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RESOLUCIÓN 174 DE 2006
(12 de junio)
Diario Oficial No. 46.334 de 19 de julio de 2006
CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN
<NOTA DE VIGENCIA: Derogada por el artículo 7 de la Resolución 264 de 2006>
Por la cual se modifica el Plan General de Contabilidad Pública adoptado mediante la Resolución 400 de 2000.
EL CONTADOR GENERAL DE LA NACIÓN,
en uso de las atribuciones constitucionales y legales, en especial las que le confieren el artículo 354 de la Constitución Política, la Ley 298 del 23 de julio de 1996, el Decreto 143 de 2004, y
CONSIDERANDO:
Que se requiere precisar los criterios para el reconocimiento, medición y revelación de las inversiones y definir los criterios pertinentes para los instrumentos derivados con fines de cobertura de activos;
Que las entidades han manifestado la necesidad de crear una estructura de cuentas que permita el registro de los instrumentos derivados;
Que para efectos de análisis se hace necesario revelar por separado las inversiones patrimoniales en entidades en liquidación, así como las operaciones con instrumentos derivados, identificando si se efectúan para administrar liquidez o con fines de cobertura;
Que se requiere simplificar la estructura de cuentas para el registro de las inversiones y hacer consistentes las descripciones y dinámicas con los criterios de reconocimiento, medición y revelación;
Que por lo anterior es preciso modificar la norma técnica y el Catálogo General de Cuentas del PGCP, en lo concerniente a estas operaciones.
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. <Derogada por el artículo 7 de la Resolución 264 de 2006> Modificar el numeral 1.2.7.1.1 Inversiones, del marco conceptual del Plan General de Contabilidad Pública, el cual quedará así:
1.2.7.1.1 Inversiones e instrumentos derivados con fines de cobertura de activos.
Noción. Las inversiones representan recursos aplicados en la creación y fortalecimiento de empresas públicas y entidades de naturaleza privada, y en la adquisición de valores, en cumplimiento de políticas financieras, económicas y sociales del Estado y que como consecuencia pueden generar utilidades. Igualmente, esta norma trata los instrumentos derivados con fines de cobertura de activos.
Las inversiones deben reconocerse por su costo histórico y medirse atendiendo la intención de realización, la disponibilidad de información en el mercado y, tratándose de inversiones patrimoniales, el grado de control o influencia que se tenga sobre el ente receptor de la inversión, mediante la aplicación de metodologías que aproximen su realidad económica, tales como: el valor razonable, el valor presente neto a partir de la tasa interna de retorno, el método de participación patrimonial y el método del costo.
Los instrumentos derivados para administrar liquidez deben reconocerse y medirse al valor razonable. Por su parte, los instrumentos derivados con fines de cobertura de activos serán objeto de reconocimiento y medición, empleando metodologías de reconocido valor técnico.
Las inversiones realizadas en moneda extranjera deben reconocerse aplicando la Tasa Representativa de Mercado–TRM de la fecha de transacción. El valor debe reexpresarse periódicamente con base en la TRM, siempre que la metodología de medición no la considere. El mayor o menor valor obtenido como resultado de la reexpresión debe reconocerse en el período, en las cuentas de actividad. En el caso de inversiones realizadas en diferentes unidades de valor o índices específicos, estas deben reconocerse por el precio de la unidad o índice específico en la fecha de la transacción.
Las inversiones deben revelarse teniendo en cuenta la finalidad con la cual se realizan y la modalidad del título o contrato. En relación con la finalidad, las inversiones se efectúan para administrar la liquidez, adquirir el control del ente receptor de la inversión y por razones de política. En cuanto a la modalidad del título, las inversiones se revelan en títulos de deuda y títulos participativos. Cuando surjan provisiones o valorizaciones deberán revelarse por separado. Igualmente, los instrumentos derivados con fines de cobertura de los activos deben revelarse en forma separada.
ARTÍCULO 2o. <Derogada por el artículo 7 de la Resolución 264 de 2006> Crear las siguientes cuentas y subcuentas en la estructura del Catálogo General de Cuentas:
CODIGO DENOMINACIÓN
120140 Bonos obligatoriamente convertibles en acciones-BOCAS
120141 Bonos y títulos emitidos Gobierno general
120142 Bonos y títulos emitidos empresas no financieras
120143 Bonos y títulos emitidos por entidades financieras
120144 Certificados
120145 Títulos de capitalización
120146 Aceptaciones
120147 Pagarés
120332 Bonos y títulos emitidos Gobierno general
120333 Bonos y títulos emitidos empresas no financieras
120334 Certificado de depósito a término – CDT
120335 Títulos de fomento
120336 Bonos y títulos emitidos por entidades financieras
120337 Certificados
120390 Otras inversiones en títulos de deuda
1204 INVERSIONES ADMINISTRACION DE LIQUIDEZ EN
INSTRUMENTOS DERIVADOS
120401 Derechos en contratos derivados
120402 Obligaciones en contratos derivados (CR)
120403 Utilidad en la valoración de Opciones compradas
120404 Pérdida en la valoración de Opciones vendidas (CR)
120753 Entidades del exterior
120754 Empresas industriales y comerciales del Estado societarias
120755 Sociedades de economía mixta
120756 Sociedades públicas
120831 Empresas industriales y comerciales del Estado societarias
120832 Sociedades de economía mixta
120833 Sociedades públicas
121140 Certificados de depósito a término
121141 Bonos y títulos emitidos por el sector privado
121142 Bonos y títulos emitidos Gobierno general
121143 Bonos y títulos emitidos empresas no financieras
121144 Bonos y títulos emitidos por entidades financieras
121145 Certificados
121146 Aceptaciones
121147 Pagarés
1216 INVERSIONES PATRIMONIALES EN ENTIDADES EN LIQUIDACION
121601 Empresas industriales y comerciales del estado societarias
121602 Sociedades de economía mixta
121603 Sociedades públicas
121604 Entidades privadas
121605 Entidades del exterior
121606 Entidades del sector solidario
1217 INSTRUMENTOS DERIVADOS CON FINES DE COBERTURA DE
ACTIVOS
121701 Derechos en contratos derivados
121702 Obligaciones en contratos derivados (CR)
121703 Utilidad en la valoración de Opciones compradas
121704 Pérdida en la valoración de Opciones vendidas (CR)
122013 Títulos de deuda
122014 Títulos participativos
128032 Inversiones administración de liquidez
128033 Inversiones con fines de política en títulos de deuda
128034 Inversiones patrimoniales no controlantes
128035 Inversiones patrimoniales controlantes
142517 Depósitos en contratos de Futuros
147069 Intereses instrumentos derivados
191038 Prima en compra de Opciones
199933 Inversiones en empresas industriales y comerciales del Estado
societarias
199934 Inversiones en sociedades de economía mixta
199935 Inversiones en sociedades públicas
199936 Inversiones en entidades privadas
199937 Inversiones en entidades del exterior
199938 Inversiones en entidades del sector solidario
291520 Prima en venta de opciones
311533 Inversiones en empresas industriales y comerciales del Estado
societarias
311534 Inversiones en sociedades de economía mixta
311535 Inversiones en sociedades públicas
311536 Inversiones en entidades privadas
311537 Inversiones en entidades del exterior
311538 Inversiones en entidades del sector solidario
311730 Inversiones en empresas industriales y comerciales del Estado
societarias
311731 Inversiones en sociedades de economía mixta
311732 Inversiones en sociedades públicas
311733 Inversiones en entidades privadas
311734 Inversiones en entidades del exterior
324033 Inversiones en empresas industriales y comerciales del Estado
societarias
324034 Inversiones en sociedades de economía mixta
324035 Inversiones en sociedades públicas
324036 Inversiones en entidades privadas
324037 Inversiones en entidades del exterior
324038 Inversiones en entidades del sector solidario
324331 Inversiones en empresas industriales y comerciales del Estado
societarias
324332 Inversiones en sociedades de economía mixta
324333 Inversiones en sociedades públicas
324334 Inversiones en entidades privadas
324335 Inversiones en entidades del exterior
480580 Utilidad en la valoración de derivados
480581 Prima en venta de Opciones
480582 Utilidad en la valoración de Opciones compradas
480583 Intereses instrumentos derivados
480731 Inversiones en empresas industriales y comerciales del Estado
societarias
480732 Inversiones en sociedades de economía mixta
480733 Inversiones en sociedades públicas
480734 Inversiones en entidades privadas
480735 Inversiones en entidades del exterior
580565 Pérdida en la valoración de derivados
580566 Prima en compra de Opciones
580567 Pérdida en la valoración de Opciones vendidas
580631 Inversiones en empresas industriales y comerciales del Estado
societarias
580632 Inversiones en sociedades de economía mixta
580633 Inversiones en sociedades públicas
580634 Inversiones en entidades privadas
580635 Inversiones en entidades del exterior
812907 Vendidas
812908 Compradas
912907 Vendidas
912908 Compradas
ARTÍCULO 3o. <Derogada por el artículo 7 de la Resolución 264 de 2006> Incorporar la descripción de las siguientes cuentas en el Catálogo General de Cuentas:
| <A> CLASE | GRUPO | CUENTA |
1 | 12 | 1204 |
ACTIVO | INVERSIONES E INSTRUMENTOS DERIVADOS CON FINES DE COBERTURA DE ACTIVOS | INVERSIONES ADMINISTRACION DE LIQUIDEZ EN INSTRUMENTOS DERIVADOS |
DESCRIPCION
Registra las operaciones financieras celebradas mediante contrato, que pueden efectuarse para comprar o vender activos, como divisas o títulos valores, o futuros financieros sobre tasas de cambio, tasas de interés, índices bursátiles o cualquier otro subyacente pactado, los cuales se liquidarán en fecha futura acordada. Tratándose de Opciones, registra la utilidad del comprador y la pérdida del vendedor, producto de la medición de los derechos y obligaciones registrados en cuentas de orden.
