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2009
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 41504 de 2009 - Demandado es un Estado extranjero, personificado en la Embajada de la República Dominicana en Bogotá, representada por el señor Embajador, el demandante un residente permanente en Colombia, reclamando derechos laborales y de seguridad social por un contrato de trabajo realizado en Colombia. La Constitución reconoce a los agentes diplomáticos un fuero especial por ello la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia es la llamada a dirimir diferencias laborales en que aquéllos aparezcan involucrados, siendo esta la instancia máxima de la jurisdicción ordinaria laboral
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 39243 de 2009 - Transformación de la entidad oficial no puede afectar la situación de quienes precisamente habían prestado sus servicios a ella, independientemente de que sólo con posterioridad cumplieran la edad para pensionarse, puesto que si el actor durante más de 20 años de servicio, ostentó la calidad de trabajador oficial, no es posible desconocerle ese carácter. Régimen de transición
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 37683 de 2009 - Demandante fue contratado en Bogotá por Bavaria para prestar sus servicios en Fusagasugá, razón que obligaba a la empleadora a afiliarlo al ISS para los riesgos de Invalidez, Vejez y Muerte (IVM), a partir del 1º de enero de 1967 y hasta cuando el demandante en forma voluntaria se retiró, y que por omisión de la afiliación del demandante por parte de BAVARIA S.A., EL ISS negó la pensión. Cuando la mora del patrono en el pago de los aportes sea la causa para no conceder al asegurado las prestaciones serán de cargo del patrono, mientras subsista el estado de la mora
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 37279 de 2009 - Artículo 13 literal f. de la Ley 100 de 1993, al referirse a las características del sistema general de pensiones, garantizó la eficacia de las cotizaciones efectuadas con antelación a su vigencia, y es por esto, que ese número importante de aportes efectuado por el accionante bajo el régimen anterior o el tiempo de labor como servidor público en esa actividad de alto riesgo, es dable sumarlo a las semanas que luego cotizó al ISS, y de esta manera reúne a cabalidad el requisito de las 1.000 semanas señalado por el artículo 3° del Decreto de marras 1835 de 1994. Reconocimiento y pago de la PENSIÓN ESPECIAL DE VEJEZ, por desempeñar una actividad riesgosa o calificada por la ley como peligrosa, así como por ser beneficiario del régimen de transición. Actividades de alto riesgo para unos servidores públicos del departamento administrativo de seguridad y los cuerpos de bomberos
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 37196 de 2009 - Laboró para la entidad demandada mediante un contrato de trabajo verbal a término indefinido, prestó sus servicios en forma personal, cumpliendo un horario de trabajo establecido por el empleador, quien le impartió instrucciones bajo una continua subordinación y dependencia, la accionada no le efectuó aportes con destino a la seguridad social, pese a que le hizo los descuentos, y que presentó renuncia al cargo, sin que la demandada le hubiera cancelado la cesantía y demás prestaciones sociales a las que tiene derecho. Prescripción y liquidación de cesantías
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 37154 de 2009 - ¿Es procedente condenar a la parte demandada a la reliquidación de la primeras mesada pensional, de conformidad con en los artículos 48, inciso 3º, y 53 de la Constitución Política, 8º de la Ley 153 de 1887 y 19 del Código Sustantivo del Trabajo, aplicando la variación del I.P.C., que afectó el peso colombiano desde la terminación del contrato de trabajo hasta la fecha en que se le reconoció la pensión de jubilación oficial, a los intereses de mora; y las costas del proceso? Las pretensiones del actor no están llamadas a prosperar, si se tiene en cuenta que la pensión cuya indexación reclama, se causó con anterioridad a la Constitución de 1991.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 37011 de 2009 - ¿Es procedente condenar a la parte demandada al pago de la pensión de jubilación convencional con los reajustes legales y convencionales, a partir del momento en que se le suspendió el pago de las mesadas; todas las sumas indebidamente deducidas o descontadas por el demandado, debidamente indexadas; los intereses moratorios; y las costas del proceso? Compatibilidad entre la pensión de jubilación convencional reconocida por el empleador con la de vejez otorgada por el ISS.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 36965 de 2009 - ¿Es procedente condenar a la entidad demandada a la reliquidación de la pensión de jubilación teniendo como ingreso base de liquidación el 75% del promedio de lo devengado en el último año de servicios, más la indexación? Se equivoca el Tribunal en la interpretación que hace del artículo 36 de la Ley 100 de 1993, en lo relativo a la forma de determinar el ingreso base de liquidación de las pensiones amparadas por el régimen de transición establecido en esa normatividad.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 36910 de 2009 - ¿Es procedente condenar a la parte demandada al ajuste del valor inicial de la pensión que le reconoció al demandante? Aplicación de las normas que gobierna la institución procesal de la cosa juzgada.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 36839 de 2009 - ¿Es procedente condenar a la parte demandada a la indexación de loa primera mesada pensional de la pensión jubilatoria que viene gozando ; a cubrirle los ajustes de las mesadas subsiguientes; y a cancelarle los intereses moratorios? Procedencia de la indexación de la primera mesada pensional para las pensiones causadas con posterioridad a la entrada en vigencia de la Constitución Política de 1991.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 36807 de 2009 - Son compatibles las pensiones extralegales concedidas por los empleadores antes de la vigencia del Decreto 2879 de 1985, aprobatorio del Acuerdo 029 del mismo año, con las de vejez reconocidas por el I.S.S., salvo estipulación en contrario. Frente a las pensiones, es distinto el concepto de la compartibilidad del de la compatibilidad
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 36792 de 2009 - ¿Es procedente condenar a la parte demandada al reintegro de las sumas de dinero que fueron compartidas con el ISS, por concepto de pensiones de jubilación sin que hubiera lugar a ello; al pago de los intereses por haber pagado la pensión de jubilación en forma incompleta y, a que se reintegren lo valores correspondientes a las mesadas adicionales de junio y diciembre desde la fecha en que se compartió la pensión? Antes de la expedición del Decreto 2879 de 1985, aprobatorio del Acuerdo 029 del mismo año, no era factible conmutar una jubilación extralegalmente reconocida por el empleador, al cumplir su pensionado directo la densidad de cotizaciones y la edad requeridas para la adquisición del derecho a la pensión de vejez. Error del Tribunal al confundir la indexación de las mesadas adeudas con la indexación de la primera mesada pensional.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 36728 de 2009 - ¿Es procedente declarar la nulidad de la conciliación suscrita entre las partes del proceso; que la demandada lo despidió unilateralmente y sin justa causa; que redujo el personal en los términos de una cláusula convencional; y que incumplió la convención colectiva de trabajo vigente para el período comprendido entre el 1º de enero de 1999 y el 31 de diciembre de 2000? La jurisprudencia no ha aceptado que los aspectos escriturales de los actos, como por ejemplo el lugar, el horario o tiempo requerido, el papel o los demás medios e instrumentos a través de los cuales éstos se materializan, permiten atribuir per se vicio del consentimiento del trabajador con la entidad suficiente para desquiciar el acto y predicar su invalidez.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 36694 de 2009 - ¿Es procedente condenar a la parte demandada al reconocimiento y pago de la pensión de sobreviviente, de las mesadas adicionales , los intereses moratorios y las costas y agencias en derecho? El juez de alzada se equivocó al inferir que como la pensión concedida tenía apoyo en el Decreto 758 de 1990, que no consagraba intereses moratorios, no procedía imponerlos, al no tratarse de una pensión concedida bajo la figura de la transición, porque en este evento particular, la ley 100 no nos remite al decreto en comento, pues como lo dejó sentado el criterio jurisprudencial, el actual régimen pensional de prima media con prestación definida es, en lo esencial, el mismo de que trata el Acuerdo 049 de 1990, que se aprobó por el Decreto 758 de la misma data, preceptiva que gobernaba los riesgos de invalidez, vejez y muerte en el ISS.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 36600 de 2009 - ¿Es procedente condenar a la parte demandada al reconocimiento y pago de la pensión de jubilación establecida en una convención colectiva de trabajo y de las costas del proceso? El artículo 467 del C.S. del T., al referirse a la convención colectiva de trabajo, dispone que ésta se celebra entre uno o varios patronos o asociaciones patronales, por una parte, y uno o varios sindicatos o federaciones sindicales de trabajadores, por otra, para fijar las condiciones que regirán los contratos de trabajo durante su vigencia. Dicha norma se refiere expresamente a contratos de trabajo, y es sabido que a la administración pública bajo esa modalidad, únicamente son vinculados los trabajadores oficiales, mas no los empleados públicos, que tienen con ella una relación establecida por ley o por reglamentos, que no se pueden modificar sino por preceptos de la misma jerarquía.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 36536 de 2009 - ¿Es procedente condenar a la parte demandada al reconocimiento y pago de la pensión de jubilación de régimen especial en los términos del Decreto 2661 de 1960, por estar amparado en el régimen de transición del artículo 36 de la Ley 100 de 1993? Viabilidad o no de los intereses moratorios del artículo 141 de la Ley 100 de 1993. Uno de los cargos se eleva por el sendero fáctico por errores de hecho, un desatino de técnica que lleva a su desestimación, en cuanto se invoca el concepto de interpretación errónea de la ley que es una modalidad propia de la vía de puro derecho.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 36533 de 2009 - ¿Es procedente condenar a la parte demanda al reajuste y pago de el sueldo mensual incrementado de acuerdo con el índice de precios al consumidor certificado por el DANE, para cada anualidad; las primas legales, las semestrales de junio y diciembre, vacaciones, cesantía y sus intereses y demás emolumentos laborales que resulten en su favor, correspondientes a dicho período; la indemnización por despido sin justa causa; la sanción moratoria prevista en el Decreto 797 de 1949; lo que resulte probado extra y ultra petita; y las costas del proceso? Por haberse vinculado el actor con la demandada por medio de un contrato de trabajo, lo debatido en el sub examine, debe regularse de conformidad con los beneficios y prerrogativas fijadas en las convenciones colectivas de trabajo y demás acuerdos o convenios que pudieron existir entre la demandada y el promotor del litigio, ya que los incrementos salariales impetrados no están instituidos en las normas legales denunciadas por el actor.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 36526 de 2009 - ¿Es procedente condenar a la parte demandada al reconocimiento y pago de la pensión de sobreviviente causada por la muerte de su cónyuge , con sus respectivos incrementos anuales, a las mesadas causadas con los intereses moratorios; y subsidiariamente a la indemnización sustitutiva, debidamente indexada; y a las costas del proceso? Presupuestos para la configuración del error de hecho. Es manifiesto el error en que incurrió el Tribunal, al dar por demostrado que el causante cotizado al sistema 552 semanas con anterioridad a la vigencia de la Ley 100 de 1993, cuando en realidad ni siquiera estuvo afiliado a él, y en consecuencia el cargo prospera y habrá de casarse la sentencia recurrida; lo cual releva a la Sala de abordar el estudio de los demás cargos, el segundo por perseguir idéntico fin, y los demás relacionados con los alcances subsidiarios de la impugnación.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 36502 de 2009 - ¿Es procedente condenar a la parte demandada al reconocimiento y pago de la pensión de sobreviviente de la parte demandante en su condición de compañera permanente e hijo del fallecido? Todas las relaciones de la seguridad social son reglamentarias; de esta manera lo relacionado con las cotizaciones -cuándo se causan, la forma de calcular su monto, la oportunidad para el pago, la forma de imputación y las reglas para su validez-, está debidamente regulado en las normas como los Decretos 1156 de 1996, Decreto 1406 de 1999, 2800 de 2003, entre otras.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 36500 de 2009 - ¿Es procedente condenar a la demandada a ajustarle al demandante el valor inicial de la primera mesada de jubilación que se le reconoció? El Tribunal no incurrió en dislate alguno al concluir la improcedencia de la indexación de la primera mesada pensional reclamada en la demanda, respecto de una pensión reconocida antes de la entrada en vigencia de la Constitución de 1991.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 36480 de 2009 - ¿Es procedente condenar a la parte demandada al reconocimiento y pago de la pensión de jubilación a partir de la fecha en que cumplió 55 años de edad? Para establecer el régimen pensional aplicable a un trabajador basta con mirar el que rigiera a la fecha de su retiro, y ratifica que no es posible desconocerles el pago de la pensión contemplada en la Ley 33 de 1985 a aquellos trabajadores oficiales que cumplen el requisito de los 20 años de servicio en esa condición, pero sólo alcanzan la edad prevista en la ley una vez se ha privatizado la entidad; pues ni las normas aludidas por el recurrente, ni su privatización en noviembre de 1996, son eximentes de tal aspiración.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 36463 de 2009 - Proceso promovido para obtener la pensión sanción, por la terminación del contrato de trabajo ya que prestó sus servicios mediante contrato a término indefinido. Imposibilidad física para reintegro del trabajador por la extinción del IDEMA. Pertenecía al sindicato SINTRAIDEMA. Pensión convencional
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 36462 de 2009 - ¿Es procedente condenar a la entidad demandada a la reliquidación de la pensión de jubilación, a pagarle las sumas de dinero que resulten del reajuste y a las costas del proceso? Como la demandante es beneficiaria de del régimen del artículo 36 de la Ley 100 de 1993, la disposición aplicable para efectos pensionales es el Decreto 2661 de 1960, pero únicamente en cuenta a la edad, tiempo de servicios y monto de la pensión, más no en lo que respecta al ingreso base de liquidación de la prestación, dado que éste se determina con fundamento en lo establecido en el inciso 3 del referido artículo 3, es decir, con el promedio de lo devengado durante el tiempo que les faltare para adquirir el derecho.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 36433 de 2009 - ¿Es procedente condenar a la parte demandada al pago de la pensión de sobrevivientes, las mesadas atrasadas, los aumentos legales, el auxilio funerario, la indexación, y las costas y agencias en derecho? No cabe duda alguna que la actora, como cónyuge del fallecido. y sus menores hijos tienen derecho a que se les reconozca la pensión de sobrevivientes, puesto que, pese a que el causante no aportó semanas dentro del año inmediatamente anterior a su muerte, si lo hizo durante más de 9 años, lapso durante el cual cotizó un abundante número de semanas que le daban derecho a acceder a los seguros contra los riesgos de invalidez y muerte.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 36429 de 2009 - ¿Es procedente condenar a la entidad territorial demandada al reconocimiento y pago de la pensión de jubilación establecida en una convención colectiva de trabajo y las costas del proceso? El artículo 467 del C.S. del T., al referirse a la convención colectiva de trabajo, dispone que ésta se celebra entre uno o varios patronos o asociaciones patronales, por una parte, y uno o varios sindicatos o federaciones sindicales de trabajadores, por otra, para fijar las condiciones que regirán los contratos de trabajo durante su vigencia. Dicha norma se refiere expresamente a contratos de trabajo, y es sabido que a la administración pública bajo esa modalidad, únicamente son vinculados los trabajadores oficiales, mas no los empleados públicos, que tienen con ella una relación establecida por ley o por reglamentos, que no se pueden modificar sino por preceptos de la misma jerarquía.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 36421 de 2009 - ¿Es procedente condenar a la parte demandada al reconocimiento y pago de la pensión de sobreviviente causada por la muerte de su cónyuge, a las mesadas causadas con los intereses moratorios y a las costas del proceso? El escrito con el que se pretende sustentar la acusación, como lo hace notar la réplica, contiene graves deficiencias técnicas que comprometen su prosperidad y que no es factible subsanar por virtud del carácter dispositivo del recurso de casación.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 36371 de 2009 - ¿Es procedente condenar a la entidad demandada a la indexación del valor inicial de la pensión de jubilación, la diferencia entre lo pagado y lo que debió pagarse por mesadas causadas; los intereses moratorios del artículo 141 de la Ley 100 de 1993, y las costas del proceso? El Tribunal se equivocó por cuanto, como quedó dicho, calculó el ingreso base de liquidación pensional y su indexación, teniendo en cuenta el promedio salarial del último año de servicios y no como lo determina el inciso 3º del artículo 36 de la Ley 100 de 1993, esto es, "el promedio de lo devengado en el tiempo que les hiciere falta" para adquirir el derecho pensional, contados a partir del 1º de abril de 1994, data en que empezó a regir el sistema general de pensiones hasta cuando cumplió los 55 años de edad.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 36344 de 2009 - ¿Es procedente condenar a la parte demandada al reajuste del sueldo mensual, en el IPC, sumando al incremento anual automático del 3% adicional, correspondiente al pactado convencionalmente, el reajuste de la indemnización convencional por despido sin justa causa comprobada, primas legales, semestrales extralegales de junio y diciembre, vacaciones, cesantías, e intereses y demás emolumentos que resulten a su favor y la indemnización moratoria prevista en Decreto 797 de 194, subsidiariamente, la indexación de los valores resultantes de cada uno de los conceptos laborales anotados? Los aumentos salariales para los trabajadores oficiales no son objeto de regulación por parte del Congreso; en consecuencia, para reclamar el incremento salarial relacionado en la sentencia de la Corte Constitucional C-1443-2000, se requiere que quien lo pretenda, pertenezca al tipo de servidores públicos señalados en el artículo 1º de la Ley 4ª de 1992, lo cual no sucede con el accionante.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 36333 de 2009 - ¿Es procedente condenar a la parte demandada al reconocimiento y pago de la pensión restringida de jubilación oficial consagrada en la Ley 171 de 1961, en concordancia con el numeral 2 del artículo 74 del Decreto 1848 de 1969, a partir del 21 de febrero de 2011; los intereses moratorios del artículo 141 de la Ley 100 de 1993; y las costas del proceso? El artículo que gobierna el derecho a la pensión restringida que reclama la actora, es el 133 de la Ley 100 de 1993, por cuanto el despido se produjo durante su vigencia, 10 de agosto de 2000. La pensión restringida de jubilación, con ocasión de la entrada en vigencia la Ley 100 de 1993, tal como ha tenido oportunidad de señalarlo la Corte, respecto de los trabajadores particulares, el artículo 8 de la Ley 171 de 1961 dejó de regir por mandato expreso de la Ley 50 de 1990 y, posteriormente, aquél precepto y, otros expedidos más tarde en idéntico sentido para los trabajadores oficiales, quedaron derogados al entrar a regir la Ley 100 ibídem.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 36328 de 2009 - ¿Es procedente condenar a la parte demandada al reintegro de la demandante al cargo que venía desempeñando, o a otro de igual o superior categoría, y a pagarle los salarios dejados de percibir y demás emolumentos y factores prestacionales legales y convencionales, declarándose sin solución de continuidad su contrato de trabajo; asimismo, a pagarle la indexación y los intereses moratorios sobre el crédito laboral? No hay denuncia de las disposiciones sustantivas del orden nacional que consagran los derechos pretendidos en el proceso y ninguna de las normas supuestamente violadas contemplan el reintegro para los servidores de la demandada.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 36303 de 2009 - ¿Es procedente condenar a la parte demandada al reconocimiento y pago de la pensión restringida de jubilación consagrada en el artículo 8 de la Ley 171 de 1961 (pensión sanción)? El decreto 1848 de 1969 en su artículo 74, quedó derogado con la expedición de la ley 100 de 1993, artículo 133, en lo relativo a la pensión sanción o restringida, de acuerdo a las puntuales circunstancias fácticas que preceden este efecto jurídico.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 36278 de 2009 - ¿Es procedente condenar a la parte demandada al reintegro de los valores compartidos con el ISS por concepto de la pensión de jubilación, sin que hubiere lugar a ello, más las mesadas de junio y diciembre y los intereses moratorios de las sumas debidas o en su lugar que los valores adeudados sean indexados teniendo en cuenta para el efecto el índice del precios al consumidor, desde el momento en que el empleador compartió la pensión? Siendo indiscutible que la pensión convencional le fue reconocida a la actora a partir del 28 de febrero de 1980 y en el precepto convencional en que se originó no se pactó compartibilidad o temporalidad alguna --artículo 38, folio 45--, no incurrió el juzgador en los dislates jurídicos que se le atribuyen por la recurrente al haber concluido que era compatible con la de vejez que posteriormente a aquélla le otorgó el ISS.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 36194 de 2009 - No está llamado a prosperar el cargo del recurrente, toda vez que reclama la indexación de la primera mesada de una pensión voluntaria reconocida a partir de diciembre 20 de 1979. Al respecto, reiteradamente, la Corte ha manifestado que dicha reclamación no es procedente para las pensiones voluntarias o legales que se causen con anterioridad a la vigencia de la Constitución de 1991.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 36191 de 2009 - ¿Es procedente condenar a la parte demandada al reconocimiento y pago de la pensión de sobrevivientes, más los intereses moratorios a que se refiere el artículo 141 de la Ley 100 de 1993? Falla en la técnica de presentación de los cargos que sustentan el recurso extraordinario de casación.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 36135 de 2009 - ¿Es procedente condenar a la entidad demandada al reconocimiento y pago de la pensión de sobreviviente causada por la muerte del compañero permanente de la demandante, incluidas las mesadas adicionales de junio y diciembre, los intereses moratorios o indexación, y las costas del proceso? Régimen jurídico aplicable cuando la vida marital inicia con anterioridad a la vigencia del artículo 13 de la Ley 797 de 2003. La fecha de la muerte es la que determina la legislación aplicable, cuando de establecer el derecho a una pensión de sobrevivientes se trata.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 36127 de 2009 - ¿Es procedente condenar a la parte demandada al reconocimiento y pago de la pensión de jubilación oficial con fundamento en lo instituido en la Ley 33 de 1985, los intereses moratorios del artículo 141 de la Ley 100 de 1993., la sanción moratoria y las costas del proceso? La privatización de una entidad estatal no implica la pérdida de los beneficios del régimen de transición para sus trabajadores, ni la alteración del régimen aplicable para el efecto
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 36119 de 2009 - ¿Es procedente ordenar a la parte demandada que se abstenga de deducir de la pensión convencional que le reconoció o, en su lugar que fuera condenada a pagarle al demandante en forma completa dicha prestación y que en cualquier caso conjuntamente con las sumas ya deducidas y el retroactivo pensional que debió entregar a la tesorería de la empresa, todo indexado? Compartibilidad de las pensiones de jubilación convencionales con la de vejez reconocida por el ISS.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 36113 de 2009 - ¿Es procedente condenar a la parte demandada al reconocimiento y pago de la pensión de vejez, a los intereses moratorios establecidos en el artículo 141 de la Ley 100 de 1993y a las costas del proceso? El escrito con el que se pretende sustentar la acusación, como lo hace notar la réplica, contiene graves deficiencias técnicas que comprometen su prosperidad y que no es factible subsanar por virtud del carácter dispositivo del recurso de casación.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 36108 de 2009 - ¿Es procedente condenar a la parte demandada al reconocimiento y pago de la pensión de jubilación establecida en una convención colectiva de trabajo, y a las costas del proceso? Los sindicatos de empleados públicos no pueden presentar pliegos de peticiones ni celebrar convenciones colectivas, pero los sindicatos de los demás trabajadores oficiales tienen todas las atribuciones de otros sindicatos de trabajadores, y sus pliegos de peticiones se tramitarán en los mismos términos que los demás.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 36089 de 2009 - ¿Es procedente condenar a la demandada al reconocimiento de a pensión de sobreviviente prevista en un convenio colectivo de trabajo a partir de la fecha en que falleció el esposo de la demandante? La actora para su subsistencia cuenta con la pensión de sobrevivientes, reconocida por el Instituto de Seguros Sociales. La pensión convencional tiene un efecto relativo y directo en beneficio exclusivo de quien se encuentra en especial situación, y no comprende a otros, como lo son quienes puedan conformar el particular núcleo familiar del beneficiario o respecto de aquellos con quienes el beneficiario tenga alguna obligación, de manera que, el valor de la pensión no comprende el cubrimiento de la subsistencia de personas distintas a la individualmente beneficiada. En tanto, para la recurrente, el dicho valor de la pensión de sobrevivientes no le es suficiente para mantener su congrua subsistencia, y su destinación no solamente está orientada a ella, sino también a sus hijos.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 36081 de 2009 - ¿Es procedente condenar a la entidad demandada a la reliquidación de la pensión de jubilación que les reconoció, a los reajustes indexados que resultan como consecuencia de la misma, y alas costas del proceso? Tiene razón el ad quem al negar la pretensión de reliquidación de la pensión de los actores, pues éstos al entrar en vigencia el artículo 36 de la Ley 100 de 1993, tenían una mera expectativa de tal derecho, faltándole menos de 10 años para adquirirlo, y por lo tanto el ingreso base de liquidación de sus pensiones debe determinarse del promedio de lo devengado durante el tiempo que la hacía falta para alcanzar el estatus de pensionado, y no el promedio de lo devengado durante el último año de servicios, como lo pretenden.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 36066 de 2009 - ¿Es procedente condenar a la parte demandada al reconocimiento y pago, indexado, de la pensión mensual vitalicia de jubilación, los intereses moratorios, fallo extra y ultra petita, junto con las costas, gastos y agencias en derecho? El fallador de segundo grado incurrió en los yerros jurídicos que le atribuye la censura, pues en cuanto a que los servidores afiliados al ISS y no a una Caja de Previsión, que hubieren prestado servicios personales en su condición de trabajadores oficiales por 20 o más años, anteriores a la vigencia de la Ley 100 de 1993, están legitimados para suplicar el derecho a la pensión de jubilación al último empleador, a partir del momento en que reúnan el requisito de edad, con base en lo previsto por la Ley 33 de 1985 y los Decretos 3135 de 1968 y 1848 de 1969, obligación que irá hasta cuando el ISS asuma el reconocimiento y pago de la prestación de vejez pertinente, evento en el cual el empleador sólo estará obligado en adelante a solucionar el mayor valor, si lo hubiere, entre la pensión de jubilación primigenia, con sus reajustes, y el monto de la prestación que inicia a pagar el ISS.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 36065 de 2009 - ¿Es procedente condenar a la parte demandada al reconocimiento y pago de la pensión de sobrevivientes junto con las mesadas ordinarias y extraordinarias y los intereses moratorios? Aplicación del principio constitucional de la condición más beneficiosa en materia de pensión de sobrevivientes. La aceptación de ese principio no comporta, en manera alguna, que pueda echarse mano de ambas disposiciones legales, en tanto que se aplica la una o la otra, en su integridad, no parcialmente.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 36057 de 2009 - ¿Es procedente condenar a la parte demandada al reintegro de los valores descontados de la pensión reconocida convencionalmente y de las mesadas adicionales de junio y diciembre, al igual que los intereses? No apreció el Tribunal equivocadamente las pruebas denunciadas. No pueden servir esos actos de fundamento para demostrar que la pensión convencional otorgada al actor no era compatible con la reconocida por el Seguro Social, pues el hecho de que la demandada hubiera cotizado a ese instituto no produce tal consecuencia jurídica.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 36047 de 2009 - ¿Es procedente condenar a la entidad territorial demandada al reconocimiento y pago de la pensión de jubilación establecida en una convención colectiva de trabajo y a las costas del proceso? Como quiera que las convenciones colectivas tienen como finalidad la fijación de las condiciones que regirán los contratos de trabajo, y es sabido que a la administración pública bajo esa modalidad, únicamente son vinculados los trabajadores oficiales, mas no los empleados públicos, que tienen con ella una relación establecida por ley o por reglamentos, que no se pueden modificar sino por preceptos de la misma jerarquía, los sindicatos de empleados públicos no pueden presentar pliegos de peticiones ni celebrar convenciones colectivas.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 36033 de 2009 - ¿ES procedente condenar a la entidad demandada al ajuste del valor inicial de la mesada pensional con la devaluación monetaria causada desde la fecha de su retiro hasta aquella en que empezó a disfrutar de la pensión? La violación directa de la ley en que incurre el juzgador relacionada con el significado de la norma, o sea, la errónea interpretación, se presenta en la premisa mayor del precepto, cuando se le atribuye un significado diferente al que rectamente entendido le corresponde, contrariando de esa manera el genuino sentido que tiene como norma.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 36029 de 2009 - ¿Es procedente condenar a la entidad demandada a continuar pagándoles de manera íntegra y completa la pensión de jubilación convencional que le reconoció por medio de una resolución y a devolverle indexado los dineros descontados, para efectos de la compartibilidad que determinó con la pensión de vejez que le otorgó el ISS y a las costas del proceso? El que esté percibiendo una pensión de vejez no pude pretender que simultáneamente se le pague pensión de jubilación, por cuanto - se repite - la que cubre la seguridad social remplazó a la patronal, siendo por ende incompatibles en idéntica persona ambas pensiones. El juez colegiado incurrió en los errores jurídicos que le enrostra la censura, al inferir que la pensión convencional que le otorgó la demandada al actor, a partir del 16 de julio de 1982, era compartible con la de vejez que posteriormente le reconoció el I.S.S., desde el 16 de marzo de 1986, y por lo tanto el cargo prospera.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 36024 de 2009 - ¿Es procedente condenar a la entidad demandada al pago del retroactivo de la pensión de vejez que le reconoció con sus incrementos legales, los intereses moratorios establecidos en el artículo 141 de la Ley 100 de 1993, sobre las mesadas causadas y las costas del proceso? Momento a partir del cual se causan los intereses moratorios Aplicación del artículo 19 del Decreto 656 de 1994.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 36022 de 2009 - ¿El instituto de la pensión convencional o voluntaria, queda cobijado por las disposiciones constitucionales o legales que establecen la actualización monetaria de la primera mesada pensional. El actual criterio mayoritario, que admite la actualización de la base salarial tratándose de pensiones legales causadas con posterioridad a la entrada en vigencia de la nueva Constitución, impera también ahora para las extralegales, como sería el caso de las convencionales. Los intereses del artículo 141 de la Ley 100 de 1993 se imponen cuando se trata de una pensión que debía reconocerse con sujeción a su normatividad integral.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 36007 de 2009 - ¿Es procedente condenar a la entidad demandada al reconocimiento y pago de la pensión de jubilación convencional y a las costas del proceso? Presupuestos para la configuración del error de hecho. No aparece acreditado por cualquier medio probatorio, que las partes intervinientes en el referido acuerdo colectivo hubiesen informado o comunicado a la funcionaria sobre la fecha en que tuvo ocurrencia su firma, si se tiene en cuenta que en su texto no aparece señalado el día de su suscripción; de tal manera que mal podía ésta dejar constancia respecto de un acto en el cual no participó y mucho menos presenció; por lo que no es dable concluir válidamente que la convención fue depositada dentro del término legal.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 35989 de 2009 - ¿Es procedente condenar a la entidad demandada al reintegro del demandante al cargo que ocupaba para el momento en que fue objeto de un despido colectivo, o a uno de igual o superior categoría, y a pagarle los salarios y prestaciones legales y convencionales compatibles con el reintegro? Una sentencia proferida por la jurisdicción de lo contencioso administrativo en un proceso de nulidad y restablecimiento del derecho procura, como su nombre lo indica, la nulidad de un acto administrativo y correlativamente que la parte afectada con ese acto y favorecida con la nulidad, sea resarcida de acuerdo con el ordenamiento jurídico. Por ello, sus efectos, por regla general, son interpartes y como tal, en caso de que se pretenda hacer valer en otra causa judicial, debe ser allegada con las formalidades de ley, es decir, que haya sido decretada como prueba y aparezca incorporada dentro del correspondiente expediente, bien como ya se dijo, por iniciativa de parte interesada o por decisión oficiosa del juzgador.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 35982 de 2009 - ¿Es procedente condenar a la parte demandada a la indexación de la primera mesada pensional? El Ad quem al declarar probada la excepción de cosa juzgada respetó las reglas propias de los juicios laborales y con ello el debido proceso que predica el artículo 29 de la C.P. Dicha declaración es el resultado de la aplicación armónica de los derechos y reglas constitucionales y legales, por lo que no se puede entender como vulneración alguna al orden jurídico.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 35943 de 2009 - ¿Es procedente declarar la compatibilidad entre la pensión de jubilación que le fue reconocida por la demandada y la de vejez que le otorgó el ISS, que se condene a la accionada a la devolución de un retroactivo, así como al reintegro de los dineros descontados por la supuesta compartibilidad entre ambas pensiones, a la indexación de las sumas adeudadas y las costas del proceso? Requisitos de la proposición jurídica en el recurso extraordinario de casación. Es evidente el yerro jurídico en que incurrió el Tribunal al aplicar retroactivamente en el asunto que nos ocupa, unas normas que no lo gobiernan, como son los artículos 5° del Acuerdo 029 de 1985, aprobado por el Decreto 2879 de ese año y el 18 del Acuerdo 049 de 1990, aprobado por el Decreto 758, de igual anualidad, pues es un hecho que no se discute y además fue aceptado por la accionada, que la pensión convencional le fue concedida al demandante a partir del 1° de enero de 1979, mediante la Resolución 006 del mismo año.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 35942 de 2009 - ¿Es procedente condenar a la entidad demandada a la sustitución a favor de la compañera permanente del pensionado fallecido, de la pensión de jubilación que pagaba a éste desde la fecha de su muerte, con los respectivos incrementos y las mesadas adicionales de junio y diciembre de cada año? Si se acude en casación para controvertir la legalidad del examen abordado por el Ad quem, y si se está conforme con lo decidido, por sustracción de materia no procede el recurso de casación.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 35936 de 2009 - ¿El instituto de la pensión convencional o voluntaria, queda cobijado por las disposiciones constitucionales o legales que establecen la actualización monetaria de la primera mesada pensional? El actual criterio mayoritario, que admite la actualización de la base salarial tratándose de pensiones legales causadas con posterioridad a la entrada en vigencia de la nueva Constitución, impera también ahora para las extralegales, como sería el caso de las convencionales
