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2007
EXPEDIENTE No. 440ACU de 2007 - El incumplimiento de una sentencia que obliga aplicar el el Decreto 0080 de 4 de junio de 2001 por el cual se adoptó el reglamento interno de uso y manejo de plazas de mercado de la ciudad, y acatar las demás regulaciones sanitarias y ambientales de las actividades desarrolladas en las plazas de mercado ¿Genera desacato? Acción de cumplimiento - Desacato. Proceso contencioso administrativo - Incidente de desacato. Recurso de apelación
EXPEDIENTE No. 16624 de 2007 - Con la expedición de la Ley 954, publicada el 28 de abril de 2005, las reglas de competencia de la Ley 446 de 1998, que no habían podido aplicarse, entraron en vigencia de inmediato, pues, sólo de esta manera, se cumplía la finalidad de la descongestión en la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo - Descongestión De la Jurisdicción contencioso Administrativa - Competencias - procesos de doble instancia
EXPEDIENTE No. 16465 de 2007 - Al entrar en funcionamiento los Jueces Administrativos, se restablecieron las competencias previstas en la Ley 446 de 1998, por lo que si la cuantía es inferior a 300 SMLMV conocen los Jueces Administrativos en primera instancia y si es superior a dicho monto, los competentes en primera instancia son los Tribunales. Dian - Competencia en solicitud de devolución de IVA implícito. Proceso contencioso administrativo - Competencia por cuantía. Única instancia
EXPEDIENTE No. 16300 de 2007 - La Corte Constitucional ha sostenido que el fenómeno de caducidad no opera en los casos de violación a los derechos humanos, criterio que se debe aplicar al caso concreto, teniendo en cuenta que al demandante se le violaron derechos, principios y garantías fundamentales con el procedimiento sancionatorio que la Superfinanciera adelantó para imponer multa en contra de la entidad pública. Acción de nulidad y restablecimiento del derecho - Término de caducidad. Superintendencia Bancaria - Multa a entidades públicas. Proceso contencioso administrativo - Rechazo de la demanda
EXPEDIENTE No. 16279 de 2007 - ¿La cuantía en la demanda en materia tributaria es la diferencia entre la liquidación oficial y la privada más sanciones pero sin intereses? ¿Para que el proceso por acción de nulidad y restablecimiento del derecho acceda a la segunda instancia debe superar el equivalente a 300 salarios mínimos legales mensuales vigentes? Proceso contencioso - Cuantía de la demanda en materia tributaria. Consejo de Estado - Competencia por cuantía en materia tributaria
EXPEDIENTE No. 16278 de 2007 - ¿Cuando empiecen a operar los juzgados administrativos, la norma de la Ley 954 de 2005, pierde su vigor y en consecuencia recuperan vigencia las normas originales de competencia, por lo que el proceso que se inició como de doble instancia continuará siéndolo? Jurisdicción contencioso administrativa - Competencia por cuantía. Juzgados administrativos - Competencia. Proceso contencioso administrativo - Primera instancia. Única instancia
EXPEDIENTE No. 16238 de 2007 - ¿Procedel el recurso de apelación contra el auto que niega la acumulación de procesos? Proceso contencioso administrativo - Acumulación. Principio de seguridad procesal. Principio de seguridad jurídica. Acción de nulidad. Acción de nulidad y restablecimiento del derecho
EXPEDIENTE No. 15876 de 2007 - Sólo tienen el beneficio tributario aquellas pensiones que se encuentran dentro del marco general del sistema establecido en la Ley 100 de 1993, modificado por la Ley 797 de 2003, esto es la exención del impuesto de renta. La única excepción a esta regla la constituyen las pensiones que han sido reconocidas en regímenes expresamente exceptuados de la Ley 100 de 1993, y las que son producto de laudos arbitrales y convenciones o pactos. Acción de nulidad, contra el Concepto No. 5300119 (26979) de 2005, mediante el cual se confirmó el Concepto 089507 de 2004, ambos proferidos por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales. Pensión anticipada - Naturaleza. Exención de impuesto de renta. Impuesto de renta - Exención a pensiones