La contrapartida de la subcuenta que registra los derechos corresponde a la subcuenta que registra las obligaciones, en la contabilización inicial. Posteriormente con la medición, la contrapartida de los derechos será el ingreso por la utilidad y la de las Obligaciones, el gasto por la pérdida.
DINAMICA
SE DEBITA CON:
1. El valor del derecho, en la fecha de inicio del contrato.
2. El mayor valor generado como consecuencia de la medición de los derechos y obligaciones. Si como resultado de la medición el derecho es mayor a la obligación, la diferencia se registra como ingreso, previa reversión del gasto por la pérdida, si existiere.
3. El valor de la utilidad del comprador de la Opción, producto de la medición de los derechos y obligaciones registrados en cuentas de orden, afectando el ingreso.
4. La reversión de la pérdida del vendedor de la Opción, producto de la medición de los derechos y obligaciones registrados en cuentas de orden, disminuyendo el gasto.
5. La disminución de la obligación por el pago de intereses pactados.
6. La disminución de la obligación por las amortizaciones del nocional.
7. La reversión total de la obligación contra el derecho, en la fecha de terminación del contrato, cuando el derecho es mayor.
8. El pago de la obligación.
SE ACREDITA CON:
1. El valor de la obligación, en la fecha de inicio del contrato.
2. El menor valor generado como consecuencia de la medición de los derechos y obligaciones. Si como resultado de la medición la obligación es mayor al derecho, la diferencia se registra como gasto, previa reversión del ingreso por la utilidad, si existiere.
3. El valor de la pérdida del vendedor de la Opción, producto de la medición de los derechos y obligaciones registrados en cuentas de orden, afectando el gasto.
4. La reversión de la utilidad del comprador de la Opción, producto de la medición de los derechos y obligaciones registrados en cuentas de orden, disminuyendo el ingreso.
5. La disminución del derecho por el cobro de intereses pactados.
6. La disminución del derecho por las amortizaciones del nocional.
7. La reversión total del derecho contra la obligación, en la fecha de terminación del contrato, cuando la obligación es mayor.
8. El recaudo del derecho
CLASE | GRUPO | CUENTA |
1 | 12 | 1216 |
ACTIVO | INVERSIONES E INSTRUMENTOS DERIVADOS CON FINES DE COBERTURA DE ACTIVOS | INVERSIONES PATRIMONIALES EN ENTIDADES EN LIQUIDACION |
DESCRIPCION
Registra el valor de los aportes patrimoniales representados en acciones, cuotas o partes de interés social de entidades en proceso de liquidación, los cuales fueron reclasificados de las inversiones patrimoniales en entidades controladas y no controladas.
La contrapartida corresponde a las subcuentas de las cuentas 1207 – Inversiones patrimoniales en entidades no controladas y 1208 – Inversiones patrimoniales en entidades controladas.
DINAMICA
SE DEBITA CON:
1. El valor reclasificado de las inversiones patrimoniales.
SE ACREDITA CON:
1. El valor de la devolución parcial o total de la inversión.
2. El castigo, previo cumplimiento de los requisitos legales y administrativos.
CLASE | GRUPO | CUE NTA |
1 | 12 | 1217 |
ACTIVO | INVERSIONES E INSTRUMENTOS DERIVADOS CON FINES DE COBERTURA DE ACTIVOS | INSTRUMENTOS DERIVADOS CON FINES DE COBERTURA DE ACTIVOS |
DESCRIPCION
Registra las operaciones financieras celebradas mediante contrato, con el objeto de gestionar el riesgo de los activos, que pueden efectuarse para comprar o vender activos, como divisas o títulos valores, o futuros financieros sobre tasas de cambio, tasas de interés, índices bursátiles o cualquier otro subyacente pactado, los cuales se liquidarán en fecha futura acordada.
Tratándose de Opciones, registra la utilidad del comprador y la pérdida del vendedor, producto de la medición de los derechos y obligaciones registrados en cuentas de orden.
La contrapartida de la subcuenta que registra los derechos corresponde a la subcuenta que registra las obligaciones, en la contabilización inicial. Posteriormente con la medición, la contrapartida de los derechos será el ingreso por la utilidad en valoración y la de las Obligaciones, el gasto po r la pérdida en valoración.
DINAMICA
SE DEBITA CON:
1. El valor del derecho, en la fecha de inicio del contrato.
2. El mayor valor generado como consecuencia de la medición de los derechos y obligaciones. Si como resultado de la medición el derecho es mayor a la obligación, la diferencia se registra como ingreso, previa reversión del gasto por la pérdida, si existiere.
3. El valor de la utilidad del comprador de la Opción, producto de la medición de los derechos y obligaciones registrados en cuentas de orden, afectando el ingreso.
4. La reversión de la pérdida del vendedor de la Opción, producto de la medición de los derechos y obligaciones registrados en cuentas de orden, disminuyendo el gasto.
5. La disminución de la obligación por el pago de intereses pactados.
6. La disminución de la obligación por las amortizaciones del nocional.
7. La reversión total de la obligación contra el derecho, en la fecha de terminación del contrato, cuando el derecho es mayor.
8. El pago de la obligación.
SE ACREDITA CON:
1. El valor de la obligación, en la fecha de inicio del contrato.
2. El menor valor generado como consecuencia de la medición de los derechos y obligaciones. Si como resultado de la medición la obligación es mayor al derecho, la diferencia se registra como gasto, previa reversión del ingreso por la utilidad, si existiere.
3. El valor de la pérdida del vendedor de la Opción, producto de la medición de los derechos y obligaciones registrados en cuentas de orden, afectando el gasto.
4. La reversión de la utilidad del comprador de la Opción, producto de la medición de los derechos y obligaciones registrados en cuentas de orden, disminuyendo el ingreso.