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 35919 de 2009 - ¿Es procedente, previa la declaratoria de que el demandante tiene derecho a la pensión establecida en el artículo 1 de la Ley 33 de 1985 o en su defecto a la pensión de vejez, condenar a la entidad demandada o al ISS a pagar a favor del demandante, la pensión establecida en el artículo 1 de la Ley 33 de 1985, en el equivalente del 75% del salario promedio correspondiente al último año de servicios, traída a valor presente la primera mesada pensional, junto con todos los aumentos de ley y las mesadas adicionales correspondientes a los meses de junio y diciembre de cada año, o la pensión que se establezca? El Tribunal yerra al aplicar indebidamente la regla pensional sobre la edad, al no valorar adecuadamente tanto el supuesto previsto en la Ley 33 de 1985 - 15 años de servicio para 1985, y más de 20 años de servidor público en el 1994- (folios 74 y ss.) como el establecido en el artículo 36 de la Ley 100 de 1993, el del régimen anterior en el que se encontrare afiliado quien reclama.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 35916 de 2009 - ¿Es procedente condenar a la parte demandada al reconocimiento y pago de jubilación desde agosto de 1998, con sus correspondientes mesadas adicionales de junio y diciembre y a continuar haciendo los aportes para pensión para pensión al Fondo de Pensiones del ISS hasta la fecha en que se reúna el número de semana requeridas para que el ISS asuma el pago de la pensión de vejez? Formalidades que debe cumplir la demanda de casación para su procedencia. La vía directa era el escenario jurídico natural para que la censura, valida de argumentaciones puramente jurídicas, demostrara el quebranto legal que cometió el Tribunal de las normas instrumentales que disciplinan el punto de la validez de las pruebas, como medio que llevó a la violación de las normas sustanciales.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 35915 de 2009 - ¿Es procedente condenar a la parte demandada al reconocimiento y pago de la sustitución pensional en un 50% como compañera permanente que fue del causante? Si bien es cierto que la legislación colombiana ha venido estableciendo dos modos diferentes de radicar la pensión en cabeza distinta del trabajador en razón de su muerte, según se trate de pensionado o de persona en vía de llegar a serlo por haber cumplido 20 años de servicio, un reexamen de la situación debatida permite concluir que tal circunstancia no excluye, contrario a lo definido anteriormente, la aplicación analógica del artículo 1 de la Ley 12 de 1975 al caso de la compañera permanente del pensionado fallecido, pues bajo la nueva óptica que ahora se propone es evidente que existe un vacío legislativo que debe ser llenado de acuerdo con los parámetros del artículo 19 del C. S. T.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 35914 de 2009 - ¿Es procedente ordenar la actualización del salario base de liquidación de la pensión concedida por la demandada; que como consecuencia se cancele la diferencia entre las mesadas hasta ahora pagadas y las que se debieron cancelar en virtud de la indexación de la primera mesada, y que además se le reconozca los intereses moratorios de conformidad con el artículo 141 de la Ley 100 de 1993? Deficiencia en la presentación de los cargos, razón por la cual son desestimados. Procedencia de la actualización del salario base de liquidación de las pensiones de los trabajadores oficiales que se causan en vigencia de la constitución de 1991.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 35908 de 2009 - ¿Es procedente condenar a la parte demandada al reconocimiento y pago de pensión de vejez, con sus mesadas adicionales, así como a los intereses moratorios de que trata el artículo 141 de la Ley 100 de 1993, y la indexación de los valores adeudados? Requisitos para acceder a la pensión de vejez de acuerdo con el Decreto 758 de 1990. El Tribunal incurrió en la equivocada valoración de los medios de prueba y, por ende, en los yerros fácticos denunciados, pues de los mismos no es posible deducir el cumplimiento, por parte del demandante, de las 500 semanas de cotización sufragadas en los 20 años anteriores a la edad mínima exigida.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 35896 de 2009 - ¿Es procedente condenar a la parte demandante al reconocimiento y pago de la pensión de vejez, previa corrección de la historia laboral por haber llegado a los 60 años de edad y sufragado más de 1000 semanas de cotización? Las reglas que rigen el recurso extraordinario de casación exigen a quien orienta la acusación por la vía jurídica, la plena conformidad con la situación fáctica tal como se dio por acreditada en la sentencia gravada.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 35870 de 2009 - ¿Es procedente condenar a la parte demandada al pago de la cuota parte de la pensión compartida con el ISS, al pago de la indemnización moratoria más los intereses? El Tribunal apreció erróneamente el documento contentivo de la declaración de voluntad de la empresa mediante el cual reconoció el derecho como convencional, como también, que dejó de apreciar el documento en el que la empresa entendió que la compartibilidad de la pensión no estaba atada al carácter convencional de la prestación por haber cumplido el trabajador cierto número de años, 30 en ese caso, sino al tiempo de servicios del trabajador para la entrada en vigencia de la afiliación obligatoria al ente de seguridad social en la región o lugar.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 35860 de 2009 - ¿Es procedente condenar a la empresa demandada al reconocimiento y pago de la pensión sanción consagrada en una convención colectiva de trabajo? No es requisito estar afiliado a la seguridad social para exonerarse de la pensión sanción de los trabajadores oficiales regulada por el artículo 8 de la Ley 171 de 1961.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 35853 de 2009 - ¿Es procedente condenar a la parte demandada al reconocimiento y pago de la pensión de invalidez, las mesadas causadas, los reajustes de ley, la indexación y las costas? Normativa que verdaderamente gobierna la situación pensional del demandante, teniendo en cuenta que su invalidez se estructuró el 21 de julio de 2003. El Tribunal al no considerar la inconstitucionalidad del artículo 11 de la Ley 797 de 2003 y aplicarla al asunto que ocupa la atención de la Sala, cometió el yerro jurídico que le endilga la censura.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 35850 de 2009 - ¿El instituto de la pensión convencional o voluntaria, queda cobijada por las normas constitucionales o legales que disponen la actualización monetaria de la primera mesada pensional? El actual criterio mayoritario, que admite la actualización de la base salarial tratándose de pensiones legales causadas con posterioridad a la entrada en vigencia de la nueva Constitución, impera también ahora para las extralegales, como sería el caso de las convencionales.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 35833 de 2009 - ¿Es procedente condenar a la entidad demandad al pago de los incrementos salariales con base en la Ley 4 de 1992, las vacaciones por el lapso que estuvo desvinculada la demandante, la cesantía y la prima de antigüedad liquidadas con el salario incrementado, el reajuste de la indemnización por retiro y las primas legales y extralegales, junto con la sanción moratoria, los intereses por mora, la indexación, fallo extra y ultra petita, más las costas y agencias en derecho? Legalidad de las actas de conciliación.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 35818 de 2009 - Controversia relativa al carácter de los viáticos, a favor de la demandada, en lo atinente al alojamiento que la sociedad facilita a la demandante durante sus viajes al exterior. Derecho de los auxiliares de vuelo a disponer de una habitación para pasar la noche en un hotel de primera categoría. Salario en especie. Convención colectiva de trabajo de AVIANCA S.A. Viáticos Auxiliares de Vuelo
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 35798 de 2009 - ¿Es procedente condenar a la parte demandada al reconocimiento y pago de la pensión de jubilación oficial prevista en el artículo 1 de Ley 33 de 1985, indexada junto con las mesadas adicionales de junio y diciembre de cada año, aduciendo para ello, básicamente, que por haberle prestado sus servicios como trabajador oficial por más de 20 años, y cumplir 55 años de edad, tiene derecho a la pensión de jubilación del sector oficial a cargo de la demandada pues no estuvo a caja de previsión alguna? El Tribunal yerra al aplicar indebidamente la regla pensional sobre la edad, al no valorar adecuadamente tanto el supuesto previsto en la Ley 33 de 1985 - 15 años de servicio para 1985, y más de 20 años de servidor público en el 1994, como el establecido en el artículo 36 de la Ley 100 de 1993, el del régimen anterior en el que se encontrare afiliado quien reclama.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 35792 de 2009 - ¿Es procedente condenar a la parte demandada al reconocimiento y pago de la pensión de vejez, con las mesadas adicionales de junio y diciembre, los incrementos anuales y los intereses moratorios? El parágrafo del artículo 36 de la Ley 100 de 1993 se entiende referido a la pensión de vejez contemplada en el artículo 33 de dicha ley. Por consiguiente, no es aplicable a la pensión de vejez disciplinada en normas legales anteriores, concretamente en el Acuerdo 049 de 1990.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 35787 de 2009 - ¿Es procedente condenar a la empresa demandada a pagar a la parte demandante el 12% de su mesada pensiona, por concepto del reajuste ordenado en el artículo 143 de la Ley 100 de 1993, a la indexación de las sumas causadas, y a las costas del proceso? La norma de la Ley 100 de 1993, solo establece un reajuste mensual en la pensión equivalente a la elevación en la cotización para la salud, y que dicho reajuste debe ser asumido por quien tiene a su cargo el pago de la pensión.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 35784 de 2009 - ¿Es procedente declarar que la hija de la demandante alcanzó a cotizar 500 semanas al sistema general de pensiones en el régimen de prima media, y como consecuencia de ello, se le condene a su favor al reconocimiento y pago de la pensión de sobreviviente, al retroactivo de las mesadas causadas y las adicionales, junto con los intereses de mora de que trata el artículo 141 de la Ley 100 de 1993, la indexación, lo que resulte probado extra o ultra petita, y a las costas? El Tribunal no desconoció que el requisito de la dependencia económica no debe ser total y absoluta, y al concluir que el promotor del proceso no demostró esta exigencia respecto de su hija fallecida, valga decir, el suministro de una colaboración o ayuda económica del causante que fuera esencial o significativa para el sustento de su progenitor, en definitiva se tiene que desde el punto de vista jurídico no se cometió ningún error.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 35777 de 2009 - ¿Es procedente condenar a la parte demandada al reconocimiento y pago de la pensión de vejez? Las cotizaciones causadas consignadas en la historia de la seguridad social como créditos, se han de contabilizar como cotización, aún sea de manera transitoria, hasta tanto la administradora haga efectivo el cobro, caso en el cual la cotización adquiere su valor definitivo, o hasta que acredite ser incobrable, luego de haber gestionado diligentemente su pago al empleador, caso en el cual, la cotización se declara inexistente.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 35770 de 2009 - ¿Es procedente condenar a la entidad demandada a la actualización del ingreso base de liquidación de la pensión de jubilación que se le reconoció al demandante, aplicándole al último salario promedio mensual que devengó la variación del IPC entre la fecha de desvinculación y aquella en que adquirió el derecho a tal prestación, igualmente a los reajustes a que haya lugar, debidamente indexados y a las costas del proceso? Aplicación errónea de la fórmula utilizada por la Corte para la actualización del ingreso base de liquidación.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 35768 de 2009 - ¿Es procedente condenar a la parte demandada al reajuste de los salarios, las horas extras, los días festivos laborados, las primas de servicio, la cesantía, sus intereses, la compensación en dinero por la dotaciones, y la pensión de jubilación, junto con las mesadas adicionales? Valoración de los medios probatorios.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 35746 de 2009 - ¿Es procedente condenar a la parte demandada al reconocimiento y pago de la pensión de sobrevivientes, en el equivalente al 80% del monto que le hubiere correspondido a la causante por pensión de vejez, aplicando los IPC, las mesadas causadas desde el 14 de junio de 2004 y las cotas? Exigencia de dependencia total y absoluta de acuerdo con la sentencia C-111-2006.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 35740 de 2009 - ¿Es procedente condenar a la ISS a la reliquidación de la pensión de vejez a partir del 1 de junio de 1998 y a las mesadas dejadas de pagar, teniendo en cuenta los salarios bases de cotización para los años de 1995 a 1999? Presupuestos para la configuración del error de hecho. Ninguna de las probanzas desvirtúa lo inferido por el Juez de apelaciones, ni demuestran cambios bruscos sin justificación en los salarios devengados por el actor en los últimos años de laborales y menos una elevación desmesurada de la cotización con el propósito de obtener un monto de la pensión más alto del que legalmente le correspondía.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 35732 de 2009 - ¿Es procedente condenar a la parte demandada al reconocimiento y pago de la pensión de jubilación por haber laborado más de 20 años como trabajador oficial, liquidada conforme los artículos 21 y 36 de la Ley 100 de 1993, con la indexación desde la fecha de desvinculación, hasta la del cumplimiento de la edad; además de los intereses moratorios a partir de una determinada fecha? Régimen pensional aplicable a los trabajadores oficiales, que se encontraban afiliados al ISS, cuando entró en vigencia la Ley 100 de 1993.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 35722 de 2009 - ¿Es procedente declarar que entre una entidad territorial y el esposo de la demandante existió un contrato de trabajo, que los vinculó hasta el deceso del trabajador y como consecuencia, se condene a la demandada al reconocimiento y pago de la pensión de sobreviviente a la parte demandante, a brindarles la asistencia médica y a las costas del proceso, teniendo en cuenta que el empleador no afilió al causante al sistema general de pensional, a partir del 30 de junio de 1995, como era su obligación? El incumplimiento de la obligación del empleador de afiliar a sus trabajadores al sistema general de pensiones no siempre conlleva a que aquél asuma las prestaciones propias de la ley de seguridad social, dado que existirán algunos eventos en los que dicha omisión no genere perjuicio alguno; pero sí, por el contrario, produce algún daño debe repararlo, por ejemplo, reconociendo y pagando la respectiva prestación que el sistema hubiese otorgado.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 35717 de 2009 - ¿Es procedente declarar que entre las partes del proceso existió un contrato laboral, que finalizó sin mediar justa causa para ello y como consecuencia se condene a la parte demandada a reintegrar al demandante al mismo cargo que desempeñaba al momento de la desvinculación, o a uno de superior jerarquía, con el pago de salarios y prestaciones legales y extralegales dejadas de percibir, vacaciones y demás emolumentos conforme a la ley y a una convención colectiva de trabajo, junto con los aportes a la seguridad social, lo que resulte ultra o extra petita, y las costas? Reglas con debe cumplir la demanda de casación. Falla en la técnica de formulación de los cargos que sustentan el recurso extraordinario de casación.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 35708 de 2009 - ¿Es procedente condenar a la empresa de servicios públicos domiciliarios demandada a devolverle a la parte demandante, debidamente indexadas, las sumas de dinero que le ha descontado de su pensión convencional, equivalentes al monto de las mesadas pensionales que el ISS le ha reconocido por concepto de pensión de vejez, y se le ordene que en adelante le pague en forma completa la primera prestación citada, independientemente de la prestación de vejez que le otorgó dicha entidad de seguridad social? Era posible, en consecuencia, que una misma relación de trabajo podía constituirse en fuente de dos pensiones, si una la reconocía directamente el empleador por acto voluntario suyo o por lo dispuesto en el contrato individual o en el colectivo, y la otra la otorgaba el I.S.S. de acuerdo a las cotizaciones exigidas por sus reglamentos y que debían ajustarse a la ley.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 35703 de 2009 - Demandado negó el reconocimiento de la pensión de sobrevivientes bajo el argumento de que cuando su padre falleció, si bien era menor de edad, no tenía la condición de inválido, ya que esa calidad le sobrevino con posterioridad a ese insuceso. Pensión de sobrevivientes. Invalidez que sobreviene al menor que está percibiendo una pensión de sobrevivientes, le permite conservar el derecho a mantener esa prerrogativa de manera vitalicia cuando se encuentra en la imposibilidad de vincularse laboralmente en razón de su minusvalía física
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 35691 de 2009 - ¿Es procedente condenar a la parte demandada al reconocimiento y pago de la pensión de vejez, a partir de la fecha en que el demandante cumplió 66 años de edad, más los intereses legales y la indexación, así como perjuicios morales? Falla en la técnica de presentación de los cargos a través de los cuales se pretendió sustentar el recurso extraordinario de casación.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 35690 de 2009 - ¿Es procedente condenar a la parte demandada al reconocimiento y pago de la pensión de sobrevivientes y la indexación de las sumas adeudadas? No procede la aplicación del artículo 288 de la Ley 100 de 1993, puesto que esa ley no regía al momento del fallecimiento de la afiliada; en ese sentido, tampoco son de recibo para el caso, los artículos 46 y 47 de la reseñada ley, en tanto que la muerte acaeció antes de su vigencia, y es sabido que ese hecho es el que determina la normativa aplicable.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 35683 de 2009 - ¿ES procedente condenar a la parte demandada al reconocimiento y pago de la pensión de jubilación cuando cumpla los 50 años de edad, se le cancele la tasa máxima del interés moratorio vigente sobre cada una de las mesadas pensionales pagadas con mora y la corrección monetaria? El derecho a la pensión sanción se debe revisar en el marco de las normas vigentes al momento de su causación, lo cual sucede con la terminación del contrato sin justa causa del empleado que tiene el tiempo de servicios exigido en la ley. Antes de la causación del derecho sólo se tiene una mera expectativa la cual puede ser objeto de variación por el cambio de normatividad, como en efecto sucedió en este caso, sin que esto signifique que se menoscabe derecho alguno, ya que ante no se tienen un derecho adquirido.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 35663 de 2009 - ¿Es procedente condenar a la parte demandada al pago de la diferencia de salario cuando el demandante se desempeñaba en un cargo de supervisor, recibiendo en cambio el salario de un cargo de menor jerarquía, así como a reliquidarle las prestaciones sociales correspondientes, la indemnización por despido, horas extras, dominicales y festivos ; la compensación en dinero del auxilio de alimento, la indemnización moratoria y la indemnización de perjuicios materiales y morales como consecuencia del despido injusto de que fue objeto? La exigibilidad de la obligación es la que marca el nacimiento de la prescripción como modo de extinguir los derechos y las obligaciones y por ello el Tribunal no se equivocó cuando manifestó que al no existir prueba de reclamación directa del trabajador a la empresa sobre los derechos pretendidos, la prescripción se interrumpió con la presentación de la demanda.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 35658 de 2009 - Solicitud de reconocimiento y pago de la pensión de sobrevivientes como cónyuge supérstite del afiliado. La regla general es que el derecho a la pensión de sobrevivientes debe ser dirimido a la luz de la normatividad vigente al momento del deceso del afiliado o pensionado. En atención a que el causante falleció el 14 de febrero de 2003, el derecho de los beneficiarios a la prestación de supervivencia está gobernado por los artículos 12 y 13 de la Ley 797 de 2003, que modificaron los artículos 46 y 47 de la Ley 100 de 1993, por lo que le asiste razón a la censura cuando denuncia el yerro jurídico en que incurrió la sentencia por aplicación indebida del artículo 46 de la Ley 100 en su redacción original.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 35653 de 2009 - ¿Es procedente condenar a la empresa de servicios públicos demandada al reajuste de la mesada pensional de los demandantes en un 5.77% mensual para el año 2000, al pago de los dineros que resulten por ese concepto y al reajuste de las mesadas que se causen en los años subsiguientes, teniendo en cuenta no solo el reajuste del año 2000, sino las nuevas diferencias que resulten por reajustes inferiores al 15%? Aplicación de una convención colectiva de trabajo.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 35625 de 2009 - ¿Es procedente condenar a la entidad demandada al reajuste de la pensión de jubilación, indexando la primera mesada, a las mesadas causadas incluidas las adicionales, con los incrementos legales y a las costas del proceso? Procedencia de la actualización de la primera mesada pensional respecto de la pensiones causadas con posterioridad a la entrada en vigencia de la Constitución Política de 1991.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 35617 de 2009 - ¿Es procedente condenar a la parte demandada al reconocimiento y pago de la indemnización total y ordinaria por los perjuicios causados, en la forma establecida en el artículo 216 del Código Sustantivo del Trabajo, igualmente a la diferencia entre el monto de lo reconocido por pensión de sobrevivientes por la ARP y el salario realmente devengado por el tiempo de causación de comisiones en el salario integral; al pago de las cesantías causadas, a los intereses sobre éstas; al doble de los intereses sobre las cesantías causadas por no haber sido pagadas en el mes de enero; a las primas de servicios del segundo semestre de 1997 y a las del primero y segundo semestre de 1998; a las indemnizaciones por la no consignación de la cesantías en un fondo destinado para tal fin, y la moratoria por el no pago de salarios insolutos y prestaciones sociales? Presupuestos para la configuración del error de hecho. Culpa del empleador en el accidente de trabajo.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 35616 de 2009 - ¿Es procedente condenar a la parte demandada al reconocimiento y pago de la pensión vitalicia de jubilación convencional, a que se hizo acreedor en la cuantía que por ley le corresponde en la fecha en que le fuere suspendida por la demandada, así como que se reconozcan y paguen las sumas de dinero adeudadas desde el momento en que se suspendió el pago de éstas, con los correspondientes incrementos de ley y la debida corrección monetaria? Compartibilidad de la pensión de jubilación. Error en la técnica de formulación de los cargos a través de los cuales se sustentó el recurso extraordinario de casación.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 35609 de 2009 - ¿Es procedente condenar a la parte demandada al reajuste del valor de la inicial, aplicando al salario promedio, devengado a la terminación del contrato, la devaluación monetaria entre esa fecha y la del reconocimiento de la pensión y ordenar los ajustes de la Ley 71 de 1988 y de la Ley 100 de 1993, más los intereses moratorios? Fórmula de actualización del ingreso base de liquidación, para establecer el momento de la mesada pensional.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 35608 de 2009 - ¿Es procedente condenar a la empresa demandada al reintegro del demandante a un cargo de iguales o superiores condiciones al que ocupaba al momento del despido, junto con el pago de los salarios, vacaciones y prestaciones sociales legales como extralegales dejadas de percibir durante el tiempo que permanezca cesante, más la indemnización por mora y las costas? Reglas adjetivas con que debe cumplir la demanda de casación. Proposición jurídica incompleta.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 35600 de 2009 - ¿Es procedente condenar a la parte demandad al reconocimiento y pago de la pensión de sobrevivientes, las mesadas adicionales, la sanción por no pago o la indexación, junto con las costas del proceso? Si bien la progenitora de la menor no aportó semanas dentro del año inmediatamente anterior a su muerte, sí lo hizo durante más de 5 años, lapso en el cual cotizó un abundante número de semanas que le daban derecho a acceder a los seguros contra los riesgos de invalidez y muerte
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 35599 de 2009 - Solicitud de pago de la pensión de sobrevivientes en su condición de cónyuge supérstite del afiliado. Procedencia de los intereses moratorios del artículo 141 de la Ley 100 de 1993, cuando se concede la pensión de sobrevivientes o de invalidez por cumplirse los requisitos de los reglamentos del seguro social, en aplicación del principio de la condición más beneficiosa.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 35594 de 2009 - ¿Es procedente condenar a la entidad demandada al reconocimiento y pago de la pensión de sobrevivientes en razón de la muerte del cónyuge de la demandante, junto con los intereses moratorios de que trata el artículo 140 de la Ley 100 de 19893, la indexación y las costas del proceso? El ad quem no pudo definir el asunto en los términos de la Ley 797 de 2003, vigente a la fecha del fallecimiento del afiliado, porque no encontró prueba de cotización alguna en los tres años anteriores al del deceso, tampoco lo hizo conforme con el artículo 46 de Ley 100 de 1993, al no encontrar reunidos los requisitos previstos por dicho precepto y menos lo pudo encuadrar bajo los postulados del Acuerdo 049 de 1990. En esas condiciones a la censura le correspondía desvirtuar tales conclusiones y demostrar, si así lo consideraba, una realidad probatoria contraria, si quería salir avante con la acusación, obviamente mediante la confección de uno o varios errores de hecho por la vía indirecta y no por la que escogió que fue la de puro derecho.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 35593 de 2009 - ¿Es procedente declarar que la demandante tiene derecho a la nivelación salarial y como consecuencia de ello se condene a la parte demandada a pagar a su favor los reajustes salariales causados y de las prestaciones sociales, más las costas del proceso? Presupuestos para la configuración del error de hecho. La nivelación salarial, pueden darse en circunstancias diferentes a las estrictamente señaladas en los artículos 143 del Código Sustantivo del Trabajo y 5° de la Ley 6ª de 1945, y en consecuencia habrá casos en que no es menester medir las condiciones de eficiencia con otros trabajadores.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 35581 de 2009 - ¿Es procedente condenar a la parte demandada al reconocimiento de la pensión de jubilación, actualizándosele el salario base de liquidación de la primera mesada pensional? Norma que regula la congruencia de la sentencia de segunda instancia con respecto al recurso de apelación y la competencia del ad quem frente a dicho recurso.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 35575 de 2009 - ¿Es procedente condenar a la parte demandada al reconocimiento y pago de la pensión de sobrevivientes, junto con los intereses moratorios? Aplicación del principio de la condición más beneficiosa tratándose de la pensión de sobrevivientes.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 35563 de 2009 - ¿Es procedente condenar a la parte demandada a la reliquidación de sus salarios aplicando el IPC año a año desde el 2002 al 2005; adicionalmente de manera independiente se ordene el reajuste de los salarios año por año en un 3% en virtud de una convención colectiva de trabajo y como consecuencia de lo anterior se reliquiden los derechos laborales de la demandante? Se equivoca el Tribunal al considerar que los trabajadores de la demandada mantuvieron su calidad de trabajadores particulares con posterioridad al 29 de septiembre de 1999, al adquirir el Estado un capital accionario superior al 90% en la demandada, por cuanto la posición mayoritaria de la Sala es que a partir de esa fecha y en virtud de dicha capitalización, estos trabajadores tienen la calidad de trabajadores oficiales y se les aplica el régimen de este tipo de servidores públicos. No obstante ser el cargo fundado, no está llamado a prosperar, toda vez que la Ley 4ª de 1992 es el sustento legal del reajuste solicitado, normatividad que la Sala Laboral ha precisado que se aplica solamente a los empleados públicos y no a los trabajadores oficiales.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 35552 de 2009 - ¿Es procedente condenar a la parte demandada al reajuste de todas las mesadas pensionales a una de terminada cantidad de salario mínimos legales mensuales vigentes, desde la fecha en solicitó el reajuste y que se deberán indexar las sumas dejadas de cancelar hasta la fecha efectiva del pago? El promotor del pleito tenía derecho, cuando cumpliera los cincuenta y cinco (55) años de edad, a reclamar de su empleadora la pensión de jubilación, pues, como lo admite la propia impugnación, por ser beneficiario del régimen de transición pensional le era aplicable la citada disposición legal, pese a su derogatoria por la Ley 100 de 1993, como surge de lo dispuesto por el artículo 3 del Decreto 813 de 1994.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 35549 de 2009 - ¿Es procedente condenar a la parte demandada al reconocimiento y pago de la pensión especial de jubilación proporcional en forma compartida, conforme el artículo 3 del Decreto 1651 de 1991y una convención colectiva de trabajo, en un monto del 56% de su último salario promedio de liquidación, con efectividad a partir del 30 de noviembre de 1991, a los reajustes de ley y las costas? Presupuestos para la configuración del error de hecho.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 35548 de 2009 - ¿Es procedente condenar a la parte demandada a la reliquidación de los salarios aplicando el correspondiente IPC; al reajuste de los salarios año por año en un 3% de conformidad con una convención colectiva de trabajo y como consecuencia de ello que reliquide los derechos laborales del demandante? Al no existir mandato legal que obligue a la entidad accionada a efectuarle al actor los aumentos salariales pretendidos, no puede hablarse tampoco de desacato al principio consagrado en el artículo 53 de la Carta Política, al establecer la situación más favorable al trabajador en caso de duda en la aplicación de las fuentes formales del derecho; y menos aún de violación al debido proceso.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 35530 de 2009 - ¿Es procedente condenar a la parte demandada al reconocimiento y pago de la pensión de jubilación consagrada en una convención colectiva de trabajo? Viabilidad de la pensión de jubilación convencional.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 35468 de 2009 - ¿Es procedente condenar a la entidad demandad al reconocimiento y pago de la pensión de sobrevivientes y a la entrega de 50% pensional que se encuentra en reserva? El fallador de alzada al aplicar el original artículo 47 original de la Ley 100 de 1993, no incurrió en la aplicación indebida que acusa la censura, puesto que, sin duda alguna, se atuvo íntegramente al texto de la normativa en comento vigente para cuando ocurrió el fallecimiento.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 35459 de 2009 - ¿Es procedente condenar a la entidad demandada al reconocimiento y pago de la pensión de sobrevivientes, las mesadas adicionales, la sanción por no pago o la indexación y las costas del proceso? Teniendo en cuenta que el causante falleció el 7 de noviembre de 1999, la normativa aplicable era el artículo 47 de la Ley 100 de 1993.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 35455 de 2009 - Solicitud de reconocimiento y pago de la pensión de invalidez de origen común. El derecho a la pensión de invalidez debe ser dirimido a la luz de la normatividad vigente al momento en que se estructura tal estado. El actor no cumple las exigencias de la normatividad que le es aplicable porque tal como se dio por establecido en el proceso, no cotizó semana alguna en los últimos tres años anteriores a la fecha de estructuración de la invalidez, por lo que no le asiste el derecho a la pensión deprecada.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 35451 de 2009 - ¿Es procedente condenar a la entidad territorial demandada al reconocimiento y pago de la pensión de jubilación establecida en una convención colectiva de trabajo y a las costas del proceso? Inaplicación de convenciones colectivas de trabajo a empleados públicos. No le es permitido a las corporaciones municipales o departamentales expedir normas generales sobre pensiones, ya que esa es una atribución exclusiva y excluyente del Congreso.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 35439 de 2009 - ¿Es procedente condenar a la entidad demandada a la reliquidación de la pensión de jubilación teniendo como ingreso base el 75% del promedio de lo devengado en el último año de servicios, y el pago consecuencial debidamente indexado? No se equivoca el Tribunal en la interpretación que hace del artículo 36 de la Ley 100 de 1993, en lo relativo a la forma de determinar el ingreso base de liquidación de las pensiones amparadas por el régimen de transición establecido en esa normatividad.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 35435 de 2009 - ¿Es procedente condenar a la entidad demandada al reconocimiento y pago debidamente indexado, el salario correspondiente al valor del incremento pactado convencionalmente para los años 2003 y 2004; los dominicales y festivos; la diferencia entre lo pagado y su valor real de las cesantías y sus intereses, primas de servicios, vacaciones y primas de vacaciones; la sanción moratoria; los perjuicios morales; lo que resulte probado extra y ultra petita y, las costas procesales? Presupuestos para la configuración del error de hecho. Error en la técnica de formulación de los cargos que sustentan el recurso extraordinario de casación. No es procedente a través del recurso extraordinario de casación fijas el sentido que las convenciones colectivas de trabajo tienen como norma jurídica, Las convenciones colectivas de trabajo deben interpretarse ateniéndose más a la intención que tuvieron quienes lo celebraron. Aplicación del principio de la norma más favorable consagrado en el artículo 21 del Código Sustantivo del Trabajo.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 35404 de 2009 - ¿Es procedente reconocer la sustitución pensional de la demandante, a partir de la fecha en que falleció su compañero permanente y se revoquen las resoluciones mediante las cuales se le reconoció la pensión a la cónyuge del causante? Falla en la técnica de formulación de los cargos que sustentan el recurso extraordinario de casación.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 35396 de 2009 - ¿Es procedente condenar a la entidad territorial demandada al reconocimiento y pago de la pensión de jubilación convencional y a los intereses moratorios? El recurrente en casación soporta la carga de controvertir todos los soportes del fallo que impugna, porque aquellos que deje libres de críticas seguirán sirviendo de pivote a la decisión, en la medida en que las acusaciones exiguas, precarias o parciales carecen de la virtualidad suficiente en el horizonte de la aniquilación de una sentencia en el, de por sí, estrecho ámbito de la casación del trabajo y de la seguridad social.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 35388 de 2009 - ¿Es procedente declarar ilegal la compensación entre la pensión de jubilación que le reconoció y la pensión de vejez que le otorgó el ISS y que de le pague al demandante lo que recibió de ese instituto, junto con los intereses moratorios? No le asiste razón al censor puesto que el Tribunal no incurrió en error al estimar compartibles ambas pensiones, pues ese es el criterio jurídico que la Corte considera acertado. Subrogación de las pensiones de jubilación del sector oficial del orden nacional y territorial por la de vejez a cargo del I.S.S.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 35380 de 2009 - ¿Es procedente condenar a la entidad demandada al reconocimiento y pago de la pensión de jubilación, a partir del 2 de octubre de 1997, hasta tanto el I.S.S. le otorgue la de vejez, quedando a cargo de éstas el mayor valor existente entre ambas prestaciones; así mismo, a reajustar y pagar en forma indexada, el valor de la primera mesada pensional de acuerdo al IPC desde el 27 de mayo de 1986 hasta el 2 de octubre de 1997 y a los intereses moratorios? Para liquidar una pensión legal del régimen de transición pensional de una persona que accedió a ella por haber servido al sector oficial por más de 20 años y cumplido la edad o la totalidad de requisitos no solo después de la vigencia de la Ley 100 de 1993, sino también después de la entrada en vigor de la actual Constitución Política, la base salarial para tasar la correspondiente mesada pensional, no es otra que la señalada por el inciso tercero del artículo 36 de la ley de seguridad social, resultando en estas condiciones procedente la actualización del ingreso base de liquidación para determinar el monto de la primera mesada.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 35367 de 2009 - ¿Es procedente declarar la compatibilidad de la pensión que le reconoció la empresa de servicios públicos domiciliarios demandada con la de vejez que le concedió el ISS y como consecuencia se le condene a devolverle indexados los dineros descontados y el retroactivo que le pagó el ISS a la empresa? No se equivocó el Tribunal cuando decidió que las pensiones empresarial y de vejez eran compatibles, por haber sido concedida la primera antes de la entrada en vigencia del artículo 5 del Acuerdo 029 de 1985, aprobado por el Decreto 2879 del mismo año, y mucho menos, cuando la norma convencional sobre la cual se le concedió la pensión de jubilación al demandante no contempló restricción alguna en cuanto a su disfrute, de donde resulta que la determinación de la entidad demandada, adoptada en la resolución de reconocimiento, de cesar el pago de la misma hasta cuando el Seguro Social concediera la de vejez, así como la que tomó en la Resolución 820 de 1988, de compartirla con la citada entidad de previsión social, son manifestaciones unilaterales que no tienen que afectar la percepción de la pensión convencional que al actor se le otorgó y que no estaba condicionada en el canon contractual que la consagró.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 35352 de 2009 - ¿Es procedente condenar a la parte demandada al pago de la indexación de la primera mesada pensional a la indexación de la condena y a las costas del proceso? Procedencia de la indexación de pensiones causadas con posterioridad a la entrada en vigencia de la Constitución Política de 1991.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 35332 de 2009 - Demanda inicial promovida para que se condenara al Seguro Social a pagar la pensión de sobrevivientes a la compañera permanente y los hijos menores del causante. Principio de la condición más beneficiosa consagrado en el artículo 53 de la Carta Política. Las normas sobre trabajo, por ser de orden público producen efecto general inmediato
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 35331 de 2009 - Solicitud de reajuste de la pensión de jubilación de conformidad con el artículo 1º de la Ley 4ª de 1976. Frente a los actores no es dable pregonar derechos adquiridos, o incluso expectativas de derecho, puesto que para el momento en que empezó a regir la Ley 71 de 1988 tan sólo tenían una mera expectativa.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 35330 de 2009 - ¿Es procedente condenar a la parte demandada al reajuste de la pensión de conformidad con los establecido por el parágrafo 3 del artículo 1 de la Ley 4 de 1976, a partir del año 2000 y por cada año subsiguiente; a lo que reculte probado ultra y extra petita y a las costas del proceso? La Ley 4ª de 1976, fue derogada por las Leyes 71 de 1988 y 100 de 1993 y en esas condiciones, no resulta posible acceder al reconocimiento de reajustes con fundamento en una norma que dejó de existir.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 35324 de 2009 - ¿Es procedente condenar a la entidad demandada al reconocimiento y pago de la pensión de invalidez de origen común, más indemnización por mora? Normativa aplicable para efectos de discernir el derecho a la pensión de invalidez deprecada, teniendo en cuenta que el respectivo estado se estructuró el 29 de junio de 2003 cuando había sido expedido el artículo 11 de la Ley 797 de 2003, que modificó el artículo 39 de la Ley 100 de 1993, y que fue posteriormente declarado inconstitucional por la Corte Constitucional mediante sentencia C-1056-2003.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 35310 de 2009 - ¿Es procedente condenar a la parte demandada al reconocimiento y pago de la pensión restringida de jubilación y los interese moratorios? No se equivocó el Tribunal al concluir que al demandante no le asistía derecho a la pensión restringida de jubilación, en razón de que al momento de su desvinculación estaba afiliado al Instituto de Seguros Sociales, toda vez que el artículo 133 de la Ley 100 de 1993 prevé ese derecho sólo en caso de que el trabajador no hubiese sido afiliado al Sistema General de Pensiones, por omisión del empleador, circunstancia que no ocurrió en el sub lite.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 35309 de 2009 - ¿Es procedente condenar a la demandada al pago de la reliquidación del salario básico mensual y adicional al convencional, de la indemnización convencional por despido sin justa causa, las primas legales, las vacaciones, la prima de vacaciones, las primas semestrales extralegales, las cesantías e intereses, entre el 1 de enero de 2002 y la fecha de terminación de su contrato de trabajo; el pago de la indemnización moratoria y la indexación de las condenas? Al no existir mandato legal que obligue a la entidad accionada a efectuarle al actor los aumentos salariales pretendidos, no puede hablarse tampoco de desacato al principio consagrado en el artículo 53 de la Carta Política, al establecer la situación más favorable al trabajador en caso de duda en la aplicación de las fuentes formales del derecho; y menos aún de violación al debido proceso.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 35306 de 2009 - Solicitud de reconocimiento y pago de la pensión de sobrevivientes como cónyuge supérstite del afiliado. El derecho a la pensión de sobrevivientes debe ser dirimido a la luz de la normatividad vigente al momento del deceso del afiliado o pensionado. No es procedente la aplicación del principio de la condición más beneficiosa, pues cuando la muerte del afiliado acontece en vigencia del artículo 12 de la Ley 797 de 2003, es esta la normatividad aplicable para efectos de dirimir el derecho a la pensión de sobrevivientes.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 35303 de 2009 - ¿Es procedente que el despido carece de efecto jurídico y que como consecuencia, el demandante sea reintalado en el mismo cargo y funciones, y le paguen los salarios legales y extralegales y las prestaciones hasta ser reubicado? Por tratarse de una de las sanciones por la omisión en el cumplimiento de deberes patronales, prevista en el artículo 65 del C.S.T., debe seguir las mismas reglas de los otros casos previstos en la norma que la contiene; esto conduce a que dicha sanción no puede operar de manera automática sino que es menester analizar el comportamiento del empleador, no siendo procedente cuando aparezca que estuvo revestido de buena fe". Y agregó: "La sanción de ineficacia reclamada sólo procede cuando no se acredite buena fe del empleador y para la eventual prosperidad de un cargo por la vía directa, sería menester que el fallo de segunda instancia hubiera dado por probados como supuestos fácticos esenciales, no sólo el incumplimiento del empleador sino también la presencia de la mala fe.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 35294 de 2009 - ¿Es procedente condenar a la parte demandada a reajustar el valor inicial de la pensión que le reconoció, aplicando el salario promedio que devengó en el último año de servicios, el valor de la devolución monetaria causada entre la fecha de su retiro y aquella en que empezó a disfrutar de dicha prestación, así mismo a los correspondientes reajustes sobre las mesadas causadas, incluidas las adicionales de junio y diciembre y las costas del proceso? Procedencia de la actualización del ingreso base de liquidación para las pensiones causadas con posterioridad a la entrada en vigencia de la Constitución Política de 1991.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 35251 de 2009 - Solicitud de pago de la pensión restringida de jubilación consagrada en la Ley 171 de 1961, en concordancia con el Decreto 1848 de 1969. Teniendo en cuenta que la relación de trabajo entre las partes terminó el 24 de febrero de 2005, no cabe duda que la normatividad aplicable al presente asunto es la Ley 100 de 1993, pues basta remitirse al contenido del parágrafo primero de su artículo 133, el cual indica que lo dispuesto en él se aplica exclusivamente tanto a los servidores públicos que tengan la calidad de trabajadores oficiales como a los trabajadores del sector privado.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 35238 de 2009 - Solicitud de pago de la pensión restringida oficial de jubilación prevista en la Ley 171 de 1961, en concordancia con el artículo 74, numeral 2 del Decreto 1848 de 1969. Resulta inexplicable que se hubiera estructurado un recurso de casación sobre supuestos que no corresponden a la realidad, tratando de negar lo que es evidente.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 35198 de 2009 - ¿Es procedente condenar la parte demandada al reconocimiento y pago de la pensión de vejez a partir del 1 de febrero de 2000 por tener más de 50 años de edad y estar retirado del servicio, así como la indexación de la deuda? Edad mínima requerida para acceder a la pensión de jubilación de los empleados públicos. Los servidores públicos que prestaban servicios a las entidades territoriales antes de la entrada en vigor de la Ley 33 de 1985, en materia pensional se regían por la Ley 6ª de 1945.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 35190 de 2009 - ¿Es procedente declarar la compatibilidad o concurrencia entre la pensión voluntaria concedida por la empresa de servicios públicos demandada y la pensión de vejez otorgada por el Instituto de Seguros Sociales, y como consecuencia de ello, se le condenara a su favor a la devolución de los valores descontados mensualmente desde el momento de la compartibilidad ilegal hasta que se normalice el pago de la pensión voluntaria, así como devolverle el valor del retroactivo pensional recibido del Instituto de Seguros Sociales, sumas que deberán ser indexadas al momento de su pago y los intereses moratorios de conformidad con el artículo 141 de la Ley 100 de 1993 más las costas? La situación pensional del demandante no se enmarca dentro de los presupuestos de las normas denunciadas por la censura que consagran la pensión legal de jubilación para el sector oficial (artículos 17 literal b. de la Ley 6ª de 1945, 3 y 9 de la Ley 65 de 1946), y las que regulan la compartibilidad de las pensiones extralegales como son los artículos 5° del Acuerdo 029 de 1985 y 18 del Acuerdo 049 de 1990, primer precepto tomado por el fallador de alzada para resaltar que con anterioridad al 17 de octubre de 1985, las pensiones convencionales son perfectamente compatibles con las pensiones legales concedidas por el ISS, inferencia que resulta ajustada al pronunciamiento jurisprudencial antes reproducido.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 35171 de 2009 - ¿Es procedente condenar a la entidad demandada al reconocimiento y pago de la pensión de sobrevivientes a la actora en su condición de cónyuge supérstite del afiliado fallecido? Cuando los reparos no versan sobre el contenido de la prueba, sino sobre los requisitos que la ley exige para su producción, aducción o validez, no se está en presencia de yerros fácticos, sino de violaciones de medio de las reglas procesales que gobiernan tales aspectos, en esos eventos entonces, la vía de ataque adecuada es la directa.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 35154 de 2009 - No basta con la habitualidad y continuidad para que la vivienda, alimentación y el arreglo del vestuario sean salario en especie, sino que se necesita que expresamente no hayan pactado las partes que no constituyen salario. Un pago en especie que se efectué de manera habitual y continua y además retribuya directamente el servicio debe ser considerado como salario para todos los efectos legales
