos naturales renovables, biodiversidad, áreas protegidas, áreas de manejo especial, áreas de reserva forestal nacional de Ley 2ª, ecosistemas estratégicos), para el desarrollo de políticas, planes, programas o proyectos de ordenamiento ambiental territorial, en el marco de las disposiciones legales vigentes y el Plan Nacional de Desarrollo.

2. Proyectar documentos técnicos que contribuyan a definir los elementos bióticos que integran la estructura ecológica principal y los determinantes ambientales para el ordenamiento ambiental territorial y que deberán adoptarse de conformidad con lo dispuesto en la política y la normativa vigente.

3. Conceptuar sobre los resultados y productos de los convenios realizados, orientados a formular lineamientos desde el componente biótico (recursos naturales renovables, biodiversidad, áreas protegidas, áreas de manejo especial, áreas de reserva forestal nacional de Ley 2ª, ecosistemas estratégicos), para el ordenamiento ambiental territorial, de conformidad con las disposiciones normativas vigentes.

4. Proponer desde el componente biótico, los procesos y proyectos de planificación y ordenamiento para regiones especiales definidas por el Ministerio o por otras instituciones del Estado, en el marco del Plan Nacional de Desarrollo.

5. Apoyar el diseño y ejecución de las capacitaciones dirigidas a las autoridades ambientales, las entidades territoriales y el gremio sectorial, para la incorporación de los determinantes ambientales y los elementos bióticos de la estructura ecológica, en la planeación y los instrumentos de ordenamiento territorial y ambiental, de acuerdo con lo previsto en el Plan Nacional de Desarrollo, las políticas y la normativa vigente.

6. Las demás que le sean asignadas por la autoridad competente, de acuerdo con el área de desempeño.

IV. CRITERIOS DE DESEMPEÑO

1. Los elementos técnicos de carácter biótico (recursos naturales renovables, biodiversidad, áreas protegidas, áreas de manejo especial, áreas de reserva forestal nacional de Ley 2ª, ecosistemas estratégicos), se aportan para el desarrollo de políticas, planes, programas o proyectos de ordenamiento ambiental territorial, en el marco de las disposiciones legales vigentes y el Plan Nacional de Desarrollo.

2. Los documentos técnicos que contribuyen a definir los elementos bióticos que integran la estructura ecológica principal y los determinantes ambientales para el ordenamiento ambiental territorial, se desarrollan de conformidad con lo dispuesto en la política y la normativa vigente.

3. Los resultados y productos de los convenios realizados, orientados a formular lineamientos desde el componente biótico (recursos naturales renovables, biodiversidad, áreas protegidas, áreas de manejo especial, áreas de reserva forestal nacional de Ley 2da, ecosistemas estratégicos) para el ordenamiento ambiental territorial, se conceptúan de conformidad con las disposiciones normativas vigentes.

4. Los procesos y proyectos de planificación y ordenamiento para regiones especiales definidas por el Ministerio o por otras instituciones del Estado, se proponen desde el componente biótico en el marco del Plan Nacional de Desarrollo

5. Las capacitaciones dirigidas a las autoridades ambientales, las entidades territoriales y el gremio sectorial, para la incorporación de los determinantes ambientales y los elementos bióticos de la estructura ecológica, en la planeación y los instrumentos de ordenamiento territorial y ambiental, se ejecutan de acuerdo con lo previsto en el Plan Nacional de Desarrollo, las políticas y la normativa vigente.

6. Los procesos de planificación de las autoridades ambientales se coordina en concordancia con los lineamientos dados por el Ministerio y en coordinación con las instancias internas requeridas.

7. Las líneas de investigación y estudios ambientales para la planeación ambiental territorial de los diversos niveles, regiones y sectores, acuerdo con las directrices del Ministro.

8. Los conceptos técnicos y las respuestas a peticionarios se proyectan, respecto de los asuntos técnicos competentes de la Dirección, de conformidad con los reglamentos pertinentes a cada caso.

9. La política y la planificación del ordenamiento ambiental territorial en la formulación, instrumentación, seguimiento y evaluación desde el ámbito de su competencia.

10. Los aspectos ambientales para la formulación de las políticas nacionales de población, normas y regulaciones ambientales de asentamientos humanos y expansión urbana y de colonización, se definen en coordinación con las instancias internas y externas competentes.

11. Las evaluaciones ambientales estratégicas relacionadas con el desarrollo territorial se adelantan en coordinación las dependencias del Ministerio y entidades competentes.

12. Las entidades territoriales, los esquemas asociativos territoriales, las áreas metropolitanas, las provincias administrativas y de planificación y las regiones de planeación y gestión, reciben asistencia técnica y orientación, en materia de ordenamiento ambiental del territorio.

13. Los planes de ordenamiento territorial de los municipios y distritos se estudian y evalúan en el ámbito de la competencia del Ministerio, de conformidad con el parágrafo 6 del artículo 1o de la Ley 507 de 1999, en coordinación con las demás dependencias del Ministerio y otras entidades competentes.

14. Los conceptos técnicos sobre los planes de ordenamiento territorial de los municipios y distritos, se proyectan en el ámbito de la competencia del Ministerio, de conformidad con el parágrafo 6o del artículo 1o de la Ley 507 de 1999, en coordinación con las demás dependencias del Ministerio y otras entidades competentes.

15. Los estudios e investigaciones para proponer las regulaciones sobre uso del suelo se promueven y realizan en el ámbito de la competencia del Ministerio.

16. Los estudios e investigaciones para elaborar y actualizar el Estatuto de Zonificación de uso adecuado del territorio se promueven y realizan en coordinación con las demás dependencias del Ministerio.

17. Los criterios y metodologías para la implementación de los estudios e investigaciones para elaborar y actualizar el Estatuto de Zonificación de uso adecuado del territorio, se definen en coordinación con las demás dependencias del Ministerio.

18. Los planes y programas que sobre ordenamiento ambiental del territorio que deban incorporarse al proyecto del Plan Nacional de Desarrollo, se formulan, instrumentan y se siguen de acuerdo a la normatividad vigente.

19. Los planes y programas que se presenten para financiación con recursos provenientes del Presupuesto General de la Nación, y otras fuentes de financiación, se formulan, instrumentan y se siguen de acuerdo a la normatividad vigente.

20. Los estudios e investigaciones para proponer las regulaciones, pautas generales, criterios, directrices y orientaciones para la definición de la estructura ecológica principal y su relación con los determinantes ambientales, se promueven y realizan de acuerdo a la normatividad vigente.

21. Las acciones de coordinación para la participación del Ministerio en la Comisión de Ordenamiento Territorial –COT– y en los Consejos Ambientales Regionales son apoyadas de acuerdo a la normatividad vigente.

22. Los criterios y lineamientos para prevenir el riesgo ecológico y los factores que puedan incidir en la ocurrencia de desastres naturales se definen en coordinación con el Sistema Nacional de Prevención y Atención de Desastres y en el marco de la competencia del Ministerio.

23. Los procedimientos e instrumentos requeridos para impartir directrices a las entidades territoriales, sectores económicos y demás agentes productivos, de servicios y del conocimiento, en el manejo de los efectos e impactos ambientales de los desastres naturales, se proponen y se implantan de acuerdo a la normatividad vigente.

24. Los estudios e investigaciones para proponer, en los temas de competencia de la Dirección, los criterios técnicos que deberán considerarse en el proceso de licenciamiento ambiental, se promueve y realizan de acuerdo a la normatividad vigente.

25. Los sistemas de gestión interna del Ministerio se implementan, mantienen y mejoran con los procedimientos descritos y las condiciones de calidad esperada.

26. Las acciones y productos derivados de procesos internos tales como Gestión Humana, Atención al Usuario, Gestión Contractual, Planeación, Agenda Legislativa, entre otros, se implementan, mantienen y mejoran con los procedimientos descritos y las condiciones de calidad esperada.

27. Las demás funciones asignadas por la autoridad competente se cumplen de acuerdo con el área de desempeño.

V. RANGO O CAMPO DE APLICACIÓN

Tipo de entidades: Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, Comisión de Ordenamiento Territorial, Sistema Nacional de Prevención y Atención de Desastres, Ministerio de Salud y Protección Social, Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural.

Usuarios: Usuarios internos y externos del Ministerio.

Herramientas: Manejo de ofimática y equipos de cómputo.

Insumos: Políticas Nacionales de población, normas y regulaciones ambientales de asentamientos humanos y expansión urbana y de colonización, Política de Ordenamiento Ambiental, Estatuto de Zonificación.

Condicionantes: Recursos provenientes del Presupuesto General de la Nación, Plan Nacional de Desarrollo.

VI. CONOCIMIENTOS BÁSICOS O ESENCIALES

1. Gestión ambiental.

2. Legislación ambiental.

3. Ordenamiento y manejo de ecosistemas estratégicos, áreas de manejo especial o áreas protegidas.

4. Planes de manejo de biodiversidad y restauración ecológica.

5. Planes de ordenamiento territorial.

VII. EVIDENCIAS

De desempeño: Registro de la observación de las competencias comportamentales, aplicadas en el desempeño de la función correspondiente y registro de la observación del cumplimiento de los criterios de desempeño.

De producto: Protocolos, lineamientos, guías técnicas, políticas, planes o programas, propuestas normativas, documentos técnicos y normativos, evaluación técnica de proyectos, actas de participación en instancias directivas, comisiones, comités, mesas, agendas interadministrativas y demás reuniones internas y externas, informes de atención a solicitudes

VIII. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA

ESTUDIOEXPERIENCIA
Título profesional en Ingeniería Ambiental, Ingeniería Forestal, Ciencia Política, Administración Pública, Administración Ambiental, Administración Ambiental y de los Recursos Naturales o Administración y Gestión Ambiental, Administración del Medio Ambiente, Economía, Derecho, Gobierno y Relaciones Internacionales, Psicología, Ingeniería Catastral y Geodesia, Ingeniería Industrial, Biología, Ecología, Sociología, Ingeniería Civil, Arquitectura, Ingeniera Ambiental, Ingeniería Sanitaria, Ingeniería Agrónoma, Ingeniería Geográfica, Ingeniería Recursos Naturales, Hidrología, Ingeniería de Recursos Hídricos, Ingeniería Hidrológica, Ingeniería Física, Administración de Empresas, o Finanzas, Ingeniería del Medio Ambiente o Ingeniería de Desarrollo Ambiental, Ingeniería Topográfica, Ingeniería de Minas, Ingeniería Agrícola, Ingeniería Agroecológica, Ingeniería Agroindustrial, Geología o Geociencias.

Título de posgrado en modalidad de especialización en áreas relacionadas con las funciones del empleo.

Tarjeta profesional en los casos exigidos por la ley.
Veintidós (22) meses de experiencia profesional relacionada.

IX. ALTERNATIVA

ESTUDIOEXPERIENCIA
Título profesional en Ingeniería Ambiental, Ingeniería Forestal, Ciencia Política, Administración Pública, Administración Ambiental, Administración Ambiental y de los Recursos Naturales o Administración y Gestión Ambiental, Administración del Medio Ambiente, Economía, Derecho, Gobierno y Relaciones Internacionales, Psicología, Ingeniería Catastral y Geodesia, Ingeniería Industrial, Biología, Ecología, Sociología, Ingeniería Civil, Arquitectura, Ingeniera Ambiental, Ingeniería Sanitaria, Ingeniería Agrónoma, Ingeniería Geográfica, Ingeniería Recursos Naturales, Hidrología, Ingeniería de Recursos Hídricos, Ingeniería Hidrológica, Ingeniería Física, Administración de Empresas, o Finanzas, Ingeniería del Medio Ambiente o Ingeniería de Desarrollo Ambiental, Ingeniería Topográfica, Ingeniería de Minas, Ingeniería Agrícola, Ingeniería Agroecológica, Ingeniería Agroindustrial, Geología o Geociencias.

Tarjeta profesional en los casos exigidos por la ley.
Cuarenta y seis (46) meses de experiencia profesional relacionada.

I. IDENTIFICACIÓN

Nivel:Profesional
Denominación del Empleo:Profesional Especializado
Código:2028
Grado:17
Número de cargos:Uno (1)
Dependencia:Donde se ubique el empleo
Cargo del Jefe Inmediato:Quien ejerza la supervisión inmediata

DIRECCIÓN GENERAL DE ORDENAMIENTO AMBIENTAL TERRITORIAL Y COORDINACIÓN DEL SISTEMA NACIONAL AMBIENTAL - SINA

II. PROPÓSITO PRINCIPAL

Aportar criterios y elementos técnicos en el componente físico (suelos, geología, geomorfología, geodinámica, hidrografía, hidrología, hidrogeología, clima – cambio climático y proyectos sectoriales: minero - energéticos, infraestructura y productivos), para el ordenamiento ambiental territorial de conformidad con la política y la normativa vigente.

III. DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES ESENCIALES

1. Aportar criterios y elementos técnicos sobre el componente físico (suelos, geología, geomorfología, geodinámica, hidrografía, hidrología, hidrogeología, clima – cambio climático y proyectos sectoriales: minero - energéticos, infraestructura y productivos), para el desarrollo de políticas, planes, programas o proyectos de ordenamiento ambiental territorial, en el marco de las disposiciones legales vigentes y el Plan Nacional de Desarrollo.