5. La disminución del derecho por el cobro de intereses pactados.
6. La disminución del derecho por las amortizaciones del nocional.
7. La reversión total del derecho contra la obligación, en la fecha de terminación del contrato, cuando la obligación es mayor.
8. El recaudo del derecho
ARTÍCULO 4o. <Derogada por el artículo 7 de la Resolución 264 de 2006> Modificar la descripción del Grupo 12 – Inversiones en el Catálogo General de Cuentas, el cual quedará así:
CLASE | GRUPO | CUENTA |
1 | 12 | |
ACTIVO | INVERSIONES E INSTRUMENTOS DERIVADOS CON FINES DE COBERTURA DE ACTIVOS | |
DESCRIPCION
Recursos representados en valores con el objeto de aumentar los excedentes disponibles por medio de la percepción de rendimientos, dividendos y participaciones, variaciones de mercado y otros conceptos; cumplir disposiciones legales o con fines de política y adquirir o mantener el control de las entidades receptoras de la inversión. Así mismo, incluye los instrumentos derivados con fines de cobertura de activos.
ARTÍCULO 5o. <Derogada por el artículo 7 de la Resolución 264 de 2006> Modificar la descripción y dinámicas de las siguientes cuentas en el Catálogo General de Cuentas:
CLASE | GRUPO | CUENTA |
1 | 12 | 1201 |
ACTIVO | INVERSIONES E INSTRUMENTOS DERIVADOS CON FINES DE COBERTURA DE ACTIVOS | INVERSIONES ADMINISTRACION DE LIQUIDEZ EN TITULOS DE DEUDA |
DESCRIPCION
Recursos colocados por las entidades contables públicas en títulos valores de entidades nacionales o del exterior, cuyo rendimiento se encuentra predeterminado en sus condiciones contractuales, con el propósito de obtener utilidades por las fluctuaciones a corto plazo del precio.
La contrapartida corresponde a las subcuentas de las cuentas 1105 – Caja, 1109 – Depósitos en institutos financieros y cooperativas, 1110 – Bancos y corporaciones y 1130 – Fondos pensionales, 1203 - Inversiones con fines de política en títulos de deuda, 4805 – Financieros y, en caso de operaciones repo, la cuenta 1220 – Derechos de recompra de inversiones.
DINAMICA
SE DEBITA CON:
1. El valor de las inversiones adquiridas a cualquier título.
2. El mayor valor generado como consecuencia de la medición
3. El valor de la recompra de los títulos dados en repo.
4. La reclasificación de las Inversiones con fines de política.
SE ACREDITA CON:
1. El valor de las inversiones vendidas, redimidas o cedidas.
2. El menor valor obtenido como consecuencia de la medición.
3. La reclasificación de los títulos por operaciones repo pasivas.
4. El valor de la cancelación de los intereses.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
1 | 12 | 1202 |
ACTIVO | INVERSIONES E INSTRUMENTOS DERIVADOS CON FINES DE COBERTURA DE ACTIVOS | INVERSIONES ADMINISTRACION DE LIQUIDEZ EN TÍTULOS PARTICIPATIVOS |
DESCRIPCION
Valor invertido de conformidad con la ley en títulos de entidades públicas o privadas, nacionales o del exterior, con el propósito de obtener utilidades por las fluctuaciones a corto plazo del precio.
La contrapartida corresponde a las subcuentas de las cuentas 1105 – Caja, 1109 – Depósitos en institutos financieros y cooperativas, 1110 – Bancos y corporaciones, 1130 – Fondos pensionales, 1220 – Derechos de recompra de inversiones, 1930 – Bienes recibidos en dación de pago, 3125 – Patrimonio público incorporado, 3255-Patrimonio institucional incorporado, 4805 – Financieros y la subcuenta 481022 – Donaciones.
DINAMICA
SE DEBITA CON:
El valor de las inversiones adquiridas a cualquier título.
El mayor valor resultante de la medición.
El valor de la recompra de los títulos dados en repo.
SE ACREDITA CON:
El valor en libros de las inversiones vendidas o cedidas.
El menor valor resultante como consecuencia de la medición.
El valor de la cancelación de los dividendos o participaciones en efectivo.
La reclasificación de los títulos por operaciones repo pasivas.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
1 | 12 | 1203 |
ACTIVO | INVERSIONES E INSTRUMENTOS DERIVADOS CON FINES DE COBERTURA DE ACTIVOS | INVERSIONES CON FINES DE POLITICA EN TITULOS DE DEUDA |
DESCRIPCION
Recursos colocados por la entidad contable pública en títulos valores cuyo rendimiento se encuentra predeterminado en sus condiciones contractuales, los cuales son adquiridos forzosamente o mediante convenios de suscripción. Igualmente, incluye las inversiones adquiridas con el propósito serio y la capacidad legal, contractual, financiera y operativa de mantenerlas hasta el vencimiento de su plazo de maduración o redención, o cuando menos durante un año, a partir de su adquisición.
La contr apartida corresponde a las subcuentas de las cuentas 1105 – Caja, 1109 – Depósitos en institutos financieros y cooperativas, 1110 – Bancos y corporaciones, 1130 – Fondos pensionales y para efectos de medición, la cuenta 4805 – Financieros.
DINAMICA
SE DEBITA CON:
1. El valor de las inversiones adquiridas a cualquier título.
2. El mayor valor generado como consecuencia de la medición con base en la TIR.
SE ACREDITA CON:
1. El valor de las ventas, cesiones o redenciones, totales o parciales de los títulos.
2. El castigo, previo cumplimiento de los requisitos legales y administrativos.
3. El valor de la cancelación de los intereses.
4. La reclasificación a Inversiones administración de liquidez.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
1 | 12 | 1207 |
ACTIVO | INVERSIONES E INSTRUMENTOS DERIVADOS CON FINES DE COBERTURA DE ACTIVOS | INVERSIONES PATRIMONIALES EN ENTIDADES NO CONTRO- LADAS |
DESCRIPCION
Registra el valor de los aportes patrimoniales representados en cuotas o partes de interés social o en acciones de baja o mínima bursatilidad o sin ninguna cotización, las cuales no le permiten a la entidad contable pública controlar, ejercer influencia importante o compartir el control en la entidad receptora de la inversión. Así mismo, registra los aportes efectuados en organismos internacionales y en entidades sin ánimo de lucro, con la finalidad de obtener servicios de apoyo, que tengan un valor recuperable en el futuro.
Excepcionalmente deberán registrarse las inversiones que por situaciones especiales pasan a ser propiedad de la entidad contable pública y sobre las cuales existe restricción para su administración, con independencia de que le otorguen una participación patrimonial mayoritaria y su clasificación sea de alta o media bursatilidad.
La contrapartida corresponde a las subcuentas de las cuentas 1105 – Caja, 1109 – Depósitos en institutos financieros y cooperativas, 1110 – Bancos y corporaciones, 1130 – Fondos pensionales, 1208 – Inversiones patrimoniales controladas, 1930 – Bienes recibidos en dación de pago, 3120 – Superávit por Donación, 3125 – Patrimonio público incorporado, 3235 – Superávit por Donación, 3255-Patrimonio institucional incorporado y 4805 –Financieros.
DINAMICA
SE DEBITA CON:
1. El valor de las inversiones adquiridas a cualquier título.
2. El pago de dividendos o participaciones en acciones, cuotas o partes de interés social.
3. El valor de las inversiones reclasificadas de inversiones patrimoniales en entidades controladas.
SE ACREDITA CON:
1. El valor en libros de las inversiones vendidas o cedidas.
2. El valor de las inversiones reclasificadas a inversiones patrimoniales en entidades controladas.
3. El valor de las inversiones reclasificadas a inversiones patrimoniales en entidades en liquidación.
4. El castigo, previo cumplimiento de los requisitos legales y administrativos.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
1 | 12 | 1208 |
ACTIVO | INVERSIONES E INSTRUMENTOS DERIVADOS CON FINES DE COBERTURA DE ACTIVOS | INVERSIONES PATRIMONIALES EN ENTIDADES CONTROLADAS |
DESCRIPCION
Registra el valor de los aportes patrimoniales representados en acciones, cuotas o partes de interés social que le permiten a la entidad contable pública controlar, ejercer influencia importante o compartir el control en el ente receptor de di chos aportes y que, como consecuencia de ello, está obligada a aplicar el método de participación patrimonial para la medición y registro de tales inversiones.