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 35144 de 2009 - ¿Es procedente condenar a la parte demandada al reconocimiento y pago de la pensión de jubilación, la indexación y las costas del proceso? La normativa que verdaderamente gobierna la situación pensional del demandante en relación con el derecho pensional demandado, lo es el artículo 1 de la Ley 33 de 1985, que conforme a lo expresado se aplicó en debida forma por parte del juez colegiado, no siendo en consecuencia aplicable al caso el numeral segundo del artículo 75 del Decreto 1848 de 1969, máxime cuando no se está involucrando en el pago de tal prestación el citado municipio.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 35129 de 2009 - Solicitud de reconocimiento y pago de la pensión de sobrevivientes para un menor hijo. El principio de la condición más beneficiosa se encuentra plenamente garantizada mediante la aplicación del principio de favorabilidad que se consagra en materia laboral, no sólo a nivel constitucional sino también legal, y a quien corresponde determinar en cada caso concreto cuál norma es más ventajosa o benéfica para el trabajador es a quien ha de aplicarla o interpretarla.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 35126 de 2009 - ¿Es procedente condenar a la parte demandada a la reliquidación de la pensión de vejez, teniendo en cuenta los factores salariales, tales como jornal básico mensual, auxilio de alimentación, horas extras, prima de servicio, de vacaciones y de navidad, la indexación de las diferencias y los intereses moratorios? Distinción entre el status de pensionado o el reconocimiento de la pensión en sí mismo, y los factores salariales que sirven de base para la liquidación de dicha prestación, para adoctrinar que el primero resulta imprescriptible, mientras que los segundos están sujetos a lo previsto en el artículo 488 del C. S. del T y 151 del C. P. del T. y de la SS.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 35121 de 2009 - ¿Es procedente declarar que el accidente sufrido por un trabajador a raíz del cual falleció en el mismo lugar de los hechos, fue un accidente de trabajo que sucedió por culpa de la empleadora, y como consecuencia, se les condenara a pagar a cada uno, los correspondientes perjuicios patrimoniales y extrapatrimoniales, representados en el lucro cesante consolidado y futuro, junto con el daño moral subjetivo, más las costas? Al concluirse que el deceso del trabajador, acaeció en el sitio al cual fue enviado por su superior, mientras esperaba que la cuadrilla de trabajadores que trasportó cumplieran con la labor encomendada, donde el vehículo fue alcanzado por la electricidad por haberse dejado sobre el mismo un cable que se conectó a 13.500 voltios; se tiene que para ese instante, sin hesitación alguna se encontraba prestando sus servicios a la sociedad demandada, dentro de la jornada y bajo sus órdenes; hechos que son signo de que el percance que ocasionó el daño a la víctima sucedió en el entorno laboral.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 35115 de 2009 - ¿Es procedente condenar a la parte demandad al reconocimiento y pago de la pensión de vejez, sobre el salario mínimo mensual vigente, las mesadas desde cuando cumplió 60 años de edad y la indexación? Si el cargo pretendía derruir la conclusión del juez de la alzada, demostrando que el acuerdo de las partes no podía llevarse a cabo porque en el caso del actor no hubo múltiple vinculación y que su afiliación al Seguro Social era válida, no era la vía indirecta la adecuada para ese propósito, pues aun de encontrarse que de las pruebas que se citan como dejadas de apreciar se desprendiera que no se presentó esa múltiple vinculación, la conclusión del Tribunal seguiría soportada en la valoración del documento que informa de la reunión del 26 de septiembre de 2003, en la que, ya se dijo, no existió ningún yerro apreciativo.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 35080 de 2009 - Solicitud de reconocimiento de la pensión de sobreviviente causada por la muerte de su compañero permanente. No tiene aplicación el criterio jurisprudencial expuesto por la Sala en anteriores sentencias sobre el principio de la condición más beneficiosa, pues se trató de situaciones en las que con la expedición del nuevo sistema integral de seguridad social consagrado en la Ley 100 de 1993, que redujo drásticamente el requisito de la densidad de semanas de cotización para acceder a la pensión de sobrevivientes a un número de 26, no era dable y resultaba violatorio de ese postulado consagrado en el artículo 53 de la Constitución Política, abolir las prerrogativas de los derechohabientes originadas por los afiliados que en vigencia de la normatividad anterior habían cumplido con una intensidad de semanas muy superior, esto es, 150 en los 6 años anteriores a la muerte o 300 en cualquier tiempo, conforme a las exigencias de los artículos 6 y 25 del Acuerdo 049 del ISS, aprobado por el Decreto 758 de 1990.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 35077 de 2009 - ¿Es procedente condenar a la parte demandada al reintegro del demandante al mismo cargo o a uno igual o de superior categoría al que desempeñaba al momento de su desvinculación hasta la fecha en que se efectúe el reingreso? Las consecuencias del despido colectivo establecidas en el artículo 67 de la Ley 50 de 1990, no se aplican a los trabajadores oficiales.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 35066 de 2009 - Solicitud de reconocimiento y pago de la pensión de sobrevivientes con ocasión de la muerte del padre de la actora. Para acceder a ella se requiere la demostración de la dependencia económica que el ad quem encontró acreditada con otros medios de convicción; luego en ningún error fáctico incurrió el juzgador de segundo grado al no tener en cuenta dicha prueba de confesión.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 35064 de 2009 - ¿Es procedente, previa declaratoria de que fue miembro activo de la organización sindical de los trabajadores de las Obras Públicas Departamentales y que como tal era titular de los derechos extralegales y garantías establecidas en la convención colectiva de trabajo, se le reconociera y pagara la pensión de jubilación de acuerdo con el parágrafo único del artículo 35 del convenio colectivo; el incremento salarial del 25% sobre el salario que estaba devengando a la terminación del contrato de trabajo con seis meses de anticipación de conformidad con lo previsto en el artículo 36 ibídem; los intereses moratorios; lo que resulte probado extra y ultra petita; y las costas del proceso? Calidad de trabajador oficial. Es deber probar que las funciones estaban relacionadas con las actividades de construcción y sostenimiento de obras públicas.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 35063 de 2009 - Conflictos entre cónyuge y compañera permanente que reclama sustitución de la pensión del jubilado fallecido por haber convivido con él hasta la fecha de su fallecimiento. Separación de hecho con la esposa del causante. Presunción de la calidad de compañero o compañera permanente, lo hace para el evento en que la persona se haya inscrito por el causante ante la entidad administradora
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 35049 de 2009 - ¿Es procedente condenar a la parte demandada al reconocimiento y pago de la pensión de sobreviviente y las mesadas atrasadas? De haber incurrido en un desacierto jurídico, es claro que no tuvo origen en el desconocimiento de la norma o en la rebeldía contra su texto, que es lo que configura la infracción directa, sino en el sentido que le otorgó, porque determinar cuál es el primer día calendario del segundo mes siguiente a la fecha de solicitud del traslado elevada ante la nueva administradora, que lo fue el 1º de agosto de 1998, es asunto relacionado con la intelección de la norma, y, con todo, daría lugar en el recurso extraordinario a una modalidad de violación de la ley diferente a la infracción directa, que con total claridad es la que se denuncia.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 35038 de 2009 - ¿Es procedente declarar que entre las partes del proceso existió un contrato laboral y como consecuencia de ellos, se reintegre al demandante al mismo cargo que venía desempeñando al momento de la desvinculación, con el pago de los salarios y prestaciones sociales legales o convencionales dejados de percibir, los aportes a la seguridad social, así como los incrementos salariales, las prestaciones sociales, vacaciones y la prima de éstas, auxilio de alimentación y de transporte causadas durante la vigencia del nexo contractual, la devolución de lo pagado por cotizaciones en salud o pensión y pólizas, la indexación y las costas? Reintegro de quien adquirió la condición de trabajador oficial, en virtud de la declaratoria de un contrato de trabajo por la aplicación del principio protector de la primacía de la realidad; frente a la creación, supresión o fusión de cargos necesarios en un ente oficial, como es el caso de una empresa, industrial y comercial de Estado, donde la conformación de la respectiva planta de personal está reservada a la ley o los estatutos de la entidad; y la consecuente inaplicabilidad de la cláusula de estabilidad prevista en la convención colectiva de trabajo
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 35007 de 2009 - ¿Es procedente condenar a la parte demandada al reintegro de la demandante al haber sido despedida en estado de incapacidad, con las consecuencias en cuanto al pago de los derechos laborales? Falla en la técnica de formulación de los cargos a través de los cuales de pretendió sustentar el recurso extraordinario de casación.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 34987 de 2009 - ¿Es procedente condenar a la parte demandada al pago de la pensión sin que sea compartida con el ISS, la diferencia de las mesadas atrasadas y los intereses moratorios? El Acuerdo 029 de 1985, aprobado por el Decreto 2879 de ese mismo año, es el referente necesario para establecer el alcance de las pensiones consagradas en fuentes extralegales, como el contrato de trabajo, los pactos o las convenciones colectivas. as jubilaciones voluntarias, unilaterales o pactadas, anteriores al 17 de octubre de 1985, fecha en la cual entró en vigencia el artículo 5º del citado Acuerdo, por regla general son compatibles con la pensión de vejez a cargo del Instituto de Seguros Sociales; las primeras devienen del otorgamiento voluntario o convencional y las segundas de las cotizaciones al sistema de seguridad social en pensiones.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 34980 de 2009 - ¿Es procedente condenar a la parte demandada a que se pague a favor de la demandante y su menor hijo los perjuicios materiales en lo correspondiente a daño emergente y lucro cesante, consolidados y futuros, por el accidente de trabajo que le causó la muerte a su compañero permanente? En el régimen de riesgos profesionales derivado de la responsabilidad objetiva, la legislación laboral colombiana determina el salario base que debe tenerse en cuenta para fijar las indemnizaciones o prestaciones respectivas. No ocurre lo mismo, a efectos de determinar las indemnizaciones originadas en culpa patronal en los casos de accidente de trabajo, porque ni el artículo 216 del CST que la prevé ni ninguna otra normatividad laboral obliga a tener en cuenta un determinado salario base de su liquidación; luego carece de fundamento el reparo de la acusación según el cual necesariamente debía liquidarse el resarcimiento de los daños provenientes de la culpa, con fundamento en el salario devengado por el demandante al momento de la ocurrencia del insuceso.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 34977 de 2009 - ¿Es procedente ordenar la reliquidación de los salario teniendo en cuenta el IPC, la reliquidación de la anterior suma junto con el aumento automático convencional del 3%, causado a partir de 2001 hasta 2005, en forma independiente y como consecuencia de lo anterior, se reliquiden los derechos pensionales del demandante y ordenar el pago de la indemnización moratoria prevista en el Decreto 7979 de 1949 o en subsidio la indexación de los valores de la condena? El Tribunal se equivoca al considerar que los trabajadores de la demandada mantuvieron su calidad de trabajadores particulares con posterioridad al 29 de septiembre de 1999, al adquirir el Estado un capital accionario superior al 90% en la demandada, por cuanto la posición mayoritaria de la Sala al respecto, es que a partir de esa fecha y en virtud de dicha capitalización, estos trabajadores tienen la calidad de trabajadores oficiales y se les aplica el régimen de este tipo de servidores públicos. No obstante ser el cargo fundado, no está llamado a prosperar, toda vez que no resulta viable declarar el reajuste pretendido por el actor en su alcance principal o subsidiario.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 34976 de 2009 - ¿Es procedente condenar a la entidad demandada al reconocimiento y pago de la pensión de jubilación en cuantía que por ley le corresponde en la fecha en que fuere suspendida por la demandada y de las sumas de dinero adeudadas desde cuando la pensión se hizo exigible, esto es, desde cuando se le suspende su pago y atendiendo a los aumentos y ajuste de ley? Falla en la técnica de formulación de los cargos que sustentan el recurso extraordinario de casación.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 34964 de 2009 - ¿Es procedente condenar a la entidad demandada a la reliquidación de la pensión de jubilación que le reconoció, de conformidad con el ingreso base de liquidación establecido en el artículo 36 de la Ley 100 de 1993, aplicando la variación del IPC certificado por el DANE, en los términos señalados en el artículo 11 del Decreto 1748 de 1995, igualmente al apago de la diferencia resultante, con los reajustes legales, a los intereses moratorios, y a las costas del proceso? el tomar el valor monetario a actualizar y multiplicarlo por el índice de precios al consumidor final y dividirlo por el IPC inicial, es dable sostener que esta fórmula también cumple a cabalidad con el designio y espíritu de la norma en comento y demás postulados de rango constitucional que en materia pensional consagran los artículos 48 y 53 de la Constitución Política, para efectos de determinar el ingreso base de liquidación y establecer el monto de la primera mesada en aquellos casos no contemplados en la ley de seguridad social, empero observando la variación del IPC para cada anualidad en la medida que el artículo 36 de la Ley 100 de 1993 así lo exige; lo cual es semejante a la fórmula que viene aplicando la jurisprudencia constitucional y del Consejo de Estado.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 34954 de 2009 - ¿Es procedente declarar la nulidad de la conciliación celebrada por las partes del proceso, con imposibilidad de repetir lo pagado al demandante; que existe el fenómeno de compatibilidad pensional y se le condene a pagarle la jubilación en forma completa, con las mesadas atrasadas, debidamente indexadas; a lo que resulte probado extra y ultra petita y a las costas? Falla en la técnica de formulación de los cargos de la demanda de casación.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 34941 de 2009 - ¿Es procedente declarar la nulidad absoluta de la conciliación celebrada entre las partes y, consecuencialmente el restablecimiento del contrato que las vinculó así como el reintegro al mismo cargo que desempeñaba al momento del despido y el subsiguiente pago de salarios, primas, beneficios y demás derechos legales y convencionales, todo debidamente indexado, desde que se produjo el despido hasta cuando se ordene la nulidad de la conciliación? La aparición en el acta conciliatoria de unos descuentos por intereses de préstamos línea universal, en ningún momento constituye un objeto ilícito ni acarrea la nulidad de dicho acuerdo, sin que, por otro lado, aparezca demostrado que en la suscripción del acta, la voluntad del demandante haya sido distorsionada por algún vicio, pues en este tema la impugnación solo queda en conjeturas.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 34932 de 2009 - Solicitud de indexación de la primera mesada pensional. No le asiste razón al opositor al señalar que la vía correcta es la indirecta, cuando no se controvierten los datos básicos, sino que ellos, si bien se interpretan las normas, deben ser tomados actualizados monetariamente, los de los valores de las mesadas de una pensión convencional. Se declara probada la excepción de prescripción propuesta en relación con el ajuste pretendido respecto a las mesadas causadas con anterioridad al 27 de agosto de 2000.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 34930 de 2009 - ¿Es procedente condenar a la parte demandada a la indexación de la base salarial de su primera mesada pensional de jubilación; se paguen las diferencias resultante entre lo efectivamente cancelado y lo que le corresponde si le hubiere liquidado correctamente; los reajustes de ley y las costas del proceso? Procedencia de la indexación de pensiones reconocidas con posterioridad a la entrada en vigencia de la Constitución Política de 1991.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 34928 de 2009 - ¿Es procedente condenar a la entidad demandada al reconocimiento y pago de la pensión de sobrevivientes, los aportes al Sistema de Seguridad Social en Salud, la indexación y los valores por los conceptos que se prueben? Afiliación al Sistema General de Seguridad Social.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 34922 de 2009 - ¿El artículo 133 de la Ley 100 de 1993, vigente para el despido del demandante, remplazó al artículo 8 de la Ley 171 de 1961 junto al artículo 74 del Decreto 1848 de 1969; siendo estas últimas disposiciones el fundamento legal de la petición de pensión restringida de jubilación -pensión sanción- del demandante, en el sentido de establecer cuales son los requisitos que debe cumplir el actor para ser beneficiario de la pensión sanción instituida en los preceptos legales antes citados? La Ley 171 de 1961, en particular su artículo 8°, y el decreto concordante, 1848 de 1969, artículo 74, quedaron derogadas con la expedición de la ley 100 de 1993, artículo 133, en lo relativo a la pensión sanción o restringida, de acuerdo a las puntuales circunstancias fácticas que preceden este efecto jurídico.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 34899 de 2009 - Demandante se le negó el reconocimiento de la pensión de sobrevivientes, con fundamento en la falta de convivencia de los esposos. La convivencia entre los cónyuges no desaparece por la sola ausencia física de alguno de los dos, cuando ello ocurre por motivos justificables, como de salud, oportunidades u obligaciones laborales, imperativos legales o económicos, entre otros
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 34897 de 2009 - ¿Es procedente condenar a la parte demandada al reajuste de la pensión de jubilación, teniendo en cuenta que fue causada en el 2003, y que por tanto se le debió aplicar el incremento del IPC para el 2004, además en la liquidación no se incluyeron la totalidad de los factores, ni ésta se hizo conforme a los parámetros de una convención colectiva de trabajo? La parte demandante no se encuentra legitimada en casación para solicitar el reconocimiento de la pensión de jubilación a partir del año 2003, y así obtener el respectivo incremento legal de conformidad con el I.P.C. para el año siguiente, pues ese asunto fue definitivamente zanjado en las instancias.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 34887 de 2009 - ¿Es procedente declarar que entre las partes del proceso existió un contrato de trabajo, y que se condene a la parte demandada a la pagarle a la parte demandante los salarios y prestaciones adeudadas, tales como la prima de servicios, bonificación por servicios prestados, cesantías y sus intereses, prima de navidad y vacaciones, la pensión de sobrevivientes, la indemnización total consagrada en el artículo 12 de la Ley 6 de 1945, el seguro por muerte, la indemnización moratoria por no consignar la cesantía y los demás emolumentos que se prueben? Accidente de trabajo. Reconocimiento de la pensión de sobrevivientes.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 34885 de 2009 - ¿Es procedente ordenar la actualización del salario base de liquidación de la primera mesada de la pensión sanción reconocida por la demandada? La indexación, en tanto busca la actualización de una suma dineraria, es una pretensión autónoma que no puede entenderse involucrada tácitamente frente a un derecho al cual se aspira y se obtuvo judicialmente, ya que el pronunciamiento que hace tránsito a cosa juzgada es aquel proferido de acuerdo con los términos en que fue solicitado, de manera que si no se pretendió ni se debatió en la correspondiente causa judicial, mal puede afirmarse que hay cosa juzgada respecto de ella.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 34870 de 2009 - ¿Es procedente condenar a la parte demandada al pago de la pensión de sobrevivientes, los salarios, la cesantía, las demás prestaciones sociales, la indemnización moratoria y las costas y gastos del proceso? El fallador de segundo grado estaba impedido para analizar, decidir y fallar contra una determinada persona, por no haber sido convocada al proceso, en menoscabo de los parámetros de congruencia consagrados en el artículo 305 del Código de Procedimiento Civil. Inaplicación de la protección por solidaridad consagrada en el artículo 36 del Código Sustantivo de Trabajo.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 34858 de 2009 - ¿Es procedente ordenar la reliquidación o ajuste de la pensión inicial, teniendo en cuenta los valores devengados por sus cónyuges fallecidos, por concepto de prima de vacaciones durante el último año de servicios; los intereses moratorios sobre el monto de los reajustes, y las costas del proceso? Extinción de la obligación por prescripción ante la falta de inclusión de la prima de vacaciones como factor salarial.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 34809 de 2009 - ¿Es procedente condenar a la entidad demandada al reconocimiento y pago de la pensión de invalidez a partir del 21 de octubre de 2002 y los intereses moratorios? Defectos formales que contrarían las reglas mínimas de la técnica que gobiernan el recurso extraordinario de casación.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 34805 de 2009 - ¿Es procedente declarar que entre las partes del proceso existió un contrato de trabajo y que el demandante perdió su mano izquierda en accidente de trabajo pr falta de medidas de prevención e incumplimiento de la normas de salud ocupacional, se condene solidariamente a las demandas a pagarle los perjuicios materiales en la modalidad de daño emergente, lucro cesante consolidado y el futuro, los daños morales objetivos y subjetivos, la indexación e intereses moratorios y, las costas del proceso? Como la sentencia recurrida se funda en prueba no calificada en casación, y el recurrente no logró demostrar, la comisión de los desaciertos fácticos denunciados con un medio probatorio idóneo para el efecto, sobre la sentencia atacada sigue gravitando la presunción de acierto y legalidad de que está revestida.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 34796 de 2009 - ¿Es procedente condenar a la parte demandada a la reliquidación de la pensión de jubilación equivalente al 75% del promedio de los salarios devengados en el último año de servicio, al pago de las diferencias que resulten, con los intereses del artículo 141 de la Ley 100 de 1993; a lo que resulte probado extra y ultra petita y a las costas? La censura tiene razón en cuanto indica que el actor, desde el comienzo, solicitó la reliquidación de la pensión con fundamento en que la forma correcta para liquidar la pensión plena de jubilación del demandante era la prevista en el artículo 260 del C. S. T; en esa medida, el Tribunal erró al considerar que la petición estaba soportada en la inclusión de nuevos factores salariales, lo que daría lugar a declarar fundado el cargo, pero sin que pueda casarse la sentencia.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 34786 de 2009 - Solicitud de reintegro y pago de salarios de más emolumentos laborales legales y convencionales, con sus incrementos legales y convencionales dejados de percibir desde la terminación del contrato y hasta la fecha en que sea reintegrada. Inexistencia de errores por parte del tribunal al decidir no condenar a la demandada por cuanto la terminación del vínculo laboral con la demandante se produjo el cuando ya se había terminado el conflicto colectivo en la empresa demandada, y en consecuencia no se encontraba amparada con el denominado fuero circunstancial.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 34779 de 2009 - ¿Es procedente condenar a la parte demandada al reconocimiento y pago de la pensión restringida de jubilación oficial sustitutiva consagrada en la Ley 171 de 1961, con sus respectivas mesadas adicionales y reajustes de la ley, en su calidad de cónyuge supérstite, a partir del día de su fallecimiento, la indexación de la primera mesada pensional reclamada, los intereses moratorios a que se refiere el artículo 141 de la Ley 100 de 1993? Improcedencia de indexación de las mesadas reconocidas con anterioridad a la entrada en vigencia de la Constitución de 1991.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 34773 de 2009 - ¿Es procedente condenar a la parte demandada al reconocimiento y pago de la pensión sanción y las costas del proceso? La sentencia acusada responde a lo que de tiempo atrás ha sostenido la jurisprudencia, referente a que la pensión sanción o restringida, en los términos del artículo 8 de la Ley 171 de 1961, se instituyó para evitar que se les frustrara el derecho a pensionarse por servicios a un solo empleador, después de haber laborado para la misma, sin que se pueda entender entonces, que se pueda sumar tiempos con otros empleadores.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 34767 de 2009 - Demandante pide nulidad absoluta de una conciliación celebrada por las partes, referente al cobro de intereses sobre préstamos o anticipos de salarios. El cobro de los aludidos intereses no está prohibido por la ley, como tampoco el modo como las partes acuerden para el pago del préstamo hecho al trabajador, siempre y cuando que no se acredite que dichos intereses perjudiquen al asalariado
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 34764 de 2009 - ¿Es procedente condenar a la entidad demandada a la reliquidación de la pensión de jubilación a partir de una determinada fecha, teniendo como ingreso base el 75% del promedio de lo devengado ene l último año de servicios y en consecuencia ordenar el pago debidamente indexado? No se equivocó el Tribunal en la aplicación que hizo del artículo 36 de la Ley 100 de 1993, en lo relativo a la forma de determinar el ingreso base de liquidación de las pensiones amparadas por el régimen de transición establecido en esa normatividad.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 34759 de 2009 - ¿Es procedente declarar que entre las partes del proceso existió un contrato de trabajo a término indefinido, unilateralmente terminado por la empleadora por razones imputables a ella? La intelección que el juez de la alzada le imprimió al artículo 24 del Código Sustantivo del Trabajo fue equivocada, pues, lo que dicho canon legal quiere significar es que, una vez demostrada la prestación de un servicio personal, la carga de probar que esa vinculación no giró bajo la égida de un contrato de trabajo, gravita sobre el demandado.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 34756 de 2009 - ¿Es procedente condenar a la parte demandada al reajuste de la pensión, conforme con el índice de precios al consumidor, pues se considera que el demandante tiene derecho a que se le indexe desde la finalización del contrato, hasta el inicio del pago, como las diferencias resultantes, la indemnización moratoria, e intereses moratorios? Procedencia de la indexación de la primera mesada pensional respecto de una pensión de carácter convencional.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 34749 de 2009 - ¿Es procedente condenara la entidad demandada a la reliquidación del monto inicial de la pensión de jubilación , teniendo en cuenta los valores devengados por concepto de prima de vacaciones durante el último año de servicios, así como el reajuste de las pensiones para el año 1976 y siguientes hasta el 31 de diciembre de 1988, de conformidad con lo ordenado en la Ley 4 de 1976; para los años 1989 y siguientes hasta el 31 de diciembre de 1993, conforme a lo ordenado por la Ley 71 de 1988, y por los años 1994 y siguientes de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 100 de 1993, considerando los valores que realmente les corresponden, junto con los intereses moratorios causados, y a las costas del proceso? Prescriptibilidad de los factores que integran la base salarial para liquidar la cuantía inicial de la pensión de jubilación.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 34748 de 2009 - ¿Es procedente condenar a la parte demandada al reintegro que el actor desempeñaba al momento del despido, con el pago de salarios y prestaciones, los aumentos decretados por la convención colectiva, la readmisión al empleo con el pago de sus emolumentos por violar el protocolo de San Salvador; todo indexado? Ausencia injustificada del trabajador a laborar. El documento que contiene la incapacidad a que se refiere el cargo, por ser declarativo emanado de un tercero, se asimila al testimonio, de allí que no sea prueba calificada en casación, y no es examinable, a menos que primero se hubiera demostrado un yerro ostensible con las pruebas que sí tienen ese carácter. Lo mismo sucede con la versión del médico.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 34744 de 2009 - ¿Es procedente condenar a la demandada al reconocimiento y pago de la indemnización por perjuicios materiales consolidados y futuros, por el accidente sufrido, acaecido por culpa de la empresa demandada; más los perjuicios morales plenos equivalentes a 1000 gramos oro, indexación e intereses moratorios? Requisitos para que se derive la responsabilidad patronal. Ante la demostración del accidente de trabajo, que el juzgador halló por culpa de la empleadora, era a ella a quien le correspondía desvirtuar esa conclusión, acreditando que hubo la diligencia y el cuidado requeridos para que no fuera atribuible el suceso a su conducta.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 34734 de 2009 - ¿Es procedente condenar a la entidad demandada al reintegro del actor en el cargo que desempeñaba o a otro de igual o superior categoría, y el pago de los salarios e incrementos dejados de percibir entre la fecha del despido y aquella en que sea efectivamente reintegrado, sin solución de continuidad en el decurso de la relación laboral? La discusión gira en torno a la interpretación de una cláusula convencional y por ello debe la Corte reiterar que el objeto del recurso de casación no es fijarle el sentido que pueda tener una convención colectiva de trabajo, ya que, no obstante su gran importancia en las relaciones obrero-patronales y en la formación del Derecho del Trabajo, jamás puede participar de las características de las normas legales de alcance nacional y, por esa misma razón, son las partes que las celebran quienes están llamadas, en primer término, a establecer su sentido y alcance.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 34729 de 2009 - ¿El Tribunal dejó de apreciar o no analizó las pruebas acusadas por el demandante, lo cual conllevó al error evidente de no dar por demostrado la prestación de servicios del actor y los honorarios que se adeudan por dicho concepto? La censura no derruye uno de los pilares de la decisión del Tribunal como es la falta de pruebas que acredite concretamente el alcance del servicio prestado y los trabajos efectivamente ejecutados por el actor.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 34712 de 2009 - ¿Es procedente condenar a la parte demandada al pago indexado de la pensión vitalicia de jubilación desde el 9 de marzo de 2004, a los 55 años de edad, hasta la fecha en que cumpla 60 años y el Instituto de Seguros Sociales asuma el pago de la de vejez, quedando a cargo del empleador el mayor valor si lo hubie, en cuantía igual al 75% del salario promedio devengado en el último año de servicios. También solicitó los intereses moratorios a la tasa más alta autorizada, y las costas del proceso? Régimen de transición contemplado en el artículo 36 de la Ley 100 de 1993. El régimen de jubilación oficial de los trabajadores afiliados al ISS subsistió, de tal forma que la entidad obligada al pago de aquél derecho es la última empleadora, con la posibilidad de ser subrogada parcial o totalmente por el ISS, cuando asuma la pensión de vejez, tal como efectivamente se dispuso en la sentencia acusada. Es viable la actualización del ingreso base de liquidación, teniendo en cuenta que se hallaba en el régimen de transición del artículo 36 de la Ley 100 de 1993.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 34708 de 2009 - Solicitud de reconocimiento y pago en forma vitalicia de la pensión de sobrevivientes. Requisito legal de la dependencia económica del hijo inválido respecto de su padre fallecido.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 34705 de 2009 - Filosofía y evolución normativa y jurisprudencial de la asunción de riesgos por el I.S.S. Compartibilidad de pensiones de origen convencional con la de vejez del ISS, sólo opera cuando la pensión convencional se otorgó con posterioridad al 17 de octubre de 1985, salvo que las partes hubieran acordado expresamente que dichas pensiones fueran incompatibles