2. Desarrollar documentos técnicos que contribuyan a definir los elementos físicos que integran la estructura ecológica principal y los determinantes ambientales para el ordenamiento ambiental territorial y, que deberán adoptarse de conformidad con lo dispuesto en la política y la normativa vigente.

3. Conceptuar sobre los resultados y productos de los convenios realizados, orientados a formular lineamientos desde el componente físico (suelos, geología, geomorfología, geodinámica, hidrografía, hidrología, hidrogeología, clima-cambio climático y proyectos sectoriales: minero-energéticos, infraestructura y productivos), para el ordenamiento ambiental territorial, de conformidad con las disposiciones normativas vigentes.

4. Participar y apoyar desde el componente físico, los procesos y proyectos de planificación y ordenamiento para regiones especiales definidas por el Ministerio o por otras instituciones del Estado, en el marco del Plan Nacional de Desarrollo.

5. Diseñar y ejecutar las capacitaciones dirigidas a las autoridades ambientales, las entidades territoriales y los sectores, para la incorporación de los determinantes ambientales y los elementos del componente físico (suelos, geología, geomorfología, geodinámica, hidrografía, hidrología, hidrogeología, clima-cambio climático y proyectos sectoriales: minero-energéticos, infraestructura y productivos), que hacen parte de la estructura ecológica, en la planeación y los instrumentos de ordenamiento territorial y ambiental, de acuerdo con lo previsto en el Plan Nacional de Desarrollo, las políticas y la normativa vigente.

6. Las demás que le sean asignadas por la autoridad competente, de acuerdo con el área de desempeño.

IV. CRITERIOS DE DESEMPEÑO

1. Los criterios y elementos técnicos sobre el componente físico (suelos, geología, geomorfología, geodinámica, hidrografía, hidrología, hidrogeología, clima-cambio climático y proyectos sectoriales: minero-energéticos, infraestructura y productivos) se aportan para el desarrollo de políticas, planes, programas o proyectos de ordenamiento ambiental territorial, en el marco de las disposiciones legales vigentes y el Plan Nacional de Desarrollo.

2. Los documentos técnicos que contribuyen a definir los elementos físicos que integran la estructura ecológica principal y los determinantes ambientales para el ordenamiento ambiental territorial, se desarrollan de conformidad con lo dispuesto en la política y la normativa vigente.

3. Los resultados y productos de los convenios realizados, orientados a formular lineamientos desde el componente físico (suelos, geología, geomorfología, geodinámica, hidrografía, hidrología, hidrogeología, clima-cambio climático y proyectos sectoriales: minero-energéticos, infraestructura y productivos) para el ordenamiento ambiental territorial, se conceptúan de conformidad con las disposiciones normativas vigentes.

4. Los procesos y proyectos de planificación y ordenamiento para regiones especiales definidas por el Ministerio o por otras instituciones del Estado, se proponen desde el componente físico en el marco del Plan Nacional de Desarrollo.

5. Las capacitaciones dirigidas a las autoridades ambientales, las entidades territoriales y el gremio sectorial, para la incorporación de los determinantes ambientales y los elementos del componente físico (suelos, geología, geomorfología, geodinámica, hidrografía, hidrología, hidrogeología, clima-cambio climático y proyectos sectoriales: minero-energéticos, infraestructura y productivos), se diseñan y ejecutan de acuerdo con lo previsto en el Plan Nacional de Desarrollo, las políticas y la normativa vigente.

6. Los procesos y proyectos de planificación de las autoridades ambientales se coordina en concordancia con los lineamientos dados por el Ministerio y en coordinación con las instancias internas requeridas.

7. La coordinación de los instrumentos y procesos de planificación de las autoridades ambientales, se coordina en concordancia con los lineamientos dados por el Ministerio y en coordinación con las instancias internas requeridas.

8. Las líneas de investigación y estudios ambientales para la planeación ambiental territorial de los diversos niveles, regiones y sectores, acuerdo con las directrices del Ministro.

9. Los conceptos técnicos y las respuestas a peticionarios se proyectan, respecto de los asuntos técnicos competentes de la Dirección, de conformidad con los reglamentos pertinentes a cada caso.

10. La política y la planificación del ordenamiento ambiental territorial en la formulación, instrumentación, seguimiento y evaluación desde el ámbito de su competencia.

11. Los aspectos ambientales para la formulación de las políticas nacionales de población, normas y regulaciones ambientales de asentamientos humanos y expansión urbana y de colonización, se definen en coordinación con las instancias internas y externas competentes.

12. Las evaluaciones ambientales estratégicas relacionadas con el desarrollo territorial se adelantan en coordinación las dependencias del Ministerio y entidades competentes.

13. Las entidades territoriales, los esquemas asociativos territoriales, las áreas metropolitanas, las provincias administrativas y de planificación y las regiones de planeación y gestión, reciben asistencia técnica y orientación, en materia de ordenamiento ambiental del territorio.

14. Los planes de ordenamiento territorial de los municipios y distritos se estudian y evalúan en el ámbito de la competencia del Ministerio, de conformidad con el parágrafo 6o del artículo 1o de la Ley 507 de 1999, en coordinación con las demás dependencias del Ministerio y otras entidades competentes.

15. Los conceptos técnicos sobre los planes de ordenamiento territorial de los municipios y distritos, se proyectan en el ámbito de la competencia del Ministerio, de conformidad con el parágrafo 6o del artículo 1o de la Ley 507 de 1999, en coordinación con las demás dependencias del Ministerio y otras entidades competentes.

16. Los estudios e investigaciones para proponer las regulaciones sobre uso del suelo se promueven y realizan en el ámbito de la competencia del Ministerio.

17. Los estudios e investigaciones para elaborar y actualizar el Estatuto de Zonificación de uso adecuado del territorio se promueven y realizan en coordinación con las demás dependencias del Ministerio.

18. Los criterios y metodologías para la implementación de los estudios e investigaciones para elaborar y actualizar el Estatuto de Zonificación de uso adecuado del territorio, se definen en coordinación con las demás dependencias del Ministerio.

19. Los planes y programas que sobre ordenamiento ambiental del territorio que deban incorporarse al proyecto del Plan Nacional de Desarrollo, se formulan, instrumentan y se siguen de acuerdo a la normatividad vigente.

20. Los planes y programas que se presenten para financiación con recursos provenientes del Presupuesto General de la Nación, y otras fuentes de financiación, se formulan, instrumentan y se siguen de acuerdo a la normatividad vigente.

21. Los estudios e investigaciones para proponer las regulaciones, pautas generales, criterios, directrices y orientaciones para la definición de la estructura ecológica principal y su relación con los determinantes ambientales, se promueven y realizan de acuerdo a la normatividad vigente.

22. Las acciones de coordinación para la participación del Ministerio en la Comisión de Ordenamiento Territorial –COT– y en los Consejos Ambientales Regionales son apoyadas de acuerdo a la normatividad vigente.

23. Los criterios y lineamientos para prevenir el riesgo ecológico y los factores que puedan incidir en la ocurrencia de desastres naturales se definen en coordinación con el Sistema Nacional de Prevención y Atención de Desastres y en el marco de la competencia del Ministerio.

24. Los procedimientos e instrumentos requeridos para impartir directrices a las entidades territoriales, sectores económicos y demás agentes productivos, de servicios y del conocimiento, en el manejo de los efectos e impactos ambientales de los desastres naturales, se proponen y se implantan de acuerdo a la normatividad vigente.

25. Los estudios e investigaciones para proponer, en los temas de competencia de la Dirección, los criterios técnicos que deberán considerarse en el proceso de licenciamiento ambiental, se promueve y realizan de acuerdo a la normatividad vigente.

26. Los sistemas de gestión interna del Ministerio se implementan, mantienen y mejoran con los procedimientos descritos y las condiciones de calidad esperada.

27. Las acciones y productos derivados de procesos internos tales como Gestión Humana, Atención al Usuario, Gestión Contractual, Planeación, Agenda Legislativa, entre otros, se implementan, mantienen y mejoran con los procedimientos descritos y las condiciones de calidad esperada.

28. Las demás funciones asignadas por la autoridad competente se cumplen de acuerdo con el área de desempeño.

V. RANGO O CAMPO DE APLICACIÓN

Tipo de entidades: Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, Comisión de Ordenamiento Territorial, Sistema Nacional de Prevención y Atención de Desastres, Ministerio de Salud y Protección Social, Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural.

Usuarios: Usuarios internos y externos del Ministerio.

Herramientas: Manejo de ofimática y equipos de cómputo.

Insumos: Políticas Nacionales de población, normas y regulaciones ambientales de asentamientos humanos y expansión urbana y de colonización, Política de Ordenamiento Ambiental, Estatuto de Zonificación.

Condicionantes: Recursos provenientes del Presupuesto General de la Nación, Plan Nacional de Desarrollo.

VI. CONOCIMIENTOS BÁSICOS O ESENCIALES

1. Gestión ambiental.

2. Legislación ambiental.

3. Ordenamiento y manejo de ecosistemas estratégicos, áreas de manejo especial o áreas protegidas.

4. Instrumentos de planeación ambiental y territorial.

5. Estudios de impacto ambiental o planes de manejo de proyectos minero-energéticos, infraestructura o productivos.

VII. EVIDENCIAS

De desempeño: Registro de la observación de las competencias comportamentales, aplicadas en el desempeño de la función correspondiente y registro de la observación del cumplimiento de los criterios de desempeño.

De producto: Protocolos, lineamientos, guías técnicas, políticas, planes o programas, propuestas normativas, documentos técnicos y normativos, evaluación técnica de proyectos, actas de participación en instancias directivas, comisiones, comités, mesas, agendas interadministrativas y demás reuniones internas y externas, informes de atención a solicitudes.

VIII. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA

ESTUDIOEXPERIENCIA
Título profesional en Ingeniería Ambiental, Ingeniería Forestal, Ciencia Política, Administración Pública, Administración Ambiental, Administración Ambiental y de los Recursos Naturales o Administración y Gestión Ambiental, Administración del Medio Ambiente, Economía, Derecho, Gobierno y Relaciones Internacionales, Psicología, Ingeniería Catastral y Geodesia, Ingeniería Industrial, Biología, Ecología, Sociología, Ingeniería Civil, Arquitectura, Ingeniera Ambiental, Ingeniería Sanitaria, Ingeniería Agrónoma, Ingeniería Geográfica, Ingeniería Recursos Naturales, Hidrología, Ingeniería de Recursos Hídricos, Ingeniería Hidrológica, Ingeniería Física, Administración de Empresas, o Finanzas, Ingeniería del Medio Ambiente o Ingeniería de Desarrollo Ambiental, Ingeniería Topográfica, Ingeniería de Minas, Ingeniería Agrícola, Ingeniería Agroecológica, Ingeniería Agroindustrial, Geología, Geociencias.

Título de posgrado en modalidad de especialización en áreas relacionadas con las funciones del empleo.

Tarjeta profesional en los casos exigidos por la ley.
Veintidós (22) meses de experiencia profesional relacionada.

IX. ALTERNATIVA

ESTUDIOEXPERIENCIA
Título profesional en Ingeniería Ambiental, Ingeniería Forestal, Ciencia Política, Administración Pública, Administración Ambiental, Administración Ambiental y de los Recursos Naturales o Administración y Gestión Ambiental, Administración del Medio Ambiente, Economía, Derecho, Gobierno y Relaciones Internacionales, Psicología, Ingeniería Catastral y Geodesia, Ingeniería Industrial, Biología, Ecología, Sociología, Ingeniería Civil, Arquitectura, Ingeniera Ambiental, Ingeniería Sanitaria, Ingeniería Agrónoma, Ingeniería Geográfica, Ingeniería Recursos Naturales, Hidrología, Ingeniería de Recursos Hídricos, Ingeniería Hidrológica, Ingeniería Física, Administración de Empresas, o Finanzas, Ingeniería del Medio Ambiente o Ingeniería de Desarrollo Ambiental, Ingeniería Topográfica, Ingeniería de Minas, Ingeniería Agrícola, Ingeniería Agroecológica, Ingeniería Agroindustrial, Geología, Geociencias.

Tarjeta profesional en los casos exigidos por la ley.
Cuarenta y seis (46) meses de experiencia profesional relacionada.

I. IDENTIFICACIÓN

Nivel:Profesional
Denominación del Empleo:Profesional Especializado
Código:2028
Grado:17
Número de cargos:Uno (1)
Dependencia:Donde se ubique el empleo
Cargo del Jefe Inmediato:Quien ejerza la supervisión inmediata

DIRECCIÓN GENERAL DE ORDENAMIENTO AMBIENTAL TERRITORIAL Y COORDINACIÓN DEL SISTEMA NACIONAL AMBIENTAL - SINA

II. PROPÓSITO PRINCIPAL

Promover y proponer procesos de reglamentación, instrumentación normativa y desarrollo de instrumentos administrativos en temas relacionados con la zonificación y reglamentación adecuada de los usos del suelo en lo concerniente a sus aspectos ambientales, para el ordenamiento ambiental territorial de conformidad con las normas que regulan la materia.

III. DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES ESENCIALES

1. Realizar conceptos relacionados con zonificación y reglamentación adecuada de los usos del suelo en lo concerniente a sus aspectos ambientales, para el ordenamiento ambiental territorial de acuerdo con el marco reglamentario existente.

2. Aportar elementos jurídicos en los temas relacionados con la zonificación y reglamentación adecuada de los usos del suelo en lo concerniente a sus aspectos ambientales, para el ordenamiento ambiental territorial de acuerdo con la normativa vigente.

3. Preparar documentos con base en el componente técnico que sustenten la elaboración de propuestas normativas para la reglamentación de la zonificación y usos adecuados del suelo en lo concerniente a sus aspectos ambientales, de acuerdo con la normativa ambiental vigente.

4. Revisar la coherencia jurídica de las propuestas de políticas, planes, programas e instrumentación normativa para la zonificación y reglamentación adecuada de los usos del suelo en lo concerniente a sus aspectos ambientales, para el ordenamiento ambiental territorial en el marco de la normativa vigente.

5. Las demás que le sean asignadas por la autoridad competente, de acuerdo con el área de desempeño.

IV. CRITERIOS DE DESEMPEÑO

1. Los conceptos relacionados con zonificación y reglamentación adecuada de los usos del suelo en lo concerniente a sus aspectos ambientales para el ordenamiento ambiental territorial, se realizan de acuerdo con el marco reglamentario existente.

2. Los elementos jurídicos en los temas relacionados con la zonificación y reglamentación adecuada de los usos del suelo en lo concerniente a sus aspectos ambientales para el ordenamiento ambiental territorial, se aportan de acuerdo con la normativa vigente.

3. Los documentos que sustentan elaboración de propuestas normativas para la reglamentación de la zonificación y usos adecuados del suelo en lo concerniente a sus aspectos ambientales, se preparan con base en los componentes técnicos.

4. La coherencia jurídica de las propuestas de políticas, planes, programas e instrumentación normativa para la zonificación y reglamentación adecuada de los usos del suelo en lo concerniente a sus aspectos ambientales para el ordenamiento ambiental territorial, se revisan en el marco de la normativa vigente.

5. Los procesos y proyectos de planificación de las autoridades ambientales se coordina en concordancia con los lineamientos dados por el Ministerio y en coordinación con las instancias internas requeridas.

6. La coordinación de los instrumentos y procesos de planificación de las autoridades ambientales, se coordina en concordancia con los lineamientos dados por el Ministerio y en coordinación con las instancias internas requeridas.

7. Las líneas de investigación y estudios ambientales para la planeación ambiental territorial de los diversos niveles, regiones y sectores, acuerdo con las directrices del Ministro.

8. Los conceptos técnicos y las respuestas a peticionarios se proyectan, respecto de los asuntos técnicos competentes de la Dirección, de conformidad con los reglamentos pertinentes a cada caso.

9. La política y la planificación del ordenamiento ambiental territorial en la formulación, instrumentación, seguimiento y evaluación desde el ámbito de su competencia.

10. Los aspectos ambientales para la formulación de las políticas nacionales de población, normas y regulaciones ambientales de asentamientos humanos y expansión urbana y de colonización, se definen en coordinación con las instancias internas y externas competentes.

11. Las evaluaciones ambientales estratégicas relacionadas con el desarrollo territorial se adelantan en coordinación las dependencias del Ministerio y entidades competentes.

12. Las entidades territoriales, los esquemas asociativos territoriales, las áreas metropolitanas, las provincias administrativas y de planificación y las regiones de planeación y gestión, reciben asistencia técnica y orientación, en materia de ordenamiento ambiental del territorio.

13. Los planes de ordenamiento territorial de los municipios y distritos se estudian y evalúan en el ámbito de la competencia del Ministerio, de conformidad con el parágrafo 6o del artículo 1o de la Ley 507 de 1999, en coordinación con las demás dependencias del Ministerio y otras entidades competentes.

14. Los conceptos técnicos sobre los planes de ordenamiento territorial de los municipios y distritos, se proyectan en el ámbito de la competencia del Ministerio, de conformidad con el parágrafo 6o del artículo 1o de la Ley 507 de 1999, en coordinación con las demás dependencias del Ministerio y otras entidades competentes.

15. Los estudios e investigaciones para proponer las regulaciones sobre uso del suelo se promueven y realizan en el ámbito de la competencia del Ministerio.

16. Los estudios e investigaciones para elaborar y actualizar el Estatuto de Zonificación de uso adecuado del territorio se promueven y realizan en coordinación con las demás dependencias del Ministerio.

17. Los criterios y metodologías para la implementación de los estudios e investigaciones para elaborar y actualizar el Estatuto de Zonificación de uso adecuado del territorio, se definen en coordinación con las demás dependencias del Ministerio.

18. Los planes y programas que sobre ordenamiento ambiental del territorio que deban incorporarse al proyecto del Plan Nacional de Desarrollo, se formulan, instrumentan y se siguen de acuerdo a la normatividad vigente.

19. Los planes y programas que se presenten para financiación con recursos provenientes del Presupuesto General de la Nación, y otras fuentes de financiación, se formulan, instrumentan y se siguen de acuerdo a la normatividad vigente.

20. Los estudios e investigaciones para proponer las regulaciones, pautas generales, criterios, directrices y orientaciones para la definición de la estructura ecológica principal y su relación con los determinantes ambientales, se promueven y realizan de acuerdo a la normatividad vigente.

21. Las acciones de coordinación para la participación del Ministerio en la Comisión de Ordenamiento Territorial –COT– y en los Consejos Ambientales Regionales son apoyadas de acuerdo a la normatividad vigente.

22. Los criterios y lineamientos para prevenir el riesgo ecológico y los factores que puedan incidir en la ocurrencia de desastres naturales se definen en coordinación con el Sistema Nacional de Prevención y Atención de Desastres y en el marco de la competencia del Ministerio.

23. Los procedimientos e instrumentos requeridos para impartir directrices a las entidades territoriales, sectores económicos y demás agentes productivos, de servicios y del conocimiento, en el manejo de los efectos e impactos ambientales de los desastres naturales, se proponen y se implantan de acuerdo a la normatividad vigente.

24. Los estudios e investigaciones para proponer, en los temas de competencia de la Dirección, los criterios técnicos que deberán considerarse en el proceso de licenciamiento ambiental, se promueve y realizan de acuerdo a la normatividad vigente.

25. Los sistemas de gestión interna del Ministerio se implementan, mantienen y mejoran con los procedimientos descritos y las condiciones de calidad esperada.

26. Las acciones y productos derivados de procesos internos tales como Gestión Humana, Atención al Usuario, Gestión Contractual, Planeación, Agenda Legislativa, entre otros, se implementan, mantienen y mejoran con los procedimientos descritos y las condiciones de calidad esperada.

27. Las demás funciones asignadas por la autoridad competente se cumplen de acuerdo con el área de desempeño.

V. RANGO O CAMPO DE APLICACIÓN

Tipo de entidades: Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, Comisión de Ordenamiento Territorial, Sistema Nacional de Prevención y Atención de Desastres, Ministerio de Salud y Protección Social, Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural.

Usuarios: Usuarios internos y externos del Ministerio.

Herramientas: Manejo de ofimática y equipos de cómputo.

Insumos: Políticas Nacionales de población, normas y regulaciones ambientales de asentamientos humanos y expansión urbana y de colonización, Política de Ordenamiento Ambiental, Estatuto de Zonificación.

Condicionantes: Recursos provenientes del Presupuesto General de la Nación, Plan Nacional de Desarrollo.

VI. CONOCIMIENTOS BÁSICOS O ESENCIALES

1. Legislación ambiental.

2. Instrumentos de planeación ambiental y territorial.

3. Procesos de ordenación y manejo de ecosistemas estratégicos, áreas de manejo especial o áreas protegidas.

4. Procedimiento de licencias, permisos, autorizaciones y demás trámites ambientales para proyectos minero-energéticos, infraestructura o productivos.

VII. EVIDENCIAS

De desempeño: Registro de la observación de las competencias comportamentales, aplicadas en el desempeño de la función correspondiente y registro de la observación del cumplimiento de los criterios de desempeño.

De producto: Propuestas normativas, documentos de análisis jurídicos de temas relacionados con la misión de la dirección y participación en instancias directivas, comisiones, comités, mesas, y demás reuniones internas y externas.

VIII. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA

ESTUDIOEXPERIENCIA
Título profesional en Ingeniería Ambiental, Ingeniería Forestal, Ciencia Política, Administración Pública, Administración Ambiental, Administración Ambiental y de los Recursos Naturales o Administración y Gestión Ambiental, Administración del Medio Ambiente, Economía, Derecho, Gobierno y Relaciones Internacionales, Psicología, Ingeniería Catastral y Geodesia, Ingeniería Industrial, Biología, Ecología, Sociología, Ingeniería Civil, Arquitectura, Ingeniera Ambiental, Ingeniería Sanitaria, Ingeniería Agrónoma, Ingeniería Geográfica, Ingeniería Recursos Naturales, Hidrología, Ingeniería de Recursos Hídricos, Ingeniería Hidrológica, Ingeniería Física, Administración de Empresas, o Finanzas, Ingeniería del Medio Ambiente o Ingeniería de Desarrollo Ambiental, Ingeniería Topográfica, Ingeniería de Minas, Ingeniería Agrícola, Ingeniería Agroecológica, Ingeniería Agroindustrial, Geología, Geociencias, Derecho o Ciencias Jurídicas, Derecho y Ciencias Políticas o Derecho, ciencias políticas y relaciones internacionales, Ciencia Política o Derecho y Ciencias Administrativas, Derecho y Ciencias Sociales, Jurisprudencia.

Tarjeta profesional en los casos exigidos por la ley.

Título de posgrado en modalidad de especialización en áreas relacionadas con las funciones del empleo.
Veintidós (22) meses de experiencia profesional relacionada.

IX. ALTERNATIVA

ESTUDIOEXPERIENCIA
Título profesional en Ingeniería Ambiental, Ingeniería Forestal, Ciencia Política, Administración Pública, Administración Ambiental, Administración Ambiental y de los Recursos Naturales o Administración y Gestión Ambiental, Administración del Medio Ambiente, Economía, Derecho, Gobierno y Relaciones Internacionales, Psicología, Ingeniería Catastral y Geodesia, Ingeniería Industrial, Biología, Ecología, Sociología, Ingeniería Civil, Arquitectura, Ingeniera Ambiental, Ingeniería Sanitaria, Ingeniería Agrónoma, Ingeniería Geográfica, Ingeniería Recursos Naturales, Hidrología, Ingeniería de Recursos Hídricos, Ingeniería Hidrológica, Ingeniería Física, Administración de Empresas, o Finanzas, Ingeniería del Medio Ambiente o Ingeniería de Desarrollo Ambiental, Ingeniería Topográfica, Ingeniería de Minas, Ingeniería Agrícola, Ingeniería Agroecológica, Ingeniería Agroindustrial, Geología, Geociencias, Derecho o Ciencias Jurídicas, Derecho y Ciencias Políticas o Derecho, ciencias políticas y relaciones internacionales, Ciencia Política o Derecho y Ciencias Administrativas, Derecho y Ciencias Sociales, Jurisprudencia.

Tarjeta profesional en los casos exigidos por la ley.
Cuarenta y seis (46) meses de experiencia profesional relacionada.

Grupo Gestión Integral del Riesgo

I. IDENTIFICACIÓN

Nivel:Profesional
Denominación del Empleo:Profesional Especializado
Código:2028
Grado:24
Número de cargos:Uno (1)
Dependencia:Donde se ubique el empleo
Cargo del Jefe Inmediato:Quien ejerza la supervisión inmediata

DIRECCIÓN GENERAL DE ORDENAMIENTO AMBIENTAL TERRITORIAL Y COORDINACIÓN DEL SISTEMA NACIONAL AMBIENTAL - SINA

II. PROPÓSITO PRINCIPAL

Formular, controlar y ejecutar las políticas y proyectos de prevención de riesgo ecológico, con énfasis en la prevención de amenazas y análisis de vulnerabilidad para mejorar las condiciones ambientales del país de acuerdo con la normativa vigente.

III. DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES ESENCIALES

1. Promover la adopción de criterios técnicos y científicos para incorporarlos en los procesos de la gestión del riesgo ecológico.

2. Asegurar que las guías técnicas, protocolos y manuales que se elaboren en las entidades del SINA sobre la gestión del riesgo ecológico, incluyendo los temas de amenazas ambientales y vulnerabilidades que se enmarquen en la política ambiental de gestión del riesgo ecológico.

3. Promover la adopción de indicadores y determinantes ambientales en materia de gestión del riesgo ecológico e indicadores de amenaza y vulnerabilidad, enmarcados en la política ambiental.

4. Desarrollar y aprobar marcos lógicos y metodologías para estimar, determinar, definir y modelar las amenazas ambientales y las vulnerabilidades.

5. Evaluar, hacer seguimiento y revisar proyectos sobre gestión del riesgo ecológico y sus componentes y coordinar grupos temáticos.

6. Coordinar los procesos de planificación de las autoridades ambientales e instituciones adscritas y vinculadas, en concordancia con los lineamientos dados por el Ministerio y en coordinación con las instancias internas requeridas.