La contrapartida corresponde a las subcuentas de las cuentas 1105 – Caja, 1109 – Depósitos en institutos financieros y cooperativas, 1110 – Bancos y corporaciones, 1130 – Fondos pensionales, 1207 – Inversiones patrimoniales no controladas, 3117 y 3243 – Superávit por el método de participación patrimonial y 4807 – Utilidad por el método de participación patrimonial y, las subcuentas 312502 y 325502 – Inversiones.
DINAMICA
SE DEBITA CON:
1. El valor de adquisición de la inversión o monto inicial de aportes.
2. El valor proporcional de las utilidades en la entidad receptora de la inversión.
3. El valor proporcional del incremento patrimonial originado en partidas patrimoniales distintas de los resultados en la entidad receptora de la inversión.
4. El valor de las inversiones reclasificadas de inversiones patrimoniales en entidades no controladas.
SE ACREDITA CON:
1. El valor en libros de las inversiones vendidas o cedidas.
2. El valor de los dividendos o participaciones recibidos en efectivo.
3. El valor proporcional de las pérdidas que le correspondan en la entidad receptora de la inversión.
4. El valor proporcional de la disminución patrimonial originada en partidas patrimoniales distintas de los resultados en la entidad receptora de la inversión
5. El valor de las inversiones reclasificadas a inversiones patrimoniales en entidades no controladas.
6. El valor de las inversiones reclasificadas a inversiones patrimoniales en entidades en liquidación.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
1 | 12 | 1211 |
ACTIVO | INVERSIONES E INSTRUMENTOS DERIVADOS CON FINES DE COBERTURA DE ACTIVOS | INVERSIONES DE ADMINISTRACION DE LIQUIDEZ EN TITULOS DE DEUDA CON FONDOS ADMINISTRADOS POR LA DGCPTN |
DESCRIPCION
Representa el monto de la inversión en títulos valores, cuyo rendimiento se encuentra predeterminado en las condiciones contractuales del título, correspondientes a los fondos que administra por mandato la Dirección General de Crédito Público y del Tesoro Nacional. Para efectos de garantizar el registro independiente de las inversiones de cada fondo, deberán habilitarse auxiliares.
La contrapartida corresponde a las subcuentas que conforman las cuentas 1106 – Cuenta única nacional y 4350 – Servicios financieros.
DINAMICA
SE DEBITA CON:
1. El costo de adquisición de las inversiones.
2. El mayor valor generado como consecuencia de la medición.
SE ACREDITA CON:
1. El valor de las inversiones vendidas, redimidas o cedidas.
2. El menor valor obtenido como consecuencia de la medición.
3. El valor de la cancelación de los intereses.
| CLASE | GRUPO | CUENTA |
| 1 | 12 | 1220 |
| ACTIVO | INVERSIONES | DERECHOS DE RECOMPRA DE INVERSIONES |
DESCRIPCION
Representa el valor de las inversiones temporalmente reclasificadas del portafolio, en desarrollo de operaciones repo pasivas.
Su contrapartida corresponde a las subcuentas que conforman las cuentas 1201 – Inversiones administración de liquidez en títulos de deuda, 1202 – Inversiones administración de liqui dez en títulos participativos y 1212 – Inversiones de las reservas internacionales.
En el evento de incumplimiento del pacto de recompra de los títulos, su contrapartida corresponderá a las subcuentas de la cuenta 2306 – Internas de corto plazo.
DINAMICA
SE DEBITA CON:
1. El valor de las inversiones reclasificadas dadas en repo.
SE ACREDITA CON:
1. El cumplimiento del pacto, restableciendo la disponibilidad del título correspondiente.
2. La transferencia en firme en caso del incumplimiento del pacto.
| CLASE | GRUPO | CUENTA |
| 1 | 12 | 1280 |
| ACTIVO | INVERSIONES E INSTRUMENTOS DERIVADOS CON FINES DE COBERTURA DE ACTIVOS | PROVISION PARA PROTECCION DE INVERSIONES (CR) |
DESCRIPCION
Representa el valor estimado de la contingencia de pérdida de las inversiones de administración de liquidez en títulos de deuda, cuando la metodología de medición no considere el riesgo del emisor; de las inversiones con fines de política, para reconocer el riesgo del emisor; de las inversiones patrimoniales controladas, por la aplicación de la metodología de medición y por el ajuste al valor intrínseco; y, en las inversiones patrimoniales no controladas, por el ajuste al valor intrínseco.
La contrapartida corresponde a las subcuentas que conforman la cuenta 5302 – Provisión para protección de inversiones.
DINAMICA
SE DEBITA CON:
1. La aplicación de la provisión por castigo de la inversión, previo cumplimiento de los requisitos establecidos.
2. El valor de la disminución de la provisión por venta, redención o cesión.
3. La reversión de la provisión en exceso.
4. El valor de la disminución de la provisión al desaparecer el evento que la originó.
SE ACREDITA CON:
1. El valor de las provisiones constituidas.
| CLASE | GRUPO | CUENTA |
| 1 | 19 | 1999 |
| ACTIVO | OTROS ACTIVOS | VALORIZACIONES |
DESCRIPCION
Representa el aumento neto del valor en libros de los activos determinado como resultado de la medición con criterios y normas de reconocido valor técnico.
La contrapartida corresponde a las subcuentas de las cuentas 3115 ó 3240 – Superávit por valorización.
DINAMICA
SE DEBITA CON:
1. El exceso del valor intrínseco de las inversiones frente a su valor en libros.
2. El exceso del avalúo técnico sobre el valor en libros de los bienes.
SE ACREDITA CON:
1. El defecto del valor intrínseco de las inversiones frente a su valor en libros.
2. El defecto del avalúo técnico de los bienes frente a su valor en libros.
3. La valorización correspondiente a los bienes que sean vendidos, cedidos o dados de baja.
4. La reversión de la valorización de las inversiones patrimoniales no controladas cuando se adquiera el control, se comparta el control o se comience a ejercer influencia importante, y en consecuencia se aplique el método de participación patrimonial.
5. La reversión de la valorización de las inversiones patrimoniales en entidades que entran en proceso de liquidación.
| CLASE | GRUPO | CUENTA |
| 3 | 31 | 3115 |
| PATRIMONIO | HACIENDA PUBLICA | SUPERAVIT POR VALORIZACION |
DESCRIPCION
Representa el aumento neto del valor en libros de los activos determinado como resultado de la medición con criterios y normas de reconocido valor técnico.
La contrapartida corresponde a las subcuentas que conforman la cuenta: 1999 - Valorizaciones.
DINAMICA
SE DEBITA CON:
1. El valor de la valorización del activo vendido, dado de baja o retirado del servicio.
2. El valor de la disminución de la valorización del activo.
3. El valor registrado en el momento de liquidación, fusión, escisión, supresión y
disolución del ente público.
4. La reversión del superávit por valorización de las inversiones patrimoniales no controladas cuando se adquiera el control, se comparta el control o se comience a ejercer influencia importante, y en consecuencia se aplique el método de participación patrimonial.
5. La reversión del superávit por valorización de las inversiones patrimoniales en entidades que entran en proceso de liquidación.
