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RESOLUCIÓN 948 DE 2009
(marzo 13)
Diario Oficial No. 47.293 de 16 de marzo de 2009
MINISTERIO DE TRANSPORTE
Por la cual se adiciona el artículo 16 de la Resolución 007500 de 2003.
EL MINISTRO DE TRANSPORTE,
en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por el artículo 211 de la Constitución Política, artículos 9o y 10 de la Ley 489 de 1998, 110 del Decreto 111 de 1996, Decreto 2053 de 2003, y
CONSIDERANDO:
Que la Constitución Política de Colombia en el. artículo 211 señala que la ley determinará las funciones y condiciones para que las autoridades administrativas puedan delegar en sus subalternos o en otras autoridades.
Que la Ley 489 de 1998, en los artículos 9o y 10 señala los requisitos y condiciones exigidos para que las autoridades administrativas puedan delegar funciones.
Que el Decreto 111 de 1996, consagra en su artículo 110 “Los órganos que son una sección del Presupuesto General de la Nación, tendrán la capacidad de contratar y comprometer a nombre de la persona jurídica de la cual hagan parte y ordenar el gasto en desarrollo de las apropiaciones incorporadas en la respectiva sección (...). Estas facultades estarán en cabeza del jefe de cada órgano quien podrá delegarlas en funcionarios del nivel directivo o quien haga sus veces y serán ejercidas teniendo en cuenta las normas consagradas en el Estatuto General de Contratación de la Administración pública y en las disposiciones legales vigentes”.
Que el Ministerio de Transporte mediante Resolución 007500 del 2 de septiembre de 2003, delegó en el Secretario General la constitución, autorización de reembolsos y legalización de las Cajas Menores del Ministerio, autorizadas por la Dirección General del Presupuesto Público Nacional, del Ministerio de Hacienda y Crédito Público.
Que el Director General del Presupuesto Público Nacional en uso de las facultades conferidas por el artículo 17 de la Ley 1260 de diciembre 23 de 2008, expidió la Resolución 01 del 2 de enero de 2009, reglamentando la constitución y funcionamiento de las Cajas Menores para la vigencia fiscal del año 2009.
Que la Resolución 01 de 2009, establece los parámetros con relación a la constitución, destinación, funcionamiento, prohibiciones, manejo de dinero, apertura de libros, primer giro, legalización, reembolso y legalización definitiva de las Cajas Menores para la vigencia fiscal de 2009 y estableció en su artículo 3o que el Representante Legal, de acuerdo con los requerimientos de la entidad, deberá establecer el número de cajas menores y autorizar su creación.
Que se hace necesario adicionar el artículo 16 de la Resolución 007500 del 2003, en el sentido de ampliar la delegación del Secretario General, en cuanto a la autorización de creación del número de cajas menores, de acuerdo a los requerimientos de la entidad.
En virtud de lo anterior, este Despacho,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. Adicionar el artículo 16 de la Resolución número 007500 del 2 de septiembre de 2003, el cual quedará así:
“Artículo 16. Delegar en el Secretario General, la constitución, autorización de reembolsos y legalización definitiva de las cajas menores, así como establecer de acuerdo con las necesidades el número requerido de éstas y autorizar su creación, según lo indicado por la resolución de reglamentación de cajas menores expedida por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público.
PARÁGRAFO ÚNICO. Las justificaciones técnicas y económicas para la constitución de cada una de las cajas menores debe suscribirla el Jefe de la Dependencia Ejecutora.
ARTÍCULO 2o. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
Publíquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 13 de marzo de 2009.
El Ministro de Transporte,
ANDRÉS URIEL GALLEGO HENAO.
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