7. Coordinar, de acuerdo con las directrices del Ministro, en la definición y orientación de las líneas de investigación y estudios ambientales para la planeación ambiental territorial de los diversos niveles, territorial y sectorial.

8. Las demás que le sean asignadas por la autoridad competente, de acuerdo con el área de desempeño.

IV. CRITERIOS DE DESEMPEÑO

1. Los criterios técnicos y científicos para incorporarlos en los procesos de la gestión del riesgo ecológico se adoptan de acuerdo a la normatividad vigente.

2. Las guías técnicas, protocolos y manuales que se elaboren en las entidades del SINA sobre la gestión del riesgo ecológico, se promueven de acuerdo a la normatividad vigente.

3. Los indicadores y determinantes ambientales en materia de gestión del riesgo ecológico y los indicadores de amenaza y vulnerabilidad se adoptan en el marco de la política ambiental

4. Los marcos lógicos y metodologías para estimar, determinar, definir y modelar las amenazas ambientales y las vulnerabilidades, se desarrollan y aprueban de acuerdo a la normatividad vigente.

5. Los proyectos sobre gestión del riesgo ecológico y sus componentes y coordinar grupos temáticos, se evalúan, revisan y reciben seguimiento de acuerdo a la normatividad vigente.

6. Los procesos de planificación de las autoridades ambientales e instituciones adscritas y vinculadas se coordinan en concordancia con los lineamientos dados por el Ministerio y en coordinación con las instancias internas requeridas.

7. Las líneas de investigación y estudios ambientales para la planeación ambiental territorial de los diversos niveles, territorial y sectorial, se definen y orientan de acuerdo con las directrices del Ministro.

8. Los conceptos técnicos y las respuestas a peticionarios se proyectan, respecto de los asuntos técnicos competentes de la Dirección, de conformidad con los reglamentos pertinentes a cada caso.

9. Los recursos de financiación de diferentes fuentes, tanto nacionales como internacionales, se gestionan para la implementación de Planes, programas y proyectos de Gestión de riesgo ecológico.

10. La política y la planificación del ordenamiento ambiental territorial en la formulación, instrumentación, seguimiento y evaluación desde el ámbito de su competencia.

11. Los aspectos ambientales para la formulación de las políticas nacionales de población, normas y regulaciones ambientales de asentamientos humanos y expansión urbana y de colonización, se definen en coordinación con las instancias internas y externas competentes

12. Las evaluaciones ambientales estratégicas relacionadas con el desarrollo territorial se adelantan en coordinación las dependencias del Ministerio y entidades competentes.

13. Las entidades territoriales, los esquemas asociativos territoriales, las áreas metropolitanas, las provincias administrativas y de planificación y las regiones de planeación y gestión, reciben asistencia técnica y orientación, en materia de ordenamiento ambiental del territorio.

14. Los planes de ordenamiento territorial de los municipios y distritos se estudian y evalúan en el ámbito de la competencia del Ministerio, de conformidad con el parágrafo 6o del artículo 1o de la Ley 507 de 1999, en coordinación con las demás dependencias del Ministerio y otras entidades competentes.

15. Los conceptos técnicos sobre los planes de ordenamiento territorial de los municipios y distritos, se proyectan en el ámbito de la competencia del Ministerio, de conformidad con el parágrafo 6o del artículo 1o de la Ley 507 de 1999, en coordinación con las demás dependencias del Ministerio y otras entidades competentes.

16. Los estudios e investigaciones para proponer las regulaciones sobre uso del suelo se promueven y realizan en el ámbito de la competencia del Ministerio.

17. Los estudios e investigaciones para elaborar y actualizar el Estatuto de Zonificación de uso adecuado del territorio se promueven y realizan en coordinación con las demás dependencias del Ministerio.

18. Los criterios y metodologías para la implementación de los estudios e investigaciones para elaborar y actualizar el Estatuto de Zonificación de uso adecuado del territorio, se definen en coordinación con las demás dependencias del Ministerio.

19. Los planes y programas que sobre ordenamiento ambiental del territorio que deban incorporarse al proyecto del Plan Nacional de Desarrollo, se formulan, instrumentan y se siguen de acuerdo a la normatividad vigente.

20. Los planes y programas que se presenten para financiación con recursos provenientes del Presupuesto General de la Nación, y otras fuentes de financiación, se formulan, instrumentan y se siguen de acuerdo a la normatividad vigente.

21. Los estudios e investigaciones para proponer las regulaciones, pautas generales, criterios, directrices y orientaciones para la definición de la estructura ecológica principal y su relación con los determinantes ambientales, se promueven y realizan de acuerdo a la normatividad vigente.

22. Las acciones de coordinación para la participación del Ministerio en la Comisión de Ordenamiento Territorial –COT– y en los Consejos Ambientales Regionales son apoyadas de acuerdo a la normatividad vigente.

23. Los procedimientos e instrumentos requeridos para impartir directrices a las entidades territoriales, sectores económicos y demás agentes productivos, de servicios y del conocimiento, en el manejo de los efectos e impactos ambientales de los desastres naturales, se proponen y se implantan de acuerdo a la normatividad vigente.

24. Los estudios e investigaciones para proponer, en los temas de competencia de la Dirección, los criterios técnicos que deberán considerarse en el proceso de licenciamiento ambiental, se promueve y realizan de acuerdo a la normatividad vigente.

25. Los sistemas de gestión interna del Ministerio se implementan, mantienen y mejoran con los procedimientos descritos y las condiciones de calidad esperada.

26. Las acciones y productos derivados de procesos internos tales como Gestión Humana, Atención al Usuario, Gestión Contractual, Planeación, Agenda Legislativa, entre otros, se implementan, mantienen y mejoran con los procedimientos descritos y las condiciones de calidad esperada.

27. Las demás funciones asignadas por la autoridad competente se cumplen de acuerdo con el área de desempeño.

V. RANGO O CAMPO DE APLICACIÓN

Tipo de entidades: Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, Comisión de Ordenamiento Territorial, Sistema Nacional de Prevención y Atención de Desastres, Ministerio de Salud y Protección Social, Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural.

Usuarios: Usuarios internos y externos del Ministerio.

Herramientas: Manejo de ofimática y equipos de cómputo.

Insumos: Políticas Nacionales de población, normas y regulaciones ambientales de asentamientos humanos y expansión urbana y de colonización, Política de Ordenamiento Ambiental, Estatuto de Zonificación.

Condicionantes: Recursos provenientes del Presupuesto General de la Nación, Plan Nacional de Desarrollo.

VI. CONOCIMIENTOS BÁSICOS O ESENCIALES

1. Procesos y procedimientos hidrológicos.

2. Estadística y probabilidades.

3. Normas legales ambientales.

4. Planeación y Planificación del Territorio.

5. Gestión Integral de Riesgos.

6. Cartografía e Información Digital.

VII. EVIDENCIAS

De desempeño: Registro de la observación de las competencias comportamentales, aplicadas en el desempeño de la función correspondiente y registro de la observación del cumplimiento de los criterios de desempeño.

De producto: Protocolos, lineamientos, guías técnicas, políticas, actas e informes de capacitaciones y participación en instancias directivas, comisiones, comités, mesas, agendas interadministrativas y demás reuniones internas y externas, propuestas normativas y de recomendación, informes de verificación y ajustes a documentos técnicos, evaluación técnica de proyectos.

De conocimiento: Aplicación de conocimientos básicos esenciales del 1 al 6.

VIII. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA

ESTUDIOEXPERIENCIA
Título profesional en Ingeniería Ambiental, Ingeniería Forestal, Ciencia Política, Administración Pública, Administración Ambiental, Administración Ambiental y de los Recursos Naturales o Administración y Gestión Ambiental, Administración del Medio Ambiente, Economía, Derecho, Gobierno y Relaciones Internacionales, Psicología, Ingeniería Catastral y Geodesia, Ingeniería Industrial, Biología, Ecología, Sociología, Ingeniería Civil, Ingeniera Ambiental, Ingeniería Sanitaria, Ingeniería Agrónoma, Ingeniería Geográfica, Ingeniería Recursos Naturales, Hidrología, Ingeniería de Recursos Hídricos, Ingeniería Hidrológica, Ingeniería Física, Administración de Empresas, o Finanzas, Ingeniería del Medio Ambiente o Ingeniería de Desarrollo Ambiental, Ingeniería Topográfica, Ingeniería de Minas, Ingeniería Agrícola, Ingeniería Agroecológica, Ingeniería Agroindustrial, Geología, Geociencias o Arquitectura.Cuarenta y tres (43) meses de experiencia profesional relacionada.
Título de posgrado en modalidad de especialización en áreas relacionadas con las funciones del empleo.

Tarjeta profesional en los casos exigidos por la ley
.

IX. ALTERNATIVA

ESTUDIOEXPERIENCIA
Título profesional en Ingeniería Ambiental, Ingeniería Forestal, Ciencia Política, Administración Pública, Administración Ambiental, Administración Ambiental y de los Recursos Naturales o Administración y Gestión Ambiental, Administración del Medio Ambiente, Economía, Derecho, Gobierno y Relaciones Internacionales, Psicología, Ingeniería Catastral y Geodesia, Ingeniería Industrial, Biología, Ecología, Sociología, Ingeniería Civil, Ingeniera Ambiental, Ingeniería Sanitaria, Ingeniería Agrónoma, Ingeniería Geográfica, Ingeniería Recursos Naturales, Hidrología, Ingeniería de Recursos Hídricos, Ingeniería Hidrológica, Ingeniería Física, Administración de Empresas, o Finanzas, Ingeniería del Medio Ambiente o Ingeniería de Desarrollo Ambiental, Ingeniería Topográfica, Ingeniería de Minas, Ingeniería Agrícola, Ingeniería Agroecológica, Ingeniería Agroindustrial, Geología, Geociencias o Arquitectura.

Tarjeta profesional en los casos exigidos por la ley.
Sesenta y siete (67) meses de experiencia profesional relacionada.

I. IDENTIFICACIÓN

Nivel:Profesional
Denominación del Empleo:Profesional Especializado
Código:2028
Grado:17
Número de cargos:Uno (1)
Dependencia:Donde se ubique el empleo
Cargo del Jefe Inmediato:Quien ejerza la supervisión inmediata

DIRECCIÓN GENERAL DE ORDENAMIENTO AMBIENTAL TERRITORIAL Y COORDINACIÓN DEL SISTEMA NACIONAL AMBIENTAL – SINA

II. PROPÓSITO PRINCIPAL

Realizar la formulación y ejecución de las políticas, criterios, lineamientos y proyectos de control de riesgo ecológico.

III. DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES ESENCIALES

1. Proponer, formular, realizar, evaluar y hacer seguimiento a los estudios e investigaciones relacionados con amenaza y vulnerabilidad ambiental, y a proyectos sobre gestión del riesgo ecológico y sus componentes.

2. Evaluar las amenazas y vulnerabilidades de los riesgos ecológicos sobre el medio ambiente.

3. Absolver consultas, prestar asistencia técnica, emitir conceptos y aportar elementos de juicio para la toma de decisiones relacionadas con la adopción, la ejecución y el control de los programas propios de la gestión del riesgo ecológico.

4. Promover el fortalecimiento de la gestión del riesgo ecológico en los sectores productivos y a nivel territorial.

5. Apoyar el diseño de políticas y acciones tendientes a prevenir, mitigar, manejar los riesgos ecológicos que afecten la calidad de vida de personas y del medio ambiente y orientar el desarrollo de marcos metodológicos para las actividades enfocadas a la reducción del riesgo ecológico.

6. Las demás que le sean asignadas por la autoridad competente, de acuerdo con el área de desempeño.

IV. CRITERIOS DE DESEMPEÑO

1. Los estudios e investigaciones relacionados con amenaza y vulnerabilidad ambiental se proponen, formulan, realizan, evalúan y reciben seguimiento, de acuerdo a la normatividad vigente.

2. Los proyectos sobre gestión del riesgo ecológico y sus componentes se proponen, formulan, realizan, evalúan y reciben seguimiento, de acuerdo a la normatividad vigente.

3. Las amenazas y vulnerabilidades de los riesgos ecológicos sobre el medio ambiente se evalúan de acuerdo a la normatividad vigente.

4. Los programas propios de la gestión del riesgo ecológico, se adoptan, ejecutan y controlan de acuerdo a la normatividad vigente.

5. La gestión del riesgo ecológico en los sectores productivos y a nivel territorial se fortalece de acuerdo a la normatividad vigente.

6. Las políticas y acciones tendientes a prevenir, mitigar, manejar los riesgos ecológicos que afecten la calidad de vida de personas y del medio ambiente se diseñan de acuerdo a la normatividad vigente.

7. Los marcos metodológicos para las actividades enfocadas a la reducción del riesgo ecológico se desarrollan de acuerdo a la normatividad vigente.

8. Los procesos de planificación de las autoridades ambientales se coordina en concordancia con los lineamientos dados por el Ministerio y en coordinación con las instancias internas requeridas.

9. Las líneas de investigación y estudios ambientales para la planeación ambiental territorial de los diversos niveles, regiones y sectores, acuerdo con las directrices del Ministro.

10. Los conceptos técnicos y las respuestas a peticionarios se proyectan, respecto de los asuntos técnicos competentes de la Dirección, de conformidad con los reglamentos pertinentes a cada caso.