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 34704 de 2009 - Solicitud de reajuste del valor inicial de la pensión de jubilación. Como la reclamación administrativa se presentó el 03 de noviembre de 2004, se declarará probada la excepción de prescripción propuesta en relación con el ajuste pretendido respecto a las mesadas causadas con anterioridad al 03 de noviembre de 2001. Se condena a la reliquidación y pago el valor inicial de la pensión de jubilación; y reajustar y pagar los incrementos anuales efectuados a partir del 03 de noviembre de 2001, en virtud a la declaratoria de la excepción prescripción.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 34701 de 2009 - Solicitud de reconocimiento y pago de la pensión de jubilación convencional. Para que se configure el error de hecho es necesario que venga acompañado de las razones que lo demuestran, y a más de esto, como lo ha dicho la Corte, que su existencia aparezca notoria, protuberante y manifiesta, y provenga de la falta de apreciación o errada valoración de pruebas calificadas como el documento auténtico, la confesión judicial o la inspección judicial.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 34697 de 2009 - ¿Es procedente declarar que al demandante le asiste el derecho al reajuste de la pensión de vejez, equivalente al 75% del promedio de lo devengado en el último año de servicio y, por lo tanto se condene a pagarle el reajuste de la pensión de vejez sanción por no pago o indexación, así como las costas del proceso? Aun cuando la prueba denunciada por el recurrente, en efecto, fue omitida por el Tribunal, no obstante que de ella resulta posible establecer el salario promedio mensual devengado por el actor en el último año de servicios, para eventualmente reliquidar la pensión de vejez, cuyo supuesto fáctico no dio por demostrado el ad quem, la sentencia no podría casarse, por cuanto en instancia se llegaría a la misma conclusión absolutoria del fallo impugnado.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 34680 de 2009 - ¿Es procedente condenar a la parte demandada a la reliquidación de jubilación con el 75% del promedio de lo devengado durante el último año de servicios, a la indexación, a lo que resulte probado extra y ultra petita y a las costas del proceso? Del texto del inciso 3 del artículo 36 de la Ley 100 de 1993, se concluye que el Tribunal no se equivocó, en cuanto entendió que el ingreso base para liquidar la pensión del actor, a quien le faltaba menos de 10 años para adquirir el derecho, sería el promedio de lo devengado en el lapso que le hacía falta para ello. Aquí se le respetó el derecho a pensionarse con 25 años de servicios, sin consideración a la edad y con el monto equivalente al 75%, pero para efectos de determinar el IBL, aplicaba el reseñado inciso 3.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 34665 de 2009 - ¿Es procedente condenar a la parte demandada a la reliquidación de la pensión inicial de los actores y a pagar las diferencias que de ello se deriven? Prescriptibilidad de los factores que integran la base salarial para liquidar la cuantía inicial de la pensión de jubilación.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 34660 de 2009 - ¿Es procedente condenar a la entidad demandada al ajuste del valor de la mesada inicial de la pensión de jubilación, previa indexación del salario promedio devengado al momento de la terminación del contrato; en consecuencia, actualizarle las mesadas pagadas en los años posteriores, con los porcentajes previstos por las Leyes 71 de 1988 y 100 de 1993, aplicados al valor inicial de la pensión, incluidas las adicionales de junio y diciembre, y las costas del proceso? Actualización de la base salarial de las pensiones que han tenido lugar a parir de la entrada en vigencia de la Constitución de 1991 sin diferenciarlas por su origen.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 34656 de 2009 - Solicitud de reintegro. La accionada se encuentra en liquidación desde antes de la presentación de la demanda, por lo que quedó demostrado de modo manifiesto el quinto error señalado por la censura, cometido por el Tribunal al no tener en cuenta tal hecho, el cual hace imposible el reintegro deprecado por motivo de que no es dable gravar a la demandada con una decisión judicial para obligarla a cumplir un acto materialmente imposible.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 34647 de 2009 - ¿Es procedente condenar a la parte demandada al reconocimiento y pago de la pensión vitalicia de jubilación equivalente al 90% del promedio de lo recibido en el último año por todo concepto, con los incrementos previstos en las leyes 100 de 1993, 4 de 1976, y 71 de 1988, los intereses moratorios del artículo 141 de la Ley 100 de 1993, y la indexación, previa declaración que es compatible con la pensión de vejez que le corresponda al ISS? Falla en la técnica de presentación de los cargos en recurso extraordinario de casación.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 34644 de 2009 - ¿Es procedente ordenar el reconocimiento de la pensión de jubilación, equivalente al 100% del salario promedio mensual devengado en el último año de servicios, aplicando el IPC, con sus mesadas adicionales, así como los reajustes periódicos de ley; los beneficios económicos y asistenciales que tienen los demás jubilados y los intereses moratorios? Teniendo en cuenta que las disposiciones jurídicas que consagran el derecho prestacional reclamado no son normas sustantivas de alcance nacional, no era procedente que se acusaran dentro de la proposición jurídica, por su indebida aplicación.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 34641 de 2009 - ¿Es procedente condenar a la parte demandada al reconocimiento y pago de la pensión de sobrevivientes por la muerte de su cónyuge, las mesadas comunes y especiales, pasadas y futuras, debidamente indexadas, el pago de los servicios médico quirúrgicos, hospitalarios y farmacéuticos, más los intereses moratorios previstos en el artículo 141 de la Ley 100 de 1993? Suspensión de la prescripción. La obligada protección de un derecho de especial naturaleza, como es la pensión de sobrevivientes, para el sostén del hijo menor de edad, implica, buscar, dada la falta de regulación en las leyes sociales, en el derecho común, que no le es opuesto, ni contrario, sencillamente complementario, en tanto el fenómeno prescriptivo reglamentado en la legislación laboral, nada tiene previsto frente a la situación de ese grupo específico, de especial tratamiento, como es el de los menores de edad.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 34636 de 2009 - ¿Es procedente condenar a la parte demandada al reconocimiento y pago de la pensión sanción, a partir del día en que cumplió 60 años de edad, previa declaración de haber laborado para la demandada entre el 21 de abril de 1954 y el 7 de junio de 1964 fecha en la que fue despedido sin justa causa? Falla en la técnica de presentación del recurso extraordinario de casación.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 34617 de 2009 - ¿Es procedente condenar a la entidad demandada al reintegro del demandante al cargo que ocupaba o a otro de igual o superior categoría, ya a pagarle los salarios y prestaciones sociales compatibles con el reintegro, declarándose sin solución de continuidad su contrato de trabajo? Si el Tribunal dio por acreditado que en la oficina donde laboró el ex-trabajador fueron graves los hechos sucedidos y dentro de los cuales de una u otra forma resultaron involucrados todos los que allí laboraban, se ratifica que fueron los elementos de convicción lo que lo llevaron finalmente a estimar impertinente el reintegro del demandante, así hubiera concluido que el despido no estaba demostrado en cuanto a las justas causas invocadas, pues a ese análisis es que lo obliga el numeral 5 del artículo 8 del Decreto 2351 de 1965.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 34603 de 2009 - Solicitud de declaración judicial mediante la cual se reconozca el derecho a la pensión de jubilación, conforme al régimen de transición del artículo 36 de la Ley 100 de 1993. No procede la casación, por cuanto no se rebate el raciocinio que emplea el juzgador para darle aplicación, en el sentido que lo hizo, al régimen de transición en comento.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 34602 de 2009 - ¿Es procedente condenar a la parte demandada al reconocimiento y pago de la pensión plena especial de jubilación como trabajador ferroviario consagrada en el artículo 268 del Código Sustantivo del Trabajo y en concordancia con el artículo 5 de la Ley 53 de 1945 y una convención colectiva de trabajo; de las mesadas pensionales desde cuando adquirió el derecho, de las indexadas y de las costas del proceso? Se adquirirá dicha prestación cuando la mayor parte del tiempo de servicio corresponda a alguna de esas actividades, disposición que fue precisada posteriormente por el artículo 8 del Decreto 2340 de 1946, en virtud del cual sólo se requiere haber laborado diez años, en los oficios de excepción, para adquirir la pensión bajo este régimen.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 34599 de 2009 - Solicitud de reajuste y pago del sueldo mensual correspondiente al aumento automático pactado convencionalmente. Régimen laboral aplicable al trabajador oficial. La discusión sobre la naturaleza jurídica del actor, entre las categorías de trabajador oficial o privado, no es trascendente, puesto que los reajustes salariales que pudiera decretar el Gobierno, en el ejercicio de la potestad conferida por la Constitución, se refieren a los empleados públicos, ya que los trabajadores oficiales ostentan la posibilidad de regular y mejorar sus condiciones salariales establecidas en los contratos de trabajo, a través de la negociación colectiva. para reclamar el incremento salarial al que hace mención la sentencia de la Corte Constitucional C-1443 de 2000, se requiere que quien lo pretenda, pertenezca al tipo de servidores públicos señalados en el artículo 1º de la Ley 4ª de 1992, lo cual no sucede con el actor.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 34596 de 2009 - ¿Es procedente declarar nula el acta de conciliación y en consecuencia que la demandada se a condenada a pagarle salarios insolutos? Son insalvables los reparos de orden técnico que impiden examinar la demanda, toda vez que no cumple con los requisitos previstos por el artículo 90 del Código Procesal del Trabajo y de la Seguridad Social.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 34593 de 2009 - ¿El artículo 133 de la Ley 100 de 1993, vigente para el despido del demandante, remplazó al artículo 8 de la Ley 171 de 1961 junto al artículo 74 del Decreto 1848 de 1969; siendo estas últimas disposiciones el fundamento legal de la petición (pensión restringida de jubilación -pensión sanción-) del demandante, en el sentido de establecer cuales son los requisitos que debe cumplir el actor para ser beneficiario de la pensión sanción instituida en los preceptos legales antes citados? La Ley 171 de 1961, en particular su artículo 8, y el decreto concordante, 1848 de 1969, artículo 74, quedaron derogadas con la expedición de la ley 100 de 1993, artículo 133, en lo relativo a la pensión sanción o restringida, de acuerdo a las puntuales circunstancias fácticas que preceden este efecto jurídico.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 34592 de 2009 - ¿Es procedente condenar a la parte demandada a la reliquidación del los salarios del demandante aplicando el IPC año a año; que de manera independiente se ordene el reajuste de los salarios año por año en un 3% en virtud de una convención colectiva de trabajo y como consecuencia de ello se le reliquiden los derechos laborales del demandante y se ordene el pago de la indemnización moratoria prevista en el Decreto 797 de 1949 o en subsidio la indexación de los de la condena? Se equivoca el Tribunal al considerar que los trabajadores de la demandada mantuvieron su calidad de trabajadores particulares con posterioridad al 29 de septiembre de 1999, al adquirir el Estado un capital accionario superior al 90% en la demandada, por cuanto la posición mayoritaria de la Sala al respecto, es que a partir de esa fecha y en virtud de dicha capitalización, estos trabajadores tienen la calidad de trabajadores oficiales y se les aplica el régimen de este tipo de servidores públicos. El cargo fundado, no está llamado a prosperar, toda vez que la Ley 4ª de 1992 es el sustento legal del reajuste solicitado, normatividad que la Sala Laboral ha precisado que se aplica solamente a los empleados públicos y no a los trabajadores oficiales.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 34587 de 2009 - ¿Es procedente condenar a la demandada al reintegro del demandante al cargo que desempeñaba en el momento en que se produjo el despido colectivo, o a uno de igual o superior categoría, y el reconocimiento y pago de los salarios y prestaciones compatibles con el reintegro? No se consideran como colectivos los conflictos que derivan del despido de un trabajador cuando se invoque justa causa, puesto que este conflicto es individual. Puede darse la simultaneidad de despidos en un establecimiento, todos ellos con justa causa, motivada por la falta de trabajo, en cuyo caso nos encontramos en presencia de un conjunto de conflictos individuales, sin que la suma de éstos los convierta en un conflicto colectivo. El hecho de que se produzcan simultáneamente en una empresa numerosos conflictos individuales no cambia la naturaleza de éstos.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 34586 de 2009 - ¿Es procedente condenar a la parte demandada a la indexación de la primera mesada pensional del demandante, a los reajustes consiguientes teniendo en cuenta el IPC certificado por el DANE y a los intereses moratorios de que trata el artículo 141 de la Ley 100 de 1993 y a las costas del proceso? Aplicación de la tesis de la autonomía de la voluntad contractual para negar la indexación. En ninguna violación a la ley incurrió el Tribunal, cuando concluyó la improcedencia de indexar la base salarial para liquidar la primera mesada pensional del demandante, pues por tratarse en este caso de una pensión de naturaleza voluntaria reconocida en el año 1990, esto es, antes de entrar en vigencia la Constitución de 1991, punto sobre el cual jurisprudencialmente no hay discusión en torno a la anterior afirmación, no es admisible la actualización de la base salarial.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 34577 de 2009 - Solicitud de reconocimiento y pago de la pensión de sobrevivientes, con reajustes, primas e intereses moratorios. El reproche gira en torno a la errada valoración de la prueba testimonial, la cual, de acuerdo con el artículo 7º de la Ley 16 de 1969, no habilita per se un cargo en casación laboral, a menos que se evidencien, previamente, manifiestos errores de apreciación de un documento auténtico, la confesión o la inspección judicial.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 34575 de 2009 - ¿Es procedente, previa la declaratoria de la existencia de un contrato laboral entre el esposo y padre de la parte demandante y la parte demandada, declarar a ésta civilmente responsable del accidente de trabajo durante la construcción de un túnel? Concurrencia de culpa patronal. Las actividades pedagógicas y de inducción desplegadas por la demandada, no es suficiente para exonerarla de responsabilidad.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 34564 de 2009 - ¿Es procedente condenar a la parte demandante al reconocimiento y pago al aumento automático de sueldo pactado convencionalmente, un incremento salarial igual a la variación del índice de precios al consumidor certificado para el año anterior? Condición de trabajador oficial. Los trabajadores de tales entidades no verán afectados sus derechos laborales, legales o convencionales, por razón de la participación del Fondo, por lo cual seguirán sujetos al régimen laboral que les era aplicable antes de dicha participación.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 34562 de 2009 - ¿Es procedente declarar que la pensión que le fue reconocida a la demandante por parte de la accionada es una pensión voluntaria, autónoma e independiente y compatible con la pensión de vejez que le fue reconocida por el ISS, y en consecuencia se le condene a reconocer el pago completo así como a devolverle los dineros descontados por efecto de la compatibilidad? Si la entidad demandada, pretendía demostrar que en la convención colectiva se había dispuesto su compartibilidad, era a ella y no a la parte actora a la que le correspondía allegar la prueba contentiva del aludido acuerdo.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 34552 de 2009 - ¿Es procedente condenar a la parte demandada a la reliquidación del auxilio final a la cesantía y sus intereses con la sanción correspondiente, la pensión de jubilación, las primas semestrales de servicio legales y convencionales, las vacaciones, las primas de vacaciones y la prima de antigüedad, teniendo en cuenta como factor de salario lo que devengó por viáticos sindicales, más la indemnización moratoria? Es el mismo texto convencional el que dispone que los viáticos sindicales constituyen factor de salario, lo que indica que fue la intención de los celebrantes de la convención asignarles esa naturaleza.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 34551 de 2009 - ¿Es procedente declarar la ineficacia jurídica de la renuncia y en consecuencia la reinstalación en el cargo en que se desempeñaba y el pago de las prestaciones conforme al artículo 141 del Código Sustantivo de Trabajo y demás prestaciones sociales? Aún cuando se examinaran las pruebas acusadas, y se encontraran probadas las circunstancias a las que alude la impugnación, ellas no tienen la fuerza demostrativa suficiente para destruir la inferencia del ad quem.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 34534 de 2009 - Solicitud de reconocimiento y pago de la pensión de sobrevivientes en condición de compañera permanente del afiliado. La regla general es que el derecho a la pensión de sobrevivientes debe ser dirimido a la luz de la normativa vigente al momento del deceso del afiliado o pensionado. Requisitos para obtener la pensión de sobrevivientes.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 34512 de 2009 - ¿Es procedente condenar a la parte demandada al reconocimiento pago de la pensión de sobrevivientes que solicita la demandante? Conjunto de formalidades para la procedencia de la demanda de casación.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 34511 de 2009 - ¿Es procedente, previa la declaratoria de la muerte de una persona, que tuvo origen profesional, se condene a la sociedad demandada a pagarle a los demandantes la pensión de sobrevivientes a partir de la fecha de la ocurrencia de la muerte, con sus emolumentos legales, a los intereses moratorios y a las costas del proceso? Noción de subordinación contenida en el artículo 9 del Decreto 12 de 1994. Definición de accidente de trabajo de conformidad con esta disposición jurídica.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 34479 de 2009 - ¿Es procedente la declaratoria y condena para el reconocimiento y pago a favor del trabajador de la pensión vitalicia de jubilación, a que se hizo acreedor en la cuantía que por ley le corresponde en la fecha en que le fuere suspendida por la demandada, ; así mismo que se reconozca y paguen las sumas de dinero adeudadas desde el momento en que se le suspendió el pago de éstas, con los correspondientes incrementos de ley y la debida corrección monetaria? El error del colegiado radica en deducir del acuerdo conciliatorio la compartibilidad pensional donde el empleador había configurado una pensión voluntaria, temporal, sometida a una condición extintiva, cumplir 60 años de edad, pero como no puede hacerse más gravosa la situación jurídica del único recurrente, en la controversia respecto al derecho que suscita la acusación del demandante, no se modificará el fallo del tribunal.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 34472 de 2009 - ¿Es procedente declarar al demandante como sustituto pensional de su difunta esposa, pensionada de la parte demandada? Momento a partir del cual se consagró legalmente la sustitución en pensión para los viudos de pensionadas. No prosperan los cargos, al no existir norma vigente que consagrara la sustitución de pensiones de una pensionada a su viudo al momento en que se le reconoció la pensión a la difunta esposa del accionante.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 34459 de 2009 - ¿Es procedente declarar que a la demandante le asistía el derecho a sustituir la pensión que disfrutaba su compañero permanente y consecuencialmente condenar al pago de las mesadas con los reajustes legales, l indexación y los intereses moratorios; lo que resulte probado extra y ultra petita y las costas del proceso? Como el impugnante no atacó el fundamento esencial del fallo del Tribunal, éste permanece incólume, bajo la presunción de legalidad y acierto, de la cual llegó investido.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 34443 de 2009 - ¿Es procedente condenar a la parte demandada al reconocimiento y pago de la pensión de invalidez por enfermedad de origen común, a partir del 31 de marzo de 2000; los intereses moratorios; y las costas del proceso? Si el ad quem no hizo referencia al artículo 36 de la ley 100 de 1993, para de esa forma determinar el requisito de la semanas exigidas para acceder a la pensión de invalidez, mal pudo haber incurrido en la equivocada interpretación de dicha normativa, máxime si se tiene en cuenta que esa no es la disposición legal que gobierna el derecho pretendido por el actor.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 34442 de 2009 - ¿Es procedente condenar a la parte demandada al reconocimiento y pago de la pensión de jubilación convencional? El Tribunal no echó de menos que la actora no solicitó el reconocimiento de la pensión en el término establecido en la convención colectiva, mas entendió que ese término no se requería en su caso, pues la prestación deprecada no exigía ser pedida en el plazo establecido en la aludida convención colectiva, requerido para otros eventos.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 34427 de 2009 - ¿Es procedente condenar a la parte demandada al reconocimiento y pago de la pensión sanción a la que dice tener derecho el demandante? El cargo le atribuye al Tribunal un quebranto normativo en el que no incurrió, porque si fundó su decisión en el artículo 133 de la Ley 100 de 1993 no puede considerarse que lo infringiera directamente, esto es, que ignorara su contenido o se rebelara contra su mandato.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 34424 de 2009 - ¿Es procedente condenar a la parte demandada al reconocimiento y pago de la pensión de sobrevivientes a que la parte demandante tiene derecho? En virtud de la aplicación inmediata de la ley, los conflictos de pensión de sobrevivientes deben resolverse con base en las normas vigentes a la fecha del fallecimiento del pensionado o del afiliado, salvo algunas excepciones admitidas por la jurisprudencia, sólo para garantizar el derecho a los beneficiarios que se encontraran en situaciones especiales.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 34422 de 2009 - ¿Es procedente condenar a la parte demandada al reconocimiento de salarios y prestaciones compatibles con el reintegro y la indemnización convencional por despido sin justa causa, todo debidamente indexado? El actor en el caso sub examine no podía presentar un proceso para la ejecución de la sentencia dictada a su favor, sino que le correspondía, como efectivamente se hizo, hacer la respectiva reclamación al liquidador para que cumpliera con la obligación ordenada en la sentencia y así éste lo calificara como un crédito adicional a cargo de la masa de liquidación. Falta de concreción del reintegro solicitado.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 34418 de 2009 - ¿Es procedente condenar a la demandada al pago de la indemnización total y ordinaria de los perjuicios derivados de la muerte de del esposo y padre de las demandantes ocurrida en el accidente de trabajo con concurrencia de culpa de la demandada? Al no desconocerse por las recurrentes las pruebas en que se basó el Tribunal para concluir que no asistía culpa suficiente en la demandada para atribuirle responsabilidad por la muerte de su trabajador, pues lo que se plantea por éstas es su punto de vista sobre la incidencia que hipotéticamente podrían tener otras medidas de protección distintas a las adoptadas por ésta, o las recomendaciones que para prevenir, conjurar o minimizar otros eventos se podrían o deberían adoptar por la empresa hacia el futuro, las conclusiones probatorias del juzgador quedan incólumes y, por ende, la sentencia mantiene su presunción de acierto y legalidad.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 34405 de 2009 - ¿Es procedente, previa la declaratoria de existencia de un contrato laboral entre las partes, el cual terminó por decisión unilateral e injusta de la entidad demandada, ésta sea condenada a reintegrar a la demandante al mismo cargo que ocupaba y al pago de los salarios y prestaciones sociales legales y convencionales dejados de percibir? El juzgador no incurrió en ninguna infracción legal, al concluir la procedencia del reintegro de la actora al cargo que desarrollaba, toda vez que aplicó las preceptivas legales que son de recibo para este caso, y les dio el alcance que les corresponde.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 34404 de 2009 - ¿Es procedente declarar que el demandante tiene derecho a la pensión de invalidez y, en consecuencia condenar a la demandada al reconocimiento y pago de del retroactivo de las mesadas y los intereses moratorios de que trata el artículo 141 de la Ley 100 de 1993? Principio de la carga dinámica de la prueba en materia laboral. Acertó el Tribunal cuando acudió a los artículos 6 y 20 del Acuerdo 049 de 1990, aprobado por el Decreto 758 del mismo año, para dirimir la controversia, conforme a la orientación jurisprudencial contendida en las sentencias del 5 de julio de 2005, radicación 24280 y la del 12 de diciembre del mismo año, radicación 30705, entre otras.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 34392 de 2009 - ¿Es procedente condenar a la entidad demandada a la indexación de la primera mesada de la pensión de jubilación convencional? Definición de la fórmula a utilizar para indexar la primera mesada pensional de extrabajadores oficiales que no trabajaron o cotizaron en vigencia de la Ley 100 de 1993, pero, que cumplieron la edad en presencia de dicho conjunto normativo.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 34390 de 2009 - ¿Es procedente condenar a la parte demandada al reintegro del demandante al cargo que desempeñaba al momento del despido o a otro de igual categoría y pagarle los salarios y prestaciones sociales compatibles, dejados de percibir, con la declaración relativa a que no existió solución de continuidad? El recurrente no demuestra que el Tribunal dejara de aplicar el principio de la primacía de la realidad contenido en el artículo 53 de la Constitución Política, pues para ello no es suficiente afirmar que las normas que utilizó el Tribunal, sin duda las pertinentes para resolver el caso, son menos garantistas que la que echa de menos el censor, pues aquella norma, contrariamente a lo que él sugiere, no puede ser aplicada de manera abstracta sino que precisa de unos supuestos de hecho, que fueron los que no encontró acreditados el Tribunal, que, de cara a la determinación de la existencia de un contrato de trabajo, no halló probada la prestación de servicios directamente a la demandada, conclusión a la que, por lo demás, no se refiere el cargo, pese a ser soporte esencial de la decisión.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 34382 de 2009 - ¿Es procedente condenar a la parte demandada al reajuste de la pensión de vejez, y como consecuencia de ello, el incremento de las mesadas adicionales correspondientes a junio y diciembre, más los intereses moratorios previstos en el artículo 141 de la Ley 100 de 1993? Con la expedición de la Ley 712 de 2001, varió sustancialmente la situación, pues de acuerdo con el nuevo texto, es a las partes a quienes les corresponde delimitar expresamente las materias a que se contrae expresamente el recurso de apelación, en tanto reza la norma.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 34364 de 2009 - ¿Es procedente condenar a la parte demandad a a reconocerle y pagarle la pensión de jubilación prevista en la Ley 33 de 1985, de conformidad con el ingreso base de liquidación establecido en el artículo 36 de la Ley 100 de 1993 aplicando la variación del I.P.C. certificado por el DANE, que afectó al peso colombiano desde la terminación del contrato de trabajo y hasta cuando se reconozca, junto con los intereses moratorios del artículo 141 de la citada ley? El Tribunal no se equívoco al concluir que por contar el actor con el tiempo de servicios en el sector oficial para cuando entró a regir la Ley 100 de 1993 mantiene, por virtud del régimen de transición, su derecho a la pensión de jubilación contemplada en la Ley 33 de 1985. El derecho a la pensión vitalicia de jubilación, en estas situaciones, no es dable desconocerlo exigiendo requisitos ajenos a los establecidos en las normas vigentes al momento de su consolidación; y menos, negar su existencia.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 34359 de 2009 - ¿Es procedente condenar a la demandada a la reliquidación de la pensión legal que le reconoció un fondo de pensiones para que le reconozca la diferencia, teniendo en cuenta el 75% de la base salarial del último año de servicios, conforme con la Ley 33 de 1985 y el Decreto 1848 de 1969? El Tribunal no incurrió en el desacierto que le atribuye la censura, pues ninguna duda existe en cuanto a que el régimen de transición consagrado en el artículo 36 de la Ley 100 de 1993 establece una ultractividad restringida de algunas normas pensionales derogadas por el nuevo sistema de seguridad social. Ello quiere decir, entonces, que el derecho de quien cumple con una de las condiciones señaladas en la mencionada norma, de edad o tiempo de servicios o cotización, está sometido a las reglas establecidas en la disposición precedente.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 34346 de 2009 - ¿Es procedente condenar a la empresa demandada al reconocimiento y pago de la pensión de jubilación a partir de la fecha de su causación, con las mesadas atrasadas y los reajustes correspondientes, los intereses moratorios y la indexación? Fallas en la técnica de presentación del recurso extraordinario de casación. Requisitos de la acusación por vía directa.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 34327 de 2009 - ¿Es procedente declarar la existencia de una relación entre las partes del proceso, a través de un contrato a término indefinido y además que se terminó de manera injusta por causa imputable al empleador, su reintegro al servicio de la empresa demandada; el reconocimiento y pago de los salarios y prestaciones dejados de percibir durante el término de su desvinculación y, de manera subsidiaria, la indemnización por daños materiales y morales en razón a la errónea desvinculación; así como la respectiva sanción moratoria? Fallas en la técnica de presentación del recurso extraordinario de casación.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 34325 de 2009 - ¿Es procedente condenar a la entidad demandada al reconocimiento y pago de la pensión de jubilación, indexada, a partir de la fecha en que el demandante cumplió 55 años de edad, así como también a los intereses moratorios? En casos de trabajadores oficiales amparados por la Ley 33 de 1985, afiliados al lSS, pero no a una caja o entidad de previsión social, la pensión legal de jubilación contemplada en el artículo 1 de esta ley, debe ser reconocida y pagada en principio por la última entidad empleadora, como lo dispone el artículo 75 del Decreto 1848 de 1969; pero como tanto el trabajador como el Estado efectuaron los aportes respectivos al lSS., para el seguro de invalidez, vejez y muerte, una vez reunidos los requisitos de edad y cotizaciones estatuidos en los reglamentos del Instituto, debe este organismo otorgar la correspondiente pensión de vejez, y desde ese momento en adelante estará a cargo del empleador dar al trabajador oficial sólo el mayor valor, si lo hubiere, entre la pensión de jubilación primigenia, con sus reajustes, y el monto de la prestación pagada por el seguro social. Por tratarse de una pensión de origen legal adquirida bajo el imperio de la Ley 100 de 1993 resultaba procedente la utilización del Artículo 36, lo que está de acuerdo con la jurisprudencia reiterada de esta Corte. De haber tenido en cuenta el sentenciador que el demandante se hallaba afiliado al ISS para los riesgos de invalidez, vejez y muerte, no habría condenado al pago al empleador de esa prestación de manera indefinida, sin limitación temporal y económica alguna.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 34324 de 2009 - Reconocimiento y pago indexado de la correspondiente pensión de jubilación. Si un trabajador oficial para el 1 de Abril de 1994, fecha en que entró en vigencia la Ley 100 de 1993, se encuentra cobijado por el régimen de transición que regula el artículo 36 de dicha normativa se le continúan aplicando los requisitos establecidos en el régimen anterior aunque en virtud de un hecho posterior se produzca la privatización de la entidad empleadora, lo anterior bajo el supuesto del cumplimiento del tiempo exigido.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 34314 de 2009 - ¿Es procedente declarar que la entidad demandada debe pagarle al demandante la pensión mensual vitalicia, prevista en una convención colectiva de trabajo, con 20 años de servicio y 50 años de edad, en cuantía igual al 75% de lo devengado en el último año de servicios, que en consecuencia, la demandada está obligada a reliquidar su pensión de jubilación? Principio de consonancia establecido en el artículo 66A del Código Procesal del Trabajo y la Seguridad Social Si bien es cierto la convención colectiva de trabajo contiene rasgos propios de las leyes, su ámbito de aplicación se reduce únicamente a la comunidad laboral que, de acuerdo con las reglas de los artículos 470 y 471 del Código Sustantivo del Trabajo, se beneficia de ella, esto es, a los trabajadores activos.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 34309 de 2009 - ¿Es procedente condenar a la parte demandada al reconocimiento y pago de los beneficios convencionales, consistentes en subsidio de alimentación, auxilios para anteojos y educación, reajuste de cesantías y sus intereses, indemnizaciones por despido injusto y moratoria y las costas del proceso? La no demostración de los errores fácticos denunciados, sumada a la exigua incidencia que las felicitaciones y reconocimientos recibidos por la actora, tiene para el caso, conducen a la improsperidad del recurso extraordinario.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 34297 de 2009 - ¿Es procedente condenar a la parte demandada al reintegro al cargo que se encontraba desempeñado, en las mimas o mejores condiciones, y el reconocimiento de los salarios, con los incrementos legales y convencionales, las prestaciones compatibles con el reintegro, las cotizaciones al Régimen de Seguridad Social, indexados conforme al IPC, declarando la no solución de continuidad? La única forma de acreditarse un yerro fáctico proveniente de una prueba como la convención colectiva de trabajo; antes bien, se observa que como lo indicó el ad quem el procedimiento que fija el convenio colectivo es para los casos en los que exista una conducta que sea reprochable al trabajador, pero no cuando se finaliza su contrato por un modo legal, esto es, la terminación del contrato con el pago de la indemnización por los perjuicios ocasionados.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 34295 de 2009 - ¿El artículo 133 de la Ley 100 de 1993, vigente para el despido del demandante, remplazó al artículo 8 de la Ley 171 de 1961 junto al artículo 74 del Decreto 1848 de 1969; siendo estas últimas disposiciones el fundamento legal de la petición (pensión restringida de jubilación -pensión sanción-) del demandante, en el sentido de establecer cuales son los requisitos que debe cumplir el actor para ser beneficiario de la pensión sanción instituida en los preceptos legales antes citados? El Tribunal no asumió el examen probatorio de la ausencia de afiliación, bastándole asentar que no fue fundamento de la demanda.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 34292 de 2009 - ¿Es procedente condenar a la demandada al pago del mayor valor no liquidado desde la fecha en que se les pagó la primera mesada pensional, debido a que se tuvo en cuenta para establecer el ingreso base de sus liquidaciones (IBL) lo devengado desde el año 1.994 y no en el último año de servicios, en cuantía que se probare en juicio? Fue el propio legislador quien, al diseñar la forma como estarían estructurados los beneficios del régimen de transición que creó para quienes al momento en que entró a regir el sistema de pensiones les hacía falta menos de diez años para adquirir el derecho prestacional, que es el caso de la actora, dispuso que ese régimen estaría gobernado en parte por la normatividad que, antes de entrar en vigor ese sistema, se aplicaba al beneficiario y, en otra parte, por el propio artículo 36 de la Ley 100 de 1993, pero en uno solo de los elementos que conforman el derecho pensional: ingreso base de liquidación.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 34290 de 2009 - ¿Es procedente condenar a las accionadas en forma conjunta, mancomunada, solidaria o separada, al reconocimiento y pago de su pensión de vejez, de conformidad con el artículo 12 del Acuerdo 049 de 1990, a partir del 16 de junio de 1998 o desde la fecha en que se determine que adquirió el status de pensionado? Las razones en que se apoya la censura para darle a la norma aplicada una hermenéutica que se acomode a sus intereses, acorde a la equidad y a la justicia como así lo entiende, no son de recibo en atención a lo dispuesto por el artículo 230 de la Carta Política, según el cual los jueces en sus providencias, sólo están sometidos al imperio de la ley, siendo la equidad, la jurisprudencia y doctrina, únicamente criterios auxiliares de su actividad judicial. Inexistencia de desconocimiento del principio de favorabilidad.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 34286 de 2009 - Demandante instauró el proceso con el fin de obtener el reconocimiento y pago de la pensión de invalidez, por haber perdido el 54,95% de su capacidad laboral. Validez de aportes cancelados por la Cooperativa con posterioridad a la estructuración del estado de invalidez. Jurisprudencia sobre las consecuencias de la mora patronal en el pago de las cotizaciones para efectos de las prestaciones de los afiliados y sus beneficiaros. Deberes de las administradoras de pensiones
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 34283 de 2009 - Conflicto jurídico referente a si el vínculo que existió entre las partes correspondió a un contrato de prestación de servicios o a uno verbal de trabajo. La inexistencia de un contrato escrito en la prestación de servicios no determina la existencia de una relación laboral. Principio de primacía de la realidad
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 34258 de 2009 - Solicitud de condena al pago de la pensión sanción. Improcedencia, por cuanto una resolución no puede valer como verdadero estatuto de la entidad, que permitan determinar si efectivamente el cargo desempeñado por el actor tenía la calidad de trabajador oficial, es forzoso concluir que el Tribunal se equivocó en la apreciación del material probatorio, y por lo tanto en la violación de las normas señaladas en los cargos, los que por ende prosperan.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 34256 de 2009 - ¿Es procedente condenar a la entidad demandada al reconocimiento y pago de la pensión de sobrevivientes en su condición de compañera permanente e hija del afiliado fallecido, más la indexación de la deuda? Acertó el Tribunal cuando estimó que por ser el causante cotizante al sistema de pensiones, el derecho de sus beneficiarios a la pensión de sobrevivientes, teniendo en cuenta la fecha del fallecimiento, debía ser dirimido a la luz del literal a) del artículo 46 de la Ley 100 de 1993 antes de la reforma de la Ley 797 de 2003, que exigía para el afiliado fallecido cotizante al Sistema que hubiere cotizado por lo menos 26semanas al momento de la muerte, esto es, en cualquier tiempo.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 34253 de 2009 - ¿Es procedente condenar a la parte demandada al reintegro conforme lo establece el parágrafo 1 del artículo 29 de la Ley 789 de 2002, y al pago de los salarios y descansos remunerados, pagos a la seguridad social y demás acreencias laborales causadas desde la fecha de la desvinculación hasta el momento que opere su reintegro, quedando establecido que no hubo solución de continuidad para todos los efectos? En el primero de los eventos del numeral 6, letra A) del artículo 7 del Decreto 2351 de 1965, le compete al juzgador calificar la gravedad de la conducta, y eso fue lo que precisamente sucedió en el caso bajo escrutinio; en consecuencia, no se requería acreditar pactos, convenciones colectiva de trabajo, fallos arbitrales, contrato individual o reglamento alguno, como lo expone el recurrente.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 34251 de 2009 - ¿Es procedente condenar a la entidad demanda a la reliquidación o reajuste de la pensión inicial, teniendo en cuenta los valores devengados por prima convencional de vacaciones durante el último año de servicios; los incrementos legales ordenados por las Leyes 4 de 1976, 71 de 1988 y 100 de 1993; los intereses moratorios sobre el monto de los reajustes, a partir del 1º de enero de 1994; y las costas del proceso? Prescripción de los factores salariales. Interpretación más favorable.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 34237 de 2009 - ¿Es procedente declarar que entre las partes del proceso existió un contrato laboral a término indefinido y que fue despedido sin justa causa y en consecuencia se condene a la parte demandada que reintegre al acto al cargo que ejercía o a uno igual o de superior jerarquía , le pague los salarios, prestaciones sociales y aportes pensionales dejados de percibir, desde el 1º de noviembre de 2001; los reajustes salariales por concepto de horas extras, dominicales y festivos conforme a la respectiva intensidad horaria , las dotaciones o su indemnización, la indexación, lo que se demuestre ultra y extra petita, y las costas? Deficiencias técnicas en la presentación de los cargos.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 34231 de 2009 - ¿Es procedente condenar a la parte demandada a la reliquidación de los salarios para el periodo de agosto 1 a 30 de noviembre de 1999 y sus consecuencias en la reliquidación de derechos laborales y demás prestaciones sociales? Error por parte del juez de segunda instancia en la apreciación de la demanda. Derecho al reconocimiento de las primas de navidad de conformidad con la convención colectiva de trabajo.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 34210 de 2009 - ¿Es procedente inavalidar y declarar la nulidad de las actas de audiencia pública celebrada entre las partes del proceso, por esta viciado el consentimiento y que en consecuencia la empresa deberá seguir pagando la pensión de jubilación anticipada, la cual corresponderá a la pensión convencional que es compatible con la pensión de vejez? Incumplimiento de los requisitos exigidos para la presentación de una demanda de casación.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 34192 de 2009 - Solicitud de reajuste de las prestaciones sociales y reliquidación de la mesada pensional. No cabe la comisión de un error de hecho en relación a un puntual aspecto que no fue materia de análisis y pronunciamiento por parte del Juez Colegiado. Carácter salarial de los viáticos.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 34186 de 2009 - ¿Es procedente declarar que la terminación del vínculo contractual con las accionadas no surte efecto legal alguno, y se ordene la reinstalación al cargo desempeñado o a otro de similares condiciones y características y el pago de todos los salarios y prestaciones compatibles con el reintegro? Supresión del cargo. Acerca del tema de la garantía de estabilidad laboral acordada convencionalmente frente a las preceptivas de modernización del Estado previstas en el artículo 20 transitorio de la Constitución Nacional la Sala se ha pronunciado repetida e invariablemente en el sentido de que prevalece la norma especial que desarrolla un mandato constitucional sobre la disposición convencional.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 34184 de 2009 - ¿Es procedente condenar a la entidad demandada al pago del valor completo de la pensión vitalicia de jubilación reconocida, así como las diferencias que se causen desde la presentación de la demanda hasta la ejecutoria de la sentencia? Compatibilidad pensional. Carácter convencional de una pensión. Los efectos jurídicos de la afiliación remiten a una reflexión de derecho que es ajena a la vía escogida.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 34183 de 2009 - ¿Es procedente condenar a la entidad demandada a la reliquidación de la pensión de jubilación, teniendo en cuenta como factor salarial la sobreremuneración por recargo de trabajo en diciembre y, en consecuencia el pago en forma solidaria, separada o conjuntamente, de las sumas adeudadas mes a mes, al igual que los intereses moratorios del artículo 141 de la Ley 100 de 1993? El tribunal desconoció lo previsto en el artículo 5 de los Decretos 2201 de 1987 y 53 de 1989, donde se establece que la sobreremuneración por recargo de trabajo en diciembre no constituye factor salarial para la liquidación de prestaciones sociales.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 34182 de 2009 - ¿Es procedente condenar a la entidad demandada al reintegro del demandante al mismo cargo que ocupaba, a pagarle los salarios y prestaciones durante el tiempo transcurrido entre el despido y entre aquél en que realmente ocurra el reintegro y se tenga para todos los efectos que, que la relación laboral no ha sufrido solución de continuidad? Las normas que se denuncian como infringidas por el ad quem, fueron bien aplicadas al asunto en controversia, en cuanto ellas son las que gobiernan las relaciones laborales de los trabajadores oficiales, y en especial, las justas causas de despido de esa categoría de servidores.