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RESOLUCIÓN 17 DE 2009

(abril 29)

Diario Oficial No. 47.339 de 4 de mayo de 2009

MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO

Por la cual se efectúa una aclaración de leyenda al Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2009.

Resumen de Notas de Vigencia

LA DIRECCIÓN GENERAL DEL PRESUPUESTO PÚBLICO NACIONAL,

en uso de sus facultades legales, en especial las que le confieren los artículos 22 de la Ley 1260 de 2008 y 23 del Decreto 4841 de 2008, y

CONSIDERANDO:

Que los artículos 22 de la Ley 1260 de 2008 y 23 del Decreto 4841 de 2008, facultan al Ministerio de Hacienda y Crédito Público- Dirección General del Presupuesto Público Nacional, de oficio o a petición del jefe del órgano respectivo, hacer por resolución las aclaraciones y correcciones de leyenda necesarias para enmendar los errores de transcripción y aritméticos que figuren en el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2009;

Que en el anexo del Decreto de Liquidación 4841 del 24 de diciembre de 2008 se requiere realizar unas aclaraciones de leyenda en el Presupuesto de Funcionamiento del Ministerio de Hacienda y Crédito Público y del Fondo de Bienestar Social de la Contraloría General de la República;

Que para la correcta ejecución se hace indispensable efectuar oportunamente las aclaraciones necesarias, en concordancia con las normas antes citadas,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. Efectuar las siguientes aclaraciones al anexo del Decreto de Liquidación 4841 del 24 de diciembre de 2008.

SECCION 1301

MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO

UNIDAD 130101

GESTION GENERAL

CUENTA4TRANSFERENCIAS DE CAPITAL
SUBCUENTA2OTRAS TRANSFERENCIAS
OBJETO DEL GASTO1DESTINATARIOS DE LAS OTRAS TRANSFERENCIAS DE CAPITAL

Dice:

ORDINAL1APORTES A FINDETER - SUBSIDIOS PARA OPERACIONES DE REDESCUENTO PARA PROYECTOS EN EL SECTOR DE AGUA POTABLE SANEAMIENTO BASICO Y REESTRUCTURACION DE HOSPITALES. PARAGRAFO UNICO, NUMERAL 3 ARTICULO 270 DEL ESTATUTO ORGANICO DEL SISTEMA FINANCIERO

Debe decir:

ORDINAL1APORTES A FINDETER - SUBSIDIOS PARA OPERACIONES DE

REDESCUENTO PARA PROYECTOS DE INVERSION.

PARAGRAFO UNICO, NUMERAL 3 ARTICULO 270 DEL SISTEMA

FINANCIERO

SECCION 2602

FONDO DE BIENESTAR SOCIAL DE LA CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA

CUENTA3TRANSFERENCIAS CORRIENTES
SUBCUENTA6OTRAS TRANSFERENCIAS
OBJETO DEL GASTO3DESTINATARIOS DE LAS OTRAS TRANSFERENCIAS CORRIENTES

Dice:

ORDINAL67SERVICIOS MEDICOS Y/O EDUCATIVOS PARA FUNCIONARIOS DE LA CGR (ARTICULO 90 LEY 106 DE 1993).

Debe decir:

ORDINAL67SERVICIOS MEDICOS, EDUCATIVOS, RECREATIVOS, Y CULTURALES PARA FUNCIONARIOS DE LA CGR (ARTICULO 90 Y 91 LEY 106 DE 1993)
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ARTÍCULO 2o. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese, comuníquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 29 de abril de 2009.

La Directora General del Presupuesto Público Nacional (E.)

RUTTY PAOLA ORTIZ JARA.

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"Normatividad relacionada con el Sistema de Seguridad Social Integral y el Sistema General de Pensiones."
ISSN [2256-1633]
Última actualización: 31 de marzo de 2018