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CONSEJO DE ESTADO
CE SII E 375 de 2012 - ¿Puede percibirse pensión de vejez y de jubilación cuando ambas son pagadas con recursos del Tesoro Público? -No, se puede percibir una pensión de jubilación por servicios prestados en el sector público y a la vez recibir una pensión de vejez por parte del ISS siempre que ésta se reconozca por servicios prestados a patronos particulares. No sucede lo mismo cuando la pensión que reconoce el ISS incluye tiempos laborados en el sector público porque en ese caso se involucran dineros que provienen del "tesoro público, o de empresas o de instituciones en las que tenga parte mayoritaria el Estado" y en tal sentido sería incompatible con la pensión de jubilación reconocida por servicios prestados en el sector público
CE SP E 132 de 2006 - ¿Antes de la vigencia de la Ley 33 de 1985, la norma aplicable para los empleados de los niveles departamentales y municipales era la Ley 6 de 1945, precepto que establecía como requisito para tener derecho a la pensión, sin distingo de sexo, llegar a la edad de 50 años y haber laborado 20 años de servicio continuo o discontinuo para el Estado? Pensión de jubilación - Requisitos. Régimen legal. Régimen de transición. Distrito Capital - Régimen pensional de funcionarios. Caja de Previsión Social de Santa Fe de Bogotá
CE SII E 5198 de 2006 - ¿Las entidades fiduciarias no están legitimadas para ser demandadas por actos que no reconocen pensión de jubilación? ¿Los educadores que presten sus servicios a entidades oficiales de orden nacional, departamental, distrital, intendencial, comisarial y municipal, son empleados oficiales de régimen especial? Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio. Docente nacional - Régimen pensional. Docente nacionalizado - Régimen pensional. Empleados oficiales territoriales. Empleados del sector público nacional
CE SII E 4978 de 2006 - ¿Las Asambleas Departamentales pueden establecer pensiones para los maestros y maestras de escuelas oficiales? ¿Una ordenanza puede ser derogada por una ley, sin que sea necesario enunciar su derogatoria? Asamblea departamental - Competencia en materia salarial. Escuelas oficiales departamentales - Régimen pensional de maestros. Docentes departamentales - Régimen pensional. Pensión de jubilación - Requisitos a docentes departamentales. Principio de derogatoria de norma inferior. Pensión gracia docente. Departamento de Cundinamarca - Régimen pensional. Derechos adquiridos
CE SII E 4076 de 2006 - ¿La buena fe del pensionado, hace improcedente la obligación de devolver la pensión pagada en un monto superior al legal? Pensión de jubilación - Régimen de transición. Docentes universitarios - Régimen pensional. Principio de autonomía universitaria. Universidades públicas - Régimen pensional especial
CE SII E 3724 de 2006 - ¿Además de la asignación básica mensual fijada por la ley para cada empleo, constituyen factores de salario todas las sumas que habitual y periódicamente recibe el funcionario o empleado como retribución de sus servicios? Rama Judicial - Régimen pensional especial. Pensión de jubilación - Salario base de liquidación en rama judicial
CE SII E 1406 de 2006 - ¿Los docentes tienen la posibilidad de recibir pensión y sueldo e igualmente pensión gracia? Pensión de jubilación docente. Sobresueldo a docentes. Pensión de gracia a docentes. Empleados oficiales territoriales - Régimen pensional. Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio
CE SII E 4933 de 2005 - ¿La Ley 33 de 1985 exige como requisitos para acceder a la pensión de jubilación tener 55 años de edad y 20 años de servicio continuo o discontinuo? Pensión de jubilación - Requisitos. Reconocimiento. Pago. Régimen legal aplicable. Pensión de vejez. Empleados públicos del nivel territorial - Régimen pensional
