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RESOLUCIÓN SSPD - 20161300060305 DE 2016

(octubre 24)

Diario Oficial No. 50.047 de 4 de noviembre de 2016

SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS PÚBLICOS DOMICILIARIOS

Por la cual se modifican las Resoluciones número SSPD 20131300016575 del 31 de mayo de 2013 y SSPD 20141300034775 del 5 de agosto de 2014.

EL SUPERINTENDENTE DE SERVICIOS PÚBLICOS DOMICILIARIOS,

en ejercicio de sus atribuciones legales y en especial las que le confieren los numerales 33 y 34 del artículo 7o y el artículo 24 del Decreto número 990 de 2002, así como el artículo 6o del Decreto número 2482 de 2012, y

CONSIDERANDO:

Que a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en la Ley 489 de 1998 (artículo 15), en el Decreto número 2482 de 2012[1] (artículo 6o), en el Decreto número 2578 de 2012[2] (artículo 4o) y en el Decreto número 2693 de 2012[3] (Parágrafo 1o, artículo 4o), la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios (Superservicios) expidió la Resolución número SSPD 20131300016575 del 31 de mayo de 2013, por la cual se conforma el Comité Institucional de Desarrollo Administrativo de la Entidad.

Que de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 1o de la Resolución número SSPD 20131300016575 del 31 de mayo de 2013, el referido comité fue creado para “…liderar, coordinar y facilitar la implementación del Modelo Integrado de Planeación y Gestión de la entidad, instancia en la que se discutirán todos los temas referentes a las políticas de desarrollo administrativo y demás componentes…”, del modelo, sustituyendo a los demás comités que tengan relación con el mismo y que no sean de creación normativa.

Que en el mismo acto administrativo se incluyó dentro de las funciones del Comité Institucional de Desarrollo Administrativo de la Superservicios, la de evaluar “…y aprobar las estrategias para la implementación, sostenibilidad y mejora de las políticas de desarrollo administrativo y demás componentes…”, del modelo antes indicado.

Que de acuerdo con el parágrafo 1o del artículo 4o del Decreto número 2693 de 2012, el Comité Institucional de Desarrollo Administrativo, es la instancia orientadora de la Estrategia de Gobierno en Línea al interior de cada entidad.

Que el Comité Institucional de Desarrollo Administrativo de la Superservicios, cuenta con el Equipo de Trabajo Temático Gobierno en Línea que es liderado por los jefes de las Oficinas Asesora de Planeación e Informática y en el que participan funcionarios de la alta dirección de la Entidad.

Que se hace imperativo que las políticas de seguridad de la información de la Superservicios, sean revisadas por el Comité Institucional de Desarrollo Administrativo, para su aprobación por el Superintendente de Servicios Públicos Domiciliarios, dado que, según lo dispuesto en el numeral 1 del artículo 7o del Decreto número 990 de 2002, corresponde a este señalar las políticas generales de la Superservicios.

Que en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. Modificar el artículo 5o de la Resolución número SSPD 20131300016575 del 31 de mayo de 2013, modificado por el artículo 4o de la Resolución número SSPD 20141300034775 del 5 de agosto de 2014, en lo referente al Equipo de Trabajo Temático Gobierno en Línea, en el sentido de incluir, dentro de las actividades puntales asignadas, la siguiente actividad:

EQUIPOS DE TRABAJO TEMÁTICOSLÍDER O LÍDERESPARTICIPANTESACTIVIDADES PUNTUALES ASIGNADAS
GOBIERNO EN LÍNEAJefe de Oficina Asesora de Planeación y Jefe Oficina de InformáticaSecretario General, Jefe de Oficina Asesora de Planeación, Jefes de área Misionales, Jefe de Control Interno y Jefe de Oficina de InformáticaRevisar los lineamientos en términos de seguridad de la información y datos abiertos aplicables en la Superservicios.
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ARTÍCULO 2o. Las demás disposiciones de las Resoluciones número SSPD 20131300016575 del 31 de mayo de 2013 y número SSPD 20141300034775 del 5 de agosto de 2014, continúan vigentes sin alteración alguna.

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ARTÍCULO 3o. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 65 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.

Publíquese y cúmplase.

El Superintendente de Servicios Públicos Domiciliarios,

JOSÉ MIGUEL MENDOZA.

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"Normograma - Colpensiones - Administradora Colombiana de Pensiones"
ISSN [2256-1633 (En linea)]
Última actualización: 31 de agosto de 2019

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