SE ACREDITA CON:
1. El exceso del valor intrínseco de las inversiones frente a su valor en libros.
2. El exceso del avalúo técnico sobre el valor en libros de los bienes.
| CLASE | GRUPO | CUENTA |
| 3 | 32 | 3240 |
| PATRIMONIO | PATRIMONIO INSTITUCIONAL | SUPERAVIT POR VALORIZACION |
DESCRIPCION
Representa el aumento neto del valor en libros de los activos determinado como resultado de la medición con criterios y normas de reconocido valor técnico.
La contrapartida corresponde a las subcuentas de la cuenta: 1999 – Valorizaciones
DINAMICA
SE DEBITA CON:
1. El valor de la valorización del activo vendido, dado de baja, cedido o retirado del servicio.
2. El valor de la disminución de la valorización del activo.
3. El valor registrado en el momento de liquidación, fusión, escisión, supresión o disolución del ente público.
4. La reversión del superávit por valorización de las inversiones patrimoniales no controladas cuando se adquiera el control, se comparta el control o se comience a ejercer influencia importante, y en consecuencia se aplique el método de participación patrimonial.
5. La reversión del superávit por valorización de las inversiones patrimoniales en
entidades que entran en proceso de liquidación.
SE ACREDITA CON:
1. El exceso del valor intrínseco de las inversiones frente a su valor en libros.
2. El exceso del avalúo técnico sobre el valor en libros de los bienes.
| CLASE | GRUPO | CUENTA |
| 8 | 81 | 8129 |
| CUENTAS DE ORDEN DEUDORAS | DERECHOS CONTINGENTES | DERECHOS EN OPCIONES |
DESCRIPCION
Registra los derechos originados en los contratos celebrados por la entidad, tanto en la emisión como en la compra de opciones, entendiendo como tales, las operaciones financieras que le dan a su tenedor la opción o el derecho, mas no supone la obligación de comprar o de vender una cantidad específica de un activo a un precio y en una fecha determinada, o durante un tiempo determinado. Dicho contrato obliga al suscriptor a vender o comprar el activo en la fecha en que la “opción” sea ejercida por el t enedor, de acuerdo con las condiciones de cantidad, calidad y precio establecidos para el efecto en el contrato.
La contrapartida corresponde a la subcuenta 890512 – Derechos en opciones.
DINAMICA
SE DEBITA CON:
1. El valor del derecho, cuando se celebra el contrato.
2. El mayor valor generado como consecuencia de la medición de los derechos.
SE ACREDITA CON:
1. El menor valor generado como consecuencia de la medición de los derechos.
2. El ejercicio de la opción en la fecha de cumplimiento.
3. La reversión del derecho cuando no se ejerza la opción.
| CLASE | GRUPO | CUENTA |
| 9 | 91 | 9129 |
| CUENTAS DE ORDEN ACREEDORAS | RESPONSABILIDADES CONTINGENTES | OBLIGACIONES EN OPCIONES |
DESCRIPCION
Registra las obligaciones originadas en los contratos celebrados por la entidad, tanto en la emisión como en la compra de opciones, entendiendo como tales, las operaciones financieras que le dan a su tenedor la opción o el derecho, mas no supone la obligación de comprar o de vender una cantidad específica de un activo a un precio y en una fecha determinada, o durante un tiempo determinado. Dicho contrato obliga al suscriptor a vender o comprar el activo en la fecha en que la “opción” sea ejercida por el tenedor, de acuerdo con las condiciones de cantidad, calidad y precio establecidos para el efecto en el contrato.
La contrapartida corresponde a la subcuenta 990514 – Obligaciones en opciones.
DINAMICA
SE DEBITA CON:
1. El menor valor generado como consecuencia de la medición de la obligación.
2. El ejercicio de la opción en la fecha de cumplimiento.
3. La reversión de la obligación cuando no se ejerza la opción.
SE ACREDITA CON:
1. El valor de la obligación, cuando se celebra el contrato.
2. El mayor valor generado como consecuencia de la medición de la obligación.
ARTÍCULO 5o.<sic> <Derogada por el artículo 7 de la Resolución 264 de 2006> Eliminar las siguientes cuentas y subcuentas del Catálogo General de Cuentas:
| CODIGO | DENOMINACION |
| 120102 | Certificados de ahorro de valor constante |
| 120103 | Títulos de participación |
| 120104 | Certificados eléctricos valorizables |
| 120105 | Títulos Energéticos de Rentabilidad -TER |
| 120107 | Pagarés adquiridos en mercado secundario |
| 120108 | Aceptaciones financieras adquiridas en mercado secundario |
| 120109 | Cédulas hipotecarias |
| 120112 | Certificados de Reembolso Tributario- CERT |
| 120113 | Títulos de Devolución de Impuestos - TIDIS |
| 120114 | Títulos de capitalización financiera |
| 120115 | Bonos y títulos emitidos Gobierno General Nacional |
| 120116 | Bonos y títulos emitidos empresas no financieras nacionales |
| 120117 | Bonos y títulos emitidos empresas de seguridad social nacionales |
| 120118 | Bonos y títulos emitidos Gobierno General Departamental |
| 120119 | Bonos y títulos emitidos empresas no financieras departamentales |
| 120120 | Bonos y títulos emitidos empresas de seguridad social departamentales |
| 120121 | Bonos y títulos emitidos Gobierno General Distrital |
| 120122 | Bonos y títulos emitidos empresas no financieras distritales |
| 120123 | Bonos y títulos emitidos empresas de seguridad social distritales |
| 120124 | Bonos y títulos emitidos Gobierno General Municipal |
| 120125 | Bonos y títulos emitidos empresas no financieras municipales |
| 120126 | Bonos y títulos emitidos empresas de seguridad social municipales |
| 120127 | Bonos y títulos emitidos Gobierno General Nacional - Forzosos |
| 120128 | Bonos y títulos emitidos Gobierno General Departamental - Forzosos |
| 120129 | Bonos y títulos emitidos Gobierno General Distrital - Forzosos |
| 120130 | Bonos y títulos emitidos Gobierno General Municipal - Forzosos |
| 120132 | Títulos canjeables por certificados de cambio |
| 120133 | Certificados de cambio |
| 120134 | Certificados de depósito a término nominados en moneda extranjera |
| 120135 | “T- bills” |
| 120136 | “T- notes” |
| 120137 | “T- bonds” |
| 120301 | Títulos de apoyo cafetero |
| 120302 | Títulos de desarrollo agropecuario |
| 120306 | Títulos del ICT o Inurbe |
| 120307 | Títulos forestales clase B |
| 120308 | Bonos educativos de valor constante |
| 120310 | Bonos y títulos emitidos Gobierno General Nacional |
| 120311 | Bonos y títulos emitidos empresas no financieras nacionales |
| 120312 | Bonos y títulos emitidos empresas de seguridad social nacionales |
| 120313 | Bonos y títulos emitidos Gobierno General Departamental |
| 120314 | Bonos y títulos emitidos empresas no financieras departamentales |
| 120315 | Bonos y títulos emitidos empresas de seguridad social departamentales |
| 120316 | Bonos y títulos emitidos Gobierno General Distrital |
| 120317 | Bonos y títulos emitidos empresas no financieras distritales |
| 120318 | Bonos y títulos emitidos empresas de seguridad social distritales |
| 120319 | Bonos y títulos emitidos Gobierno General Municipal |
| 120320 | Bonos y títulos emitidos empresas no financieras municipales |
| 120321 | Bonos y títulos emitidos empresas de seguridad social municipales |
| 120322 | Bonos y títulos emitidos Gobierno General Nacional - Forzosos |
| 120323 | Bonos y títulos emitidos Gobierno General Departamental - Forzosos |
| 120324 | Bonos y títulos emitidos Gobierno General Distrital - Forzosos |
| 120325 | Bonos y títulos emitidos Gobierno General Municipal - Forzosos |
| 120327 | Bonos Colombia Decreto 700/92 |
| 120328 | Bonos Ley 55/85 |
| 120329 | Bonos Decreto 4308de1994 |
| 120330 | Bonos de seguridad |
| 120331 | Certificado de depósito a término –CDT |
| 1206 | INVERSIONES - OPERACIONES DE COBERTURA |
| 120601 | Futuros- operaciones de liquidez |