11. La política y la planificación del ordenamiento ambiental territorial en la formulación, instrumentación, seguimiento y evaluación desde el ámbito de su competencia.

12. Los aspectos ambientales para la formulación de las políticas nacionales de población, normas y regulaciones ambientales de asentamientos humanos y expansión urbana y de colonización, se definen en coordinación con las instancias internas y externas competentes.

13. Las evaluaciones ambientales estratégicas relacionadas con el desarrollo territorial se adelantan en coordinación las dependencias del Ministerio y entidades competentes.

14. Las entidades territoriales, los esquemas asociativos territoriales, las áreas metropolitanas, las provincias administrativas y de planificación y las regiones de planeación y gestión, reciben asistencia técnica y orientación, en materia de ordenamiento ambiental del territorio.

15. Los planes de ordenamiento territorial de los municipios y distritos se estudian y evalúan en el ámbito de la competencia del Ministerio, de conformidad con el parágrafo 6o del artículo 1o de la Ley 507 de 1999, en coordinación con las demás dependencias del Ministerio y otras entidades competentes.

16. Los conceptos técnicos sobre los planes de ordenamiento territorial de los municipios y distritos, se proyectan en el ámbito de la competencia del Ministerio, de conformidad con el parágrafo 6o del artículo 1o de la Ley 507 de 1999, en coordinación con las demás dependencias del Ministerio y otras entidades competentes.

17. Los estudios e investigaciones para proponer las regulaciones sobre uso del suelo se promueven y realizan en el ámbito de la competencia del Ministerio.

18. Los estudios e investigaciones para elaborar y actualizar el Estatuto de Zonificación de uso adecuado del territorio se promueven y realizan en coordinación con las demás dependencias del Ministerio.

19. Los criterios y metodologías para la implementación de los estudios e investigaciones para elaborar y actualizar el Estatuto de Zonificación de uso adecuado del territorio, se definen en coordinación con las demás dependencias del Ministerio.

20. Los planes y programas que sobre ordenamiento ambiental del territorio que deban incorporarse al proyecto del Plan Nacional de Desarrollo, se formulan, instrumentan y se siguen de acuerdo a la normatividad vigente.

21. Los planes y programas que se presenten para financiación con recursos provenientes del Presupuesto General de la Nación, y otras fuentes de financiación, se formulan, instrumentan y se siguen de acuerdo a la normatividad vigente.

22. Los estudios e investigaciones para proponer las regulaciones, pautas generales, criterios, directrices y orientaciones para la definición de la estructura ecológica principal y su relación con los determinantes ambientales, se promueven y realizan de acuerdo a la normatividad vigente.

23. Las acciones de coordinación para la participación del Ministerio en la Comisión de Ordenamiento Territorial –COT– y en los Consejos Ambientales Regionales son apoyadas de acuerdo a la normatividad vigente.

24. Los criterios y lineamientos para prevenir el riesgo ecológico y los factores que puedan incidir en la ocurrencia de desastres naturales se definen en coordinación con el Sistema Nacional de Prevención y Atención de Desastres y en el marco de la competencia del Ministerio.

25. Los procedimientos e instrumentos requeridos para impartir directrices a las entidades territoriales, sectores económicos y demás agentes productivos, de servicios y del conocimiento, en el manejo de los efectos e impactos ambientales de los desastres naturales, se proponen y se implantan de acuerdo a la normatividad vigente.

26. Los estudios e investigaciones para proponer, en los temas de competencia de la Dirección, los criterios técnicos que deberán considerarse en el proceso de licenciamiento ambiental, se promueve y realizan de acuerdo a la normatividad vigente.

27. Los sistemas de gestión interna del Ministerio se implementan, mantienen y mejoran con los procedimientos descritos y las condiciones de calidad esperada.

28. Las acciones y productos derivados de procesos internos tales como Gestión Humana, Atención al Usuario, Gestión Contractual, Planeación, Agenda Legislativa, entre otros, se implementan, mantienen y mejoran con los procedimientos descritos y las condiciones de calidad esperada.

29. Las demás funciones asignadas por la autoridad competente se cumplen de acuerdo con el área de desempeño.

V. RANGO O CAMPO DE APLICACIÓN

Tipo de entidades: Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, Comisión de Ordenamiento Territorial, Sistema Nacional de Prevención y Atención de Desastres, Ministerio de Salud y Protección Social, Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural.

Usuarios: Usuarios internos y externos del Ministerio.

Herramientas: Manejo de ofimática y equipos de cómputo.

Insumos: Políticas Nacionales de población, normas y regulaciones ambientales de asentamientos humanos y expansión urbana y de colonización, Política de Ordenamiento Ambiental, Estatuto de Zonificación.

Condicionantes: Recursos provenientes del Presupuesto General de la Nación, Plan Nacional de Desarrollo.

VI. CONOCIMIENTOS BÁSICOS O ESENCIALES

1. Diseños de obras ambientales.

2. Estadística y probabilidades.

3. Planeación y Planificación del Territorio.

4. Cartografía e Información Digital.

VII. EVIDENCIAS

De desempeño: Registro de la observación de las competencias comportamentales, aplicadas en el desempeño de la función correspondiente y registro de la observación del cumplimiento de los criterios de desempeño.

De producto: Protocolos, lineamientos, guías técnicas, políticas, actas e informes, propuestas normativas, informes, propuestas de recomendación y ajustes a documentos técnicos, evaluación técnica de proyectos.

VIII. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA

ESTUDIOEXPERIENCIA
Título profesional en Ingeniería Ambiental, Ingeniería Forestal, Ciencia Política, Administración Pública, Administración Ambiental, Administración Ambiental y de los Recursos Naturales o Administración y Gestión Ambiental, Administración del Medio Ambiente, Economía, Derecho, Gobierno y Relaciones Internacionales, Psicología, Ingeniería Catastral y Geodesia, Ingeniería Industrial, Biología, Ecología, Sociología, Ingeniería Civil, Ingeniera Ambiental, Ingeniería Sanitaria, Ingeniería Agrónoma, Ingeniería Geográfica, Ingeniería Recursos Naturales, Hidrología, Ingeniería de Recursos Hídricos, Ingeniería Hidrológica, Ingeniería Física, Administración de Empresas, o Finanzas, Ingeniería del Medio Ambiente o Ingeniería de Desarrollo Ambiental, Ingeniería Topográfica, Ingeniería de Minas, Ingeniería Agrícola, Ingeniería Agroecológica, Ingeniería Agroindustrial, Geología, Geociencias, Ingeniería Física, Física, Ingeniería Geográfica o Arquitectura.

Título de posgrado en modalidad de especialización en áreas relacionadas con las funciones del empleo.

Tarjeta profesional en los casos exigidos por la ley.
Veintidós (22) meses de experiencia profesional relacionada.

IX. ALTERNATIVA

ESTUDIOEXPERIENCIA
Título profesional en Ingeniería Ambiental, Ingeniería Forestal, Ciencia Política, Administración Pública, Administración Ambiental, Administración Ambiental y de los Recursos Naturales o Administración y Gestión Ambiental, Administración del Medio Ambiente, Economía, Derecho, Gobierno y Relaciones Internacionales, Psicología, Ingeniería Catastral y Geodesia, Ingeniería Industrial, Biología, Ecología, Sociología, Ingeniería Civil, Ingeniera Ambiental, Ingeniería Sanitaria, Ingeniería Agrónoma, Ingeniería Geográfica, Ingeniería Recursos Naturales, Hidrología, Ingeniería de Recursos Hídricos, Ingeniería Hidrológica, Ingeniería Física, Administración de Empresas, o Finanzas, Ingeniería del Medio Ambiente o Ingeniería de Desarrollo Ambiental, Ingeniería Topográfica, Ingeniería de Minas, Ingeniería Agrícola, Ingeniería Agroecológica, Ingeniería Agroindustrial, Geología, Geociencias, Ingeniería Física, Física, Ingeniería Geográfica o Arquitectura.

Tarjeta profesional en los casos exigidos por la ley.
Cuarenta y seis (46) meses de experiencia profesional relacionada.

I. IDENTIFICACIÓN

Nivel:Profesional
Denominación del Empleo:Profesional Especializado
Código:2028
Grado:17
Número de cargos:Uno (1)
Dependencia:Donde se ubique el empleo
Cargo del Jefe Inmediato:Quien ejerza la supervisión inmediata

DIRECCIÓN GENERAL DE ORDENAMIENTO AMBIENTAL TERRITORIAL Y COORDINACIÓN DEL SISTEMA NACIONAL AMBIENTAL - SINA

II. PROPÓSITO PRINCIPAL

Formular y ejecutar las políticas y proyectos de control de riesgo ecológico mediante la formulación de criterios, estándares, metodologías relacionadas con el ordenamiento de los recursos hídricos y reglamentación de corrientes y preparar y presentar los informes ejecutivos y científicos sobre las actividades desarrolladas, con la oportunidad y periodicidad requeridas.

III. DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES ESENCIALES

1. Adoptar criterios técnicos y científicos para incorporarlos en los procesos de la gestión del riesgo ecológico con referencia a las aguas atmosféricas, superficiales y subterráneas.

2. Gestionar la inclusión de guías técnicas, protocolos y manuales que se elaboren en las entidades del SINA y en las dependencias del Ministerio sobre la gestión del riesgo ecológico, incluyendo los temas de amenazas ambientales, vulnerabilidades, aguas atmosféricas, superficiales y subterráneas, en la política ambiental de gestión de riesgo ecológico.

3. Promover la adopción de indicadores y determinantes ambientales en materia de la gestión del riesgo ecológico e indicadores de amenaza y vulnerabilidad, en materia de aguas atmosféricas, superficiales y subterráneas enmarcados en la política ambiental.

4. Desarrollar y aprobar marcos lógicos y metodologías para estimar, determinar, definir y modelar las amenazas ambientales y las vulnerabilidades en materia de aguas atmosféricas, superficiales y subterráneas.

5. Proponer y apoyar la formulación e instrumentación de las políticas ambientales sobre gestión del riesgo ecológico, con énfasis en la prospectiva de las amenazas ambientales y vulnerabilidades en materia de los recursos hídricos.

6. Definir las estrategias y definir las bases técnicas para los procesos de gestión del riesgo ecológico y la reglamentación en materia de prevención y control del riesgo ecológico asociada al manejo de los recursos hídricos.

7. Evaluar, hacer seguimiento y revisar proyectos sobre gestión del riesgo ecológico y sus componentes y coordinar grupos temáticos.

8. Las demás que le sean asignadas por la autoridad competente, de acuerdo con el área de desempeño.

IV. CRITERIOS DE DESEMPEÑO

1. Los criterios técnicos y científicos se adoptan e incorporan en los procesos de la gestión del riesgo ecológico con referencia a las aguas atmosféricas, superficiales y subterráneas, de acuerdo a la normatividad vigente.

2. Las guías técnicas, protocolos y manuales que se elaboren en las entidades del SINA sobre la gestión del riesgo ecológico, incluyendo los temas de amenazas ambientales y vulnerabilidades, en materia de aguas atmosféricas, superficiales y subterráneas, se incluyen en la política ambiental de gestión de riesgo.

3. Los indicadores y determinantes ambientales en materia de la gestión del riesgo ecológico se adoptan, de acuerdo a la normatividad vigente.

4. Los indicadores de amenaza y vulnerabilidad, en materia de aguas atmosféricas, superficiales y subterráneas enmarcados en la política ambiental, se adoptan, de acuerdo a la normatividad vigente.

5. Las amenazas ambientales y las vulnerabilidades en materia de aguas atmosféricas, superficiales y subterráneas se estiman, determinan, definen y modelan, de acuerdo a la normatividad vigente.

6. Las políticas ambientales sobre gestión del riesgo ecológico se formulan e instrumentan, de acuerdo a la normatividad vigente.

7. Las estrategias y bases técnicas de los procesos de gestión del riesgo ecológico y la reglamentación en materia de prevención y control del riesgo ecológico asociada al manejo de los recursos hídricos se definen, de acuerdo a la normatividad vigente.

8. Los proyectos sobre gestión del riesgo ecológico y sus componentes se evalúan, revisan y reciben seguimiento, de acuerdo a la normatividad vigente.

9. Los grupos temáticos que llevan a cabo los proyectos sobre gestión del riesgo ecológico y sus componentes, se coordinan de acuerdo a la normatividad vigente.

10. Los procesos de planificación de las autoridades ambientales se coordina en concordancia con los lineamientos dados por el Ministerio y en coordinación con las instancias internas requeridas.

11. Las líneas de investigación y estudios ambientales para la planeación ambiental territorial de los diversos niveles, regiones y sectores, acuerdo con las directrices del Ministro.

12. Los conceptos técnicos y las respuestas a peticionarios se proyectan, respecto de los asuntos técnicos competentes de la Dirección, de conformidad con los reglamentos pertinentes a cada caso.

13. La política y la planificación del ordenamiento ambiental territorial en la formulación, instrumentación, seguimiento y evaluación desde el ámbito de su competencia.

14. Los aspectos ambientales para la formulación de las políticas nacionales de población, normas y regulaciones ambientales de asentamientos humanos y expansión urbana y de colonización, se definen en coordinación con las instancias internas y externas competentes.