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 34177 de 2009 - ¿Es procedente condenar a la parte demandada al reintegro del actor al cargo que venía desempeñando o a uno de igual o superior categoría ; pago de salarios y derechos laborales legales y convencionales desde la fecha de ingreso hasta su efectivo reintegro, sin solución de continuidad? Inexistencia de error al concluir que al actor nunca le fueron efectuados descuentos con destino al Sindicato de Trabajadores.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 34175 de 2009 - ¿Es procedente condenar a la parte demandada al reconocimiento y pago de la pensión de invalidez de origen común a favor del demandante a partir del 9 de septiembre de 2004, la indexación y las costas del proceso? Requisitos para obtener la pensión de invalidez.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 34162 de 2009 - ¿Es procedente condenar a una de las empresas demandadas a que consigne a favor del demandante el valor de los aportes pensionales que le corresponden; en forma solidaria a las demandada al reconocimiento y pago de la pensión de jubilación por haber laborado más de 20 años al servicio de las empresas de aviación; a las mesadas atrasadas y adicionales causadas? El juez de la segunda instancia no se equivoca al establecer que la demandada recurrente no hizo los aportes para pensión, lo cual deriva de una certificación, debiendo hacerlo, conforme a certificación de la misma empresa de aviación, y determinar que debe contribuir al pago de la misma proporcionalmente al tiempo dejado de cotizar.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 34152 de 2009 - ¿Es procedente condenar a la parte demandada a la reliquidación de la pensión de jubilación con el 75% del promedio de lo devengado en el último año de servicios en su condición de trabajadores de una empresa de telecomunicaciones, a la indexación, a lo que resulte probado extra y ultra petita y a las costas del proceso? Por tratarse de pensiones de carácter convencional, se ha debido acusar como violado, obviamente por la vía adecuada, por lo menos, los artículos 467 y 476 del C. S. del T., para no dar al traste con el recurso.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 34142 de 2009 - ¿Es procedente declarar que el contrato laboral celebrado entre las partes, fue prorrogado por el mismo término pactado, dada la ilegalidad y falta de justificación objetiva del despido? Falla en la técnica de presentación del recurso extraordinario de casación. No se controvierte el principal argumento que usó el Tribunal para negar las súplicas de la demanda, consistente en que, por tratarse de un contrato de trabajo a término fijo de un año, renovado automática y sucesivamente por ese mismo periodo, tal relación laboral finalizó con el preaviso previsto en la Ley sobre la intención de no prorrogarlo, configurándose su terminación por vencimiento del plazo fijo pactado.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 34139 de 2009 - Improcedencia de la solicitud de nulidad absoluta de la conciliación. Naturaleza jurídica del Banco Central Hipotecario. Capacidad del Banco para conciliar. Entes de derecho público como el demandado no están sujetos a la restricción del artículo 23 del CPL, lo que les permitía la utilización de la figura de la conciliación judicial y extrajudicial.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 34130 de 2009 - ¿Es procedente, previa la declaratoria que la demandante estuvo vinculada a la empresa demandada mediante un contrato de trabajo a término indefinido, que ésta dio por terminado unilateralmente y sin que mediara justa causa, se condene a la entidad a reintegrarla al cargo de gerente, que desempeñaba al momento de producirse su despido injusto o a otros de igual o superior categoría, con el pago de los salarios dejados de percibir y sus incrementos legales y convencionales, desde la fecha del despido y hasta cuando se produzca el restablecimiento de la relación laboral? Así se tuviere por probado el trato preferencial de un funcionario del banco a los clientes, ello no es suficiente para dejar sin piso la conclusión del Tribunal sobre las irregularidades que encontró acreditadas en la conducta de la demandante, quien estaba sujeta a las directrices generales trazadas por la entidad, que necesariamente debían ser conocidas por ella dada su larga trayectoria en el banco, de algo menos de 20 años. Si el Tribunal concluyó que la actora fue despedida con justa causa ningún sentido tenía que verificara la existencia del derecho convencional al reintegro, surgido de una terminación del contrato sin justa causa.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 34118 de 2009 - ¿Es procedente condenar a la parte demandada al reconocimiento y pago de la pensión de sobrevivientes, las mesadas dejadas de cancelar, debidamente indexadas, y las futuras, con sus aumentos legales y cualquier otro derecho que resulte acreditado en aplicación el artículo 50 del Código Procesal del Trabajo y de la Seguridad Social? El Tribunal no tenía competencia funcional para estudiar el tema de los intereses moratorios, esencialmente porque no fueron pedidos en la demanda con la que se dio inicio al proceso, lo cual aparece consignado en la providencia recurrida, donde expresamente se indicó cuáles fueron las pretensiones de la parte actora.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 34113 de 2009 - ¿Es procedente condenar a la parte demandada al reconocimiento y pago de la pensión de sobrevivientes por el fallecimiento de su cónyuge, a partir del 21 de septiembre de 2000, el retroactivo pensional, las mesadas adicionales de junio y diciembre, el reajuste legal anual y los intereses moratorios por el no pago oportuno de la prestación reclamada? Como la pensión de sobrevivientes está gobernada por el Sistema de Seguridad Social de que trata la Ley 100 de 1993, son procedentes los intereses moratorios previstos por el artículo 141, ibídem, que fulminó el a quo para sancionar la mora, por cuanto que es dable entender que en realidad dicha prestación corresponde al régimen solidario de prima media con prestación definida.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 34100 de 2009 - El cobro de los intereses no está prohibido por la ley, como tampoco el modo como las partes acuerden para el pago del préstamo hecho al trabajador, siempre y cuando no se acredite que dichos intereses perjudiquen al asalariado. El cobro de intereses por parte del empleador, por préstamos otorgados y los descuentos que por este concepto se efectúan.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 34097 de 2009 - ¿Es procedente condenar a la entidad demandada al reajuste de la cuota parte de la sustitución pensional a él reconocida, en su condición de hijo inválido del causante quien fuera diputado de la Asamblea del Departamento demandado; la condena por intereses moratorios, por lo que resulte probado extra y ultra petita y por las costas? Falla técnica en la presentación del recurso de casación. No corresponde con la realidad, que el causante tuviera consolidado el derecho al reajuste de la cuota parte pensional, con fundamento en las Ordenanzas anuladas, tanto así, que lo que se persigue en este proceso, es la declaratoria del mismo y el reconocimiento de los reajustes respectivos. Consecuencialmente, al no ser una situación individual resuelta con base en disposiciones de nivel territorial, no podía estar salvaguardada por el artículo 146 de la Ley 100 de 1993.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 34095 de 2009 - ¿Es procedente condenar a la entidad financiera demandada al reajuste y pago del salario mensual básico a partir del 1º de enero de 2002 en 7.65%, de 2003 en 6.99%, de 2004 en 6.49%, y de 2005 en 5.50%, de manera independiente al reajuste del 3% adicional , correspondiente al aumento automático pactado convencionalmente para cada anualidad; en consecuencia, el reajuste de todas las primas legales y extralegales, de las vacaciones, de la cesantía e intereses sobre la misma, de la indemnización convencional por despido injusto; igualmente la indemnización moratoria establecida en el Decreto 797 de 1949, o en subsidio la indexación de las condenas, así como lo que resulte probado ultra y extrapetita y las costas del proceso? No es el juez laboral, mediante el trámite de un proceso ordinario, el llamado a estabilizar el desequilibrio que se presenta cuando transcurre un período de tiempo y no se aumenta el salario de los trabajadores, a pesar de que el IPC en dicho lapso haya aumentado. Y no puede hacerlo este funcionario judicial porque no existe ley que lo obligue o lo faculte a ello, excepto si del salario mínimo se trata.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 34090 de 2009 - ¿Es procedente condenar a la empresa de servicios públicos demandada al reintegro del demandante al mismo cargo que desempeñaba o en mejores condiciones de trabajo y remuneración, sin solución de continuidad; al pago, indexado, de los salarios y prestaciones legales y extralegales causados y no pagados hasta el momento del despido y los que se causen hacía el futuro, sus aumentos legales y convencionales hasta cuando se produzca el reintegro? No logra desquiciar la conclusión a la que arribó el colegiado en torno a la inexistencia de la convención colectiva de trabajo, fuente de la acción de reintegro impetrada por el demandante. El juez de apelación no incurrió en error jurídico ni fáctico al desestimar la petición de pensión sanción, máxime que no ataca el pilar fundamental de la decisión cual fue el haber aplicado el artículo 133 de la Ley 100 de 1993 y encontrado su afiliación al sistema de seguridad social por lo que no se cumple uno de los supuestos del citado precepto.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 34087 de 2009 - Pensión de jubilación anticipada especial por retiro voluntario, contenida en una convención colectiva de trabajo.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 34085 de 2009 - ¿Es procedente condenar a la empresa demandada a pagar a cada uno de los actores la pensión restringida de jubilación de que trata el artículo 8º de la ley 171 de 1961, indexada cada una de las mesadas adeudadas, en razón a trabajar, hasta el día de su despido sin justa causa, ocurrido el 26 de febrero de 2003, algunos de los actores por más de 10 años y menos de 15 años, y otros por más de 15 años y menos de 20 años; para la demandada, empresa de economía mixta con más del 90% de participación estatal. Al tratarse de conceptos de disímil naturaleza no es dable extender los predicamentos de la noción de indexación para la primera mesada a los de indexación de cada una de las mesadas adeudadas como lo hiciera el juzgador de la segunda instancia y que es justamente la causa de la trasgresión.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 34083 de 2009 - ¿Es procedente declarar que el demandante tiene derecho al pago de la pensión de invalidez, a partir del día en que le fue suspendida, y en consecuencia se condene a cancelarle las mesadas desde el momento de la suspensión con los reajustes de ley; las mesadas adicionales de junio y diciembre; la indexación de los valores reconocidos; lo que ultra y extra petita resulte demostrado; y las costas del proceso? Coexistencia en una misma persona de la pensión de invalidez, bien sea de origen profesional o común, y la pensión de vejez.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 34082 de 2009 - Improcedencia de la indexación de la primera mesada pensional, respecto de las pensiones voluntarias o legales que se causen con anterioridad a la vigencia de la Constitución de 1991.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 34075 de 2009 - ¿Es procedente condenar al ente territorial demandado al reconocimiento y pago de la pensión de jubilación anticipada y especial por retiro voluntario, de que trata el artículo 2º de la Convención Colectiva de Trabajo, suscrita el 12 de noviembre de 2002; lo que resulte ultra y extra petita y las costas del proceso? Deber legal del juez de decretar pruebas de oficio.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 34059 de 2009 - Pensión de jubilación anticipada especial por retiro voluntario, contenida en una convención colectiva de trabajo.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 34056 de 2009 - ¿Es procedente condenar a la parte demandada al reconocimiento y pago de la pensión de jubilación equivalente al 75% del promedio mensual de las asignaciones que devengó durante el último año de servicio, con lo incrementos legales y, por consiguiente, el retroactivo indexado de la diferencia causada entre el valor de la pensión y cualquier otro derecho que resulte acreditado en el proceso? Conforme al numeral tercero del artículo 36 de la Ley 100 de 1993, el lapso que se toma para liquidar el ingreso base de liquidación de la pensión de las personas beneficiadas por el régimen de transición, para quienes les faltare menos de diez años para obtener el derecho, será el que hiciere falta para el cumplimiento de la edad o el tiempo de servicios; luego, en tales casos, el ingreso base referido será el promedio de lo devengado en el tiempo que les hiciere falta para ello, o el devengado durante todo el tiempo, si éste fuere superior.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 34039 de 2009 - ¿Es procedente condenar a la entidad demandada al reconocimiento y pago de la pensión de sobreviviente, de manera indexada, de la pensión por muerte prevista en una convención colectiva de trabajo, en virtud de declarar previamente la responsabilidad por parte de la empres? No existe error en la sentencia que se impugna al condenar a la demandada a reconocer y pagar la prestación convencional reclamada, hasta la fecha en que el ISS reconozca la pensión por muerte y quedando a cargo de la empresa sólo el mayor valor entre la que ésta venía cancelando y la que pague dicho instituto, puesto que no hace nada distinto a proceder conforme a lo adoctrinado por esta Sala.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 34036 de 2009 - ¿Es procedente condenar a la parte demandada al reajuste de la primera mesada pensional en el mismo porcentaje en que se incrementan los salarios convencionales, además el valor de la bonificación por jubilación? Error del sentenciador al declarar probada la excepción de cosa juzgada por considerar que en el fallo se establecieron los términos en que se reconocería y liquidaría el monto de la primera mesada pensional.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 34032 de 2009 - ¿Es procedente condenar a la entidad demandada a reconocerle y pagarle la pensión de jubilación anticipada especial por retiro voluntario, prevista en el artículo 2º de la convención colectiva de trabajo celebrada el 12 de noviembre de 2002 con el Sindicato de Trabajadores Oficiales de la Secretaría de Obras Públicas de un ente territorial? No se avizora en el entendimiento que dio el Tribunal a la norma convencional un error de hecho ostensible que sea capaz de quebrantar la sentencia por este aspecto, pues una interpretación admisible y razonada, es la de que basta la simple manifestación del trabajador de acogerse al beneficio convencional y su intención de retirarse voluntariamente del cargo desde el momento en que se expida el acto administrativo, para que se entienda consolidado el derecho, obviamente, si se cumple el requisito del tiempo de servicio exigido. El hecho que el ente territorial era uno de los más pobres de Colombia es irrelevante en la medida en que ello no era un factor exclusivo que impidiera la suscripción de un convenio colectivo por parte del ente territorial.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 34029 de 2009 - ¿Es procedente condenar a la entidad demandada al reconocimiento y pago de la pensión de jubilación en aplicación de la legislación permanente a su caso, en particular los artículos 259 y 260 del Código Sustantivo del Trabajo, liquidada con base en los aportes del último año, el pago de las mesadas atrasadas, desde la fecha en que el demandante cumplió 50 años, con el reconocimiento de los intereses moratorios? A la luz de la citada disposición, una vez los trabajadores fueran beneficiados por la cobertura de pensiones que asumió el Seguro, dejarían de aplicarse las normas consagratorias de las prestaciones a cargo del empleador.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 34014 de 2009 - ¿Es procedente condenar a la entidad demandada al reconocimiento y pago de la pensión de sobrevivientes por la muerte de su cónyuge; las mesadas adicionales de junio y diciembre; la sanción por el no pago o su indexación; y las costas del proceso? Ninguna razón válida existe para negar el reconocimiento de la pensión de sobrevivientes a los beneficiarios del causante, pretextando el hecho de que a éste, le fue reconocida en vida la indemnización sustitutiva de la pensión de vejez, en la medida en que no se trata de la misma contingencia respecto de la cual se canceló la suma indemnizatoria.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 34007 de 2009 - ¿Es procedente declarar la ineficacia del despido y condenar a la parte demandada al reintegro, con el consiguiente pago de los salarios y demás prestaciones legales y extralegales, incluida la indexación, hasta cuando se produzca la reinstalación? Los precisos términos en que está redactado el numeral 2 de la letra A) del artículo 7 del Decreto 2351 de 1965 no se pueden entender en el sentido estricto de la palabra "todo", para deducir que cualquier comportamiento de indisciplina, por insignificante que sea, deba reputarse como justificante en la terminación de relación laboral.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 33998 de 2009 - ¿Es procedente declarar la nulidad del acta de conciliación suscrita entre las partes en cuanto a lo relacionado con la liquidación de la primera mesada pensional ; se ordene la reliquidación del valor inicial de la pensión de jubilación mediante la aplicación, al salario promedio devengado durante los tres últimos meses de servicio, del valor de la devaluación que afectó al peso colombiano entre la fecha de terminación de su contrato hasta la fecha en que causó o adquirió el derecho a la pensión; de igual manera ordenar el pago del retroactivo que resultare de la diferencia entre lo pagado y lo condenado a pagar; así como los intereses moratorios que se generen, conforme al artículo 141 de la ley 100 de 1993? Corrección monetaria de una pensión obtenida a través de la ley 33 de 1985, de una relación de trabajo extinguida al amparo de la constitución de 1991, y estructurada en vigencia de la Ley 100 de 1993.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 33970 de 2009 - ¿Es procedente declarar que entre la demandante y la universidad demandada existió una relación laboral, teniendo derecho a la pensión de jubilación debidamente indexada, de acuerdo con la convención colectiva de Trabajo vigente, con 20 años de servicios y 45 de edad; al pago de la indemnización moratoria y a las costas del proceso? El Tribunal no se equivocó en cuanto decidió el asunto puesto a su consideración de acuerdo con lo definido por esta Corporación, toda vez que encontró demostrado que la actora sólo había laborado como trabajadora oficial al servicio de la demandada 7 años aproximadamente y por tal razón no tenía derecho a la pensión en los términos establecidos en la Convención Colectiva de Trabajo 1976 - 1977 suscrita entre las partes.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 33964 de 2009 - ¿Es procedente condenar a la parte demandada a devolverle a los demandantes el excedente del los aportes por ellos realizados para efectos del reconocimiento de la pensión de jubilación, aduciendo para ello que como para el reconocimiento de dicha prestación el demandado no les computó las cotizaciones anteriores al ingreso al servicio público? Error en la formulación de los cargos de la demanda de casación. Los esenciales razonamientos del Tribunal para desestimar la pretensión de los actores, no tuvieron nada que ver con el análisis de los medios de prueba del proceso, que es por la vía por la cual dirigen los recurrentes el único cargo de su demanda de casación, sino todo lo contrario, con las consideraciones jurídicas.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 33961 de 2009 - ¿Es procedente condenar a la parte demandada al reajuste de la primera mesada de la pensión voluntaria que reconoció al actor, tomado el último salario promedio devengado durante el último año de servicios, con la aplicación de la indexación certificada por el DANE? No se desconoció que la pensión reconocida al demandante no es de aquellas de origen legal a que se refiere el artículo 36 de la Ley 100 de 1993, pues de manera expresa se concluyó que era voluntaria, sólo que en opinión del Tribunal era válido que las partes acordaran que se rigiera por el artículo 36 de la Ley 100 de 1993.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 33937 de 2009 - Principio de la primacía de la realidad sobre las formalidades. Presunción de la prestación personal del servicio a que se refiere el artículo 24 del C. S. T.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 33936 de 2009 - ¿Es procedente condenar a la parte demandada al reintegro a un cargo igual o de mejor categoría y al reconocimiento y pago de los salarios y prestaciones a partir del 11 de octubre de 2000, con los aumentos legales y convencionales? Las justas causas previstas en el Decreto 2127 de 1945 para terminar el contrato de trabajo, por parte del trabajador o del empleador, continúan vigentes y frente a ellas, se mantiene la misma regulación y el tratamiento que ha sido identificado por la jurisprudencia, que ha reiterado que el despido partiendo de las causales previstas en el Decreto 2127 de 1945, como también de las señaladas en el Código Sustantivo del Trabajo, no corresponde a una medida en estricto sentido de carácter sancionatorio.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 33932 de 2009 - Se demandó a la Empresa de Energía de Bogotá S.A. ESP para obtener pensión legal de jubilación como servidor público, ya que cumplió con todos los requisitos legales para acceder al derecho pensional antes de la privatización de la entidad pública. Quienes como trabajadores oficiales cumplieron 20 años de servicio en una entidad estatal no pueden ver afectado su derecho a obtener la pensión de jubilación por la privatización o el cambio de naturaleza jurídica de su empleadora. La privatización del empleador no se traduce en la extinción de obligaciones causadas, ni de las laborales, ni de las de cualquiera otra naturaleza
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 33929 de 2009 - Las pensiones causadas con anterioridad a la expedición de la Constitución Política de 1991, no son susceptibles de la indexación del ingreso base de liquidación de la primera mesada, por cuanto antes no existía fuente legal o supralegal que lo estableciera. Tema resuelto en providencias del 9 de julio y 12 de septiembre de 2007, y del 7 de octubre de 2008, con radicaciones 28896, 29076 y 33521, respectivamente.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 33924 de 2009 - ¿ES procedente condenar a la entidad demandada al reconocimiento y pago de la pensión de sobrevivientes en beneficio de la demandante, a partir del día siguiente de la muerte del causante, con los aumentos legales? la violación directa de la ley en que incurre el juzgador relacionada con el significado de la norma, o sea, la errónea interpretación, se presenta cuando se le atribuye un significado diferente al que rectamente entendido le corresponde, de suerte que se contraría el genuino sentido que tiene como precepto legal. Falla en la técnica de presentación del recurso extraordinario de casación.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 33923 de 2009 - ¿Es procedente condenar a la entidad demandada al reconocimiento y pago de la reliquidación de la pensión de vejez y pagarle la retroactividad pensional desde el13 de julio de 2002, junto con las primas y la mesada catorce; y a cubrirle la indemnización, de acuerdo con el índice de precios al consumidor, por los perjuicios ocasionados, en lo establecido en el Art. 141 de la Ley 100? El Tribunal no cometió dislate alguno en el examen de la prueba. Y lo que la impugnación estima como error fáctico, es, en realidad, un cuestionamiento a una postura jurídica del juez de segundo grado, que no se corresponde con el sendero indirecto por el cual se orientó la acusación.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 33914 de 2009 - ¿Es procedente condenar a la entidad demandada al reconocimiento y pago de la pensión del demandante a partir del 23 de octubre de 1997, por haber ocupado un cargo de alto riesgo, acorde con lo previsto en el artículo 140 de la Ley 100 de 1993 y en el Decreto 1933 de 1989? Al no surgir de las preceptivas reseñadas, que el cargo de escolta desempeñado en una empresa como la demandada, figure en dichas normas, como de alto riesgo, no procede la inclusión a la cual aspira el censor, como si se tratare de un funcionario del DAS. De allí que no se halle acreditada ninguna de las infracciones denunciadas en las acusaciones.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 33898 de 2009 - ¿Es procedente condenar a la entidad demandada al reconocimiento y pago de la pensión de vejez, indexada, a partir del 6 de noviembre de 1996, y los intereses moratorios? El Tribunal restringió el análisis que debía efectuar en la alzada a establecer si el actor cotizó o no 500 semanas durante los 20 años anteriores al 6 de noviembre de 1996 y excluyó de manera expresa y deliberada, la posibilidad de considerar si, con posterioridad a esa fecha, se realizaron cotizaciones al instituto demandado. Si se equivocó en la forma como asumió su función, en el estudio de las pretensiones, o al establecer la materia del debate, es cuestión que el cargo no cuestiona. El recurrente no controvierte los que fueron los verdaderos argumentos del Tribunal, los que, en consecuencia, permanecen incólumes brindándole apoyo a la sentencia impugnada
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 33850 de 2009 - ¿Es procedente que se declare que la terminación de los contratos de trabajo por parte de la accionada , es ineficaz, por ser contraria a la Constitución Política, y que como consecuencia de tal determinación, se ordene su reintegro o reinstalación al mismo cargo o a otro equivalente, el pago de sueldos, cesantías, intereses de las cesantías, vacaciones, primas y prestaciones, legales y extralegales, dejados de percibir, desde la fecha de la terminación del vínculo laboral hasta cuando se produzca el reintegro o reinstalación, con los aumentos convencionales; el pago de las cotizaciones correspondientes a los regímenes de pensiones y salud y los demás derechos que sean procedentes en ejercicio de las facultades extra y ultra petita? Por no ser viable financieramente, debía suprimirse, no era indispensable acudir al instrumento de reformar la Constitución Política para su supresión, disolución y liquidación, como lo expone el recurrente, sino a las normas constitucionales y legales antes reseñadas, garantizando, como es lógico, los derechos de los trabajadores, pero dejando claro, que no es procedente el reintegro. No se evidencia la infracción legal demandada.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 33848 de 2009 - ¿Es procedente condenar a la demandada a reliquidar la pensión inicial de los actores y a pagar las diferencias que de ellos se deriven? Prescriptibilidad de los factores que integran la base salarial para liquidar la cuantía inicial de la pensión de jubilación. Cambio jurisprudencial relacionado con el asunto.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 33821 de 2009 - ¿Es procedente condenar a la parte demandad al reconocimiento y pago de la pensión de jubilación? Se equivoca el Tribunal al considerar que quien ha elegido como su régimen el de ahorro individual tiene derecho a reconocimientos que son propios del sistema de prima media, y a cargo de una entidad ajena al régimen de ahorro individual.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 33820 de 2009 - ¿Es procedente condenar a la entidad demandada, luego de que se declare que le es aplicable el principio de la condición más beneficiosa, se lo condene a reconocerle y pagarle la pensión por invalidez, a partir del 17 de enero de 2000, a los intereses moratorios y a las costas del proceso? De lo anterior surge claro que el afiliado demostró cotizaciones superiores a las 300 semanas durante todo el tiempo anterior al de la vigencia de la Ley 100 de 1993. En esa medida, el ad quem no se equivocó en cuanto definió el asunto en la forma dispuesta por esta Sala de la Corte en múltiples decisiones.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 33819 de 2009 - ¿Es procedente condenar a la parte demandada al reconocimiento y pago de la pensión de jubilación conforme a la Ley 33 de 1985, inclusive las mesadas adicionales de junio y diciembre y las costas procesales? La calidad de trabajador oficial no desaparece por motivo del cambio de naturaleza jurídica de la entidad, pues esa mutación no tiene el mérito de afectar el escenario jurídico, respecto de la pensión de un trabajador que completó el tiempo de servicios que le asigna la ley antes de la privatización del ente empleador. La situación pensional del demandante está gobernada por la Ley 33 de 1985, por cuanto prestó sus servicios en su condición de trabajador oficial por más de 20 años, aunque en el transcurso de la relación se le haya afiliado al Instituto de Seguros Sociales.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 33817 de 2009 - Solicitud de reconocimiento de vida marital para efectos de acceder al 50% de la pensión de sobrevivientes, más los intereses moratorios. la convivencia simultanea si es posible, a tal punto que fue advertida por el legislador, quien para solucionar el conflicto previó el reconocimiento de la prestación a favor de la cónyuge, según lo prevé el artículo 47 de la Ley 100 de 1993, modificado por el artículo 13 de la ley 797 de 2003, que entre otras cosas es aplicable al caso, tal cual lo hizo el Tribunal.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 33808 de 2009 - ¿Es procedente condenar a la parte demandada al reconocimiento de la pensión especial de vejez del artículo 269 del Código Sustantivo del trabajo, por haber laborado 20 años continuos, así como los intereses comerciales moratorios a la tasa máxima autorizada por la ley? Al actor no le era aplicable el artículo 269 del Código Sustantivo del Trabajo, porque al haber sido afiliado al Instituto de Seguros Sociales su riesgo de vejez fue subrogado por la entidad, y en esa medida quedó sometido a los reglamentos de ésta, pues sabido es que el seguro social asumió los riesgos de invalidez, vejez y muerte de conformidad con sus propios reglamentos, y no en la forma en que lo tenía previsto el Código Sustantivo de Trabajo para las prestaciones transitoriamente a cargo del patrono.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 33798 de 2009 - ¿La demandante tiene derecho a sustituir en la pensión de jubilación a su hermana fallecida, en forma temporal, conforme lo reconoció la entidad demandada, o si por el contrario, de manera vitalicia como lo dispuso el Tribunal en la sentencia recurrida? El marco normativo aplicable para resolver el derecho a la sustitución de la demandante, es aquel que se encontraba vigente al momento de la muerte. Aunque con la expedición de la Ley 71 de 1988, se eliminó como beneficiarios de la sustitución pensional a las hermanas solteras del fallecido, tal exclusión no resulta aplicable en el sub judice, por cuanto para el momento en que se le defirió el derecho a la actora, esto es, al momento de la muerte de la pensionada, aún no había sido emitida dicha ley.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 33788 de 2009 - ¿El instituto de la pensión convencional o voluntaria, queda cobijado por las disposiciones constitucionales o legales que establecen la actualización monetaria de la primera mesada pensional? Problema jurídico resuelto a partir de la sentencia de julio 31 de 2007 Rad. 29022. La actualización de la base salarial de las pensiones, sin diferenciarlas por su origen. El actual criterio mayoritario, que admite la actualización de la base salarial tratándose de pensiones legales causadas con posterioridad a la entrada en vigencia de la nueva Constitución, impera también ahora para las extralegales, como sería el caso de las convencionales, según lo anotado.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 33772 de 2009 - ¿Es procedente, previa la declaratoria que entre las partes del proceso existió un contrato de trabajo, y que fue despedido en forma unilateral y sin que existiera justa causa, se disponga al reintegro del accionante al cargo que desempeñaba al momento del despido y al pago de los salarios y prestaciones sociales dejados de percibir entre la fecha del despido y aquella en que tenga lugar el restablecimiento de la relación laboral? A la luz de lo que dispone el artículo convencional, basta que un trabajador demuestre que ostentó la calidad de trabajador oficial para que le sea aplicable la convención colectiva de trabajo, así no se encontrara formalmente en la planta de personal del instituto, pero esa condición de trabajador subordinado le haya sido reconocida a través de un fallo judicial. La declaración judicial de la existencia de una relación laboral lleva ínsita la concerniente al vínculo legal que en verdad debe ostentar la persona al servicio de la entidad empleadora, vale decir, si es trabajador particular o del Estado y, en este segundo caso, su condición de trabajador oficial o empleado público, lo cual igualmente determina implícitamente la existencia de las garantías y derechos de los cuales es o fue beneficiario.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 33761 de 2009 - ¿Es procedente condenar a la entidad demandada al reconocimiento y pago de la pensión de sobrevivientes a favor de la demandante y de su menor hija, con ocasión de la muerte de su compañero permanente? El Tribunal no incurrió en los yerros jurídicos que le reprocha el recurrente, por acoger los lineamientos jurisprudenciales que ha sostenido esta Sala de Casación Laboral respecto de la aplicación del principio de la condición más beneficiosa, en tratándose de la pensión de sobrevivientes, por lo cual el cargo no encuentra prosperidad en el recurso extraordinario.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 33759 de 2009 - ¿Es procedente, previa la declaratoria que entre las partes del proceso existió un contrato de trabajo, y que fue despedido sin que existiera justa causa, se disponga el reintegro del demandante al mismo o a un mejor cargo al que desempeñaba al momento del despido, con el pago de los salarios, prestaciones sociales legales, extralegales y convencionales, con sus respectivos incrementos, dejados de percibir entre la fecha del despido y aquella en que tenga lugar la reanudación de la relación laboral? La inexistencia del cargo al cual se ordena el reintegro de un trabajador oficial en la planta de personal no es razón jurídica que impida la aplicación de las normas convencionales a ese servidor y, precisa ahora, tampoco el cabal cumplimiento de ese reintegro, pues el derecho a la estabilidad laboral de un trabajador no puede verse afectado por las disposiciones internas de la entidad que ha terminado su contrato de trabajo de manera ilegal, aparte de que no existe ningún obstáculo legal para que la plantilla de personal sea ajustada para cumplir con una orden judicial.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 33756 de 2009 - ¿Es procedente condenar a la empresa de servicios públicos domiciliarios demandada para obtener la concurrencia entre la pensión voluntaria que le concedió con la pensión de vejez otorgada por el Instituto de Seguros Sociales, la devolución de los valores descontados mensualmente desde el momento de la compartibilidad ilegal y hasta que se normalice el pago de la pensión voluntaria, y el retroactivo pensional recibido de ese instituto, montos que deberán indexarse al momento del pago, y los intereses moratorios? Dada la naturaleza jurídica de la demandada, al actor le resultaba aplicable la Ley 33 de 1985, que efectivamente exigía como requisitos para pensionarse 55 años de edad y 20 años de servicio, y no la Ley 6 de 1945, que solamente demandaba 50 de edad. Las consideraciones que se efectúen en una resolución por medio de la cual un empleador otorga una pensión de jubilación no siempre pueden servir de prueba de la naturaleza de esa prestación. El Tribunal no pasó por alto la referencia que en la cláusula convencional de marras se hizo al artículo 260 del Código Sustantivo del Trabajo, pero consideró que en ese precepto convencional se incluyó un requisito que no contempla la norma legal, lo que le quita a la pensión el carácter legal, para convertirla en convencional.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 33753 de 2009 - Impugnación de la sentencia del tribunal por no acceder a la solicitud de pensión de jubilación por no haberse aportado la prueba de la Convención Colectiva de Trabajo. Correspondía al impugnante destruir ese soporte esencial del fallo recurrido, demostrando que, contrario a lo inferido por el Ad quem, el actor si tenía cumplidos los 15 años de servicio para cuando empezó a regir la Ley 33 de 1985, a fin de ser beneficiario del régimen de transición, y en consecuencia poder acceder a la pensión de jubilación a los 50 años de edad, en aplicación del parágrafo 2º de la citada Ley en concordancia con la Ley 6ª de 1945.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 33728 de 2009 - Solicitud de declaratoria de existencia de un contrato laboral y de condena al pago de pensión de jubilación equivalente al 75% de lo devengado en el último año de servicios previa indexación de la primera mesada. El régimen de jubilación oficial de los trabajadores afiliados al ISS, subsistió, de tal forma, que la entidad obligada al pago de aquel derecho es la última empleadora, con la posibilidad de ser subrogada parcial o totalmente por el ISS o por la entidad a la que se encuentre afiliado, cuando asuma la pensión de vejez. Tratándose de trabajadores oficiales no son aplicables las mismas reglas dirigidas a los particulares, a propósito de la asunción del riesgo de vejez por el ISS. Se debió disponer la compartibilidad de la pensión de jubilación a cargo del empleador, con el consiguiente pago de las cotizaciones, hasta cuando cumpla con los requisitos mínimos establecidos por el ISS para otorgarle la pensión de vejez al actor, momento a partir del cual únicamente estará a cargo del empleador el mayor valor si lo hubiere.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 33725 de 2009 - Solicitud de pensión de jubilación proporcional. Falta del requisito de la edad de 45 años del actor al momento del retiro, prevista en parágrafo del artículo 3º del Decreto 1651 de 1991, necesaria para acceder al derecho pensional reclamado.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 33705 de 2009 - ¿Es procedente condenar a la entidad demandada al reconocimiento y pago de la pensión legal de jubilación a partir de la fecha en que cumplió 55 años de edad , en cuantía del 75% del salario devengado durante el último año de servicios, actualizado desde el momento de su retiro y a las mesadas causadas? El tomar el valor monetario a actualizar y multiplicarlo por el índice de precios al consumidor final y dividirlo por el IPC inicial, es dable sostener que esta fórmula también cumple a cabalidad con el designio y espíritu del artículo 36 de la Ley 100 de 1993, y demás postulados de rango constitucional que en materia pensional consagran los artículos 48 y 53 de la Constitución Política, para efectos de determinar el ingreso base de liquidación y establecer el monto de la primera mesada en aquellos casos no contemplados en la ley de seguridad social, empero observando la variación del IPC para cada anualidad en la medida que el referido artículo 36 así lo exige; lo cual es semejante a la fórmula que viene aplicando la jurisprudencia constitucional y del Consejo de Estado.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 33701 de 2009 - ¿Es procedente condenar a la parte demandada a reliquidar los salarios del demandante aplicando el IPC, año a año, adicionalmente, que de manera independiente se ordene el reajuste de los salarios año por año en virtud de una convención colectiva de trabajo y como consecuencia de los anterior se reliquiden los derechos laborales y se ordene el pago de la indemnización moratoria o a la indexación de los valores de la condena? Se equivoca el Tribunal al considerar que los trabajadores de la demandada mantuvieron su calidad de trabajadores particulares con posterioridad al 29 de septiembre de 1999, al adquirir el Estado un capital accionario superior al 90% en la demandada, por cuanto la posición mayoritaria de la Sala es que a partir de esa fecha y en virtud de dicha capitalización, estos trabajadores tienen la calidad de trabajadores oficiales y se les aplica el régimen de este tipo de servidores públicos. No obstante ser el cargo fundado, no está llamado a prosperar, toda vez que la Ley 4ª de 1992 es el sustento legal del reajuste solicitado, normatividad que la Sala Laboral ha precisado que se aplica solamente a los empleados públicos y no a los trabajadores oficiales.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 33700 de 2009 - Procedencia de la indexación de la primera mesada pensional, de conformidad con el artículo 36 de la Ley 100 de 1993. Los artículos 27 del Decreto 3135 de 1968, 73 del D.R. 1848 de 1969 y 1° de la Ley 33 de 1985, deben aplicarse en el caso concreto, en cuanto a la edad, tiempo de servicios y el monto de la pensión (75%).