| 120602 | Futuros- operaciones de política |
| 120603 | Opciones- operaciones de liquidez |
| 120604 | Opciones- operaciones de política |
| 120701 | En empresas industriales y comerciales del Estado del nivel nacional |
| 120702 | En sociedades de economía mixta del nivel nacional |
| 120704 | En empresas de servicios públicos domiciliarios del nivel nacional |
| 120706 | En empresas de seguridad social del nivel nacional |
| 120707 | En empresas industriales y comerciales del Estado del nivel departamental |
| 120708 | En sociedades de economía mixta del nivel departamental |
| 120710 | En empresas de servicios públicos domiciliarios del nivel departamental |
| 120712 | En empresas de seguridad social del nivel departamental |
| 120713 | En empresas industriales y comerciales del Estado del nivel distrital |
| 120714 | En sociedades de economía mixta del nivel distrital |
| 120716 | En empresas de servicios públicos domiciliarios del nivel distrital |
| 120718 | En empresas de seguridad social del nivel distrital |
| 120719 | En empresas industriales y comerciales del Estado del nivel municipal |
| 120720 | En sociedades de economía mixta del nivel municipal |
| 120722 | En empresas de servicios públicos domiciliarios del nivel municipal |
| 120724 | En empresas de seguridad social del nivel municipal |
| 120790 | En otras entidades del nivel territorial |
| 120801 | En empresas industriales y comerciales del Estado del nivel nacional |
| 120802 | En sociedades de economía mixta del nivel nacional |
| 120804 | En empresas de servicios públicos domiciliarios del nivel nacional |
| 120806 | En empresas de seguridad social del nivel nacional |
| 120807 | En empresas industriales y comerciales del Estado del nivel departamental |
| 120808 | En sociedades de economía mixta del nivel departamental |
| 120810 | En empresas de servicios públicos domiciliarios del nivel departamental |
| 120812 | En empresas de seguridad social del nivel departamental |
| 120813 | En empresas industriales y comerciales del Estado del nivel distrital |
| 120814 | En sociedades de economía mixta del nivel distrital |
| 120816 | En empresas de servicios públicos domiciliarios del nivel distrital |
| 120818 | En empresas de seguridad social del nivel distrital |
| 120819 | En empresas industriales y comerciales del Estado del nivel municipal |
| 120820 | En sociedades de economía mixta del nivel municipal |
| 120822 | En empresas de servicios públicos domiciliarios del nivel municipal |
| 120824 | En empresas de seguridad social del nivel municipal |
| 120827 | En sociedades públicas del nivel nacional |
| 120828 | En sociedades públicas del nivel departamental |
| 120829 | En sociedades públicas del nivel Distrital |
| 120830 | En sociedades públicas del nivel municipal |
| 120890 | En otras entidades del nivel territorial |
| 1209 | INVERSIONES RENTA FIJA – DTN |
| 120901 | Títulos de tesorería TES |
| 120902 | Certificados de ahorro de valor constante |
| 120903 | Títulos de participación |
| 120904 | Certificados eléctricos valorizables |
| 120905 | Pagarés adquiridos en el mercado secundario |
| 120906 | CDT en moneda nacional |
| 120907 | CDT dólares |
| 120908 | CDT marcos alemanes |
| 120909 | CDT yenes |
| 120910 | CDT francos franceses |
| 120911 | CDT libras esterlinas |
| 120912 | CDT otras monedas |
| 120913 | Pagarés en moneda extranjera adquiridos en mercado secundario |
| 120914 | Títulos canjeables por certificados de cambio |
| 120915 | Certificados de cambio |
| 120916 | “T- bills” |
| 120917 | “T- notes” |
| 120918 | “T- bonds” |
| 120919 | Documentos de deuda externa adquiridos |
| 120920 | Títulos de apoyo cafetero |
| 120921 | Títulos de desarrollo agropecuarios – TDA |
| 120922 | Cédulas hipotecarias |
| 120923 | Bonos y títulos emitidos Gobierno General Nacional |
| 120924 | Bonos y títulos emitidos empresas no financieras nacionales |
| 120925 | Bonos y títulos emitidos empresas de seguridad social nacionales |
| 120926 | Bonos y títulos emitidos Gobierno General Departamental |
| 120927 | Bonos y títulos emitidos empresas no financieras departamentales |
| 120928 | Bonos y títulos emitidos empresas de seguridad social departamentales |
| 120929 | Bonos y títulos emitidos Gobierno General Distrital |
| 120930 | Bonos y títulos emitidos empresas no financieras distritales |
| 120931 | Bonos y títulos emitidos empresas de seguridad social distritales |
| 120932 | Bonos y títulos emitidos Gobierno General Municipal |
| 120933 | Bonos y títulos emitidos empresas no financieras municipales |
| 120934 | Bonos y títulos emitidos empresas de seguridad social municipales |
| 120935 | Bonos y títulos emitidos Gobierno General Nacional - Forzosos |
| 120936 | Bonos y títulos emitidos Gobierno General Departamental - Forzosos |
| 120937 | Bonos y títulos emitidos Gobierno General Distrital - Forzosos |
| 120938 | Bonos y títulos emitidos Gobierno General Municipal - Forzosos |
| 120939 | Bonos y títulos emitidos por entidades del exterior |
| 120950 | Inversiones del tesoro por clasificar |
| 120990 | Otras inversiones de renta fija – DTN |
| 121102 | Certificados de ahorro de valor constante |
| 121103 | Títulos de participación |
| 121104 | Certificados eléctricos valorizables |
| 121105 | Pagarés adquiridos en el mercado secundario |
| 121106 | CDT en moneda nacional |
| 121107 | CDT dólares |
| 121108 | CDT marcos alemanes |
| 121109 | CDT yenes |
| 121110 | CDT francos franceses |
| 121111 | CDT libras esterlinas |
| 121112 | CDT otras monedas |
| 121113 | Pagarés en moneda extranjera adquiridos en mercado secundario |
| 121114 | Títulos canjeables por certificados de cambio |
| 121115 | Certificados de cambio |
| 121116 | “T- bills” |
| 121117 | “T- notes” |
| 121118 | “T- bonds” |
| 121119 | Documentos de deuda externa adquiridos |
| 121120 | Títulos de apoyo cafetero |
| 121121 | Títulos de desarrollo agropecuarios – TDA |
| 121122 | Cédulas hipotecarias |
| 121123 | Bonos y títulos emitidos Gobierno General Nacional |
| 121124 | Bonos y títulos emitidos empresas no financieras nacionales |
| 121125 | Bonos y títulos emitidos empresas de seguridad social nacionales |
| 121126 | Bonos y títulos emitidos Gobierno General Departamental |
| 121127 | Bonos y títulos emitidos empresas no financieras departamentales |
| 121128 | Bonos y títulos emitidos empresas de seguridad social departamentales |
| 121129 | Bonos y títulos emitidos Gobierno General Distrital |
| 121130 | Bonos y títulos emitidos empresas no financieras distritales |
| 121131 | Bonos y títulos emitidos empresas de seguridad social distritales |
| 121132 | Bonos y títulos emitidos Gobierno General Municipal |
| 121133 | Bonos y títulos emitidos empresas no financieras municipales |
| 121134 | Bonos y títulos emitidos empresas de seguridad social municipales |
| 121135 | Bonos y títulos emitidos Gobierno General Nacional - Forzosos |
| 121136 | Bonos y títulos emitidos Gobierno General Departamental - Forzosos |
| 121137 | Bonos y títulos emitidos Gobierno General Distrital - Forzosos |
| 121138 | Bonos y títulos emitidos Gobierno General Municipal - Forzosos |
| 121150 | Inversiones del tesoro por clasificar |
| 122004 | Renta fija – Sector financiero |
| 122005 | Renta fija – INFIS |
| 122006 | Renta fija – Sector público |
| 122007 | Renta fija – Otros |
| 122008 | Renta variable – Sector financiero |
| 122009 | Renta variable – INFIS |
| 122010 | Renta variable – Sector público |
| 122011 | Renta variable – Otros |
| 128001 | Renta fija no negociable |
| 128003 | En empresas industriales y comerciales del Estado del nivel nacional |