15. Las evaluaciones ambientales estratégicas relacionadas con el desarrollo territorial se adelantan en coordinación las dependencias del Ministerio y entidades competentes.

16. Las entidades territoriales, los esquemas asociativos territoriales, las áreas metropolitanas, las provincias administrativas y de planificación y las regiones de planeación y gestión, reciben asistencia técnica y orientación, en materia de ordenamiento ambiental del territorio.

17. Los planes de ordenamiento territorial de los municipios y distritos se estudian y evalúan en el ámbito de la competencia del Ministerio, de conformidad con el parágrafo 6o del artículo 1o de la Ley 507 de 1999, en coordinación con las demás dependencias del Ministerio y otras entidades competentes.

18. Los conceptos técnicos sobre los planes de ordenamiento territorial de los municipios y distritos, se proyectan en el ámbito de la competencia del Ministerio, de conformidad con el parágrafo 6o del artículo 1o de la Ley 507 de 1999, en coordinación con las demás dependencias del Ministerio y otras entidades competentes.

19. Los estudios e investigaciones para proponer las regulaciones sobre uso del suelo se promueven y realizan en el ámbito de la competencia del Ministerio.

20. Los estudios e investigaciones para elaborar y actualizar el Estatuto de Zonificación de uso adecuado del territorio se promueven y realizan en coordinación con las demás dependencias del Ministerio.

21. Los criterios y metodologías para la implementación de los estudios e investigaciones para elaborar y actualizar el Estatuto de Zonificación de uso adecuado del territorio, se definen en coordinación con las demás dependencias del Ministerio.

22. Los planes y programas que sobre ordenamiento ambiental del territorio que deban incorporarse al proyecto del Plan Nacional de Desarrollo, se formulan, instrumentan y se siguen de acuerdo a la normatividad vigente.

23. Los planes y programas que se presenten para financiación con recursos provenientes del Presupuesto General de la Nación, y otras fuentes de financiación, se formulan, instrumentan y se siguen de acuerdo a la normatividad vigente.

24. Los estudios e investigaciones para proponer las regulaciones, pautas generales, criterios, directrices y orientaciones para la definición de la estructura ecológica principal y su relación con los determinantes ambientales, se promueven y realizan de acuerdo a la normatividad vigente.

25. Las acciones de coordinación para la participación del Ministerio en la Comisión de Ordenamiento Territorial –COT– y en los Consejos Ambientales Regionales son apoyadas de acuerdo a la normatividad vigente.

26. Los criterios y lineamientos para prevenir el riesgo ecológico y los factores que puedan incidir en la ocurrencia de desastres naturales se definen en coordinación con el Sistema Nacional de Prevención y Atención de Desastres y en el marco de la competencia del Ministerio.

27. Los procedimientos e instrumentos requeridos para impartir directrices a las entidades territoriales, sectores económicos y demás agentes productivos, de servicios y del conocimiento, en el manejo de los efectos e impactos ambientales de los desastres naturales, se proponen y se implantan de acuerdo a la normatividad vigente.

28. Los estudios e investigaciones para proponer, en los temas de competencia de la Dirección, los criterios técnicos que deberán considerarse en el proceso de licenciamiento ambiental, se promueve y realizan de acuerdo a la normatividad vigente.

29. Los sistemas de gestión interna del Ministerio se implementan, mantienen y mejoran con los procedimientos descritos y las condiciones de calidad esperada.

30. Las acciones y productos derivados de procesos internos tales como Gestión Humana, Atención al Usuario, Gestión Contractual, Planeación, Agenda Legislativa, entre otros, se implementan, mantienen y mejoran con los procedimientos descritos y las condiciones de calidad esperada.

31. Las demás funciones asignadas por la autoridad competente se cumplen de acuerdo con el área de desempeño.

V. RANGO O CAMPO DE APLICACIÓN

Tipo de entidades: Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, Comisión de Ordenamiento Territorial, Sistema Nacional de Prevención y Atención de Desastres, Ministerio de Salud y Protección Social, Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural.

Usuarios: Usuarios internos y externos del Ministerio.

Herramientas: Manejo de ofimática y equipos de cómputo.

Insumos: Políticas Nacionales de población, normas y regulaciones ambientales de asentamientos humanos y expansión urbana y de colonización, Política de Ordenamiento Ambiental, Estatuto de Zonificación.

Condicionantes: Recursos provenientes del Presupuesto General de la Nación, Plan Nacional de Desarrollo.

VI. CONOCIMIENTOS BÁSICOS O ESENCIALES

1. Procesos y procedimientos hidrológicos.

2. Procesos y procedimientos geológicos.

3. Procesos y procedimientos hidráulicos.

4. Diseños de obras en cuerpos hídricos.

5. Cartografía e Información Digital.

6. Estadística y probabilidades.

7. Normas legales ambientales.

VII. EVIDENCIAS

De desempeño: Registro de la observación de las competencias comportamentales, aplicadas en el desempeño de la función correspondiente y registro de la observación del cumplimiento de los criterios de desempeño.

De producto: Protocolos, lineamientos, guías técnicas, políticas, actas e informes de capacitaciones y participación en instancias directivas, comisiones, comités, mesas, agendas interadministrativas y demás reuniones internas y externas, propuestas normativas y de recomendación, informes de verificación y ajustes a documentos técnicos, evaluación técnica de proyectos.

De conocimiento: Aplicación de conocimientos básicos esenciales del 1 al 7.

VIII. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA

ESTUDIOEXPERIENCIA
Título profesional en Ingeniería Ambiental, Ingeniería Forestal, Ciencia Política, Administración Pública, Administración Ambiental, Administración Ambiental y de los Recursos Naturales o Administración y Gestión Ambiental, Administración del Medio Ambiente, Economía, Derecho, Gobierno y Relaciones Internacionales, Psicología, Ingeniería Catastral y Geodesia, Ingeniería Industrial, Biología, Ecología, Sociología, Ingeniería Civil, Ingeniera Ambiental, Ingeniería Sanitaria, Ingeniería Agrónoma, Ingeniería Geográfica, Ingeniería Recursos Naturales, Hidrología, Ingeniería de Recursos Hídricos, Ingeniería Hidrológica, Ingeniería Física, Administración de Empresas, o Finanzas, Ingeniería del Medio Ambiente o Ingeniería de Desarrollo Ambiental, Ingeniería Topográfica, Ingeniería de Minas, Ingeniería Agrícola, Ingeniería Agroecológica, Ingeniería Agroindustrial, Geología, Geociencias o Arquitectura.

Título de posgrado en modalidad de especialización en áreas relacionadas con las funciones del empleo.

Tarjeta profesional en los casos exigidos por la ley.
Veintidós (22) meses de experiencia profesional relacionada.

IX. ALTERNATIVA

ESTUDIOEXPERIENCIA
Título profesional en Ingeniería Ambiental, Ingeniería Forestal, Ciencia Política, Administración Pública, Administración Ambiental, Administración Ambiental y de los Recursos Naturales o Administración y Gestión Ambiental, Administración del Medio Ambiente, Economía, Derecho, Gobierno y Relaciones Internacionales, Psicología, Ingeniería Catastral y Geodesia, Ingeniería Industrial, Biología, Ecología, Sociología, Ingeniería Civil, Ingeniera Ambiental, Ingeniería Sanitaria, Ingeniería Agrónoma, Ingeniería Geográfica, Ingeniería Recursos Naturales, Hidrología, Ingeniería de Recursos Hídricos, Ingeniería Hidrológica, Ingeniería Física, Administración de Empresas, o Finanzas, Ingeniería del Medio Ambiente o Ingeniería de Desarrollo Ambiental, Ingeniería Topográfica, Ingeniería de Minas, Ingeniería Agrícola, Ingeniería Agroecológica, Ingeniería Agroindustrial, Geología, Geociencias o Arquitectura.

Tarjeta profesional en los casos exigidos por la ley.
Cuarenta y seis (46) meses de experiencia profesional relacionada.

I. IDENTIFICACIÓN

Nivel:Profesional
Denominación del Empleo:Profesional Especializado
Código:2028
Grado:17
Número de cargos:Uno (1)
Dependencia:Donde se ubique el empleo
Cargo del Jefe Inmediato:Quien ejerza la supervisión inmediata

DIRECCIÓN GENERAL DE ORDENAMIENTO AMBIENTAL TERRITORIAL Y COORDINACIÓN DEL SISTEMA NACIONAL AMBIENTAL – SINA

II. PROPÓSITO PRINCIPAL

Formular, analizar, evaluar y hacer seguimiento técnico, administrativo, económico y/o financiero de planes, programas, proyectos y lineamientos de política, relacionados con la gestión del riesgo ecológico

III. DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES ESENCIALES

1. Apoyar a la Dirección en la propuesta, análisis, evaluación, y/o seguimiento de acciones que se desarrollen en el marco de evaluación económica de daños ambientales generados por desastres naturales o antrópicos.

2. Promover y apoyar el desarrollo de guías técnicas, protocolos y manuales tendientes a la valoración de los recursos expuestos a riesgo ecológico

3. Asesorar la evaluación y viabilización administrativa, financiera y contable de los proyectos que deba operar la Dirección.

4. Apoyar y hacer seguimiento a los procesos administrativos, financieros, contables y de supervisión que deba adelantar en la Dirección, en la ejecución de los proyectos sobre gestión del riesgo ecológico.

5. Apoyar en la preparación, elaboración y presentación de los informes administrativos, financieros y contables requeridos en los procesos de la gestión del riesgo ecológico.

6. Las demás que le sean asignadas por la autoridad competente, de acuerdo con el área de desempeño.

IV. CRITERIOS DE DESEMPEÑO

1. Las acciones que se desarrollen en el marco de evaluación económica de daños ambientales generados por desastres naturales o antrópicos se proponen, analizan evalúan y reciben seguimiento, de acuerdo a los lineamientos del Ministerio y la normatividad vigente.

2. Las guías técnicas, protocolos y manuales tendientes a la valoración de los recursos expuestos a riesgo ecológico se desarrollan de acuerdo a los lineamientos del Ministerio y la normatividad vigente.

3. Los proyectos que deba operar la Dirección se evalúan y viabilizan de forma administrativa, financiera y contable de acuerdo a los lineamientos del Ministerio y la normatividad vigente.

4. Los procesos administrativos, financieros, contables y de supervisión que deba adelantar en la Dirección se apoyan y reciben seguimiento en la ejecución de los proyectos sobre gestión del riesgo ecológico.

5. Los informes administrativos, financieros y contables requeridos en los procesos de la gestión del riesgo ecológico, se preparan, elaboran y presentan de acuerdo a los lineamientos del Ministerio y la normatividad vigente.

6. Los procesos de planificación de las autoridades ambientales se coordina en concordancia con los lineamientos dados por el Ministerio y en coordinación con las instancias internas requeridas.

7. Las líneas de investigación y estudios ambientales para la planeación ambiental territorial de los diversos niveles, regiones y sectores, acuerdo con las directrices del Ministro.

8. Los conceptos técnicos y las respuestas a peticionarios se proyectan, respecto de los asuntos técnicos competentes de la Dirección, de conformidad con los reglamentos pertinentes a cada caso.

9. La política y la planificación del ordenamiento ambiental territorial en la formulación, instrumentación, seguimiento y evaluación desde el ámbito de su competencia

10. Los aspectos ambientales para la formulación de las políticas nacionales de población, normas y regulaciones ambientales de asentamientos humanos y expansión urbana y de colonización, se definen en coordinación con las instancias internas y externas competentes

11. Las evaluaciones ambientales estratégicas relacionadas con el desarrollo territorial se adelantan en coordinación las dependencias del Ministerio y entidades competentes.

12. Las entidades territoriales, los esquemas asociativos territoriales, las áreas metropolitanas, las provincias administrativas y de planificación y las regiones de planeación y gestión, reciben asistencia técnica y orientación, en materia de ordenamiento ambiental del territorio.

13. Los planes de ordenamiento territorial de los municipios y distritos se estudian y evalúan en el ámbito de la competencia del Ministerio, de conformidad con el parágrafo 6o del artículo 1o de la Ley 507 de 1999, en coordinación con las demás dependencias del Ministerio y otras entidades competentes.

14. Los conceptos técnicos sobre los planes de ordenamiento territorial de los municipios y distritos, se proyectan en el ámbito de la competencia del Ministerio, de conformidad con el parágrafo 6o del artículo 1o de la Ley 507 de 1999, en coordinación con las demás dependencias del Ministerio y otras entidades competentes.

15. Los estudios e investigaciones para proponer las regulaciones sobre uso del suelo se promueven y realizan en el ámbito de la competencia del Ministerio.

16. Los estudios e investigaciones para elaborar y actualizar el Estatuto de Zonificación de uso adecuado del territorio se promueven y realizan en coordinación con las demás dependencias del Ministerio.

17. Los criterios y metodologías para la implementación de los estudios e investigaciones para elaborar y actualizar el Estatuto de Zonificación de uso adecuado del territorio, se definen en coordinación con las demás dependencias del Ministerio.

18. Los planes y programas que sobre ordenamiento ambiental del territorio que deban incorporarse al proyecto del Plan Nacional de Desarrollo, se formulan, instrumentan y se siguen de acuerdo a la normatividad vigente.