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 33693 de 2009 - ¿Es procedente ordenar a la entidad bancaria demandada al reajuste y pago a partir del 1 de enero de 2001, su sueldo mensual básico en el 8.75 por ciento correspondiente al aumento de sueldo que le pertenece, desde dicha fecha y en adelante, de acuerdo al índice de precios al consumidor, certificado por el DANE? Si no se acredita la naturaleza del servidor público están por demás los reclamos por la igualdad y derechos de esta clase de trabajadores.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 33690 de 2009 - ¿Es procedente condenar a la parte demandada a la reliquidación de los aplicando el IPC año por año; al reajuste de los salarios año por año en un 3% en virtud de una convención colectiva de trabajo y, el pago de la indemnización moratoria prevista en el Decreto 797 de 1949 o en subsidio la indexación de los valores de la condena? Desestimación de los cargo pro falta en la técnica de su presentación.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 33670 de 2009 - ¿Es procedente condenar a la parte demandada al reconocimiento y pago de la pensión de jubilación, la indemnización por los daños y perjuicios y salarios adeudados? Independientemente del origen de la prestación jubilatoria que se demanda, el conflicto jurídico surgido entre las partes es de naturaleza estrictamente laboral de conocimiento de la justicia de lo contencioso administrativo. Por lo tanto, la determinación adoptada por el Tribunal no resulta equivocada, pues no se está en presencia de un conflicto de seguridad social, toda vez que la universidad convocada al proceso no es una entidad administradora o prestadora del Sistema de Seguridad Social y fue citada en su exclusiva calidad de empleadora.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 33663 de 2009 - Pensión de jubilación de carácter convencional. Responsable del pago retroactivo de la pensión de vejez.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 33645 de 2009 - El tiempo laborado por un trabajador oficial bajo la modalidad de contrato de aprendizaje debe computarse en el tiempo para acceder a la pensión de jubilación prevista en el artículo 17 literal b) de la Ley 6ª de 1945? El contrato de aprendizaje, no es exclusiva del sector privado, y aunque su duración se regulaba especialmente, de modo independiente, no así en otras de sus condiciones, lo que motiva a refrendar la reseñada naturaleza contractual laboral. ¿Corresponde la cancelación de intereses moratorios a quien se jubila bajo la ley 6 de 1945? Esta sentencia reitera la jurisprudencia, según la cual la pensión que proviene de un régimen anterior aplicable a los trabajadores oficiales del sector territorial, es decir, el artículo 17, literal b, de la Ley 6 de 1945, no proceden los intereses moratorios implorados, así su base salarial se actualizara en virtud de lo previsto en la nueva ley de seguridad social, salvo las pensiones en transición a cargo del Instituto de Seguros Sociales en el régimen de prima media con prestación definida
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 33644 de 2009 - Solicitud de reajuste y pago del salario mensual básico. El ad quem incurrió en el error jurídico que le enrostra la censura, al haber inferido que el demandante no tenía la calidad de trabajador oficial para la época en que se solicitan los incrementos salariales. Sin embargo, la acusación respecto de la negación proferida por el ad quem frente a los incrementos salariales solicitados, no tiene éxito, por cuanto el actor no se encuentra cobijado por la preceptivo legal invocada.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 33643 de 2009 - ¿Es procedente condenar a la empresa demandada al pago debidamente indexado por los perjuicios materiales, lo correspondiente al daño emergente y lucro cesante consolidad y futuro por la muerte ocurrida con ocasión de un accidente de trabajo; los daños morales; los intereses corrientes y moratorios; lo que resulte probado extra y ultra petita; y las costas del proceso? El Tribunal incurrió en el yerro alegado por cuanto ha sido criterio de la Corte que el término de prescripción corre de fecha a fecha, según se desprende de lo establecido en los artículos 67 del Código Civil y 59 del Código de Régimen Político y Municipal. La responsabilidad que conlleva la indemnización ordinaria y total de perjuicios tiene una naturaleza subjetiva, por tanto su establecimiento amerita, además de la demostración del daño a la integridad o a la salud del trabajador con ocasión o como consecuencia del trabajo, la prueba del incumplimiento del empleador a los deberes de protección y seguridad que, según lo señalado por el artículo 56 del Código Sustantivo del Trabajo, de modo general le corresponden.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 33640 de 2009 - ¿Es procedente condenar a la parte demandada a pagarle al actor la pensión legal restringida de jubilación en los términos del artículo 8 de la Ley 171 de 1961, la indexación y las costas? No se puede concluir que la pensión restringida de jubilación del artículo 8 de la ley antes referida hubiera perdido vigencia y, en esa medida el Tribunal no se equivocó al confirmar la condena dispuesta por el a quo, con fundamento en el precitado precepto. Procedencia de la indexación de la primera mesada pensional, por haberse configurado la prestación con posterioridad a la entrada en vigencia de la Constitución de 1991.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 33628 de 2009 - ¿Es procedente condenar a la entidad demandada al reajute y pago del sueldo mensual a partir del 1º de enero de 2001, en el porcentaje del índice de precios al consumidor correspondiente a los años 2001 a 2005, sumado al incremento anual del 3 por ciento adicional, que es el aumento automático pactado convencionalmente? Trabajador oficial. Los aumentos salariales para los trabajadores oficiales no son objeto de regulación por parte del Congreso; en consecuencia, para reclamar el incremento salarial al que hace mención la sentencia de la Corte Constitucional C-1443-2000, se requiere que quien lo pretenda, pertenezca al tipo de servidores públicos señalados en el artículo 1 de la Ley 4 de 1992, lo cual no sucede con el accionante.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 33626 de 2009 - ¿Es procedente condenar a la parte demandada al reconocimiento y pago de la sustitución pensional y a pagarle la demandante las mesadas correspondientes a los últimos tres años, con los reajustes legales previstos en la Ley 71 de 1988 y los artículos 14 y 143 de la Ley 100 de 1993, indexados? El derecho a la sustitución pensional surgiría no por razón de una aplicación retroactiva de la ley, sino por lo establecido en la norma que el Tribunal desconoció que, independientemente de que consagre un derecho con efectos retroactivos, la ha debido tomar en consideración, como lo hizo el fallador de primera instancia. El cargo no propera porque el causante no había adquirido el status de pensionado al momento del fallecimiento.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 33610 de 2009 - ¿Es procedente condenar a la entidad demandada al reconocimiento y pago de la pensión vitalicia de jubilación oficial a partir de la fecha en que cumplió 55 años de edad, mesadas adicionales, los intereses moratorios, lo que resulte probado ultra y extra petita, con la condena en costas? El análisis del Tribunal resulta equivocado, toda vez que si bien, para resolver el asunto tuvo en cuenta que cuando empezó a regir la Ley 100 de 1993, el actor llevaba más de 17 años de servicio, que lo ubicaba, con acierto, en el régimen de transición y por ello beneficiario de lo previsto en la Ley 33 de 1985, no observó que a la luz de esta preceptiva era menester demostrar los 20 años de servicio como trabajador oficial, conclusión ésta a la que llegó de deducir, erradamente, que la entidad bancaria tenía una participación estatal de más del 99% hasta el momento de la desvinculación.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 33609 de 2009 - ¿Es procedente condenar a la entidad demandada al reintegro de la demandante al cargo que desempañaba cuando fue desvinculada, junto con la declaración de la no solución de continuidad de su vinculación laboral y con el pago de los salarios y sus aumentos legales, dejados de percibir entre la fecha de su desvinculación y aquella en la que se restablezca la relación de trabajo? Corresponde a la impugnación precisar, en primer lugar, si es la totalidad o una parte de la sentencia acusada la que debe quebrarse y, en segundo lugar, que fue la exigencia que se pretermitió en este asunto, cuál debe ser la actividad de la Corte en instancia con relación a la decisión de primer grado, es decir, si la debe confirmar, revocar o modificar; y, en estos dos últimos casos, qué debe disponer en su lugar.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 33600 de 2009 - Solicitud de reconocimiento y pago de la pensión restringida contemplada en el Artículo 8 de la Ley 171 de 1961. El trabajador despedido sin justa causa después de haber laborado por más de 15 años de servicios tiene derecho a que la empresa pague la pensión cuando hubiere cumplido los 50 años de edad o desde la fecha del despido si ya los hubiere cumplido.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 33598 de 2009 - ¿Es procedente condenar a la parte demandada al pago de la pensión sustitutiva de jubilación en los términos de la Ley 11 de 198, más los intereses moratorios del artículo 141 de la Ley 100 de 1993, o en su defecto a la indexación adeudada? Hubo condena al pago de la pensión de jubilación a cargo del Banco que debía ser sustituida a favor de la cónyuge supérstite, y que como la obligación quedó parcialmente subrogada por la condena impuesta a su vez al seguro social en la misma providencia, por ese motivo en la parte resolutiva sólo se hizo referencia al mayor valor que quedaba a cargo de la entidad empleadora, de donde se deriva precisamente que hubo condena a la pensión de jubilación.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 33571 de 2009 - ¿Es procedente condenar a la entidad demandada al reajuste de la pensión reconocida al demandante en el mismo porcentaje en que le descontaron desde enero de 1994, para cotizar al sistema de seguridad social en salud, que lo fue en un 8 por ciento en el primer semestre de 1994 y del 12 por ciento de allí en adelante, en cumplimiento de lo ordenado en el artículo 143 de la Ley 100 de 1993? La sentencia de segunda instancia incurrió en un desatino fáctico, proveniente de un errado entendimiento de la naturaleza jurídica del BCH, no obstante que el certificado de su existencia y representación señala que, para la época, era una sociedad de economía mixta, por lo que estaba regida por el derecho privado mercantil, concretamente por el título VII del Código de Comercio, cuyo canon 461 prescribe que tales empresas "se sujetan a las reglas del derecho privado y a la jurisdicción ordinaria, salvo disposición en contrario".
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 33570 de 2009 - En el trámite del recurso extraordinario de casación, cuando se escoge la vía directa no procede el examen de asuntos probatorios, lo cual se hace necesario para determinar sin una persona fue despedida por una justa causa o no. Elementos determinantes para efectos de definir el derecho a la pensión sanción. La sustitución pensional depende de que primero se reconozca, post mortem, al extrabajador el derecho a la pensión sanción. No procede una nueva decisión, porque la cosa juzgada, en virtud de la providencia de un Tribunal, en consecuencia, no se incurrió en los errores de hecho.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 33552 de 2009 - Solicitud de reconocimiento y pago de la pensión restringida consagrada en el artículo 8 de la Ley 171 de 1961. De la apreciación de un comprobante de pago mensual no se puede inferir que un descuento supone de manera lógica la existencia de otro hecho no demostrado, cual es la afiliación del actor al régimen pensional.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 33537 de 2009 - ¿Es procedente ordenar al ISS al pago a favor de las mesadas pensionales que por la pensión de vejez le corresponden al actor, a partir del 27 de abril de 1995, se le condene a reintegrar los valores que se giraron a favor del empleador jubilante, y se le reconozcan los intereses moratorios del artículo 141 de la Ley 100 de 1993? Únicamente a partir de la multicitada fecha del 17 de octubre de 1985, es posible compartir pensiones de jubilación extralegales con las reconocidas por el Instituto de Seguros Sociales, a no ser que las partes hayan dispuesto expresamente en la respectiva convención colectiva, pacto colectivo, laudo arbitral o acuerdo entre éstas que las pensiones no serán compartidas.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 33536 de 2009 - Solicitud de reliquidación de la pensión de jubilación. El artículo 2 de la Ley 71 de 1988, fue modificado por el parágrafo del artículo 35 de la Ley 100 de 1993, con la prerrogativa que señala el parágrafo 3° del artículo 18 de la Ley 100 de 1993 que limitó el monto de las pensiones a 20 salarios mínimos. Como el demandante, además de ser beneficiario del régimen de transición del Art. 36 de la Ley 100 de 1993, consolidó el derecho dentro de la vigencia de esta preceptiva, ( julio 1 de 1994), se le debían respetar las condiciones de edad, tiempo de servicios y monto establecidos en el régimen anterior, que en el caso del actor era el del artículo 260 del C.S.T., (20 años de servicios y 55 años de edad, equivalente al 75% del salario promedio del último año), en las condiciones de favorabilidad vigentes al momento en que cumplieron tales requisitos, como textualmente lo consagra el inciso 6 del precitado Art. 36.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 33531 de 2009 - Improcedencia del recurso extraordinario de casación toda vez que reclama la indexación de la primera mesada de una pensión voluntaria reconocida a partir de marzo de 1973. Dicha reclamación no es procedente para las pensiones voluntarias o legales que se causen con anterioridad a la toda vez que reclama la indexación de la primera mesada de una pensión voluntaria reconocida a partir de marzo de 1973. Al respecto, reiteradamente, la Corte ha manifestado que dicha reclamación no es procedente para las pensiones voluntarias o legales que se causen con anterioridad a la vigencia de la Constitución de 1991.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 33529 de 2009 - ¿Es procedente condenar a la parte demandada al reconocimiento y pago de la pensión de jubilación a partir de la fecha de terminación del contrato de trabajo, en los términos de una convención colectiva de trabajo, el ajuste de las mesadas pensionales en términos de la ley y los intereses de mora establecidos en la Ley 100 de 1993, causados entre la fecha en que debió reconocerse la pensión y el día en que efectivamente se cancele? La orden de reintegro implica el restablecimiento del contrato, y ello lleva consigo que no exista solución de continuidad en la relación laboral del trabajador. Si pese a que en fallo nada se dijo sobre la solución de continuidad, consideró, con apoyo en la jurisprudencia, que el reintegro y sus consecuencias legales implica no solución de continuidad, con mayor razón, si en la providencia de marras se asentó que el demandante debe ser reintegrado a su cargo y en las mismas condiciones de que gozaba al momento de su despido y por ende al pago de los salarios dejados de percibir hasta cuando se produzca el reintegro; afirmaciones de las que no puede concluirse que estimara que había solución de continuidad en el contrato de trabajo.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 33524 de 2009 - ¿Es procedente condenar a la entidad al pago de unas determinadas sumas de dinero, por concepto de reajustes salariales y el consecuente reajuste del auxilio de cesantía, sus intereses, vacaciones, primas de vacaciones, de servicios y de antigüedad, bonificación especial y quinquenio; y la reliquidación de las mesadas correspondientes a la pensión de jubilación que le reconoció la demandada? Falla en la técnica de presentación del recurso extraordinario de casación.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 33520 de 2009 - Indexación de la pensión convencional. Pensión sanción convencional. La pensión sanción de la convención colectiva no puede entenderse que sea la del artículo 133 de la ley 100 de 1993, pues aquella es el resultado de un pacto posterior y con conocimiento eliminó el requisito aludido de la no afiliación a la seguridad social.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 33517 de 2009 - ¿Es procedente condenar a la parte demandada al ajuste de la mesada inicial de su pensión de jubilación, mediante la indexación de su salario promedio devengado al momento del retiro a la fecha de reconocimiento de ésta y a pagarle la diferencia de las mesadas causadas y los intereses por mora? Procedencia de la indexación de la primera mesada pensional respecto de la pensiones causadas con posterioridad a la entrada en vigencia de la Constitución Política de 1991.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 33514 de 2009 - Controversia en este caso se centra en establecer cuál fue el verdadero salario promedio mensual devengado por el actor durante el último año de servicio. Recurrente insiste en que al trabajador le fueron pagadas algunas sumas por concepto de anticipo de comisiones, pero no como una retribución de la gestión realizada por aquel, de modo que no pueden ser incluidos como parte de su salario. Anticipo de comisiones y salario
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 33490 de 2009 - ¿Es procedente condenar a la parte demandada al reconocimiento y pago de la reliquidación del monto inicial de la pensión de jubilación con el 90% del promedio de los salarios de los últimos años de servicios, a partir del 30 de noviembre de 2002, conjuntamente con las diferencias que resultaren del reajuste ordenado por, por los valores dejados de pagar? De las cláusulas convencionales no es dable predicar la estructuración de un error jurídico, sea por infracción directa, por aplicación indebida o por interpretación errónea. No es posible concluir que estuvo notoriamente desacertado el Tribunal al optar por el artículo 260 del Código Sustantivo del Trabajo y descartar la aplicación de las normas reguladoras de la seguridad social, como que éstas se encuentran confinadas a disciplinar las relaciones entre las entidades de seguridad social a que se alude en el cargo, concretamente el Seguro Social, y sus afiliados, y no las que se originan entre el empleador y el trabajador.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 33489 de 2009 - ¿Es procedente declarar que el fondo convocado está obligado a pagar la pensión causada a favor del actor, en virtud del tiempo de servicios y, como consecuencia de esta decisión, se condene a esa entidad a reconocerle y pagarle al demandante la pensión especial de jubilación vitalicia proporcional de carácter legal? Falla en la técnica presentación del recurso extraordinario de casación. Para que se presente el fenómeno de la cosa juzgada no se requiere que el petitum de los dos procesos sea idéntico.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 33468 de 2009 - ¿ES procedente condenar a la entidad demandada al reajuste y pago del sueldo mensual incrementado , a partir del 1º de enero de 2001, su sueldo mensual incrementado, conforme al índice de precios al consumidor certificado por el Dane, para cada anualidad? Aplicación de la Ley 4 de 1992. Por haberse vinculado el actor con el Banco Cafetero por medio de un contrato de trabajo, lo debatido en el sub examine, debe regularse de conformidad con los beneficios y prerrogativas fijadas en las convenciones colectivas de trabajo y demás acuerdos o convenios que pudieron existir entre la demandada y el promotor del litigio, ya que los incrementos salariales impetrados no están instituidos en las normas legales denunciadas por el actor.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 33456 de 2009 - Alteración extemporánea de las pretensiones de la demanda inicial que genera la improcedencia del cargo presentado con la demanda de casación. Al no existir mandato legal que obligue a la entidad accionada a efectuarle al actor los aumentos salariales pretendidos, no puede hablarse de desacato al principio consagrado en el artículo 53 de la Carta Política, al establecer la situación más favorable al trabajador en caso de duda en la aplicación de las fuentes formales del derecho; y menos aún de violación al debido proceso.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 33455 de 2009 - ¿Es procedente condenar en forma solidaria a la parte demandada al reconocimiento y pago de la pensión restringida de jubilación o pensión sanción? La súplica del censor se deberá desestimar, toda vez que sus dos cargos presentan deficiencias insuperables.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 33444 de 2009 - Solicitud del demandante para que se le reliquide la pensión de vejez, mediante la actualización del salario promedio del último año de servicios, según la variación del IPC a la fecha de reconocimiento de su pensión; a pagarle el mayor valor resultante y la sanción moratoria, de acuerdo al artículo 141 de la Ley 100 de 1993. En subsidio de la sanción moratoria, solicitó la indexación del retroactivo. Fórmula a emplear para obtener la actualización y determinar el ingreso base de liquidación y establecer el monto de la primera mesada pensional
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 33441 de 2009 - ¿Es procedente condenar a la entidad demandada a la actualización del salario base de liquidación de la primera mesada pensional y al pago de los intereses de mora de acuerdo al artículo 141 de la Ley 100 de 1993? Indebido planteamiento del cargo. La Corte ha dicho que la infracción directa de la ley se presenta cuando se deja de aplicar una norma clara al caso específico en ella previsto, en el desconocimiento de la ley o en la disposición en contra de su mandato. No proceden los intereses del artículo 141 para pensiones que no se rigen íntegramente por la Ley 100 de 1993.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 33423 de 2009 - ¿Es procedente condenar a la entidad demandada al reconocimiento y pago de la pensión vitalicia de jubilación a partir de la fecha en que cumplió los 55 años de edad, e igualmente que se le indexe la primera mesada? Si un trabajador oficial para el 1 de Abril de 1994, fecha en que entró en vigencia la Ley 100 de 1993, se encuentra cobijado por el régimen de transición que regula el artículo 36 de dicha normatividad se le continúan aplicando los requisitos establecidos en el régimen anterior aunque en virtud de un hecho posterior se produzca la privatización de la entidad empleadora. Actualización del salario base de liquidación de la primera mesada de las pensiones de jubilación causadas a partir de la vigencia de la Constitución Política de 1991.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 33421 de 2009 - Cumplimiento de requisitos para el reconocimiento de la pensión de jubilación, el tiempo de servicio como trabajador oficial.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 33402 de 2009 - ¿Es procedente condenar a la entidad bancaria demandada a reintegrar al demandante al cargo de auxiliar de servicios bancarios o a otor de igual o superior categoría y remuneración, con el pago de los salarios, primas legales y extralegales, auxilios y bonificaciones dejados de percibir desde la fecha de su desvinculación y aquella en que se restablezca la relación laboral, con la aplicación de la indexación sobre los valores ordenados y la declaratoria relativa a que no existió solución de continuidad en su vinculación laboral? Falla en la técnica de presentación del recurso extraordinario de casación.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 33387 de 2009 - ¿ES procedente condenar a la entidad bancaria demandada al reajuste y pago del sueldo mensual incrementado conforme al índice de precios al consumidor certificado por el DANE para cada anualidad? Aplicación de la Ley 4 de 1992. Por haberse vinculado el actor con el Banco Cafetero por medio de un contrato de trabajo, lo debatido en el sub examine, debe regularse de conformidad con los beneficios y prerrogativas fijadas en las convenciones colectivas de trabajo y demás acuerdos o convenios que pudieron existir entre la demandada y el promotor del litigio, ya que los incrementos salariales impetrados no están instituidos en las normas legales denunciadas por el actor.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 33379 de 2009 - ¿Es procedente declarar que el demandante prestó sus servicios a la demandada entre 1996 y 2000, como profesor de cátedra en distintos postgrados, mediante un contrato de trabajo, se le condene al pago de los salarios insolutos, la cesantía y sus intereses, vacaciones, primas de servicio y la indemnización moratoria? Reglas adjetivas de la demanda de casación. Posibilidad de la existencia de contratos civiles de prestación de servicios, para desarrollar labores transitorias y específicas, excluyendo la existencia de una vinculación de carácter laboral.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 33322 de 2009 - ¿Es procedente condenar a la parte demandada al reconocimiento de los perjuicios de orden material y moral por la muerte de su esposo y padre en un accidente laboral? Error en la técnica de presentación del cargo formulado.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 33299 de 2009 - ¿Es procedente condenar a la parte demandada al reconocimiento y pago de del derecho pensional en iguales condiciones a las de otros beneficiario, como hijo del causante, quien falleció siendo pensionado del demandado? El artículo 15 del Decreto 1889 de 1994 no exige que para demostrar la condición de estudiante del beneficiario de la pensión de sobreviviente, deba aportarse un certificado del Ministerio de Educación en el que conste la aprobación del establecimiento donde se cursan los estudios, mucho menos puede derivarse del texto del aludido precepto que el legislador estableció para esos efectos una prueba ad substantiam actus. Si se presentó una excepción que no fue decidida por el Tribunal, debió el demandado solicitar la adición de la sentencia para que se pronunciara al respecto, por ser un extremo de la litis.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 33294 de 2009 - ¿Es procedente condenar a la entidad demandada al reajuste de la pensión de vejez, junto con los intereses moratorios? Es el cotejo de la sentencia con las pretensiones, al igual que con las excepciones, y sus fundamentos fácticos, lo que define si el reproche de incongruencia que se lanza sobre el fallo es fundado o no. El recurrente le enrostra al ad quem conclusiones fácticas a las que nunca llegó, de suerte que el sentenciador no pudo cometer los errores de hecho que le imputa el cargo.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 33283 de 2009 - ¿Es procedente ordenar a la entidad demandada ella reliquidación y pago indexado de con un ingreso base de liquidación del 90%, que debe comprender la sumatoria de todos los ingresos mensuales base de cotización, sobre los cuales aportó al ISS como asegurado dependiente e independiente, en el período comprendido entre el 1 de abril de 1994 y el 30 de enero de 1999, con retroactividad a la fecha de causación del derecho y los intereses moratorios consagrados en el artículo 141 de la Ley 100 de 1993? El juzgador de segundo grado no pudo incurrir en un yerro fáctico derivado de la falta de apreciación de las dos pruebas documentales citadas en el cargo, pues el juzgador no estudió ese tema, porque expresamente estableció que estaba fuera de la órbita de su conocimiento.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 33277 de 2009 - ¿Es procedente condenar a la parte demandada al reconocimiento y pago de la pensión proporcional de jubilación, prevista en una convención colectiva de trabajo? No es misión de la Corte fijar el sentido que las convenciones colectivas tienen como normas jurídicas, toda vez que no participan de las características de las normas sustanciales de alcance nacional, por lo que, en principio, son las partes celebrantes las llamadas a establecer su sentido y alcance.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 33264 de 2009 - ¿Es procedente condenar a la empresa de servicios públicos domiciliarios a pagarle la pensión vitalicia de jubilación y la indemnización moratoria establecida en el artículo 141 de la Ley 100 de 1993? Acusación planteada en forma contraria a la lógica y a la técnica de la casación, en cuanto que, en un mismo cargo, denuncia la aplicación indebida y la infracción directa (ignorar un norma legal es una manera de infringirla directamente) de unos mismos textos legales: los artículos 1 y 11 de la Ley 100 de 1993.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 33263 de 2009 - ¿A los demandantes les asiste el derecho a la pensión de jubilación prevista en una Convención Colectiva de Trabajo, vigente para el período 1990-1991, o por el contrario, al no ostentar el causante la condición de trabajador oficial al momento del deceso, desaparece el derecho reclamado? Procedente la pensión de jubilación reclamada, teniendo en cuenta que la empresa demandada sustituyó a la Electrificadora de Bolivar en todas las obligaciones laborales que se generaron con sus trabajadores y pensionados, conforme a los términos del acuerdo de sustitución patronal.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 33179 de 2009 - ¿Es procedente condenar a la parte demandada al reconocimiento y pago de la pensión mensual vitalicia de jubilación a partir del 1 de enero de 2002, con el 75% de su salario del último año, indexado hasta 31 de diciembre de 2003, y después le pague la diferencia entre la pensión de vejez que le reconoció el ISS y la que legalmente le corresponda y los intereses moratorios? El recurrente no logra demostrar que las inferencias que llevaron a la absolución de la demandada fueron fruto de un desacierto en la valoración de los medios de convicción que estudió el Tribunal, como surge de su análisis objetivo.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 33161 de 2009 - ¿Es procedente ordenar al Instituto accionado reconocerle y pagarle a parte demandante la pensión de sobrevivientes a partir de la fecha en que se produjo el deceso de su esposo y la actualización de las mesadas? Para efectos precisos de la competencia de la Corte Suprema de Justicia en relación con temas de seguridad social, se ha ocupado de establecer la fecha que debe tomarse para el cómputo de semanas tendientes a obtener una pensión de sobrevivientes, cuando se ha declarado por el funcionario judicial competente la muerte presunta de un afiliado a la seguridad social. El cómputo de las semanas para tener derecho a la pensión de sobrevivientes debe hacerse desde la fecha en que la persona despareció hacia atrás, y no desde aquella en la que la autoridad judicial declaró la muerte presunta.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 33140 de 2009 - ¿Es procedente condenar a la parte demandad al reconocimiento y pago de del reajuste de la pensión de jubilación teniendo en cuenta la inclusión de todos los factores salariales devengados durante el último año de servicios, conforme lo preceptúa el artículo 6 del Decreto 546 de 1971; el 6% adicional por haberse desempeñado en una actividad de alto riesgo o, en subsidio, que se le ordene rembolsar este porcentaje cotizado; la indexación de las sumas a cancelar; y las costas del proceso? El Tribunal no incurrió en los desaguisados que le enrostra el instituto recurrente habida cuenta que, desde el punto de vista de legal, en una misma persona puede concurrir, por ejemplo, un régimen especial con uno general, desde luego, si los supuestos fácticos establecidos en el artículo 36 de la Ley 100 de 1993 se verifican, situación que le permitiría seleccionar el que más le convenga, y no aplicarle de manera inexorable e irrestricta el "régimen anterior al cual se encuentran afiliados" al momento en que empezó en vigor el sistema general de pensiones, en la medida en que el régimen de transición "busca mantener unas condiciones de favorabilidad para un conjunto de beneficiarios".