CE SII E 3700 de 2005 - ¿En el DAS se puede exigir una pensión de régimen especial por haber laborado más de 20 años en actividades de alto riesgo y sin consideración a la edad? Departamento Administrativo de Seguridad DAS - Pensión de jubilación a detectives. Régimen pensional especial de detectives agentes con funciones de dactiloscopistas. Detectives sin distinción de grado y denominación. Pensión de jubilación - Generalidades. Actividad de alto riesgo
CE SII E 3241 de 2005 - ¿Las mesadas pensionales como derechos independientes, están sujetas el término de prescripción de tres años, que por mandato legal se interrumpe con el reclamo escrito presentado por el acreedor? Pensión de jubilación. Empleado público de nivel territorial. Mesada pensional - Término de prescripción. Ajuste
CE SII E 2270 de 2005 - ¿El régimen prestacional de los empleados oficiales del orden territorial, es el señalado por la ley? Pensión de jubilación - Factores salariales. Salario base de liquidación pensional. Requisitos. Reconocimiento. Pago. Régimen legal aplicable. Empleados públicos del nivel territorial - Régimen pensional
CE SII E 2225 de 2005 - ¿El ordenamiento jurídico no prevé un régimen especial de pensión ordinaria de jubilación en favor de los docentes oficiales? Pensión de jubilación - Docentes nacionalizados. Requisitos. Docentes nacionalizados - Pensión de jubilación
CE SII E 1353 de 2005 - ¿Se permite la continuidad y el respeto de las situaciones jurídicas individuales extralegales en materia de pensión de jubilación, definidas antes de la vigencia de la Ley 100? Pensión de jubilación - Reliquidación. Pensión de jubilación extralegal. Acto administrativo - Nulidad. Efectos de nulidad
CE SV E 54 de 2005 - ¿La acción de cumplimiento no procede para la protección de derechos que puedan ser garantizados mediante el ejercicio de la acción de tutela ni cuando el afectado tenga o haya tenido otro instrumento judicial para lograr el efectivo cumplimiento del acto administrativo? Pensión de jubilación - Reconocimiento. Pago oportuno de mesadas. Pago de retroactivo. Sistema General de Pensiones, Régimen Solidario de Prima Media con Prestación Definida. Acción de cumplimiento - Improcedencia
CE SII E 28 de 2005 - ¿Antes de la vigencia de la Ley 33 de 1985, la norma pensional aplicable para los empleados de los niveles departamentales y municipales era la Ley 6 de 1945? Pensión de jubilación - Factores salariales. Requisitos. Reconocimiento. Pago. Régimen legal aplicable. Empleados públicos del nivel territorial - Régimen pensional
CE SII E 5952 de 2004 - ¿Los tiempos laborados o cotizados en el sector público y los cotizados al I.S.S. pueden ser utilizados para financiar la pensión? Acción de nulidad del numeral 3 del artículo 1 del decreto 2527 de 2000, por el cual se reglamentan los artículos 36 y 52 de la ley 100 de 1993, y parcialmente el artículo 17 de la ley 549 de 1999. Decisión: Legal. Sistema de Seguridad Social Integral - Régimen de transición. Prohibición de doble pensión. Bono pensional. Pensión de jubilación - Requisitos
CE SII E 2915 2004 - El desistimiento de alguna pretensión, que es lo que ocurre en este caso, sólo podrá presentarse hasta antes de que se dicte sentencia de primera instancia. En consecuencia no puede la Sala aceptar el desistimiento planteado, y procede a estudiar en su totalidad el fondo del asunto. Proceso administrativo laboral - Desistimiento. Establecimiento publico del orden nacional - Reconocimiento de pensión de jubilación a servidores. Pensión de jubilación - Requisitos para reconocimiento
CE SII E 2398 de 2004 - En el proceso se discute la legalidad de unos oficios del Hospital Militar Central, mediante los cuales se negó la corrección del reajuste de la pensión de jubilación reconocida al actor. Pensión de jubilación - Reajuste
