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RESOLUCIÓN 11178 DE 2012
(noviembre 30)
Diario Oficial No. 48.630 de 30 de noviembre de 2012
MINISTERIO DE TRANSPORTE
<NOTA DE VIGENCIA: Resolución derogada por el artículo 51 de la Resolución 849 de 2018>
Por la cual se modifica el inciso 1o del artículo 33 de la Resolución número 003235 del 25 de mayo de 2012 que estableció la Reglamentación Interna de Sistema de Estímulos y conformó el Comité de Estímulos en el Ministerio de Transporte.
LA MINISTRA DE TRANSPORTE,
en ejercicio de sus facultades legales, en especial las conferidas por los artículos 21 y 61 literal g) de la Ley 489 de 1998 y 69 del Decreto 1227 de 2005, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Resolución número 003235 del 25 de mayo de 2012, se estableció la Reglamentación Interna del Sistema de Estímulos en el Ministerio de Transporte, se conformó el Comité de Estímulos y se dictaron otras disposiciones.
Que el artículo 33 de la citada Resolución establece como sistema de desempate para la escogencia del mejor empleado de carrera de Planta Central y de la Dirección Territorial Cundinamarca, la evaluación por compañeros de trabajo, sin embargo, no se estableció un sistema de desempate en el evento de persistir un empate.
Que por lo anterior, se hace necesario modificar el inciso primero del artículo 33 de la Resolución número 003235 del 25 de mayo de 2012, en el sentido de incluir un segundo mecanismo de desempate en la escogencia del mejor empleado de carrera de Planta Central y de la Dirección Territorial Cundinamarca.
Que la necesidad de modificación se presentó a consideración del Comité de Estímulos en reunión del 20 de noviembre de 2012, según Acta número 006.
En mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. <Resolución derogada por el artículo 51 de la Resolución 849 de 2018> Modifícase el inciso primero del artículo 33 de la Resolución número 003235 del 25 de mayo de 201 2, el cual quedará así:
Sistema de desempate. Si el empate se presenta en la escogencia del mejor empleado de carrera, tratándose de la planta central y de la Dirección Territorial Cundinamarca, se dirimirá a través de un sistema de evaluación por compañeros de trabajo. Para tal fin, la Subdirección del Talento Humano seleccionará aleatoriamente cinco (5) compañeros de cada uno de los mejores empleados de carrera administrativa que se encuentren en empate para que estos evalúen en un formato diseñado por dicha Subdirección aspectos comportamentales y actitudinales del funcionario, tales como trabajo en equipo, compañerismo, relaciones interpersonales y valores. En caso de persistir el empate, se dirimirá por sorteo en presencia del Comité de Estímulos, de los funcionarios de Planta Central y Dirección Territorial Cundinamarca, del Subdirector del Talento Humano, del Jefe de la Oficina de Control Interno y del Jefe de la Oficina de Planeación.
ARTÍCULO 2o. <Resolución derogada por el artículo 51 de la Resolución 849 de 2018> La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, a 30 de noviembre de 2012.
CECILIA ÁLVAREZ-CORREA GLEN.
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