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 33135 de 2009 - Procedencia de la indexación de una pensión legal, -concedida con fundamento en el artículo 1 de la Ley 12 de 1975- estructurada antes de la vigencia de la Ley 100 de 1993, pero con posterioridad a la expedición de la Constitución de 1991 por cuanto el derecho se entendió consolidado el 30 de octubre de 1991, con la muerte del causante.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 33128 de 2009 - Presunta omisión de aplicación de la Ley 33 de 1985 y el artículo 36 de la Ley 100 de 1993, respecto del reconocimiento de la pensión de jubilación. Inaplicación por cuanto el demandante perdió la calidad de trabajador oficial en el momento en que la demandada paso de ser una Sociedad de Economía Mixta a una empresa de carácter privado, a partir del 5 de Julio de 1994, cuando la participación estatal era del 85.11%, razón por la cual sus trabajadores perdieron la calidad de trabajadores oficiales.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 33101 de 2009 - ¿Es procedente, previa la declaratoria que entre las partes existió un contrato de trabajo y que terminó en forma unilateral por el demandado y sin que mediara justa causa, se le condene a la demandada al reintegro del demandante, en las mismas condiciones de empleo de que gozaba al momento de la terminación del contrato de trabajo sin solución de continuidad y con el respectivo de todos los salarios aumentados en la forma indicada en una convención colectiva de trabajo y la ley? Quienes trabajan al servicio del demandado como trabajadores oficiales están vinculados mediante un contrato de trabajo a término indefinido.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 33099 de 2009 - ¿Es procedente declarar la existencia de un contrato de prestación de servicios profesionales de carácter privado, terminado por finalización de la labor encomendada, que como consecuencia, la demandada le debe al demandante una determinada suma de dinero, junto con los intereses moratorios y las costas del proceso? Apreciación de las pruebas. El pacto de honorarios por cuota litis conlleva una obligación de resultado.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 33056 de 2009 - ¿Es procedente condenar a la parte demandada al reajuste del valor inicial de la mesada pensional aplicando el salario promedio devengado al momento del retiro; el valor de la devaluación monetaria y que una vez cumplida la actualización, se ordenen los ajustes de las mesadas subsiguientes, inclusive las especiales de junio y diciembre y al pago de los intereses moratorios a que se refiere el artículo 141 de la Ley 100 de 1993? Procedencia de la indexación de la primera mesada pensional respecto de las pensiones causadas con posterioridad a la entrada en vigencia de la Constitución Política de la Constitución de 1991.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 33024 de 2009 - Cumplimiento de los requisitos para acceder a la pensión de jubilación, previstos por mutuo acuerdo entre las partes en convención colectiva de trabajo.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 32997 de 2009 - ¿Es procedente condenar a la parte demandada al reconocimiento y pago de la pensión de vejez por aportes y la indexación? No se observa la existencia de un yerro manifiesto de apreciación en relación con el documento acusado, que es el único suficiente para provocar el quebrantamiento de la sentencia que viene amparada por las presunciones de legalidad y acierto, por lo que no prospera la acusación. Funciones y finalidad de las administradoras de pensiones.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 32993 de 2009 - ¿Es procedente condenar a la parte demandada a la reliquidación de la pensión de vejez con intereses corrientes y de mora? El recurrente no precisa cuál fue el supuesto yerro que le atribuye al fallo que impugna, ya que se limita a señalar dos pruebas y a indicar lo que ellas acreditan, pero sin puntualizar, qué es lo que ha debido tener por probado el Tribunal de haberlas tenido en cuenta.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 32992 de 2009 - ¿Es procedente condenar a la entidad demandada al reconocimiento y pago de la sustitución pensional por invalidez; las mesadas causadas; la indexación de los dineros adeudados y de las agencias en derecho? Se encontró acreditado en el expediente que la actora estaba incapacitada al momento del fallecimiento del pensionado. El estado de invalidez (así como la dependencia económica), exigido por la ley, debe confluir en los hijos del pensionado o afiliado, al momento del fallecimiento de éste, pues es precisamente el riesgo de orfandad lo que cubre la pensión de sobrevivientes o la sustitución pensional, como en este caso, respecto de aquellos dependientes del fallecido que carecen de medios para su propio sustento, por encontrarse imposibilitados para trabajar, por salud o estudios.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 32961 de 2009 - ¿Es procedente condenar a la entidad demandada al reconocimiento y pago de la pensión de invalidez a que tiene derecho, por cumplir los requisitos mínimos; los reajustes y mesadas adicionales, prestaciones asistenciales, intereses moratorios, e indexación? Aplicación del principio de la condición más beneficiosa. La prestación por invalidez, se paga una vez ocurrida alguna de las contingencias dispuestas para cada tipo de pensión; se debe mientras subsista el estado de invalidez; pero no por ello se puede distinguir que la pensión otorgada por vejez o la de sobrevivientes, tenga el carácter de imprescriptible, mientras que la de invalidez no, pues todas protegen un bien jurídico de igual importancia, la vejez, la orfandad, la viudez y la incapacidad para trabajar, que desde que esté latente en el ser humano, permite la consecución del derecho que ellas salvaguardan.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 32949 de 2009 - ¿Es procedente condenar a la demandada al reconocimiento y pago de la pensión de jubilación anticipada especial por retiro voluntario, a que se refiere una convención colectiva de trabajo y a pagarle las mesadas adeudadas indexadas? Legalidad de la convención colectiva.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 32945 de 2009 - ¿Es procedente condenar a la parte demandada al reintegro del demandante al cargo que desempeñaba o a otro igual o de superior categoría, con el consecuencial pago de salarios y prestaciones legales y convencionales dejados de percibir desde su desvinculación y hasta la fecha de su reinstalación en el empleo y se decrete que no hubo solución de continuidad en el desempeño del cargo? Falla en la técnica de formulación del cargo a través del cual se pretendió sustentar el recurso extraordinario de casación.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 32937 de 2009 - ¿Es procedente condenar a la parte demandada al pago del 4.5% de aumento pensional, dejado de cancelar a partir de enero de 1998 hasta el año 2000, las sumas que resulten dentro del proceso, las costas procesales y salarios moratorios? Falla en la formulación del cargo a través del cual se pretendió sustentar el recurso extraordinario de casación.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 32935 de 2009 - ¿Es procedente condenar a la entidad demandada al ajuste del valor de la mesada inicial de la pensión de jubilación convencional, indexando el salario promedio devengado al momento de la terminación del contrato, en consecuencia ajustarle las mesadas siguientes pagadas en los años posteriores, con los porcentajes aplicados al valor inicial de la pensión, incluidas las adicionales de junio y diciembre, junto con las costas del proceso? Por tratarse de una pensión convencional reconocida en vigencia de la Constitución de 1991, es admisible la actualización de la base salarial.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 32922 de 2009 - ¿Un empleador que, para cuando entró en vigencia el Sistema General de Pensiones, tenía afiliado a su trabajadores en el Sistema de Seguros Sociales Obligatorios, es de aquellos que tienen a su exclusivo cargo las pensiones de sus trabajadores y trasladen la parte proporcional del cálculo actuarial correspondiente, tomando para el efecto la expresión literal del literal h) del artículo 60 de la Ley 100 de 1993, supuesto que faltando impide que se deduzca contra él la obligación del traslado del cálculo actuarial que dispuso el Ad quem, por el tiempo en que el trabajador no estuvo afiliado al ISS? La expresión adverbial que introduce el literal h) del artículo 60, de "empresas que tienen a su exclusivo cargo las pensiones de sus trabajadores" nada desvirtúa lo dicho, si esta disposición está prevista para el Ahorro Individual con Solidaridad, dentro de un Sistema, en el que cualquiera que sea el régimen escogido, las reglas y condiciones para contribuir a la financiación de las pensiones, ya por cotización, por títulos pensionales, son iguales y deben tener igual tratamiento; si los trabajadores tienen libertad para escoger entre uno y otro, carece de sentido pretender que un empleador por no cumplir o no con la exclusividad en el reconocimiento y pago de pensiones quede liberado o no de contribuir según sea el régimen.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 32915 de 2009 - Conflicto sobre derecho pensional, entre compañera madre de menor hija de su compañero permanente que no se encontraba conviviendo con él al momento del deceso, y esposa que por haber convivido en forma permanente e ininterrumpida durante su matrimonio 4 meses antes del fallecimiento del pensionado, también reclama su derecho. Personas que tienen derecho a la pensión de sobreviviente. Requisitos de la convivencia
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 32883 de 2009 - ¿Es procedente condenar a la parte demandada al pago de la pensión de sobrevivientes, gastos funerarios, indemnización por mora en el pago de la pensión o, subsidiariamente intereses moratorios? Es carga del recurrente en casación controvertir todos los soportes del fallo que impugna, porque aquellos que deje libres de críticas seguirán sirviendo de pivote a la decisión. La relación triangular que existe entre las entidades que administran el Sistema de Seguridad Social Integral, los empleadores, y los trabajadores afiliados a aquellas, si bien guarda una intima y estrecha conexidad, que impone obligaciones recíprocas para que dicho Sistema opere y cumpla sus objetivos resulta menester deslindar las responsabilidades que a cada uno les compete, frente al incumplimiento de las aludidas obligaciones.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 32842 de 2009 - ¿Es procedente condenar a la empresa de servicios públicos domiciliarios al reconocimiento y pago de la pensión de jubilación proporcional a partir de los sesenta años de edad, más mesadas adicionales, reajuste de la primera mesada e indexación? Coexistencia de una pensión convencional (ya cancelada en un solo contado) con una pensión legal, ambas dispensadas por la estatal demandada, lo cual no es de recibo en el ordenamiento.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 32819 de 2009 - ¿Es procedente condenar a la parte demandada al reconocimiento y pago de la pensión de sobreviviente como consecuencia del fallecimiento de su hijo con los incrementos legales, mesadas adicionales, los intereses de mora previstos en el artículo 141 de la Ley 100 de 1993 y las costas del proceso? E s claro que las pruebas reseñadas en el cargo no tienen ninguna incidencia para la resolución de la litis, pues se repite, el Tribunal ni les alteró su contenido ni les hizo decir nada distinto de lo que realmente expresan.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 32806 de 2009 - ¿Es procedente condenar a la parte demandada en forma solidaria el reconocimiento y pago de la pensión de invalidez? Determinar si el derecho a la pensión de invalidez se configura o no en el evento de que la invalidez se hubiese estructurado con posterioridad a la terminación de la relación de trabajo, es una cuestión esencialmente jurídica, que encuentra en la vía directa su estadio adecuado de discusión.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 32784 de 2009 - Ex trabajador de Ferrocarriles Nacionales de Colombia, laboró 14 años y que por abandono del cargo fue despedido. Ahora su esposa, después de fallecido reclama la pensión vitalicia por edad, alegando despido ilegal e injusto. Diligencia de cargos y descargos del trabajador dentro de un proceso administrativo disciplinario. Proceso disciplinario como trámite previo al despido. Reglamento Interno de Trabajo
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 32783 de 2009 - ¿Es procedente condenar a la parte demandada al reconocimiento y pago de la pensión gracia de jubilación de carácter vitalicio indexada, desde cuando los demandantes cumplieron 50 años de edad, en cuantía igual al 75% del promedio salarial devengado en el año de servicios inmediatamente anterior al cumplimiento de la edad, intereses moratorios y las costas del proceso? Causales de procedencia del recurso extraordinario de revisión. Caducidad o prescripción de la acción. Nulidad del proceso por ser tramitado en diferente jurisdicción.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 32771 de 2009 - ¿Es procedente condenar a la parte demandada al reconocimiento y pago de la pensión de jubilación consagrada en el Decreto 2661 de 1960 e incorporada en una convención colectiva de trabajo y los intereses moratorios del artículo 141 de la Ley 100 de 1993? Cuando la norma convencional y su adendo se refieren al régimen pensional consagrado entre otros, en el Decreto 2661 de 1960, no aparece de bulto que únicamente se hubiera pactado en la disposición contractual la pensión excepcional consagrada en el artículo 11 del citado decreto. Y la misma redacción del texto aludido, en cuanto al implementar "el régimen pensional" hace mención entre paréntesis a "jubilación, retiro por vejez, invalidez y excepción" lo que posibilita descartar la afirmación que hace la entidad recurrente y habilita, en cambio, la deducción del Tribunal, que no se muestra abiertamente equivocada, pues se contemplaron diversas formas de acceder a una pensión jubilatoria.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 32682 de 2009 - ¿Es procedente condenar a la part3 demandada al pago, debidamente indexado de la pensión de sobrevivientes por la muerte del compañero permanente de la demandante, de quien dependía económicamente, a partir del día siguiente a su fallecimiento, junto con los intereses moratorios? Procedencia de la casación per saltum. No es admisible en el recurso extraordinario de casación formular el cargo por el quebrantamiento de toda una ley, pues resultaría interminable la labor de la Corte. Imposibilidad de presentar cargos relacionados con la vulneración de la actual Constitución Política cuando el derecho reclamado por la accionante se consolidó en vigencia de la Constitución de 1886.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 32657 de 2009 - ¿Es procedente condenar a la parte demandada a la reliquidación de las cesantía e intereses a las mismas causados durante varios años, así como la indemnización moratoria por cada anualidad y hasta cuando se pague lo debido por los anteriores conceptos, en razón a que no incluyó como factor salarial para liquidarlas la prima de vacaciones, las primas extralegales, el plus de polifuncionalidad y la prima de antigüedad? El juez ad quem incurrió en el quebranto normativo que le atribuye el fallo, pues extrajo del artículo 128 del Código Sustantivo del Trabajo, modificado por el 11 de la Ley 50 de 1990, en el que se apoyó, una conclusión que no se corresponde con su texto cabalmente entendido, pues si bien en ese precepto se establece que las partes pueden restarle naturaleza salarial a algunos beneficios o pagos, entre los que se incluyen la prima de vacaciones, ello no significa que si no lo hacen respecto de determinado beneficio, forzosamente éste adquiera naturaleza salarial.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 32629 de 2009 - ¿Es procedente declarar que entre las partes del proceso existió un contrato de trabajo y que en su ejecución fue víctima de dos accidentes de trabajo por culpa atribuible al empleador, que le dejaron como secuela una incapacidad laboral de 44.5% y en consecuencia se ordene el pago de la indemnización plena de perjuicios? Era legítimo que el Tribunal se apoyara en el material probatorio recaudado, independientemente de quién lo hubiera aportado al proceso siempre que fuera legalmente aducido e incorporado a la actuación, lo cual no se discute. Las consideraciones neurálgicas del fallo no han sido desvirtuadas por el recurrente, en cuanto ninguna de la pruebas que indica como mal apreciadas en la sentencia, muestra como se exige para acreditar la existencia de yerro manifiesto de apreciación probatoria, que no se dio el primer accidente con antelación de un poco más de un año, o que habiéndose presentado éste, el patrono tomó las medidas necesarias para prevenir la ocurrencia de percances futuros.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 32595 de 2009 - Solicitud de declaratoria de existencia de un contrato laboral y que fue terminado sin justa causa por subsistir en el momento del despido la materia y el objeto del trabajo por él desempeñado. Si bien una certificación puede reflejar la existencia de una relación laboral, ello no indica necesaria e inexorablemente la configuración de un contrato de trabajo. No puede haber ilicitud alguna cuando una de las partes comunica a la otra con la antelación legal requerida su decisión de no renovar el contrato, de manera que vencido el plazo convenido y materializada dicha decisión, lo único que puede entenderse es que el contrato ha terminado por una de las causas legalmente establecidas para ello y sin que pueda imputársele responsabilidad alguna a la parte que la adopta.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 32591 de 2009 - Solicitud de pensión de jubilación oficial indexada. La inobservancia de una obligación del empleador frente a la seguridad social, esa infracción no puede conducir a restarle efectos al reconocimiento de la pensión de vejez, entre ellos, el hacer, en principio, compartible el pago de la pensión de jubilación con la de vejez, en los términos arriba explicados. Fórmula que se debe usar para obtener el ingreso base de liquidación de la primera mesada de su pensión de jubilación oficial.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 32582 de 2009 - ¿Es procedente condenar a la empresa demandada para que ajuste el valor de la mesada inicial de la pensión de jubilación, mediante la indexación del salario promedio devengado al momento de la terminación del contrato; igualmente, a reajustarle las mesadas subsiguientes pagadas en los años posteriores, con los porcentajes aplicados al valor inicial de la pensión, incluidas las adicionales de junio y diciembre, los intereses moratorios previstos por la Ley 100 de 1993? De conformidad con el artículo 288 de la misma Ley 100, en armonía con el artículo 53 de la Constitución Política, toda persona con pensión legal causada a partir de la vigencia de la referida ley, tiene derecho a que le sea aplicable cualquier norma en ella contenida que estime favorable ante el cotejo con lo dispuesto en leyes anteriores sobre la misma materia, siempre que se someta a la totalidad de las disposiciones del nuevo ordenamiento, lo que desde luego hace más contundente la aplicación de esta novedosa y especial corrección monetaria, o actualización del ingreso de liquidación por costo de vida, a las pensiones legales cuyo derecho haya nacido o surja con posterioridad a la vigencia de la Ley 100 de 1993.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 32579 de 2009 - Solicitud del pago de la pensión de vejez, indexada y los intereses moratorios. Falta de cotizaciones exigidas por la ley. El número de semanas cotizadas por el demandante lo extrajo el Tribunal de la documental emitida por el instituto demandado, y para ello no realizó ningún ejercicio hermenéutico de alguna disposición normativa, por manera que no se le puede atribuir un dislate interpretativo.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 32551 de 2009 - ¿Es procedente obtener de la demandada las mesadas retroactivas de sus pensiones de jubilación, en conformidad con lo dispuesto por el literal f, del artículo 130 de la convención colectiva de trabajo vigente entre 1992 y 1994, que remite a la convención que rigió entre 1990 y 1992, a partir del 14 de noviembre de 1998, 16 de diciembre de 1999, 14 de octubre de 1997, 15 de octubre de 1999 y 7 de octubre de 1998, respectivamente, fechas en que cumplieron 50 años de edad, con las primas y bonificaciones previstas por el artículo 133 de la convención 1992-1994, las diferencias de los aportes efectuados en las cotizaciones para pensión a partir de 1993, y la indexación de la primera mesada que se deba reliquidar, reconocer y pagar? De la valoración probatoria llevada a cabo por el Tribunal y del alcance que los impugnantes quieren darle a la apreciación de la documental denunciada, no surge prima facie un yerro con la característica de protuberante, capaz de desquiciar la sentencia recurrida.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 32547 de 2009 - ¿Es procedente, previa la declaratoria de existencia de un contrato de trabajo a término indefinido entre las partes del proceso, y que el contrato fue terminado unilateralmente, sin justa causa por el empleador, condenarlo a reintegrar a la demandante las primas de navidad causadas y no prescritas? Error del Tribunal al no tener en cuenta un aparte de la convención colectiva de trabajo.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 32535 de 2009 - ¿Es procedente declarar que la demandada omitió al momento de liquidar la primera mesada pensional, efectuar la debida actualización o indexación del último salario devengado por el actor; que se ordene el pago de la reliquidación del valor inicial de la pensión de jubilación, con actualización del salario promedio devengado por el demandante durante el último año de servicios con la variación del IPC; así como el pago de la diferencia resultante entre lo ya pagado y las mesadas debidamente indexadas, con los rendimientos financieros dejados de percibir por concepto de la indexación de la primera mesada pensional? Respecto de la indexación del ingreso base para la liquidación de las pensiones convencionales, por mayoría de sus integrantes, la Corte Suprema de Justicia, a través de esta sala, ha asumido una posición afirmativa cuando el derecho emerge después de la entrada en vigencia de la Constitución Política de 1991.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 32505 de 2009 - Solicitud de declaratoria de existencia de una contrato laboral a término definido de tres meses. Indemnización por terminación del contrato de y trabajo sin justa causa. Primacía de la realidad sobre las formalidades. El soporte fundamental del Tribunal para condenar a la demandada gravitó en que la labor desarrollada por el actor antes y con posterioridad al convenio de trabajo asociado fue subordinada, por lo que entendió que la Cooperativa y la sociedad llamada a juicio disfrazaron el verdadero contrato de trabajo, y en puridad aquella aserción (trabajo subordinado) no es desvirtuada en el cargo con la prueba denunciada.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 32461 de 2009 - ¿Es procedente declarar que la demandada omitió, al momento de liquidar la primera mesada pensional, efectuar la debida actualización o indexación del último salario devengado por la actora, se ordene la reliquidación del valor inicial de la pensión de jubilación, actualizando el salario promedio devengado durante el último año de serivicios, con la variación del IPC; se le pague la diferencia resultante entre lo ya cancelado y las mesadas debidamente indexadas, con los rendimientos financieros dejados de percibir por concepto de la indexación de la primera mesada pensional? Procede la indexación de la primera mesada pensional cuando el derecho emerge después de la entrada en vigencia de la Constitución Política de 1991.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 32355 de 2009 - ¿Es procedente , previa la declaratoria de que el demandante tiene derecho a la pensión establecida en el artículo 1 de la Ley 33 de 1985, o en su defecto a la pensión de vejez, condenar a la demandada a pagarle la pensión establecida en el artículo 1 de la Ley 33 de 1985, en equivalente al 75% del salario promedio correspondiente al último año de servicios, traída a valor presente la primera mesada pensional, junto con todos los aumentos y las mesadas adiciones? A la afiliación ante el ISS que realiza el servidor público que se halle en alguna de las situaciones previstas en el régimen de transición, no puede concedérsele la capacidad de alterar la genuina referencia al régimen anterior que hace el artículo 36 de la Ley 100 de 1993, o a la afiliación a cajas, fondo o entidades de previsión que hace el artículo 6 del Decreto 813 de 1994.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 32339 de 2009 - Demandó a Emcali E.I.C.E. E.S.P., para que fuera condenada a reconocerle y pagarle la sustitución pensional como compañera permanente, que reclamó y le fue negada arguyéndole que no había norma que la contemplara. Modos diferentes de radicar la pensión en cabeza distinta del trabajador en razón de su muerte, según se trate de pensionado o de persona en vía de llegar a serlo por haber cumplido 20 años de servicio. Si la compañera permanente tiene derecho a disfrutar de pensión de su compañero, cuando éste fallece teniendo el tiempo de servicio mínimo requerido para acceder al derecho pero sin cumplir la edad, con mayor razón tendrá derecho, la compañera permanente de quien fallece no solo con el tiempo de servicios cumplido sino además la edad
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 32333 de 2009 - ¿Es procedente condenar a la parte demandada al reconocimiento y pago de la pensión de jubilación, conforme a la Ley 33 de 1985, en aplicación del régimen de transición señalado en la Ley 100 de 1993, artículo 36; al pago de los reajustes anuales correspondientes a partir de la fecha del reconocimiento, con indexación de las mesadas pensionales y los intereses por mora? La exigencia de Ley 33 de 1985 que aquí incumbe esta contenida en la siguiente expresión: el "empleado oficial que sirva o haya servido vente años continuos o discontinuos... tendrá derecho" la que se cumple de manera suficiente con el tiempo de servicio acreditado en el sub lite; en este escenario, en el que el actor reúne requisitos para la pensión de jubilación, se incurre en indebida aplicación de la Ley 71 de 1988 para determinar si existe o no un derecho que no es el más favorable para el demandante, y menos para concluir que reclamación es una petición antes de tiempo.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 32310 de 2009 - ¿Es procedente condenar a la enjuiciada a cancelarle a la demandante los saldos insolutos del salario pactado (salario integral más la indemnización moratoria? El salario mínimo legal y el salario integral no configuran conceptos diametralmente diferentes. Salario mínimo y salario integral no son sinónimos, mas ello no implica que un principio tuitivo como el de proporcionalidad no pueda ser aplicado a ambos como garantía.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 32298 de 2009 - ¿Es procedente condenar a la empresa de servicios públicos domiciliarios demandada al pago del 12 por ciento de su mesada pensional, a partir de octubre de 1998 y subsiguientes, por concepto de reajuste ordenado en el artículo 143 de la Ley 100 de 1993 y la indexación de las sumas deducidas? El artículo 143 de la Ley 100 establece un reajuste mensual en la pensión equivalente a la elevación en la cotización para la salud, el cual debe ser asumido por quien tiene a su cargo el pago de la pensión, sin que hubiera hecho alguna distinción en cuanto a que el reajuste aludido sólo sea viable en aquellas pensiones reconocidas y pagadas por instituciones de la seguridad social o previsionales.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 32249 de 2009 - ¿Es procedente condenar a la partes demandad al aumento del salario pretendido por el demandante, en el período en que estuvo en el régimen de retroactividad de las cesantías, como subgerente de la empresa para la que laboró por más de 28 años, y consecuentemente al pago de las prestaciones laborales adeudadas? El Tribunal no incurre en el error que se le atribuye puesto que, como lo indica en su providencia, asumió el análisis de la diferencia de trato según el régimen de cesantías, bajo la perspectiva planteada por la parte demandante de la antigüedad, aspecto que correctamente debe resolverse en el plano probatorio. Carga probatoria en asuntos de aumento salarial.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 32233 de 2009 - ¿Es procedente condenar a la entidad demandada al reconocimiento y pago de la pensión de sobrevivientes por el fallecimiento de su esposo? Resulta a todas luces improcedente la vía de ataque escogida en el cargo, pues es patente que el censor no discute los fundamentos fácticos que en realidad tuvo en cuenta el Tribunal para aplicar el principio de la condición más beneficiosa, esto es, que el causante cotizó válidamente antes del 1 de abril de 1993, 312 semanas, lo cual lo lleva a su fracaso.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 32217 de 2009 - ¿Es procedente, previa la declaratoria de que el despido de la demandante no produjo efecto alguno, condenar a la parte demandada al reintegro al cargo que venía desempeñando o a otro de igual o superior categoría, sin solución de continuidad; a pagarle los salarios y demás emolumentos laborales dejados de percibir? Si, la relación contractual finalizó el 7 de mayo de 1993, la norma llamada a regular la situación era el artículo 292 del Decreto 1333 de 1986, que era la vigente a la sazón aplicable a los servidores municipales, y no el artículo 5 del Decreto 3135 de 1968, que reclama el censor, referente a los servidores públicos del orden nacional, de donde no se observa que pudiere derivarse una equivocación por parte del Tribunal en su aplicación al caso controvertido.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 32196 de 2009 - ¿Es procedente condenar a la parte demandada al reintegro de la demandante al mismo cargo que desempeñaba y a pagarle los salarios y prestaciones dejados de percibir? Interés para apelar. Si el a quo declaró probada la excepción de prescripción respecto de la acción de reintegro, la demandada carecía de interés para apelar, porque dicha decisión no le era desfavorable. Reducciones de plantas de personal. El hecho que el trabajador tenga derecho al descanso del sábado y del domingo por haber laborado la semana completa, no implica que el contrato de trabajo, que terminó a partir del día 23, se extienda al día 24, como lo pretende la actora.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 32190 de 2009 - ¿Es procedente condenar al parte demandada al reconocimiento y pago de la pensión de sobrevivientes por accidente de trabajo desde el momento del deceso del causante con las mesadas adicionales y los intereses demora a que se refiere el artículo 141 de la Ley 100 de 1993? No se demuestran los yerros fácticos que se atribuyen a la sentencia recurrida, en los cuatro cargos que presenta la censura.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 32186 de 2009 - ¿Es procedente declarar que no está llamado a producir efectos jurídicos la aplicación del pacto colectivo suscrito entre la demandada y sus trabajadores no sindicalizados, con vigencia de dos años respecto del crédito de vivienda que le fue otorgado por el Banco? No encuentra la Corte que el derecho concedido al trabajador, consistente en no cobrarle intereses por el préstamo de vivienda que le fue otorgado, guarde alguna relación con la prestación de sus servicios que permita inferir que se le estuvieran, de alguna manera, retribuyendo. No todo ingreso laboral que reciba el trabajador puede ser catalogado como salario. La legislación laboral se ha mostrado reacia a que el empleador cobre intereses a los trabajadores por los préstamos que haga, de lo cual es muestra el artículo 153 del CST, que aun cuando estrictamente no se aplica a los trabajadores oficiales, es muestra de ese querer del legislador. No resulta lógico que un empleador que, aparte de que realiza un préstamo a su trabajador y decide no cobrarle intereses, deba asumir ese beneficio que le otorgó como si se tratase de salario, pues ello no se correspondería con el objetivo de la restricción aludida.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 32184 de 2009 - Solicitud de condena a una empresa de servicios públicos domiciliarios al reconocimiento y pago de la pensión establecida en el artículo 1º de la Ley 33 de 1985 en el equivalente del 75% del promedio de lo devengado en el último año de servicios, con los aumentos de ley y mesadas adicionales a las que tuviere derecho, indexadas y a los intereses moratorios. Los intereses del artículo 141 de la Ley 100 de 1993 proceden cuando se trata de pensiones legales regidas íntegramente por la Ley 100 de 1993, pues no obstante lo expresado por la Corte Constitucional en la sentencia C- 601 del 24 de 2000 al declarar exequible el mencionado artículo 141, para la Corte esa disposición sólo es aplicable en el caso de mora en el pago de pensiones causadas con posterioridad a la vigencia de la ley de Seguridad Social y que sean reconocidas con fundamento en la normatividad integral de la misma, y no, en virtud de la Ley 33 de 1985.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 32179 de 2009 - La obligación de afiliar al Instituto de Seguros Sociales a un trabajador dependiente, es responsabilidad del empleador, acorde con la legislación vigente sobre el particular, carga que también aplica para el momento en que entró a regir el Sistema de Seguridad Social Integral que creó la Ley 100 de 1993
