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RESOLUCION 111 DE 2018
(junio 7)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
<Esta norma no incluye análisis de vigencia>
ADMINISTRADORA COLOMBIANA DE PENSIONES, COLPENSIONES
Por la cual se modifica el Manual Específico de Funciones y de Competencias Laborales de la Planta de Personal de Trabajadores Oficiales de la Administradora Colombiana de Pensiones - Colpensiones
LA SUSCRITA PRESIDENTE DE LA ADMINISTRADORA COLOMBIANA DE PENSIONES - COLPENSIONES
En ejercicio de sus facultades légales, en especial las establecidas en el artículo 10 del Decreto 309 de 2017, Acuerdo 106 de 2017, Decreto 1083 de 2015 y,
CONSIDERANDO:
Que la Ley 1151 de 2007 en su artículo 155 creó la Administradora Colombiana de Pensiones (Colpensiones) como una Empresa Industrial y Comercial del Estado del orden nacional, con personería, autonomía administrativa y patrimonio independiente,
Que el Decreto Ley 4121 de 2011 cambió la naturaleza jurídica de la Administradora Colombiana de Pensiones - Colpensiones, Empresa Industrial y Comercial del Estado a la de Empresa Industrial y Comercial del Estado organizada como entidad financiera de carácter especial, vinculada al Ministerio de Trabajo.
Que él Decreto 309 de 2017 modificó la estructura organizacional de la Empresa y que a su vez el artículo segundo del Decreto 310 de 2017, fijo en 2.491 el número de trabajadores oficiales de la Administradora Colombiana de Pensiones - COLPENSIONES.
Que mediante Acuerdo 108 de 2017, se modificó la estructura interna de la Administradora.
Que mediante la Resolución No 131 del 01 de marzo de 2017, se expidió el Manual Específico de Funciones y de Competencias Laborales para los Trabajadores Oficiales de la Planta de Personal de la Administradora Colombiana de Pensiones - Colpensiones, el cual fue modificado por la Resolución No. 341 del 27 de julio de 2017 que a su vez derogó la Resolución No. 131 de 2017.
Que mediante Acuerdo 131 del 26 de abril de 2018 se modificó la estructura interna de Colpensiones y se derogó el Acuerdo 108 de 2017, disponiendo que los numerales 3.1., 3.1,1., 3.1.2., 3,2., 3,2,1, 3,3., 3.3.1., 3,3.2., 3,3.3 del artículo 3. y el 5,1. del artículo 5., entrarán: en vigencia a partir del 1 de julio de 2018 y que los demás artículos y numerales del citado Acuerdo regirán a partir de la fecha de su publicación.
Que se hace necesario adecuar el Manual Específico de- Funciones y de Competencias Laborales a los cambios previstos en el Acuerdo en comento y conforme a las competencias allí previstas.
Que en mérito a los expuesto;
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. Modificar el Manual Específico de Funciones y de Competencias Laborales de los cargos de Trabajadores Oficiales de la Planta de Personal de la Administradora Colombiana de Pensiones COLPENSIONES, cuyas funciones deberán ser desempeñadas con criterios de eficiencia y eficacia, en aras de cumplir la misión, objetivos y funciones que la Constitución y la Ley le señalen, en concordancia con lo previsto por los Acuerdos adoptados por la Junta Directiva.
ARTÍCULO 2o. Los Trabajadores Oficiales de la Planta de Personal de la la Administradora Colombiana de Pensiones - COLPENSIONES cumplirán las funciones y las competencias laborales señaladas en el documento anexo, el cual forma parte integral del presente acto administrativo y se constituye en el Manual Específico de Funciones y de Competencias Laborales.
ARTÍCULO 3o. La vigencia de las disposiciones adoptadas en la presente resolución se regirá por las siguientes reglas:
1. Direcciones Regionales, entrarán en vigencia a partir del 1 de Julio de 2018, en concordancia con lo previsto en el Artículo 10 del Acuerdo 131 de 2018 y por tanto a partir de dicha fecha deroga la Resolución No. 341 de 2017 en lo pertinente.
2. Lo estipulado para los demás Macroprocesos y dependencias, regirá a partir de la fecha de su publicación y deroga la Resolución 341 del 27 de julio de 2017 en lo pertinente.
PUBLÍQUESE, COMUNIQUESE Y CÚMPLASE,
Dada en Bogotá D.C, a los 07 JUN. 2018
ADRIANA MARÍA GUZMÁN RODRÍGUEZ
Presidente
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