19. Los planes y programas que se presenten para financiación con recursos provenientes del Presupuesto General de la Nación, y otras fuentes de financiación, se formulan, instrumentan y se siguen de acuerdo a la normatividad vigente.

20. Los estudios e investigaciones para proponer las regulaciones, pautas generales, criterios, directrices y orientaciones para la definición de la estructura ecológica principal y su relación con los determinantes ambientales, se promueven y realizan de acuerdo a la normatividad vigente.

21. Las acciones de coordinación para la participación del Ministerio en la Comisión de Ordenamiento Territorial –COT– y en los Consejos Ambientales Regionales son apoyadas de acuerdo a la normatividad vigente.

22. Los criterios y lineamientos para prevenir el riesgo ecológico y los factores que puedan incidir en la ocurrencia de desastres naturales se definen en coordinación con el Sistema Nacional de Prevención y Atención de Desastres y en el marco de la competencia del Ministerio.

23. Los procedimientos e instrumentos requeridos para impartir directrices a las entidades territoriales, sectores económicos y demás agentes productivos, de servicios y del conocimiento, en el manejo de los efectos e impactos ambientales de los desastres naturales, se proponen y se implantan de acuerdo a la normatividad vigente.

24. Los estudios e investigaciones para proponer, en los temas de competencia de la Dirección, los criterios técnicos que deberán considerarse en el proceso de licenciamiento ambiental, se promueve y realizan de acuerdo a la normatividad vigente.

25. Los sistemas de gestión interna del Ministerio se implementan, mantienen y mejoran con los procedimientos descritos y las condiciones de calidad esperada.

26. Las acciones y productos derivados de procesos internos tales como Gestión Humana, Atención al Usuario, Gestión Contractual, Planeación, Agenda Legislativa, entre otros, se implementan, mantienen y mejoran con los procedimientos descritos y las condiciones de calidad esperada.

27. Las demás funciones asignadas por la autoridad competente se cumplen de acuerdo con el área de desempeño.

V. RANGO O CAMPO DE APLICACIÓN

Tipo de entidades: Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, Comisión de Ordenamiento Territorial, Sistema Nacional de Prevención y Atención de Desastres, Ministerio de Salud y Protección Social, Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural.

Usuarios: Usuarios internos y externos del Ministerio.

Herramientas: Manejo de ofimática y equipos de cómputo.

Insumos: Políticas Nacionales de población, normas y regulaciones ambientales de asentamientos humanos y expansión urbana y de colonización, Política de Ordenamiento Ambiental, Estatuto de Zonificación.

Condicionantes: Recursos provenientes del Presupuesto General de la Nación, Plan Nacional de Desarrollo.

VI. CONOCIMIENTOS BÁSICOS O ESENCIALES

1. Valoración económica y financiera de proyectos.

2. Instrumentos económicos.

3. Gestión del Riesgo.

4. Econometría.

5. Normas legales ambientales

VII. EVIDENCIAS

De desempeño: Registro de la observación de las competencias comportamentales, aplicadas en el desempeño de la función correspondiente y registro de la observación del cumplimiento de los criterios de desempeño.

De producto: Protocolos, lineamientos, guías técnicas, políticas, actas e informes de capacitaciones y participación en instancias directivas, comisiones, comités, mesas, agendas interadministrativas y demás reuniones internas y externas, propuestas normativas y de recomendación, informes de verificación y ajustes a documentos técnicos, evaluación técnica de proyectos.

VIII. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA

ESTUDIOEXPERIENCIA
Título Profesional en Ingeniería Ambiental, Ingeniería Forestal, Ciencia Política, Administración Pública, Administración Ambiental, Administración Ambiental y de los Recursos Naturales o Administración y Gestión Ambiental, Administración del Medio Ambiente, Economía, Derecho, Gobierno y Relaciones Internacionales, Psicología, Ingeniería Catastral y Geodesia, Ingeniería Industrial, Biología, Ecología, Sociología, Ingeniería Civil, Ingeniera Ambiental, Ingeniería Sanitaria, Ingeniería Agrónoma, Ingeniería Geográfica, Ingeniería Recursos Naturales, Hidrología, Ingeniería de Recursos Hídricos, Ingeniería Hidrológica, Ingeniería Física, Administración de Empresas, o Finanzas, Ingeniería del Medio Ambiente o Ingeniería de Desarrollo Ambiental, Ingeniería Topográfica, Ingeniería de Minas, Ingeniería Agrícola, Ingeniería Agroecológica, Ingeniería Agroindustrial, Geología, Geociencias o Arquitectura.

Título de posgrado en modalidad de especialización en áreas relacionadas con las funciones del empleo.

Tarjeta profesional en los casos exigidos por la ley.
Veintidós (22) meses de experiencia profesional relacionada.

IX. ALTERNATIVA

ESTUDIOEXPERIENCIA
Título Profesional en Ingeniería Ambiental, Ingeniería Forestal, Ciencia Política, Administración Pública, Administración Ambiental, Administración Ambiental y de los Recursos Naturales o Administración y Gestión Ambiental, Administración del Medio Ambiente, Economía, Derecho, Gobierno y Relaciones Internacionales, Psicología, Ingeniería Catastral y Geodesia, Ingeniería Industrial, Biología, Ecología, Sociología, Ingeniería Civil, Ingeniera Ambiental, Ingeniería Sanitaria, Ingeniería Agrónoma, Ingeniería Geográfica, Ingeniería Recursos Naturales, Hidrología, Ingeniería de Recursos Hídricos, Ingeniería Hidrológica, Ingeniería Física, Administración de Empresas, o Finanzas, Ingeniería del Medio Ambiente o Ingeniería de Desarrollo Ambiental, Ingeniería Topográfica, Ingeniería de Minas, Ingeniería Agrícola, Ingeniería Agroecológica, Ingeniería Agroindustrial, Geología, Geociencias o Arquitectura.

Tarjeta profesional en los casos exigidos por la ley.
Cuarenta y seis (46) meses de experiencia profesional relacionada.

I. IDENTIFICACIÓN

Nivel:Profesional
Denominación del Empleo:Profesional Especializado
Código:2028
Grado:17
Número de cargos:Uno (1)
Dependencia:Donde se ubique el empleo
Cargo del Jefe Inmediato:Quien ejerza la supervisión inmediata

DIRECCIÓN GENERAL DE ORDENAMIENTO AMBIENTAL TERRITORIAL Y COORDINACIÓN DEL SISTEMA NACIONAL AMBIENTAL - SINA

II. PROPÓSITO PRINCIPAL

Desarrollar y ejecutar metodologías, métodos, modelos para prevenir, mitigar y manejar los riesgos ecológicos que afecten la calidad de vida de personas y del medio ambiente, en especial aquellos que afecten la biodiversidad y la estructura ecológica principal.

III. DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES ESENCIALES

1. Promover, orientar y someter a evaluación los criterios técnicos y científicos a incorporar en todos los procesos de la gestión del riesgo ecológico en materia de biodiversidad y estructura ecológica principal.

2. Promover la inclusión de las guías técnicas, protocolos, manuales, metodologías y demás soportes científicos que se elaboren en las entidades del SINA sobre la gestión del riesgo ecológico y sus componentes, incluyendo los tipos de amenazas ambientales y vulnerabilidades, en materia de biodiversidad y estructura ecológica principal y determinantes ambientales, en la política ambiental de gestión del riesgo ecológico; así como proponer los alcances, objetivos y metodologías de las guías técnicas, protocolos, manuales y demás soportes científicos que se requieran

3. Promover y adoptar indicadores de biodiversidad y ecología en materia de la gestión del riesgo ecológico e indicadores de amenaza y vulnerabilidad, en materia de biodiversidad y estructura ecológica principal.

4. Desarrollar marcos lógicos y metodologías para estimar, determinar, definir y modelar las amenazas ambientales y las vulnerabilidades en materia de biodiversidad y estructura ecológica principal.

5. Evaluar, hacer seguimiento y revisar proyectos sobre gestión del riesgo ecológico y sus componentes.

6. Las demás que le sean asignadas por la autoridad competente, de acuerdo con el área de desempeño.

IV. CRITERIOS DE DESEMPEÑO

1. Los criterios técnicos y científicos se promueven, orientan y someten a evaluación para incorporarlos en todos los procesos de la gestión del riesgo ecológico en materia de biodiversidad y estructura ecológica principal.

2. Las guías técnicas, protocolos, manuales, metodologías y demás soportes científicos que se elaboren en las entidades del SINA sobre la gestión del riesgo ecológico y sus componentes, incluyendo los tipos de amenazas ambientales y vulnerabilidades, en materia de biodiversidad y estructura ecológica principal y determinantes ambientales, se incluyen en la política ambiental de gestión del riesgo ecológico.

3. Los alcances, objetivos y metodologías de las guías técnicas, protocolos, manuales y demás soportes científicos que se requieran, se proponen de acuerdo a los lineamientos del Ministerio y la normatividad vigente.

4. Los indicadores de biodiversidad y ecología en materia de la gestión del riesgo ecológico e indicadores de amenaza y vulnerabilidad, en materia de biodiversidad y estructura ecológica principal, se promueven y adoptan de acuerdo a los lineamientos del Ministerio y la normatividad vigente.

5. Las amenazas ambientales y las vulnerabilidades en materia de biodiversidad y estructura ecológica principal se estiman, determinan, definen y modelan, de acuerdo a los lineamientos del Ministerio y la normatividad vigente.

6. Los proyectos sobre gestión del riesgo ecológico y sus componentes se evalúan, revisan y reciben seguimiento, de acuerdo a los lineamientos del Ministerio y la normatividad vigente.

7. Los procesos de planificación de las autoridades ambientales se coordina en concordancia con los lineamientos dados por el Ministerio y en coordinación con las instancias internas requeridas.

8. Las líneas de investigación y estudios ambientales para la planeación ambiental territorial de los diversos niveles, regiones y sectores, acuerdo con las directrices del Ministro.

9. Los conceptos técnicos y las respuestas a peticionarios se proyectan, respecto de los asuntos técnicos competentes de la Dirección, de conformidad con los reglamentos pertinentes a cada caso.

10. La política y la planificación del ordenamiento ambiental territorial en la formulación, instrumentación, seguimiento y evaluación desde el ámbito de su competencia

11. Los aspectos ambientales para la formulación de las políticas nacionales de población, normas y regulaciones ambientales de asentamientos humanos y expansión urbana y de colonización, se definen en coordinación con las instancias internas y externas competentes.

12. Las evaluaciones ambientales estratégicas relacionadas con el desarrollo territorial se adelantan en coordinación las dependencias del Ministerio y entidades competentes.

13. Las entidades territoriales, los esquemas asociativos territoriales, las áreas metropolitanas, las provincias administrativas y de planificación y las regiones de planeación y gestión, reciben asistencia técnica y orientación, en materia de ordenamiento ambiental del territorio.

14. Los planes de ordenamiento territorial de los municipios y distritos se estudian y evalúan en el ámbito de la competencia del Ministerio, de conformidad con el parágrafo 6o del artículo 1o de la Ley 507 de 1999, en coordinación con las demás dependencias del Ministerio y otras entidades competentes.

15. Los conceptos técnicos sobre los planes de ordenamiento territorial de los municipios y distritos, se proyectan en el ámbito de la competencia del Ministerio, de conformidad con el parágrafo 6o del artículo 1o de la Ley 507 de 1999, en coordinación con las demás dependencias del Ministerio y otras entidades competentes.

16. Los estudios e investigaciones para proponer las regulaciones sobre uso del suelo se promueven y realizan en el ámbito de la competencia del Ministerio.

17. Los estudios e investigaciones para elaborar y actualizar el Estatuto de Zonificación de uso adecuado del territorio se promueven y realizan en coordinación con las demás dependencias del Ministerio.

18. Los criterios y metodologías para la implementación de los estudios e investigaciones para elaborar y actualizar el Estatuto de Zonificación de uso adecuado del territorio, se definen en coordinación con las demás dependencias del Ministerio.

19. Los planes y programas que sobre ordenamiento ambiental del territorio que deban incorporarse al proyecto del Plan Nacional de Desarrollo, se formulan, instrumentan y se siguen de acuerdo a la normatividad vigente.

20. Los planes y programas que se presenten para financiación con recursos provenientes del Presupuesto General de la Nación, y otras fuentes de financiación, se formulan, instrumentan y se siguen de acuerdo a la normatividad vigente.

21. Los estudios e investigaciones para proponer las regulaciones, pautas generales, criterios, directrices y orientaciones para la definición de la estructura ecológica principal y su relación con los determinantes ambientales, se promueven y realizan de acuerdo a la normatividad vigente.

22. Las acciones de coordinación para la participación del Ministerio en la Comisión de Ordenamiento Territorial –COT– y en los Consejos Ambientales Regionales son apoyadas de acuerdo a la normatividad vigente.

23. Los criterios y lineamientos para prevenir el riesgo ecológico y los factores que puedan incidir en la ocurrencia de desastres naturales se definen en coordinación con el Sistema Nacional de Prevención y Atención de Desastres y en el marco de la competencia del Ministerio.