| 128004 | En sociedades de economía mixta del nivel nacional |
| 128006 | En empresas de servicios públicos domiciliarios del nivel nacional |
| 128008 | En empresas de seguridad social del nivel nacional |
| 128009 | En empresas industriales y comerciales del Estado del nivel departamental |
| 128010 | En sociedades de economía mixta del nivel departamental |
| 128012 | En empresas de servicios públicos domiciliarios del nivel departamental |
| 128014 | En empresas de seguridad social del nivel departamental |
| 128015 | En empresas industriales y comerciales del Estado del nivel distrital |
| 128016 | En sociedades de economía mixta del nivel distrital |
| 128018 | En empresas de servicios públicos domiciliarios del nivel distrital |
| 128020 | En empresas de seguridad social del nivel distrital |
| 128021 | En empresas industriales y comerciales del Estado del nivel municipal |
| 128022 | En sociedades de economía mixta del nivel municipal |
| 128024 | En empresas de servicios públicos domiciliarios del nivel municipal |
| 128026 | En empresas de seguridad social del nivel municipal |
| 128027 | En otras entidades del nivel territorial |
| 128028 | En sociedades públicas del nivel nacional |
| 128029 | En sociedades públicas del nivel departamental |
| 128030 | En sociedades públicas del nivel Distrital |
| 128031 | En sociedades públicas del nivel municipal |
| 128050 | En entidades del sector solidario |
| 128051 | En entidades privadas |
| 128052 | Inversiones en entidades del exterior |
| 199908 | Inversiones en empresas industriales y comerciales del Estado del nivel nacional |
| 199909 | Inversiones en sociedades de economía mixta del nivel nacional |
| 199911 | Inversiones en empresas de servicios públicos domiciliarios del nivel nacional |
| 199913 | Inversiones en empresas de seguridad social del nivel nacional |
| 199914 | Inversiones en empresas industriales y comerciales del Estado del nivel departamental |
| 199915 | Inversiones en sociedades de economía mixta del nivel departamental |
| 199917 | Inversiones en empresas de servicios públicos domiciliarios del nivel departamental |
| 199919 | Inversiones en empresas de seguridad social del nivel departamental |
| 199920 | Inversiones en empresas industriales y comerciales del Estado del nivel distrital |
| 199921 | Inversiones en sociedades de economía mixta del nivel distrital |
| 199923 | Inversiones en empresas de servicios públicos domiciliarios del nivel distrital |
| 199925 | Inversiones en empresas de seguridad social del nivel distrital |
| 199926 | Inversiones en empresas industriales y comerciales del Estado del nivel municipal |
| 199927 | Inversiones en sociedades de economía mixta del nivel municipal |
| 199929 | Inversiones en empresas de servicios públicos domiciliarios del nivel municipal |
| 199931 | Inversiones en empresas de seguridad social del nivel municipal |
| 199932 | Inversiones en otras entidades del nivel territorial |
| 199950 | Inversiones en entidades del sector solidario |
| 199951 | Inversiones en entidades privadas |
| 199973 | Inversiones en sociedades públicas del nivel nacional |
| 199974 | Inversiones en sociedades públicas del nivel departamental |
| 199975 | Inversiones en sociedades públicas del nivel distrital |
| 199976 | Inversiones sociedades públicas del nivel municipal |
| 311508 | Inversiones en empresas industriales y comerciales del Estado del nivel nacional |
| 311509 | Inversiones en sociedades de economía mixta del nivel nacional |
| 311511 | Inversiones en empresas de servicios públicos domiciliarios del nivel nacional |
| 311513 | Inversiones en empresas de seguridad social del nivel nacional |
| 311514 | Inversiones en empresas industriales y comerciales del Estado del nivel departamental |
| 311515 | Inversiones en sociedades de economía mixta del nivel departamental |
| 311517 | Inversiones en empresas de servicios públicos domiciliarios del nivel departamental |
| 311519 | Inversiones en empresas de seguridad social del nivel departamental |
| 311520 | Inversiones en empresas industriales y comerciales del Estado del nivel distrital |
| 311521 | Inversiones en sociedades de economía mixta del nivel distrital |
| 311523 | Inversiones en empresas de servicios públicos domiciliarios del nivel distrital |
| 311525 | Inversiones en empresas de seguridad social del nivel distrital |
| 311526 | Inversiones en empresas industriales y comerciales del Estado del nivel municipal |
| 311527 | Inversiones en sociedades de economía mixta del nivel municipal |
| 311529 | Inversiones en empresas de servicios públicos domiciliarios del nivel municipal |
| 311531 | Inversiones en empresas de seguridad social del nivel municipal |
| 311532 | Inversiones en otras entidades del nivel territorial |
| 311550 | Inversiones en entidades del sector solidario |
| 311551 | Inversiones en entidades privadas |
| 311701 | En empresas industriales y comerciales del Estado del nivel nacional |
| 311702 | En sociedades de economía mixta del nivel nacional |
| 311704 | En empresas de servicios públicos domiciliarios del nivel nacional |
| 311706 | En empresas de seguridad social del nivel nacional |
| 311707 | En empresas industriales y comerciales del Estado del nivel departamental |
| 311708 | En sociedades de economía mixta del nivel departamental |
| 311710 | En empresas de servicios públicos domiciliarios del nivel departamental |
| 311712 | En empresas de seguridad social del nivel departamental |
| 311713 | En empresas industriales y comerciales del Estado del nivel distrital |
| 311714 | En sociedades de economía mixta del nivel distrital |
| 311716 | En empresas de servicios públicos domiciliarios del nivel distrital |
| 311718 | En empresas de seguridad social del nivel distrital |
| 311719 | En empresas industriales y comerciales del Estado del nivel municipal |
| 311720 | En sociedades de economía mixta del nivel municipal |
| 311722 | En empresas de servicios públicos domiciliarios del nivel municipal |
| 311724 | En empresas de seguridad social del nivel municipal |
| 311725 | En otras entidades del nivel territorial |
| 311726 | Inversiones en sociedades públicas del nivel nacional |
| 311727 | Inversiones en sociedades públicas del nivel departamental |
| 311728 | Inversiones en sociedades públicas del nivel distrital |
| 311729 | Inversiones en sociedades públicas del nivel municipal |
| 311751 | En entidades privadas |
| 324008 | Inversiones en empresas industriales y comerciales del Estado del nivel nacional |
| 324009 | Inversiones en sociedades de economía mixta del nivel nacional |
| 324011 | Inversiones en empresas de servicios públicos domiciliarios del nivel nacional |
| 324013 | Inversiones en empresas de seguridad social del nivel nacional |
| 324014 | Inversiones en empresas industriales y comerciales del Estado del nivel departamental |
| 324015 | Inversiones en sociedades de economía mixta del nivel departamental |
| 324017 | Inversiones en empresas de servicios públicos domiciliarios del nivel departamental |
| 324019 | Inversiones en empresas de seguridad social del nivel departamental |
| 324020 | Inversiones en empresas industriales y comerciales del Estado del nivel distrital |
| 324021 | Inversiones en sociedades de economía mixta del nivel distrital |
| 324023 | Inversiones en empresas de servicios públicos domiciliarios del nivel distrital |
| 324025 | Inversiones en empresas de seguridad social del nivel distrital |
| 324026 | Inversiones en empresas industriales y comerciales del Estado del nivel municipal |
| 324027 | Inversiones en sociedades de economía mixta del nivel municipal |
