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RESOLUCIÓN 21 DE 2019

(julio 12)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

ADMINISTRADORA COLOMBIANA DE PENSIONES, COLPENSIONES

<NOTA DE VIGENCIA: Resolución derogada por el artículo 10 de la Resolución 2262 de 2021>

Por la cual se designa al Secretario Técnico del Comité de Riesgos de Inversiones y del Comité de Riesgo Operativo y de la Seguridad de la Información de la Administradora Colombiana de Pensiones (Colpensiones), se modifican la Resoluciones 432 de 2017, la Resolución 0557 del 2017 y se deroga la Resolución 081 de 2018

EL PRESIDENTE DE LA ADMINISTRADORA COLOMBIANA DE PENSIONES COLPENSIONES

En ejercicio de las facultades legales, en particular las establecidas en el Decreto 309 de 2017 y la Resolución 013 de 2019 de la Administradora Colombiana de Pensiones (Colpensiones), y

CONSIDERANDO:

Que la Ley 1151 de 2007 en su artículo 155 creó la Administradora Colombiana de Pensiones (Colpensiones), como una empresa industrial y comercial del Estado del orden nacional, con personería jurídica, autonomía administrativa y patrimonio independiente;

Que mediante Decreto Ley 4121 de 2011, se cambió la naturaleza jurídica de la Administradora Colombiana de Pensiones (Colpensiones), a la de Empresa Industrial y Comercial del Estado organizada como entidad financiera de carácter especial, vinculada al Ministerio de Trabajo;

Que la Resolución 137 del 14 de noviembre de 2012 constituyó el Comité de Riesgos de Inversiones de Colpensiones con el fin de apoyar a la Junta Directiva en la gestión de riesgos del mercado, liquidez y contraparte.

Que mediante la Resolución 432 del 4 de septiembre de 2017 se creó el nuevo Comité de Riesgos de Inversiones de Colpensiones con el propósito de armonizar su conformación, reglamento y funciones a la nueva estructura organizacional de la empresa adoptaba mediante el Decreto 309 de 2017 y al nuevo modelo estándar de administración de riesgo.

Que mediante la Resolución 431 de 2017 se creó el Comité de Riesgos Operativo y Seguridad de la Información de Colpensiones con el fin de apoyar en la definición, seguimiento control e implementación de las políticas y procedimientos de la administración integral de riesgos.

Que mediante la Resolución 081 de 2018 se modificó el artículo 7 de la Resolución 432 de 2017 y se dispuso que la secretaría técnica del Comité de Riesgos de Inversiones de Colpensiones estaría a cargo del Asesor Código Grado 200, Grado 02 de la Vicepresidencia de Seguridad y Riesgos Empresariales.

Que mediante la Resolución 0557 de 2017 se modificaron los artículo 2o y 7o de la Resolución 431 de 2017 y se dispuso que la secretaría técnica del Comité de Riesgo Operativo y de Seguridad de la Información estaría a cargo del Asesor Código Grado 200, Grado 02 de la Vicepresidencia de Seguridad y Riesgos Empresariales.

Que mediante la Resolución 017 de 2019 el Presidente de la Administradora Colombiana de Pensiones (Colpensiones) modificó la distribución de los cargos de la planta de personal de la Entidad y eliminó de la Vicepresidencia de Seguridad y Riesgos Empresariales el cargo de Asesor Código 200 Grado 02.

Que de acuerdo a la nueva distribución de los cargos de la planta de personal se hace necesario modificar la secretaría técnica del Comité de Riesgos de Inversiones y del Comité de Riesgos Operativo y Seguridad de la Información de la Administradora Colombiana de Pensiones.

Que en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTICULO PRIMERO.<Resolución derogada por el artículo 10 del Acuerdo 7 de 2021> MODIFICAR el artículo segundo de la Resolución 0557 de 2017, el cual quedará así:

SECRETARIO TÉCNICO. El secretario técnico del Comité de Riesgos Operativos y de Seguridad de la Información será el Asesor Código 200, Grado 01 de la Vicepresidencia de Seguridad y Riesgos Empresariales y tendrá las siguientes funciones:

- Convocar a las sesiones ordinarias y extraordinarias del comité.

- Revisar y actualizar los compromisos y preparar las actas de las sesiones

- Proponer los temas a tratar en cada una de las sesiones.

- Elaborar el orden del día y las actas de cada sesión

- Presentar al respectivo comité la documentación e información requerida para la toma de decisiones.

- Velar porque las decisiones adoptadas sean comunicadas a los directivos y a todos los funcionarios, cuando a ello hubiere lugar.

- Archivar y custodiar las actas del comité.

ARTICULO SEGUNDO. <Resolución derogada por el artículo 10 del Acuerdo 7 de 2021> MODIFICAR al artículo séptimo de la Resolución 432 de 2017 de, el cual quedará así:

SECRETARIO TÉCNICO. El secretario técnico del Comité de Riesgos de Inversiones será Asesor Código 200, Grado 01 de la Vicepresidencia de Seguridad y Riesgos Empresariales y tendrá las siguientes funciones:

- Convocar a las sesiones ordinarias y extraordinarias del comité

- Revisar y actualizar los compromisos y preparar las actas de las sesiones.

- Proponer los temas a tratar en cada una de las sesiones.

- Elaborar el orden del día y las actas de cada sesión.

- Presentar al respectivo comité la documentación e información requerida para la toma de decisiones.

- Velar porque las decisiones adoptadas sean comunicadas a los directivos y a todos los funcionarios, cuando a ello hubiere lugar.

- Archivar y custodiar las actas del Comité.

ARTÍCULO TERCERO. VIGENCIA.<Resolución derogada por el artículo 10 del Acuerdo 7 de 2021> La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición y modifica la Resolución 0557 de 2017, la Resolución 432 de 2017 en lo pertinente y deroga la Resolución 081 de 2018.

COMUNIQUESE Y CÚMPLASE

Dado en Bogotá D.C., a los 12 JUL. 2019

JUAN MIGUEL VILLA LORA

PRESIDENTE

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