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 32135 de 2009 - ¿Es procedente condenar a la parte demandada al reconocimiento y pago de la pensión de sobrevivientes, junto con las mesadas adicionales de junio y diciembre, al igual que la sanción por el no pago oportuno de sus mesadas pensionales, según lo establecido en el artículo 141 de la Ley 100 de 1993? Carácter contributivo del sistema general de pensiones en Colombia. La afiliación debe ser consonante con la realidad, de modo que no puede quedar librada al talante de las personas escoger la calidad en que se vinculan, para a partir de esa elección sufragar sus cotizaciones. El sistema sólo está obligado a reconocer y pagar tales prestaciones o beneficios a condición de que la inscripción y las cotizaciones sean jurídicamente válidas, en cuanto que se realizaron de conformidad con los reglamentos previamente consagrados en la ley.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 32126 de 2009 - Solicitud del pago de la pensión de sobrevivientes derivada de la muerte en un accidente de trabajo. La causa del homicidio no fue el hurto, pues nadie lo afirma o lo sugiere; y mucho menos lo fue el trabajo, pues no estaba trabajando sino transportando a su hermana a su sitio de trabajo.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 32122 de 2009 - ¿Es procedente condenar en forma solidaria a las empresas demandadas al a pagarle diferencias salariales derivadas de cancelar salario integral deficitario, indemnización por despido injusto e indemnización moratoria? Deficiencias en cuanto al ejercicio del recurso extraordinario de casación. Cuando se propone un cargo aduciendo falta de apreciación de las pruebas, no basta con relacionarlas, sino que es necesario explicar, de manera precisa, frente a cada una de ellas, qué es lo que en verdad acreditan, de qué manera incidió su falta de valoración en la decisión acusada, y en qué consistió el error de hecho, pues este es el presupuesto de la aplicación indebida que enrostra a la decisión y lo que permite a la Corte establecer la magnitud del desatino, que debe ser ostensible y trascendente, so pena de no lograr el objetivo de desquiciar la presunción de acierto y legalidad que ampara toda sentencia objeto de este recurso extraordinario.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 32118 de 2009 - Solicitud de declaratoria de existencia de un contrato de trabajo. El Tribunal se equivoca cuando consideró que si un determinado factor salarial es creado unilateralmente por el empleador, es viable su revocatoria o su modificación, ya que no tuvo su fuente en el acuerdo de voluntades sino en la mera liberalidad del mismo. Si las comisiones que se les pagaban a las demandantes estaban en relación directa con las ventas, necesariamente son salario, sin importar que su cuantía no conste en los contratos de trabajo, pues pueden ser pactadas en otro documento, inclusive en forma verbal. Tampoco influye en su naturaleza el hecho de que dichas comisiones se hagan constar o no en las nóminas o se paguen directamente al trabajador o a terceras personas.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 32107 de 2009 - Solicitud de pago de la indemnización convencional por despido injusto y la indemnización moratoria por el no pago oportuno de los salarios, prestaciones e indemnizaciones. No le era dado al Tribunal argumentar que el último de los contratos de trabajo terminó por el vencimiento del plazo pactado, tomando para ello unos extremos correspondientes a un contrato de prestación de servicios en el cual se acordó como término de duración el comprendido entre el 16 de mayo y el 30 de junio de 2003, que no corresponde a los fijados precisamente para el último contrato de trabajo que dijo existió entre las partes. El contrato de prestación de servicios no puede ser utilizado cuando se trate de relaciones laborales.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 32074 de 2009 - ¿Es procedente declarar que los demandados eran solidariamente responsables por la ocurrencia de un accidente de trabajo y las lesiones que se le ocasionaron al demandante y en consecuencia condenarlos a indemnizar los perjuicios materiales, intereses moratorios del artículo 141 de la Ley 100 de 1933? Para la Corte el sentenciador de segundo grado, formó su convencimiento del análisis de las pruebas existentes en el proceso, que se constituyeron en realidad en indicio de que hubo irregularidades en la afiliación del demandante; puestas así las cosas esa convicción íntima del sentenciador formada razonablemente de esa manera no puede contener un yerro manifiesto de apreciación que en sede de casación tenga la potencialidad de afectar la legalidad de la sentencia, de una parte porque la prueba indiciaria no es apta para estructurar esa clase de yerros y de la otra, porque existe en principio libertad probatoria en materia laboral y de seguridad social, reconocida al juzgador en el artículo 61 del estatuto procesal laboral.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 32068 de 2009 - ¿Es procedente condenar a la parte demandada al reajuste de la pensión voluntaria de jubilación que le reconoció, al de las mesadas causadas, incluidas las adicionales, con los incrementos legales y a las costas del proceso? Procedencia de la actualización del ingreso base de liquidación para las pensiones causadas con posterioridad a la entrada en vigencia de la Constitución Política de 1991.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 32066 de 2009 - ¿Es procedente condenar a la demandada a la indemnización plena prevista en el artículo 216 de Código Sustantivo del trabajo, por no proporcionarle los elementos indispensables de seguridad industrial, con ocasión del accidente de trabajo en el cual perdió una mano al serle atrapada por un molino industrial? La censura soslayó la real motivación del ad quem y encauzó su argumentación a relievar el incumplimiento del empleador de la normatividad regulatoria de los ámbitos de seguridad industrial, con lo que, entonces, aquélla quedó incólume. Deber de derruir todos los fundamentos del fallo. El cargo por interpretación errónea, conlleva, para la censura, el señalar cuál fue la interpretación errónea en que incurrió el fallador y cuál la que él considera es la acertada.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 32051 de 2009 - Solicitud de condena al pago de la pensión de jubilación conforme a lo preceptuado por la Ley 171 de 1961 y el Decreto Reglamentario 1160 de 1962, con la indexación de la primera mesada; y la indemnización moratoria. La pensión restringida de jubilación por retiro voluntario consagrada en el artículo 8º de la Ley 171 de 1961 surge al mundo del derecho cuando ocurre la terminación voluntaria del contrato de trabajo por parte del trabajador después de haber servido durante 15 años o más.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 32039 de 2009 - ¿Es procedente condenar al Instituto de los Seguros Sociales al pago de la pensión de vejez, conforme al artículo 36 de la Ley 100 de 1993, las mesadas pensionales causadas, los intereses moratorios, de conformidad con el artículo 141 de la Ley 100 de 1993 y la indexación de lo condenado? No es indispensable para cumplir con el requisito de la consonancia que se cite expresamente al Tribunal la normativa aplicable al caso debatido, sino que se le indique a éste específicamente los puntos sobre los cuales se discrepa de la decisión de primer grado, como en este caso, donde se adujo que el número de semanas cotizado por la demandante no reunía el mínimo establecido en la ley, conforme al artículo 36 de la Ley 100 de 1993, lo que era suficiente para que el Tribunal abordara el tema en la segunda instancia.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 32033 de 2009 - ¿Es procedente condenar as la parte demandada al reconocimiento y pago de la sustitución pensional que reclaman los menores de edad que integran la parte demandante a partir de la fecha de la muerte de su padre, las mesadas adicionales, los incrementos mensuales, los reajustes anuales, los intereses moratorios sobre el monto adeudado y adicionalmente la sanción prevista en el artículo 8 de la Ley 10 de 1972 y, se revoque el otorgamiento del 50% del derecho concedido a la esposa? Falla en la técnica de formulación del cargo a través del cual se pretendió sustentar el recurso extraordinario de casación.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 32024 de 2009 - ¿Es procedente condenar a la parte demandada al reajuste del valor inicial de la pensión de jubilación mediante la actualización de los salarios devengados de conformidad con el IPC y a efectuar los reajustes por los años subsiguientes, a pagar los valores correspondientes a los reajustes, el auxilio convencional por pensión de jubilación y la indemnización moratoria consagrada en el artículo 1 del Decreto 797 de 1949 o, subsidiariamente, la indexación de lo adeudado y los intereses del artículo 141 de la Ley 100 de 1993? El ingreso base de liquidación de la pensión, debe liquidarse conforme a lo previsto en el inciso tercero del artículo cuestionado, tal como lo determinó el ad quem. No resulta ser un error, al menos con el carácter de evidente, entender que el demandante tenía derecho al beneficio convencional una vez reconocida la pensión, así la terminación del contrato de trabajo hubiere ocurrido por otra causa.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 32021 de 2009 - ¿Es procedente conceder el restablecimiento de la totalidad de la pensión de jubilación vitalicia reconocida por la entidad demandada mediante una resolución; a reintegrar el valor de las sumas retenidas de las mesadas pensionales desde cuando se iniciaron los efectos de otra resolución que dispuso la pérdida de fuerza ejecutoria de la primera de estas; la indexación e intereses de los valores resultantes e indemnización moratoria? El mayormente afectado con la omisión en el pago de las cotizaciones al Seguro Social será el empleador oficial incumplido, que podrá ver perturbada la posibilidad de subrogar el pago de la pensión de jubilación o tendrá que continuar pagando un mayor valor, si esa omisión se traduce en una reducción de la cuantía de la pensión de vejez.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 31987 de 2009 - ¿Es procedente condenar a la empresa de servicios públicos demandada al reconocimiento y pago de la pensión de jubilación convencional, con las mesadas adicionales legales, la indexación de las mesadas y el pago de intereses moratorios ordenados por el artículo 141 de la Ley 100 de 1993? Se equivoca el tribunal cuando no accede al reconocimiento y pago de las mesadas pensionales adicionales demandadas, a las que se accederá al reiterar la Sala la extensión que a las pensiones convencionales, que siempre han de mejorar lo previsto en la ley, hace de la ley 4ª de 1976 y del artículo 142 de la Ley 100 de 1993.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 31952 de 2009 - ¿Es procedente, previa la declaratoria de que entre las partes del proceso existió una relación patronal, condenar a la parte demandada en forma solidaria al reintegro convencional por despido sin justa causa, y al pago de los salarios y demás acreencias laborales, legales y convencionales, desde cuando ocurrió el despido hasta cuando se produzca la reinstalación? Sustitución patronal. Para que se configure la sustitución patronal, se requiere que el trabajador continúe prestando efectivamente sus servicios al nuevo patrono, situación que en este caso no se presenta, pues no hay elementos probatorios que así lo indiquen.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 31936 de 2009 - ¿Es procedente condenar a la entidad demandada al reajuste de la pensión con el índice del precio al consumidor fijado para el año 2006, con fundamento en que como empezó a disfrutar de su pensión el 1º de enero de 2003, tiene derecho al citado reajuste, petición a la cual se opuso Cajanal con fundamento en que liquidó la pensión de acuerdo con las disposiciones legales aplicables como son la Ley 100 de 1993, especialmente su artículo 36? si el legislador al expedir el artículo 14 de la Ley 100 de 1993, no impuso condicionamiento alguno para hacer efectivo el reajuste, salvo la condición de pensionado, el intérprete no puede imponerlo haciendo elucubraciones que no corresponden ni se avienen a su texto y espíritu.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 31934 de 2009 - ¿Es procedente, previa la declaratoria de carencia de todo derecho de una de las demandadas a la pensión de sobreviviente, se condene a la parte demandada al pago de la pensión desde la fecha de fallecimiento del causante y a cubrirle el monto de las mesadas pensionales indexadas? Convivencia como condición esencial para que el cónyuge o la compañera o el compañero permanente accedan a al prestación de pensión de sobreviviente.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 31858 de 2009 - ¿Es procedente declarar que entre las partes del proceso existió un contrato de trabajo, el cual terminó por decisión unilateral e injusta de la demandada y en consecuencia se le condene al pago de la indemnización por despido injusto, la sanción moratoria y la comisión por la venta de un vehículo? Falla en la técnica de presentación de los cargos a través de los cuales se pretendió sustentar el recurso extraordinario de casación.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 31855 de 2009 - ¿Es procedente, una vez se declare que entre las partes existió un contrato de trabajo y que la demandada omitió omitió reportar y pagar al ISS el valor real del salario que devengaba el actor, se la condene al pago de la diferencia existente entre la cuantía del bono pensional que se liquide con destino a un fondo de pensiones establecida con base en el aporte efectuado en determinada fecha y aquel que resulte del valor real del salario devengado por el demandante en la misma fecha? No incurrió en los errores de hecho que se le endilgan al deducir que el actor no pretendía el reconocimiento de pensión alguna, sino que se declarara que la demandada había cotizado con un salario inferior al realmente devengado en 1992, y al declarar no prospera la excepción de cosa juzgada, respecto de la pensión legal de vejez, porque la conciliada era la de carácter extralegal concedida por mera liberalidad.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 31841 de 2009 - Solicitud de reintegro al empleo y el pago de los salarios y prestaciones legales y convencionales dejados de percibir. La Caja de la Vivienda Popular es un establecimiento público y que, por regla general, quienes le prestan sus servicios tienen la calidad de empleados públicos, con excepción de aquellos que estén dedicados a la construcción y sostenimiento de obras públicas, por lo que al demandante le incumbía la carga de acreditar esa condición, si pretendía que se le clasificara como trabajador oficial.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 31836 de 2009 - Reliquidación de la mesada pensional. Impugnación en sede de casación de la sentencia que corrige un error aritmético. La pretensión de que se mantenga el valor de la pensión inicialmente fijado por el ad quem, con desconocimiento del que posteriormente se señaló al hacer la corrección no es susceptible del recurso de casación, según mandato expreso del propio artículo 310 del C. P. C., en su inciso primero.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 31818 de 2009 - ¿Es procedente condenar a la enjuiciada a asumir la prestación económica que por concepto de pensión resultara probada, y que, al apelar la sentencia absolutoria de la aquo, reclamara, expresamente, en desarrollo de aquella petición, la pensión proporcional por retiro voluntario prevista por el artículo 8° de la Ley 171 de 1961 y por el 74 del Decreto 1848 de 1969, además del auxilio pensional previsto por una convención colectiva de trabajo? El ad quem, no obstante encontrar acreditado que la actora había laborado para la demandada más de quince años de servicios y menos de veinte, y que la terminación del contrato fue por acuerdo conciliatorio, denegó la pensión restringida por despido injusto, mas no concedió la correspondiente a retiro voluntario, a pesar de habérsele, expresamente solicitado en la alzada, con lo que el quebranto endilgado en el primer cargo resulta acreditado, por lo que habrá de casarse la sentencia gravada, en cuanto a este aspecto.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 31765 de 2009 - Solicitud de constitución de los bonos pensionales y que se les incluya en el cálculo actuarial para la pensión de jubilación. La acción por medio del cual se redime o libera, corresponde a una situación por medio de la cual se hace efectivo como mecanismo destinado a contribuir a la conformación del capital necesario para financiar la pensión de un afiliado al sistema general de pensiones y, por lo tanto, posibilita el pago del instrumento por el emisor, a quien sea el legítimo tenedor.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 31749 de 2009 - ¿Es procedente condenar a la empresa demandada al reconocimiento y pago de la indexación de la pensión convencional a partir de la fecha en la que cumplió 55 años de edad, no compartida con la del ISS; las mesadas causadas indexadas y los intereses moratorios del artículo 141 de la Ley 100 de 1993? No aparece que, en este caso, se hubiere violado el derecho del actor al debido proceso, ni tampoco su derecho de defensa, el cual ejerció mediante la interposición oportuna de los recursos que le ofrece la ley y que le fueron resueltos por los jueces naturales.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 31735 de 2009 - Solicitud de reintegro o indemnización por despido injusto. Al no lograr acreditar ninguno de los yerros fácticos atribuidos en el cargo al ad quem, mediante los medios calificados para ello, no es posible entonces traspasar dicho umbral para ingresar al análisis de la extensa argumentación que sobre la prueba testimonial expone la acusación.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 31728 de 2009 - Solicitud de reconocimiento del 50% de la pensión de sobrevivientes. Yerra la acusación al pregonar que el ad quem no estimó las pruebas que discrimina como tales al presentar el cargo, pues aquél se refirió al conjunto probatorio aportado al proceso
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 31711 de 2009 - ¿Es procedente condenar a la entidad demandada a la reliquidación y pago de la pensión de jubilación , los intereses moratorios y la indexación de las sumas adeudadas, mes a mes, con base en el promedio de lo realmente devengado por el demandante o de lo cotizado en el período de liquidación que establece la ley? Fallas técnicas en la presentación del recurso extraordinario de casación. Régimen transición. Constitución del ingreso base de liquidación. La regla establecida por el legislador en el inciso 3 del artículo 36 de la Ley 100 de 1993 respecto del Ingreso Base de Liquidación es especial e independiente de las que gobernaban ese tema en los regímenes anteriores y, en consecuencia, no debía estar sujeta a los mismos lineamientos.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 31665 de 2009 - ¿Es procedente para que, en su condición de compañera permanente, la primera, y de cónyuge sobreviviente, la segunda, se les reconozca, individualmente y con exclusión, la sustitución pensional del pensionado fallecido y las mesadas causadas? Fallas en la técnica de presentación del recurso extraordinario de casación.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 31627 de 2009 - ¿Es procedente condenar a la demandada a pagar el reajuste de la mesada pensional del demandante, con la respectiva indexación? Como sobre la indexación de las pensiones de quienes egresaron de sus empleos antes de la vigencia de la Ley 100 de 1993, con tiempo suficiente de servicios, y cumplieron la edad correspondiente después de entrar en vigor la nueva Carta Política de 1991, o aquella preceptiva en 1994, se ha admitido la procedencia de la indexación de su salario base de liquidación, es de señalar, entonces, que respecto del procedimiento a seguir para determinar aquélla.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 31622 de 2009 - Solicitud de la pensión vitalicia del reglamento interno de trabajo, los auxilios ópticos y educativos, la sanción moratoria, los intereses moratorios, la indexación de las condenas, la indemnización convencional por despido injusto, y la reliquidación de las prestaciones sociales. El Tribunal en ningún momento estimó que el régimen legal aplicable a la demandante fuese el privado, por lo que los cargos están llamados al fracaso, como lo pone de presente el opositor, a lo que se añade que se le imputa a ese juzgador la aplicación indebida de varias disposiciones legales que aquél no tomó en consideración, de tal manera que no es posible atribuirle su equivocada utilización.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 31621 de 2009 - Declaratoria de adquisición del derecho a disfrutar la pensión de jubilación por vejez. La violación directa de la ley en que incurre el juzgador relacionada con el significado de la norma, o sea, la errónea interpretación, se presenta en la premisa mayor del precepto cuando se le atribuye un significado diferente al que rectamente entendido le corresponde, contrariando de esa manera el genuino sentido que tiene como norma. Si bien es cierto el artículo 260 del Código Sustantivo fue derogado por el artículo 289 de la Ley 100 de 1993, ello no le impide seguir produciendo efectos, por razón de la aplicación del régimen de transición del artículo 36 de la Ley 100 de 1993, respecto de algunos beneficiarios de ese régimen que trabajaban para empleadores que tenían a su cargo el reconocimiento y pago de pensiones, como surge de lo dispuesto en los artículos 3º y 5º del Decreto 813 de 1994.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 31607 de 2009 - ¿Es procedente condenar a la demandada al pago de la indexación de la primera mesada de la pensión sanción de jubilación por concepto de reajuste de dicha pensión, reajustada cada año conforme al artículo 14 de la Ley 100 de 1993? Efectos de cosa juzgada.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 31597 de 2009 - Indexación de la mesada pensional. Defectos técnicos en la demanda de casación. Lo que se plantea es la aplicación del Decreto 1406 de 1999, por ser norma más favorable, no obstante lo que dijo el Tribunal es que tal ordenamiento no resultaba aplicable por ser posterior, de donde no se podía darle efectos retroactivos, lo cual hace inoperativo el principio de favorabilidad, pues, como lo ha dicho la Sala en varias oportunidades, en el campo laboral éste supone la existencia de conflicto o duda en la aplicación de normas vigentes, y sabido es que éstas no tienen aplicación retroactiva.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 31587 de 2009 - Solicitud de reliquidación de la pensión de jubilación. El ad quem no incurrió en la vulneración legal enrostrada pues, contrario a lo que dice la censura, sí aplicó el artículo 141 de la Ley 100 de 1993, pero en su faceta negativa, porque estimó, de un lado, que no había lugar a ellos por tratarse de una pensión no derivada del sistema general de pensiones regulado por esta ley y, de otro, acogió el criterio jurisprudencial relativo a no generarse aquéllos cuando lo discutido es la mera reliquidación, ópticas que implican un enfoque diferente en la acusación: el primero por aplicación indebida y el segundo por interpretación errónea, lo cual no se hizo.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 31558 de 2009 - ¿Es procedente ordenar la reliquidación de la pensión plena de jubilación y consecuencialmente ordenar el pago de las diferencias por mesadas pensionales así como de las adicionales, junto con el reajuste de ley, intereses moratorios previstos en el artículo 141 de la 100 de 1993? Prescripción de la solicitud de reliquidación de un derecho pensional, en cuanto al límite máximo previsto en la ley para establecer el valor de la pensión de jubilación.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 31549 de 2009 - Reliquidación de la pensión de vejez. Orden de pago de retroactivo pensional.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 31536 de 2009 - ¿Es procedente condenar a la parte demandada al reconocimiento y pago de salarios y prestaciones sociales que le corresponden a la naturaleza del empleo desempeñado como Jefe de Oficina Jurídica , y la indemnización consagrada en el artículo 65 del Código Laboral del Trabajo; declarar que le asiste el derecho a continuar desempeñando el cargo de Jefe de Oficina Jurídica de la demandada, y se ordene su readmisión al mismo o a uno de similar naturaleza? Es deber del recurrente, en cumplimiento de la exigencia contenida en el ordinal 4 del artículo 90 del C. P. del T., indicar claramente cuáles de los extremos de ese fallo son los que, según su opinión y voluntad, deber ser anulados, pues es de su exclusivo resorte fijar el límite a la casación, sin que sea permitido a la Sala establecerlos oficiosamente ni, aún, intuirlos, por cuanto ello implicaría una disposición del derecho que compete únicamente a su titular.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 31484 de 2009 - Solicitud de reintegro. Valoración de las pruebas.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 31350 de 2009 - Solicitud de reconocimiento y pago de la pensión de sobrevivientes. La a quo, dentro de las facultades que le otorga el artículo 61 del CPTSS, ejercitó su facultad constitucional y legal de apreciación probatoria y de interpretación jurídica, sin que se observe desbordamiento alguno en tal ejercicio que habilitara a la Corte para que, en instancia, procediera a invalidar o revocar lo así razonado y decidido.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 31339 de 2009 - Solicitud de reconocimiento de la pensión de jubilación por haber laborado 21 años y 6 meses interrumpidos mediante contrato verbal de trabajo, cuyo empleador omitió mantenerlo afiliado al ISS. No es posible atribuirle al Tribunal el quebranto del artículo 2º de la Ley 90 de 1946, pues ese precepto fue derogado por el artículo 67 del Decreto-ley 0433 de 1971, por manera que no podía ser tomado en consideración por el juzgador para proferir su fallo.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 31307 de 2009 - Solicitud de reconocimiento de la pensión de sobrevivientes. Los miembros del grupo familiar del afiliado que fallezca tendrán derecho a la pensión de sobrevivientes cuando éste se encuentre cotizando al sistema y hubiere cotizado por lo menos 26 semanas en el momento de la muerte.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 31284 de 2009 - Sustitución patronal. Incorporación al régimen de salario integral. Desmejora salarial antes de la sustitución pensional y continuada luego de la sustitución.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 31282 de 2009 - Solicitud de reajuste de la pensión de jubilación. Exigencia de un planteamiento adecuado, que permita a la Corte acometer el examen de la sentencia frente a la ley, con miras a verificar si son válidas o no las presunciones de legalidad y acierto de que está revestida toda decisión que en forma definitiva produzca el juez unitario o colegiado. No cumplen los cargos formulados con las anteriores previsiones de orden legal y jurisprudencial, lo que imposibilita su estudio de fondo.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 31279 de 2009 - ¿Es procedente restablecerle al demandante el cien por ciento que la demandada le había reconocido voluntariamente, y se le pagaran, debidamente indexadas, las sumas de dinero adeudadas desde que la empresa consideró que su obligación era compartida con la pensión de vejez que le reconoció el Instituto de Seguros Sociales (ISS) cuando el extrabajador cumplió con los requisitos de ley? Fue válidamente pactado que la jubilación reconocida por el empleador tendría vigencia plena hasta cuando el actor se pensionara con el ISS, y que a partir de ese momento, seguiría obligado bajo el concepto de una pensión compartida. La carga del impugnante tenía que centrarse, sin disquisiciones de orden legal y jurisprudencial, como contrariamente se hizo en este caso, a derribar ese soporte de la sentencia, que al omitirse deja en firme la presunción de acierto y legalidad del fallo recurrido.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 31275 de 2009 - ¿Es procedente ordenar la reliquidación de la pensión jubilación del accionante en conformidad con los servicios prestados con base en el último salario devengado? El Tribunal no podía ordenar válidamente la reliquidación de la pensión de jubilación del demandante, porque para ello se requería que las empleadoras hubiesen pagado a la administradora de pensiones.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 31142 de 2009 - Solicitud de reconocimiento y pago de la pensión de sobrevivientes. La demanda de casación debe avenirse al rigor técnico que su planteamiento y demostración exigen, acatando las reglas legales y desarrollos jurisprudenciales fijados para su procedencia, pues un acto procesal de esta naturaleza y categoría está sometido en su formulación a una técnica lógico-jurídica especial y, hasta cierto punto, rigurosa, que al incumplirse conduce a que el recurso extraordinario resulte inestimable imposibilitando el estudio de fondo de los cargos o dando al traste con los mismos.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 31080 de 2009 - ¿Es procedente condenar a la parte demandada a a pagarle a la parte demandante la prensión de sobrevivientes por la muertes de su compañero permanente y padre a partir de la fecha de su fallecimiento con la respectiva actualización del ingreso base? Subrogación del riesgo. En vigencia de la Ley 100 de 1993, la subrogación del riesgo no resulta eficiente para determinar las consecuencias de la mora del empleador en el pago de los aportes correspondientes.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 31062 de 2009 - ¿Es procedente declarar que la invalidez del accionante se estructuró con anterioridad al 26 de julio de 1982 y no como equivocadamente lo estableciera la Junta Nacional de Calificación de Invalidez al ratificar lo dicho por la Junta Regional de Calificación de Invalidez, que fijo la fecha de estructuración de tal invalidez el 7 de julio de 1983, siendo éste beneficiario de la pensión de sobrevivientes por el deceso de su padre, quien era pensionado de la sociedad demandada; y como consecuencia de ello, se le condenara a su favor al reconocimiento y pago de ese derecho pensional, en la forma dispuesta en el artículo 11 de la Ley 71 de 1988, a partir del 7 de septiembre de 2001 cuando murió su progenitora quien venía recibiendo la pensión, junto con las mesadas causadas debidamente indexadas, los gastos de honorarios sufragados ante las Juntas de Calificación para obtener el dictamen y las costas? Al no estar en presencia de un medio probatorio solemne, en el sub lite al Juzgador de alzada le era permitido, conforme a la potestad de apreciar libremente la prueba, acoger aquellos elementos de convicción que le den mayor credibilidad o lo persuada mejor sobre cuál es la verdad real y no simplemente formal que resulte del proceso, en atención a lo previsto en el artículo 61 del Código Procesal del Trabajo y de la Seguridad Social y sobretodo en casos tan especiales como lo es la protección de un derecho fundamental como ocurre en el asunto de marras.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 31028 de 2009 - ¿Es procedente condenar a la demandada al pago de la pensión voluntaria indexada a favor del accionante, los intereses moratorios y la indexación de la deuda? Errores de técnica en la presentación de la demanda de casación.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 30920 de 2009 - ¿Es procedente condenar a la entidad demandada al pago de a pensión de vejez, con la declaración de que es compatible con la pensión de jubilación que percibe de la Caja de Previsión Social y que le reintegre el retroactivo de la pensión que giró en favor del ISS empleador, con los intereses. La compatibilidad de pensiones del artículo 8 del 433, en comento, fue sujeta a lo que dispuso el artículo 8 del Decreto 1650 de 1977, que para regular el régimen de las prestaciones de los seguros sociales obligatorios, dispuso que la composición, extensión, condiciones y limitaciones de dichas prestaciones se sujetaran a las normas del presente decreto, a las demás disposiciones legales sobre la materia y a los respectivos reglamentos.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 30904 de 2009 - ¿Es procedente declarar la nulidad de la conciliación que se realizó entre las partes y, como consecuencia, que la demandada terminó el contrato de trabajo en forma unilateral y sin justa causa; que, con ello, se realizó una reducción de personal en los términos de una cláusula convencional y, por lo tanto, se incumplió la convención colectiva de trabajo vigente para un determinado lapso? La valoración probatoria que el ad quem, directa o indirectamente, hace de la citación obligatoria a otra empresa de carácter privado, el plan de retiro ofrecido por la empresa, del acta de conciliación y de la carta de renuncia, no constituye ningún error de hecho evidente u ostensible, ni mucho menos trascendente, como es el que se requiere para formular un cargo en el recurso extraordinario de casación laboral.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 30594 de 2009 - ¿Es procedente condenar a las entidad demandada a pagarle la pensión convencional de jubilación prevista por el artículo 41 de la convención colectiva de trabajo, desde la fecha en que cumpliera la edad estipulada en dicha norma, con indexación de la primera mesada pensional? En la demanda incoativa del proceso no existió solicitud de pensión sanción; tampoco hubo reforma o enmienda alguna de aquélla. La decisión del Tribunal de pronunciarse de fondo, sobre la petición de esa específica modalidad pensional, que no fue, en realidad, ni presentada con la demanda inicial, ni por vía de reforma de la misma, ni hecha contenciosa durante el trámite anterior a la sentencia de primera instancia, sino aducida, por vía de argumento, a nivel de la apelación de la sentencia absolutoria con que culminó ésta, lo que implica es una alteración ilegal de la relación jurídico procesal, en desmedro de la parte demandada, que queda sin oportunidad de controvertir adecuadamente los fundamentos fácticos, jurídicos y probatorios que la sustentan, con quebranto ostensible del debido proceso.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 30547 de 2009 - No fue equivocado por parte del Tribunal que entrara a analizar si los pagos que se encontraban en discusión eran o no remunerativos del servicio, pues, según lo dicho, esa es la característica determinante de que un pago constituya salario o no. No es cierto que el Tribunal hubiere desconocido que algunos de los pagos al actor se disfrazaron a través de pagos a terceras personas, sino que, observó el ad quem, ello se hizo fue para favorecer al trabajador en el aspecto tributario, tal como lo dedujo a través de diversos medios probatorios.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 30451 de 2009 - Solicitud principal de reintegro y, subsidiariamente, indemnización convencional, perjuicios morales, pensión sanción conforme a la Ley 171 de 1961, pago de los aportes al ISS hasta cuando éste asuma el riesgo de vejez, indexación, revocatoria de sanción disciplinaria, reliquidación de prestaciones, salarios caídos. Al no haber la acusación derribado la conclusión del Tribunal respecto de la injusticia del despido, no es dable, entonces, imputarle quebranto normativo alguno respecto de la condena por prima de servicios.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 30316 de 2009 - ¿Es procedente condenar a la demandada a pagarle al actor el reajuste de la pensión de jubilación? De haber tenido en cuenta que se trataba en este caso de un servidor del orden territorial, la decisión hubiera sido la misma, conforme a las consideraciones realizadas al despachar los dos cargos anteriores, pues, según se vio, la vinculación al ISS del actor se produjo en el momento en que comenzó la vigencia de la Ley 100 de 1993, en cuyo caso, ha considerado la Sala, se aplica el artículo 5 del Decreto 1068 de 1995 y es el Seguro o la entidad administradora de pensiones correspondiente, el que debe asumir la pensión, con la obligación correlativa de la entidad territorial o de previsión de emitir el bono pensional, por lo que, frente a la entidad demandada no resultan aplicables las normas invocadas por el censor, en este caso.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 30303 de 2009 - ¿Es procedente declarar que la entidad demandada obligada a elaborar y presentar ante la Superintendencia Bancaria para su aprobación, los cálculos actuariales de las transferencias por los pilotos beneficiarios del régimen de transición, que estuvieron y están a su servicio, conforme a relación adjunta, y a cancelarle el valor del 100% de dichos cálculos actuariales, de acuerdo con los plazos señalados en el Decreto 1283 de 1994 y la circular externa 088 de 1995; y para que, como consecuencia de ello, se le condene a pagarle el valor del déficit actuarial derivado del cálculo actuarial por los años 1994 a 2001, correspondiente a los tiempos laborados por cada uno de los aviadores civiles beneficiarios del régimen de transición que ella administra? No pueden mirarse aisladamente los elementos constitutivos del derecho pensional, como el tiempo de servicios y las semanas de cotización necesarias para constituir el capital indispensable para su reconocimiento, de manera que no pueda afirmarse que el derecho en sí no prescribe, pero sí prescriben los elementos que lo conforman.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 30300 de 2009 - ¿Es procedente condenar a la parte demandada al reajuste de la pensión, incluyendo los gananciales definitivos devengados del último año de servicio, actualizada a partir de 1994, con la retroactividad de las diferencias pensionales indexadas desde la fecha en que adquirió el derecho, los intereses moratorios y las costas? La decisión del Tribunal de descartar algunos factores de salario de los conceptos que debían ser tomados en cuenta para determinar el ingreso base de liquidación, la obtuvo de su entendimiento del Decreto 1158 de 1994 y no de la valoración de algunas de las pruebas del proceso. Quiere ello decir que su conclusión fue de estirpe netamente jurídica, de tal suerte que, de haber incurrido en un error, no sería la vía indirecta la adecuada para demostrarlo. Fórmula para indexar el ingreso base de liquidación de la pensión de jubilación.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 30191 de 2009 - Mientras no se haya materializado el recaudo de las sumas dinerarias adeudadas al ISS por aportes a pensión, no es dable disponer la reliquidación pensional, pues no puede desconocerse el contenido del numeral 3º del artículo 93 del Decreto 2665 de 1988, que consagra el reglamento de sanciones, cobranzas y procedimientos del ISS, en cuanto textualmente establece que las prestaciones económicas por los seguros de invalidez, vejez, muerte, accidente de trabajo y enfermedad profesional, se causarán en la medida en que se cubran los aportes a que por los reglamentos está condicionada dicha causación.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 30022 de 2009 - ¿Es procedente reconocer la indemnización total y ordinaria de perjuicios derivada de un accidente de trabajo la indexación, los perjuicios morales y las costas? La interpretación del tribunal de las normas acusadas no se resiente de yerro, por cuanto la existencia del accidente no se presume en ningún caso, y por tanto es indudable que la carga de la prueba le corresponde al trabajador. Cuando la violación de la ley sustancial se pretende derivar de la no valoración de las pruebas, como al parecer aquí acontece, debe el recurrente, si quiere que su acusación tenga visos de prosperidad, exponer de manera clara qué es lo que la prueba acredita y el yerro evidente en su apreciación, demostración que deberá estructurar mediante un análisis razonado y crítico de las probanzas, confrontando la conclusión que se deduzca de este proceso intelectual de argumentación con las conclusiones acogidas en la resolución judicial que impugna.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 29258 de 2009 - Para determinar la edad de la accionante, no estaba restringido a fundarse en prueba solemne alguna. El reintegro no era procedente porque ya tenía el status de pensionada. La empresa conocía perfectamente la prerrogativa de reintegro que la Ley 50 de 1990 había conferido a trabajadores de apreciable tiempo de servicios como la actora y, aún así, sin razones realmente válidas, la despidió, por lo que ha de avalarse, entonces, la decisión de primer grado, en su integridad.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 28980 de 2009 - ¿Es procedente condenar a la parte demandada al pago de la pensión de vejez, los intereses moratorios del artículo 141 de la Ley 100 de 1993, las indexación y lo ultra y extra petita? Carga de la prueba respecto del tiempo cotizado de conformidad con el artículo 177 del Código de Procedimiento Civil. Si bien la Sala había venido sosteniendo, que en caso de retardo del empleador en el pago de los aportes de sus trabajadores al régimen de seguridad social, era ese empleador moroso o incumplido quien debía asumir las prestaciones derivadas del Sistema y no las entidades que lo administran, tal criterio jurisprudencial ha sido recientemente rectificado por la mayoría de la Sala, para en su lugar, acoger la tesis contraria, atribuyéndole a la entidad administradora la carga de reconocer la prestación económica, cuando por su responsabilidad no ha activado los mecanismos previstos en la Ley para obtener el recaudo de las cuotas correspondientes a las cotizaciones en mora.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 28079 de 2009 - ¿Es procedente condenar a la entidad demandada al pago de perjuicios materiales y morales sufridos por la muerte del padre y esposo de los demandantes, acaecida a consecuencia de una electrocución, derivada de un accidente de trabajo? Inexistencia de interpretación errónea de la demanda. Valoración de las pruebas.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 27893 de 2009 - ¿Es procedente condenar a la parte demandada al reconocimiento y pago de la indemnización por la pérdida de la capacidad laboral y la indexación? Alcance del artículo 16 del Decreto 1295 de 1994, relacionado con la desafiliación automática del trabajador cuyo empleador se encuentre en mora de dos o más cotizaciones.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 27841 de 2009 - ¿Es procedente condenar a la parte demandada al reconocimiento y pago de la pensión de invalidez, desde la fecha en que el ISS revocó la pensión al demandante; los intereses desde la fecha en que le fue revocada la pensión; y los perjuicios materiales y morales, ocasionados por la revocatoria de la pensión de invalidez? Improcedencia de la declaración de cosa juzgada cuando respecto de un asunto que fue fallado por el juez de primera instancia en uso erróneo de la facultad ultra petita. Fenómeno jurídico de la prescripción.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 27623 de 2009 - Solicitud de declaratoria de existencia de un contrato de trabajo por realización de labor o labores contratadas y que como consecuencia de tal determinación se condene a la demandada a pagarles cesantías, sus intereses, vacaciones, horas extras, prima de servicios, compensatorios y la indemnización moratoria; además reclamaron la indexación de las condenas. Inexistencia de yerro en la interpretación de contratos de trabajo de los que dice obran en el expediente, sin señalar donde y sin que aparezcan ellos como prueba decretada. La buena o mala fe sólo se predica del empleador directo para efectos del artículo 65 del C.S.T.
Corte Suprema de Justicia, SCL SENTENCIA 25920 de 2009 - ¿Es procedente condenar a la parte demandada al reconocimiento y pago de la sustitución pensional que reclama la compañera permanente del fallecido quien ya había adquirido la condición de pensionado, en cuantía igual a la que venía disfrutando el causante; a pagarle las mesadas causadas, con el ajuste del valor y los intereses comerciales por mora? Resulta claro el yerro hermenéutico en que incurrió el Tribunal, al estimar que el artículo 1 de la Ley 113 de 1985 era meramente interpretativo del artículo 1 de la Ley 12 de 1975, cuando lo que se desprende del encabezamiento de tal ordenamiento es que se trata de una adición al texto legal, con todas sus consecuencias en cuanto a su aplicación en el tiempo, conforme al artículo 16 del C. S. del T., y que permitirían inferir su no aplicación a esta sustitución pensional, por haberse consolidado ésta con anterioridad a su vigencia, en la fecha que falleció el pensionado.