| 324029 | Inversiones en empresas de servicios públicos domiciliarios del nivel municipal |
| 324031 | Inversiones en empresas de seguridad social del nivel municipal |
| 324032 | Inversiones en otras entidades del nivel territorial |
| 324301 | En empresas industriales y comerciales del Estado del nivel nacional |
| 324302 | En sociedades de economía mixta del nivel nacional |
| 324304 | En empresas de servicios públicos domiciliarios del nivel nacional |
| 324306 | En empresas de seguridad social del nivel nacional |
| 324307 | En empresas industriales y comerciales del Estado del nivel departamental |
| 324308 | En sociedades de economía mixta del nivel departamental |
| 324310 | En empresas de servicios públicos domiciliarios del nivel departamental |
| 324312 | En empresas de seguridad social del nivel departamental |
| 324313 | En empresas industriales y comerciales del Estado del nivel distrital |
| 324314 | En sociedades de economía mixta del nivel distrital |
| 324316 | En empresas de servicios públicos domiciliarios del nivel distrital |
| 324318 | En empresas de seguridad social del nivel distrital |
| 324319 | En empresas industriales y comerciales del Estado del nivel municipal |
| 324320 | En sociedades de economía mixta del nivel municipal |
| 324322 | En empresas de servicios públicos domiciliarios del nivel municipal |
| 324324 | En empresas de seguridad social del nivel municipal |
| 324325 | En otras entidades del nivel territorial |
| 324326 | En entidades del exterior |
| 324327 | En sociedades públicas del nivel nacional |
| 324328 | En sociedades públicas del nivel departamental |
| 324329 | En sociedades públicas del nivel distrital |
| 324330 | En sociedades públicas del nivel municipal |
| 324351 | En entidades privadas |
| 480701 | En empresas industriales y comerciales del Estado del nivel nacional |
| 480702 | En sociedades de economía mixta del nivel nacional |
| 480704 | En empresas de servicios públicos domiciliarios del nivel nacional |
| 480706 | En empresas de seguridad social del nivel nacional |
| 480707 | En empresas industriales y comerciales del Estado del nivel departamental |
| 480708 | En sociedades de economía mixta del nivel departamental |
| 480710 | En empresas de servicios públicos domiciliarios del nivel departamental |
| 480712 | En empresas de seguridad social del nivel departamental |
| 480713 | En empresas industriales y comerciales del Estado del nivel distrital |
| 480714 | En sociedades de economía mixta del nivel distrital |
| 480716 | En empresas de servicios públicos domiciliarios del nivel distrital |
| 480718 | En empresas de seguridad social del nivel distrital |
| 480719 | En empresas industriales y comerciales del Estado del nivel municipal |
| 480720 | En sociedades de economía mixta del nivel municipal |
| 480722 | En empresas de servicios públicos domiciliarios del nivel municipal |
| 480724 | En empresas de seguridad social del nivel municipal |
| 480725 | En otras entidades del nivel territorial |
| 480726 | Inversiones en entidades del exterior |
| 480727 | En sociedades públicas del nivel nacional |
| 480728 | En sociedades públicas del nivel departamental |
| 480729 | En sociedades públicas del nivel Distrital |
| 480730 | En sociedades públicas del nivel municipal |
| 480751 | En entidades privadas |
| 580601 | En empresas industriales y comerciales del Estado del nivel nacional |
| 580602 | En sociedades de economía mixta del nivel nacional |
| 580604 | En empresas de servicios públicos domiciliarios del nivel nacional |
| 580606 | En empresas de seguridad social del nivel nacional |
| 580607 | En empresas industriales y comerciales del Estado del nivel departamental |
| 580608 | En sociedades de economía mixta del nivel departamental |
| 580610 | En empresas de servicios públicos domiciliarios del nivel departamental |
| 580612 | En empresas de seguridad social del nivel departamental |
| 580613 | En empresas industriales y comerciales del Estado del nivel distrital |
| 580614 | En sociedades de economía mixta del nivel distrital |
| 580616 | En empresas de servicios públicos domiciliarios del nivel distrital |
| 580618 | En empresas de seguridad social del nivel distrital |
| 580619 | En empresas industriales y comerciales del Estado del nivel municipal |
| 580620 | En sociedades de economía mixta del nivel municipal |
| 580622 | En empresas de servicios públicos domiciliarios del nivel municipal |
| 580624 | En empresas de seguridad social del nivel municipal |
| 580625 | En otras entidades del nivel territorial |
| 580626 | En entidades del exterior |
| 580627 | En sociedades públicas del nivel nacional |
| 580628 | En sociedades públicas del nivel departamental |
| 580629 | En sociedades públicas del nivel Distrital |
| 580630 | En sociedades públicas del nivel municipal |
| 580651 | En entidades privadas |
| 812901 | Contratos a término (“Forwards”) |
| 812902 | Opciones |
| 812903 | Futuros |
| 812904 | Permutas financieras (“Swaps”) |
| 812905 | Operaciones carrusel |
| 812906 | Operaciones simultáneas |
| 912901 | Contratos a término (“Forwards”) |
| 912902 | Opciones |
| 912903 | Futuros |
| 912904 | Permutas financieras (“Swaps”) |
| 912905 | Operaciones carrusel |
| 912906 | Operaciones simultáneas |
ARTÍCULO 6o.<sic> <Derogada por el artículo 7 de la Resolución 264 de 2006> Modificar la denominación de los siguientes grupos, cuentas y subcuentas:
| CODIGO | NOMBRE ACTUAL | NUEVO NOMBRE |
| 12 | Inversiones | Inversiones e instrumentos derivados con fines de cobertura de activos |
| 1201 | Inversiones administración de liquidez – renta fija | Inversiones administración de liquidez en títulos de deuda |
| 120110 | Bonos y títulos emitidos por el sector privado- Residentes | Bonos y títulos emitidos por el sector privado |
| 120190 | Otras inversiones de renta fija | Otras inversiones en títulos de deuda |
| 1202 | Inversiones administración de liquidez – renta variable | Inversiones administración de liquidez en títulos participativos |
| 120290 | Otras inversiones de renta variable | Otras inversiones en títulos participativos |
| 1203 | Inversiones con fines de política – renta fija | Inversiones con fines de política en títulos de deuda |
| 120303 | Bonos y títulos emitidos por el sector privado – residentes | Bonos y títulos emitidos por el sector privado |
| 1207 | Inversiones patrimoniales no controlantes | Inversiones patrimoniales en entidades no controladas |
| 1208 | Inversiones patrimoniales controlantes | Inversiones patrimoniales en entidades controladas |
| 1211 | Inversiones renta fija- fondos administrados- DTN | Inversiones administración de liquidez en títulos de deuda con fondos administrados por la DGCPTN |
| 121190 | Otras inversiones de renta fija – DTN | Otras inversiones en títulos de deuda |
| 8129 | Operaciones con derivados | Derechos en opciones |
| 890512 | Operaciones con derivados | Derechos en opciones |
| 9129 | Operaciones con derivados | Obligaciones en opciones |
| 990514 | Operaciones con derivados | Obligaciones en opciones |
ARTÍCULO 7o.<SIC> VIGENCIA Y DEROGATORIAS. <Derogada por el artículo 7 de la Resolución 264 de 2006> La presente resolución rige a partir de su publicación en el Diario Oficial y tendrá aplicación a partir del primero de enero de 2007 y deroga a partir de la misma fecha la Resolución 365 del 29 de noviembre de 2001 y demás disposiciones que le sean contrarias.
Publíquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 12 de junio de 2006.
El Contador General de la Nación,
JAIRO ALBERTO CANO PABÓN.
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