EXPEDIENTE No. 15849 de 2007 - ¿Se debe comunicar de la renuncia del poder del apoderado al poderdante, mediante telegrama enviado a la dirección denunciada para recibir notificaciones personales y notificar mediante estado el auto que admite la misma? Proceso contencioso administrativo - Renuncia de apoderado. Auto de admisión de renuncia de apoderado. Nulidad. Derecho de defensa
EXPEDIENTE No. 15819 de 2007 - ¿No basta la simple relación entre dos procesos, sino la incidencia definitiva y directa que la decisión que se tome en uno tenga sobre la que se adopte en otro, de tal manera "que sea condicionante total o parcialmente del sentido del fallo que deba proferirse"? ¿El acto general no puede demandarse en acción de nulidad y restablecimiento del derecho junto con el particular; ello, porque se presenta una indebida acumulación de pretensiones? Proceso contencioso administrativo - Suspensión. Indebida acumulación de pretensiones. Prejudicialidad. Acto administrativo general - Impugnación. Acto administrativo particular - Impugnación. Contrato de seguro de depósito - Prima adicional
EXPEDIENTE No. 1525 de 2007 - ¿El ISS está obligado a celebrar convenios con las entidades financieras que elijan los beneficiarios de las prestaciones? El desacato constituye un medio coercitivo y sancionatorio contra la persona de cuya conducta depende el cumplimiento de la ley o del acto administrativo al que estuvo referido la orden judicial desacatada, en quien el juez ha detectado la intención conciente de incumplirla o la negligencia, indiferencia o desidia frente al cumplimiento. Acción de cumplimiento - Desacato. Proceso contencioso administrativo - Incidente de desacato. Instituto de Seguro Social - Consignación de mesadas en Entidades financieras
EXPEDIENTE No. 14445 de 2007 - ¿La "actividad de peajes" no es de servicio? Impuesto de industria y comercio. Acción de nulidad y restablecimiento del derecho - Término de caducidad. Prescipción. Proceso contencioso administrativo - Inadmisión de la demanda. Excepciones previas. Proceso administrativo de cobro coactivo
EXPEDIENTE No. 1384 de 2007 - Para garantizar la efectividad de las órdenes que imparte el juez de la acción de cumplimiento - encaminadas a hacer efectivo el acatamiento de la ley o de actos administrativos - la misma ley creó dos herramientas, a saber: de una parte, facultó al juez para dirigirse al superior del funcionario responsable de acatar la orden judicial, a fin de que aquél requiera a éste con tal propósito y abra el correspondiente proceso disciplinario en su contra; incluso el propio juez puede abrir proceso contra el superior requerido si éste no procede conforme a lo ordenado, dentro de los 5 días siguientes. Acción de cumplimiento - Desacato. Proceso contencioso administrativo - Incidente de desacato. Empresas prestadoras de servicio de acuducto - Instalación de medidores de consumo
EXPEDIENTE No. 1292 de 2007 - Como el ajuste gradual de las pensiones de jubilación del sector público nacional dispuesto por la ley 6 de 1992, tuvo como finalidad "compensar" las diferencias entre los aumentos de salarios y las pensiones reconocidas con anterioridad al primero de enero de 1989, el porcentaje de incremento respectivo aplicado en los términos señalados en el decreto reglamentario 2108 de 1992, hace parte del monto de la pensión con carácter de incremento, desde la fecha en que debió liquidarse. Pensión de jubilación - Reajuste. Empresa de Acueducto de Bogotá - Reliquidación de pensiones
EXPEDIENTE No. 1062 de 2007 - La providencia que decide el incidente de desacato no tiene el carácter de fallo, solo pueden catalogarse como sentencias las que deciden sobre las pretensiones de la demanda o las excepciones de fondo, y las que resuelven los recursos de casación y revisión