CE SII E 1221 2004 - ¿El reconocimiento pensional puede ser discutido en cualquier tiempo y en este caso no opera la caducidad de la acción, sino la prescripción de las mesadas? Pensión de jubilación - Actualización del promedio de lo devengado en el último año de servicios. Indexación. Régimen de transición
CE SII E 890 de 2004 - ¿Los conceptos DEVENGAR y SALARIO no son idénticos? Pensión de jubilación - Régimen especial. Ingreso base de cotización. Liquidación. Reliquidación. Rama Judicial - Factores de liquidación de pensión de jubilación. Régimen pensional especial
CE SII E 58102 de 2003 - Demanda para el reconocimiento y pago de la pensión de jubilación, en cuantía del 75% de los ingresos percibidos durante el último año de servicios en calidad de Procurador Delegado ante el Consejo de Estado, y la declaración de que dicha pensión, por disposición legal, no está sujeta al tope del régimen ordinario de pensiones. Pensión de vejez - Requisitos. Salario base de liquidación. Monto de mesada. Indexación de mesada. Régimen legal de transición. Derechos adquiridos. Expectativa de derechos. I.S.S. - Reconocimiento y pago de pensión de vejez
CE SII E 3398 de 2003 - Demanda ante negativa al reconocimiento y pago de pensión de jubilación a docente nacional o nacionalizado. Docentes - Régimen de pensión de jubilación. Pensión gracia. Sistema Integral de Seguridad Social - Excepciones. Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio - Régimen pensional aplicable a afiliados
CE SII E 4694 2002 - Pensión de jubilación. Régimen de transición - Alcances. Aplicación de este régimen para quienes cumplieron los veinte años de servicios y no se hallaren vinculados laboralmente o cotizando al momento de adquirir el derecho pensional. Indexación de la pensión - Aplicación
CE SII E 2736 de 2002 - Se trata en este caso de establecer la legalidad de la resolución mediante la cual el Fondo de Pensiones del Municipio de San José de Cúcuta reconoce pensión de vejez a una señora. Pensión de jubilación - Requisitos. Anulación de reconocimiento por falta de requisitos. Acreditación de tiempo cotizado
CE SII E 2331 de 2002 - Demanda resoluciones por las cuales se decide el derecho a la pensión de jubilación pero omitiendo incluir todos los factores de salario que constituyen la base de liquidación de la prestación. Pensión de jubilación - Factores salariales para empleados oficiales. Reliquidación. Indexación. Actualización. Empleados oficiales - Factores integradores de salario. Salario de trabajadores oficiales - Factores integradores
CE SII E 1276 2002 - Pensión de jubilación de régimen especial - Negada porque el excongresista no se encontraba en servicio activo para la época que exige la ley
CE SP E 323 2002 - Recurso extraordinario de súplica frente a providencia que ordenó reajuste de pensión de jubilación - Recurso extraordinario de súplica - Violación directa de norma - Norma que consagra cosa juzgada constitucional no es susceptible de este cargo - Violación indirecta de norma sustancial - Consagración legal
CE SP E IJ008 2002 - Pensión de jubilación para Magistrados del Consejo Superior de la Judicatura, de la Corte Constitucional, de la Corte Suprema de Justicia, del Consejo de Estado, los Procuradores Delegados ante la Corte Suprema de Justicia y ante el Consejo de Estado. Reliquidación. Demanda artículos 25. 26. 27 Y 28 del Decreto 043 de 1999
CE SII E 2463 2001 - Competencia para su regulación en cuanto a servidores públicos
CE SII E 16716 2000 - Pensión de jubilación - Tránsito de legislación, reglamentación
CE SII E 2926 2000 - Régimen de transición - Edad, tiempo y monto se regulan por normas anteriores
CE SII E 704 2000 - Pensión ordinaria de jubilación - Doble pensión, improcedencia
CE SII E 2615 1999 - Tope máximo
CE SII E 17296 1998 - Indemnización sustitutuva
CE SII E 15908 1998 - Pensión de jubilación y sueldo de personal docente - compatibilidad
CE SII E 13308 1998 - Pensión de vejez. Requisitos