24. Los procedimientos e instrumentos requeridos para impartir directrices a las entidades territoriales, sectores económicos y demás agentes productivos, de servicios y del conocimiento, en el manejo de los efectos e impactos ambientales de los desastres naturales, se proponen y se implantan de acuerdo a la normatividad vigente.

25. Los estudios e investigaciones para proponer, en los temas de competencia de la Dirección, los criterios técnicos que deberán considerarse en el proceso de licenciamiento ambiental, se promueve y realizan de acuerdo a la normatividad vigente.

26. Los sistemas de gestión interna del Ministerio se implementan, mantienen y mejoran con los procedimientos descritos y las condiciones de calidad esperada.

27. Las acciones y productos derivados de procesos internos tales como Gestión Humana, Atención al Usuario, Gestión Contractual, Planeación, Agenda Legislativa, entre otros, se implementan, mantienen y mejoran con los procedimientos descritos y las condiciones de calidad esperada.

28. Las demás funciones asignadas por la autoridad competente se cumplen de acuerdo con el área de desempeño.

V. RANGO O CAMPO DE APLICACIÓN

Tipo de entidades: Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, Comisión de Ordenamiento Territorial, Sistema Nacional de Prevención y Atención de Desastres, Ministerio de Salud y Protección Social, Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural.

Usuarios: Usuarios internos y externos del Ministerio.

Herramientas: Manejo de ofimática y equipos de cómputo.

Insumos: Políticas Nacionales de población, normas y regulaciones ambientales de asentamientos humanos y expansión urbana y de colonización, Política de Ordenamiento Ambiental, Estatuto de Zonificación.

Condicionantes: Recursos provenientes del Presupuesto General de la Nación, Plan Nacional de Desarrollo.

VI. CONOCIMIENTOS BÁSICOS O ESENCIALES

1. Normas legales ambientales.

2. Estadística y probabilidades.

3. Procesos y procedimientos ecológicos.

4. Procesos y procedimientos hidrológicos.

5. Procesos y procedimientos geológicos

VII. EVIDENCIAS

De desempeño: Registro de la observación de las competencias comportamentales, aplicadas en el desempeño de la función correspondiente y registro de la observación del cumplimiento de los criterios de desempeño.

De producto: Protocolos, lineamientos, guías técnicas, políticas, actas e informes de capacitaciones y participación en instancias directivas, comisiones, comités, mesas, agendas interadministrativas y demás reuniones internas y externas, propuestas normativas y de recomendación, informes de verificación y ajustes a documentos técnicos, evaluación técnica de proyectos.

VIII. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA

ESTUDIOEXPERIENCIA
Título profesional en Ingeniería Ambiental, Ingeniería Forestal, Ciencia Política, Administración Pública, Administración Ambiental, Administración Ambiental y de los Recursos Naturales o Administración y Gestión Ambiental, Administración del Medio Ambiente, Economía, Derecho, Gobierno y Relaciones Internacionales, Psicología, Ingeniería Catastral y Geodesia, Ingeniería Industrial, Biología, Ecología, Sociología, Ingeniería Civil, Ingeniera Ambiental, Ingeniería Sanitaria, Ingeniería Agrónoma, Ingeniería Geográfica, Ingeniería Recursos Naturales, Hidrología, Ingeniería de Recursos Hídricos, Ingeniería Hidrológica, Ingeniería Física, Administración de Empresas, o Finanzas, Ingeniería del Medio Ambiente o Ingeniería de Desarrollo Ambiental, Ingeniería Topográfica, Ingeniería de Minas, Ingeniería Agrícola, Ingeniería Agroecológica, Ingeniería Agroindustrial, Geología, Geociencias o Arquitectura.

Título de posgrado en modalidad de especialización en áreas relacionadas con las funciones del empleo.

Tarjeta profesional en los casos exigidos por la ley.
Veintidós (22) meses de experiencia profesional relacionada.

IX. ALTERNATIVA

ESTUDIOEXPERIENCIA
Título profesional en Ingeniería Ambiental, Ingeniería Forestal, Ciencia Política, Administración Pública, Administración Ambiental, Administración Ambiental y de los Recursos Naturales o Administración y Gestión Ambiental, Administración del Medio Ambiente, Economía, Derecho, Gobierno y Relaciones Internacionales, Psicología, Ingeniería Catastral y Geodesia, Ingeniería Industrial, Biología, Ecología, Sociología, Ingeniería Civil, Ingeniera Ambiental, Ingeniería Sanitaria, Ingeniería Agrónoma, Ingeniería Geográfica, Ingeniería Recursos Naturales, Hidrología, Ingeniería de Recursos Hídricos, Ingeniería Hidrológica, Ingeniería Física, Administración de Empresas, o Finanzas, Ingeniería del Medio Ambiente o Ingeniería de Desarrollo Ambiental, Ingeniería Topográfica, Ingeniería de Minas, Ingeniería Agrícola, Ingeniería Agroecológica, Ingeniería Agroindustrial, Geología, Geociencias o Arquitectura.

Tarjeta profesional en los casos exigidos por la ley.
Cuarenta y seis (46) meses de experiencia profesional relacionada.
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ARTÍCULO 8o. Modificar las profesiones contenidas en el perfil del empleo de Profesional Especializado, Código 2028, Grado 17, de la planta global del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, Dirección de Asuntos Marinos, Costeros y Recursos Acuáticos enunciadas en la Resolución número 766 del 4 de junio de 2012, en el sentido de establecer como perfiles profesionales “Sociología, Psicología, Antropología, Administración Ambiental, Administración de Recursos Costeros y Marinos, Trabajo Social, Licenciatura en Educación, Licenciatura en Pedagogía, Licenciatura en Ciencias Básicas, Licenciatura en Filosofía y Humanidades o Licenciatura en Ciencias Sociales, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva”.

I. IDENTIFICACIÓN

Nivel:Profesional
Denominación del Empleo:Profesional Especializado
Código:2028
Grado:17
Número de cargos:Uno (1)
Dependencia:Donde se ubique el empleo
Cargo del Jefe Inmediato:Quien ejerza la supervisión inmediata

DIRECCIÓN DE ASUNTOS MARINOS, COSTEROS Y RECURSOS ACUÁTICOS

II. PROPÓSITO PRINCIPAL

Desarrollar y evaluar los elementos técnicos, estrategias, tácticas, planes, programas y proyectos para garantizar la incorporación de la variable social y el componente de participación comunitaria, educación y divulgación en los procesos de gestión ambiental marina y costera de acuerdo a la normativa vigente.

III. DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES ESENCIALES

1. Participar y adelantar la organización y seguimiento de los procesos de desarrollo y promoción de espacios regionales y nacionales de diálogo con comunidades en la gestión, preservación, conservación, uso sostenible de la biodiversidad y ecosistemas estratégicos marinos, para la socialización e implementación de las Políticas, instrumentos normativos y de planificación requeridos para desarrollar la gestión ambiental marina, de conformidad con las normas vigentes.

2. Garantizar y aportar los elementos técnicos y conceptuales para incorporar los componentes de participación, educación y divulgación a comunidades en los procesos de formulación de política e instrumentación técnica y normativa que adelanta la Dirección de Asuntos marinos, Costeros y Recursos Acuáticos, acorde con las políticas ambientales y la normativa vigente.

3. Incorporar el aspecto intercultural relacionado con las minorías étnicas mediante instancias de participación para la implementación de políticas e instrumentos normativos, de conformidad con la legislación vigente.

4. Impulsar y desarrollar en coordinación con las autoridades ambientales regionales y locales, los procesos sociales de participación y concertación regional para vincular a las organizaciones de grupos étnicos y a las comunidades locales para la formulación e implementación de las políticas ambientales marinas y costeras, los planes programas y demás instrumentos de planificación, de acuerdo con la normativa vigente.

5. Diseñar e implementar procesos de capacitación al personal de la Dirección de Asuntos Marinos, Costeros y Recursos Acuáticos y al SINA para fortalecer los mecanismos de participación, educación y divulgación del manejo integrado de zonas costeras y los recursos asociados.

6. Las demás que le sean asignadas por la autoridad competente, de acuerdo con el área de desempeño

IV. CRITERIOS DE DESEMPEÑO

1. Los documentos evidencia de los procesos de desarrollo y promoción de espacios regionales y nacionales de diálogo con comunidades étnicas en la gestión, preservación, conservación, uso sostenible de la biodiversidad y ecosistemas estratégicos marinos, son promovidos para la socialización e implementación de las Políticas, instrumentos normativos y de planificación requeridos para desarrollar la gestión ambiental marina, de conformidad con las normas vigentes.

2. El informe de diálogo de participación y promoción generado con las comunidades étnicas, se realiza para la implementación de políticas e instrumentos normativos en el marco de la política nacional y normatividad vigente.

3. El documento desarrollo de elementos técnicos y conceptuales de las comunidades étnicas son aportados a las instancias de participación y consulta para el desarrollo de políticas ambientales, en concordancia con la normativa vigente.

4. Los elementos técnicos y conceptuales de las comunidades étnicas son implementados de manera que estén dispuestos en las instancias de participación y consulta de la formulación de instrumentos normativos, de conformidad con la legislación vigente.

5. El documento evidencia del aspecto intercultural de las minorías étnicas es incorporado para garantizar la formulación e implementación de políticas marinas y costeras e instrumentos normativos, en cumplimiento con lo dispuesto en la normatividad vigente.

6. El documento evidencia del aspecto intercultural de las minorías étnicas es asociado para cumplir con los lineamientos de política e instrumentos normativas, de conformidad con lo dispuesto en la normatividad vigente.

7. Los procesos sociales de participación y concertación son promovidos para la vinculación de la organización de grupos étnicos y comunidades locales en la formulación de instrumentos de política, programas y planes, de conformidad con la normatividad ambiental.

8. Los procesos sociales de participación y concertación son promovidos para los grupos étnicos y comunidades locales de tal manera que se integre su aspecto intercultural en la implementación de políticas, programas y planes de conformidad con la normatividad ambiental.

9. Los documentos derivados de su gestión evidencian el cumplimiento de la normatividad vigente.

10. Los indicadores de gestión muestran avances significativos en los planes y metas propuestos.

11. Los documentos derivados de la gestión del talento humano, sistema integrado de gestión, planeación, control interno, gestión contractual y demás procedimientos administrativos son entregados oportunamente y con las características de calidad esperadas.

V. RANGO O CAMPO DE APLICACIÓN

Entidades Adscritas y Vinculadas al Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible.

Entidades del SINA.

Usuarios Internos y Externos.

Protocolos, convenios, acuerdos, programas y proyectos.

Insumos: Plan Nacional de Desarrollo, Políticas Públicas y Normatividad Vigente.

VI. CONOCIMIENTOS BÁSICOS O ESENCIALES

1. Conocimientos en temas de participación social y comunidades étnicas en contextos ambientales.

2. Convenios y protocolos internacionales vigentes

3. Políticas Ambientales relacionadas.

4. Normativa ambiental y sectorial vigente.

VII. EVIDENCIAS

De desempeño:

Cumplimiento de los indicadores y del plan de acción, registro de la observación de las competencias comportamentales, aplicadas en el desempeño de la función correspondiente, registro de la observación del cumplimiento de los criterios de desempeño.

De producto:

Políticas formuladas o actualizadas, planes y programas formulados o actualizados, protocolos, lineamientos y guías técnicas, propuestas normativas, Informes de resultados de procesos de asistencia técnica, Plan de acción de la dependencia, acuerdos de gestión, Informe de Rendición de Cuenta Fiscal e informes a los diferentes entes del Estado y del plan de acción.

VIII. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA

ESTUDIOEXPERIENCIA
Título Profesional en Sociología, Psicología, Antropología, Administración Ambiental, Administración de Recursos Costeros y Marinos, Trabajo Social, Licenciatura en Educación, Licenciatura en Pedagogía, Licenciatura en Ciencias Básicas, Licenciatura en Filosofía y Humanidades o Licenciatura en Ciencias Sociales.

Título de posgrado en modalidad de especialización en áreas relacionadas con las funciones del empleo.

Tarjeta profesional en los casos exigidos por la ley.
Veintidós (22) meses de experiencia profesional relacionada.

IX. ALTERNATIVA

ESTUDIOEXPERIENCIA
Título Profesional en Sociología, Psicología, Antropología, Administración Ambiental, Administración de Recursos Costeros y Marinos, Trabajo Social, Licenciatura en Educación, Licenciatura en Pedagogía, Licenciatura en Ciencias Básicas, Licenciatura en Filosofía y Humanidades o Licenciatura en Ciencias Sociales.

Tarjeta profesional en los casos exigidos por la ley.
Cuarenta y seis (46) meses de experiencia profesional relacionada.
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ARTÍCULO 9o. La presente resolución se divulgará a través de los medios electrónicos o físicos que disponga la entidad.

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ARTÍCULO 10. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición y modifica en lo pertinente la Resolución número 0766 del 4 de junio de 2012.

Publíquese, comuníquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 31 de agosto de 2012.

El Ministro de Ambiente y Desarrollo Sostenible,

FRANK PEARL.

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Disposiciones analizadas por Avance Jurídico Casa Editorial Ltda.©
"Normograma - Colpensiones - Administradora Colombiana de Pensiones"
ISSN [2256-1633 (En linea)]
Última actualización: 31 de agosto de 2019

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